27-10-09 17:08 | #3651780 |
Por:No Registrado | |
Atención Primaria En Atención a el compañero,a, interesado,a por la consulta del médico en San Esteban comento lo siguiente: -La asistencia primaria depende de la Gerencia de Atención Primaria y a su vez de la Dirección Médica.El telf.es 980/535868. -Las visitas de atencióm primaria estan recogidas en la Orden del 15 de abril de 1991,y publicada en el Boletin oficial de castilla y león del 29 de abril de 1.991. -Dejo el apartado correspondiente: Fecha del Boletín: 29-04-1991 Nº Boletín: 80 / 1991 ORDEN de 15 de abril de 1991, de la Consejería de Cultura y Bienestar Social por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de atención Primaria de Castilla y León y se modifican determinados artículos del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986. La experiencia acumulada nos aconseja introducir modificaciones para regular más adecuadamente dos aspectos trascendentales: por una parte el que los Equipos funcionen de una forma homogénea, respetando sus peculiaridades y circunstancias y, por otra, atender la creciente demanda asistencial del medio rural, por el envejecimiento de su población que obliga a incrementar la periodicidad de las consultas médicas y de enfermeria en las pequeñas localidades. En su virtud y en uso de las facultades y atribuciones que me confiere la legislación vigente, DISPONGO: Artículo 1º- Se aprueba el modelo-marco de Reglamento de funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria, a que se refiere el articulo 7º del Decreto 60/1985 de 20 de junio («B.O.C. y L.» de 2 de julio de 1985) y que se inserta como Anexo a esta Orden. Art. 2º- Los proyectos de Reglamento de Régimen Interno se ajustarán a las bases consignadas en el modelo marco. DISPOSICION ADICIONAL Primera.- El articulo 10 del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986 se modifica, quedando redactado de la forma siguiente: 1. La consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, se efectuará por cada profesional sanitario (médico y ATS) según los siguientes criterios: - Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho. Consulta a demanda. - Núcleos de menos de 100 habitantes de hecho. Consulta un día a la semana. - Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho. Consulta dos dias a la semana. - Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho. Consulta tres dias a la semana. - Núcleos de más de 501 habitantes. Consulta diaria de lunes a viernes. 2. Las normas señaladas en el párrafo anterior podrán ser ampliadas en el respectivo Reglamento del Equipo de Atención Primaria en base a las circunstancias y necesidades de la Zona. 3. Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, podrá contemplarse en el proyecto de Reglamento una periodicidad en las consultas asistenciales inferior a la establecida en el número 1 de este articulo para los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud. En cualquier caso, para su puesta en práctica se requerirá informe favorable del Servicio Territorial de Bienestar Social de la provincia y de la Dirección Provincial del INSALUD en el trámite a que se refiere el segundo párrafo del número 1 del articulo 7º del Decreto 60/1985, de 20 de junio. 4. En todo caso, el Sanitario encargado de la asistencia de cada localidad o grupo de localidades, deberá permanecer debidamente localizado en el Centro de Salud o Consultorio Local, para garantizar la atención sanitaria, durante el horario de jornada ordinaria. El Coordinador deberá vigilar especialmente el cumplimiento de esta obligación. Segunda.- La jornada laboral ordinaria será de 8 a 15 horas de lunes a viernes y la Atención Continuada se prestará de 15 a 8 horas. Los fines de semana y festivos la Atención Continuada será de 9 a 9 horas, excepto los lunes y dias siguientes al festivo que finalizará a las 8 horas. En situaciones especiales y únicamente en el medio urbano podrán autorizarse otros horarios de jornada ordinaria y de Atención Continuada, previa conformidad de la Dirección General de Salud Pública y Asistencia. Valladolid, 15 de abril de 1991. El Consejero, Fdo.: Fco. JAVIER LEON DE LA RIVA Para el interés general del foro. En atención al compañero,a,interesao,a Salud,un abrazo:Marcelo | |
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27-10-09 19:55 | #3653583 -> 3651780 |
Por:jeicos ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Atención Primaria Hola Marcelo: El que pidió la información no estará de queja. Así se lo ponían a Felipe II(no sé el porqué de este dicho). Seguro que el Amigo Claudio nos dice algo. Un abrazo jeicos | |
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27-10-09 20:16 | #3653824 -> 3653583 |
Por:No Registrado | |
RE: Atención Primaria eso era a Fernando VII y a claudio no le hacefalta???? | |
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