04-10-13 14:28 | #11607369 -> 11607368 |
Por:IU MORALEJA DEL VINO ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la Ley 7/ 1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Art. 97,6..., presenta al pleno el siguiente RUEGA Puesto que en el 2008, Caja España y el Ayuntamiento de Moraleja del Vino firmaron un convenio de colaboración para acometer el proyecto de acondicionamiento y equipamiento de una zona recreativa, El Barrero, a la que se destinaron 10.000 euros, según datos de la entidad financiera. Puesto que, imaginamos ,que el convenio implicaría e implica la conservación y mantenimiento de esa zona, que por otra parte está bastante desatendida, con bancos sin tablas ,con puntas, inodoros rotos, suciedad, etc.…haciendo de una zona que podría estar más aprovechada , una zona descuidada. Es por ello que RUEGO: Se adecente, se reparen desperfectos y se estudien ideas para darle un aire diferente a la zona para que sin peligros sea utilizada por todos, puesto que no solo basta invertir, sino mantener en condiciones la zona. | |
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04-10-13 14:29 | #11607370 -> 11607369 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida al amparo de lo establecido en el artículo 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presento al pleno el siguiente Ruego: Puesto que hay un hecho generador de responsabilidad civil en la organización del desfile de peñas organizado por el Ayuntamiento, aunque sin conocimiento alguno se haya querido omitir la responsabilidad del mismo, por parte de quien es la responsable de fiestas, la concejala Dª Eva Calvo. El hecho consiste en no haber eliminado uno de los factores que pudiese producir el daño, que a la vez pudiese ser causa de la responsabilidad patrimonial del propio Ayuntamiento, en este caso concreto, evitar la salida de vehículos que no se ajustan a la normativa de seguridad vial. Puesto que resulta de una ignorancia supina que por parte de la Concejala Dª Eva Calvo y por añadidura del equipo de gobierno ,que no supo dar las explicaciones ,ajustadas a derecho , a las solicitadas por parte del concejal del PSOE, D .Alfonso García, afirmando que el Ayuntamiento no tiene responsabilidad ninguna en la participación de tales vehículos y por tanto no le compete que la seguridad de la actividad sea alterada por esta circunstancia. Puesto que, legalmente ,no es suficiente con informar que no se hace responsable el Ayuntamiento de los accidentes, o daños producidos por la participación de los vehículos participantes, sino que el Ayuntamiento seria responsable de no haber impedido y adoptado las medidas necesarias de seguridad, en un hipotético suceso. Puesto que la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León, nos dice en su Artículo 24 que: los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas están obligados solidariamente a: Adoptar todas las medidas y condiciones de seguridad e higiene previstas con carácter general en el ordenamiento jurídico, así como aquellas específicas recogidas en las correspondientes licencias o autorizaciones. Puesto que, la misma Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla Y León, en su Artículo 33 especifica que: los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas serán responsables solidarios de las infracciones administrativas reguladas en la presente Ley que sean cometidas por quienes intervengan en el espectáculo o actividad. Puesto que la Sala Tercera del Tribunal Supremo fija como doctrina jurisprudencial que, a efectos de determinar si existe responsabilidad patrimonial de la Administración por los daños causados, se deben integrar en el ámbito del funcionamiento de los servicios públicos las fiestas populares organizadas por los Ayuntamientos o patrocinadas por ellos Por tanto y en base a lo expuesto, Ruego Se informe a este pleno del Ayuntamiento de Moraleja del Vino de las responsabilidades que la ley exige a Las Entidades Locales, para adoptar en caso de ser necesario, las medidas para organizar de otra manera el desfile de peñas, intentando evitar se produzca un suceso por no tomar tales medidas. | |
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04-10-13 14:31 | #11607374 -> 11607369 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre RUEGA Puesto que el Ayuntamiento Moraleja del Vino ha aprobado en su sesión plenaria de 4 de Abril de 2013, una modificación del acuerdo de 30 de Junio de 2011 por el que se establecía la periodicidad de las sesiones, con nuestro voto en contra, considerando que el fin que la propuesta perseguía entonces y sigue persiguiendo con el cambio de la fecha de celebración de los Plenos, es dificultar la tarea de los concejales de la oposición. Puesto que nuestra queja ha obtenido el apoyo por parte del Procurador del Común de Castilla y León, con afirmaciones tales como:” lo que no puede es introducirse modificaciones en el acuerdo que fija el régimen por el Alcalde, aunque se notifique a todos los concejales el cambio de fecha prevista” Puesto que sigue diciendo el mismo Procurador, que:”el mero hecho de no cumplir con el calendario fijado constituye, por si mismo una perturbación al correcto funcionamiento de la entidad “. Puesto que el mismo informe dice que” la periodicidad establecida lo que hace es establecer una garantía, no solo para los concejales, también para los ciudadanos que pueden asistir. Garantía consistente en la fijación y declaración previa de determinados días al año, ya señalados expresamente para su conocimiento y, a partir de este, pueden programar sus actividades públicas y privadas, bajo la premisa de ese previo conocimiento”. Puesto que este informe y todos los que ha resuelto el Procurador han sido favorables a nuestras demandas, deberían hacer recapacitar al Pleno, y es por ello que RUEGO, como ya hemos rogado en otros plenos que: El Pleno anule el acuerdo de4 de Abril de 2013,donde se aprueba el cambio de periodicidad de los plenos y se apruebe el siguiente añadido:” La Alcaldía ,por propia iniciativa, o a propuesta de los portavoces, por causa justificada y tras escuchar a todos los portavoces, pueda adelantar o retrasar la fecha, dentro de los días que la siguen o la precedan, a fijar por el Pleno,(FIJAR POR EL PLENO QUE NO POR EL ALCALDE) incluso el caso de que el nuevo día no estuviese comprendido en el mes que corresponde, sin que por ello pierda la condición de ordinaria”, ya que en la propuesta aprobada el 4 de Abril de 2013, el establecer día y hora por la Alcaldía resulta ,como se ve por este informe y por explicaciones que en su día se dieron por parte de IU, ilegal , aunque su modificación , la modificación de la periodicidad de las sesiones se haya hecho en pleno. | |
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04-10-13 14:32 | #11607378 -> 11607369 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la Ley 7/ 1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Art. 97,6..., presenta al pleno el siguiente RUEGA Puesto que el día 14 de junio de 2011 solicitamos del Ayuntamiento la puesta a disposición para nuestro grupo municipal de un local, diferente al que en la anterior legislatura se le concedió al grupo municipal de IU, entendiendo que el local no reunía y sigue sin reunir las condiciones necesarias. , y habiéndose respondido por parte de esa Alcaldía, en sentido afirmativo,se nos siguió concediendo el local situado en el centro escolar nº 54, puerta 4, motivando para no conceder otro local que el resto de locales de titularidad municipal ya estaban destinados a otros fines Puesto que el 17 de Mayo de 2013 solicitamos, que se incluyese en la limpieza de las dependencias municipales, al menos, las zonas comunes como son la escalera y el WC, del lugar concedido Puesto que es obvio que ni el Alcalde ni los concejales del equipo de gobierno limpian las dependencias que utilizan. Puesto que el 15 de Diciembre de 2009, la Comisión Ejecutiva de la FEMP aprueba por unanimidad de todos los grupos políticos, el Código del Buen Gobierno Local, que recoge los principios de transparencia y ética pública, junto a medidas para mejorar la gestión y calidad de la democracia local, y cuyo texto, remitido a todos los Gobiernos Locales españoles para que, en el uso de su autonomía, lo ratifiquen y lo incorporen a su normativa, venía a indicar: “ Los diversos Grupos Políticos dispondrán en dependencias municipales de un despacho o local para reunirse y recibir visitas, poniendo el Alcalde/sa a su disposición los medios materiales y humanos que permita el Presupuesto...”. Por todo ello y en base al derecho fundamental reconocido en el art. 23.2 de la Constitución (derecho a la participación política en los asuntos públicos),la asignación del despacho que se cuestiona, presenta incidencias tales como –falta de dotación de medios materiales, (la mesa y las sillas cedidas con sorna) dificultades de acceso para personas discapacitadas, etc. y otras como las dimensiones de despacho para un mayor número de concejales del Grupo Municipal., impiden el desarrollo de nuestras actuaciones como concejales en la misión de atención al público y por tanto no se ajusta al precepto constitucional anteriormente nombrado en su art. 23.2. . Es por ello que RUEGO: Se conceda con arreglo a lo expuesto, el cambio de local para uso de nuestro grupo municipal, a la parte baja o a el propio edificio consistorial. | |
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04-10-13 14:33 | #11607382 -> 11607369 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la Ley 7/ 1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Art. 97,6..., presenta al pleno el siguiente RUEGO, Puesto que se ha aprobado la modificación de la ordenanza reguladora del uso del frontón, sin haberse presentado alegaciones. Puesto que el anuncio que se coloco en el tablón exterior del Ayuntamiento para poder presentar alegaciones no fue en ningún momento visible debido a la colocación sobre el anuncio de otros anuncios sobre las fiestas. Bien es cierto que se publico en el BOP. Puesto que Art 6.1 de la ordenanza del frontón limita el tiempo de uso tanto para una persona como para un grupo de una hora. Puesto que en esa misma ordenanza en el Art 6.2 se dice que se reservara una hora por día a cada usuario y turno, no parece claro que un grupo de dos personas jueguen, como personas, que serian, dos horas o como grupo que sería una hora. Puesto que de Lunes a Viernes, incluidos fines de semana es una semana completa. Puesto que para reservar, antes de la modificación se tenían que poner en contacto en el mismo frontón, con el encargado o concejal de deporte, y con la modificación se tienen que poner en contacto con los mismos, pero sin saber cómo ni donde Puesto que el Art 6.2 establece que a partir de las 19:00 horas de lunes a Viernes deberá solicitar reserva: De forma mensual, realizando la reserva en el mes natural anterior al que se quiera hacer uso y el Art 13 dice que las reservas de lunes a viernes a partir de las 19:00 deberán realizarse como mínimo con mes y medio de antelación, cosa que no se está haciendo. Puesto que fue queja de este grupo, antes y ahora que el artículo 3 (derecho a copia de ejemplar de la ordenanza) no se haya modificado. Es por ello que Ruego: -Se anule esta ordenanza y se elabore otra adaptada a las posibilidades reales de utilización por los usuarios, puesto que esta ordenanza es absurda en cuanto al tiempo de antelación para reservar, donde uno ha de adivinar si dentro de mes y medio podrá ir a jugar. -Se adecenten los servicios, tanto para hombres como para mujeres y puedan ser utilizadas por quienes pagan una tasa, con servicio de ducha incluido -Se coloque de manera visible como y donde ponerse en contacto para utilizar dicha instalación. -Se cambien las placas de plásticos que debido a su estado impiden el paso de luz natural. -Se arreglen goteras. | |
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04-10-13 14:35 | #11607385 -> 11607369 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la Ley 7/ 1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Art. 97,6..., presenta al pleno el siguiente RUEGO Puesto que en el pleno de 4 de Julio el Sr Alcalde hace mención a que le gustaría saber las preguntas que el grupo de IU va a presentar en los plenos, así como los Ruegos. Puesto que ha sido y es costumbre de este grupo cumplir con la legalidad establecida. Puesto que existe un Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Es por ello que RUEGO: Se lea el Sr Alcalde tal reglamento en su artículo 97.7 y vea como siempre ha tenido lo que legalmente estamos obligados a facilitar antes de las sesiones plenarias. | |
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04-10-13 14:30 | #11607371 -> 11607368 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la Ley 7/ 1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Art. 97,6..., presenta al pleno el siguiente RUEGO.: Puesto que se han establecido unos baremos a la hora de puntuar a las personas que han de ser seleccionadas mediante convenios o fondos propios por el Ayuntamientos y en aras de la transparencia y derecho que tienen todos los aspirantes a conocer la puntuación obtenida, es por lo que RUEGO Que siempre que se haga una contratación, mediante el procedimiento que se haga y donde se puntúe en base a los baremos aprobados, se haga pública la lista de aspirantes, así como la puntuación obtenida, en los diferentes tramos que se puntúan y el resultado final obtenido por cada uno de los aspirantes, para que si alguna persona quisiera alegar, pudiese hacerlo dentro del periodo que en todo caso se tendría que establecer. | |
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04-10-13 14:30 | #11607373 -> 11607368 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la Ley 7/ 1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Art. 97,6..., presenta al pleno el siguiente RUEGO.: Puesto que se ha solicitado por parte de este portavoz, en representación del grupo municipal de IU que se establezca un horario, dentro de las posibilidades de cada concejal, de atención al público y respondiendo la Alcaldía, que dentro del horario que mantiene la Alcaldía se personan en el Ayuntamiento con idéntico motivo, pudiendo todo vecino contactar con ellos, y tras las comprobaciones pertinentes se ha observado que no todos los concejales y todos los días acuden a las dependencias municipales a la hora en que esa Alcaldía, cosa lógica ,también ,en cuanto la dedicación es parcial.. Puesto que tal dedicación debe llevar un horario de atención al público, para que no se tengan que abordar cuestiones en horario de disfrute de los propios concejales y se puedan realizar consultas o peticiones a los concejales, es por lo que: RUEGO Se establezca un horario, de acuerdo con las posibilidades de los Concejales, para que una vez establecido se exponga en el tablón de anuncios para evitar que pudiese darse el caso que se acuda al Ayuntamiento y como ha sucedido no se encuentre el Concejal al que se quiere ver. | |
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04-10-13 14:34 | #11607384 -> 11607368 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO Francisco Martin Domínguez, concejal y portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la Ley 7/ 1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Art. 97,6..., presenta al pleno el siguiente RUEGO Puesto que en sesión celebrada el 4 de Julio se vota en contra por parte del Equipo de Gobierno contra las mociones presentadas por el Grupo Municipal de IU. Puesto que el motivo para desestimarlas y votar en contra es que se presentan con fines políticos. Puesto que además se pone como excusa que se deben presentar en el Congreso. Puesto que El Partido Popular presento en este Ayuntamiento tres mociones: Una el día 3 de Octubre solicitando la reforma urgente de la financiación local. Otra moción la presentan el día 6 de Mayo, sobre la reforma del gobierno local y el día 2 de julio presentan una tercera rechazando el anuncio del gobierno del Psoe, que proponía la congelación de las pensiones. Puesto que se trata de demostrar la inconsistencia entre aquello que ustedes defienden, NO PRESENTAR MOCIONES y aquello que ustedes hacen, PRESENTARLAS, Puesto que no solo votan en contra de nuestras mociones, sino que votan en contra de sus mismas mociones en cuanto la moción presentada por nuestro grupo el día 4 de Julio de 2013 es copiada literalmente, cambiando sus siglas, PP, por las nuestra, IU, de la que el PP presenta el día 2 de Julio de 2010 Puesto que queda claro que el PP si presenta mociones con fines políticos, las tres mociones contra el gobierno del Sr Zapatero Por todo ello Ruego: No quieran que los demás no hagan aquello que ustedes hacen; y no vuelvan, para ser consecuentes con lo que dicen, a presentar mociones en este Ayuntamiento, salvo que se consideren hipócritas y lo hagan. | |
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11-01-14 12:02 | #11792657 -> 11607368 |
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RE: Ruegos y Preguntas octubre Miren ustedes o quien haya tenido la desvergüenza de preocuparse por las faltas que en este escrito de preguntas se ha presentado por parte de quien escribe, ,que se puede comprobar que incluso esas mismas palabras están escritas bien en otras frases. Cuando no se mira el corrector puede pasar esto. Pero la diferencia es que quien paga 8970 euros por un comic (con acento en la o) es el Ayuntamiento y este escrito no le cuesta nada al propio Ayuntamiento. ¡!!!!Y que menos que preocuparse de leer!!!!! y responder aquello que se pregunta, pues puede leerse, si se lee, algo que deberían hacer primero: aprender a leer y verán lo que pregunto: ¿Por qué en las pruebas no se ha tenido conocimiento de los errores cometidos en cuanto existen silabas separadas de su palabra y no se han subsanado? .Así como.-A la hora de corregir la prueba del comic está claro que no lo han leído como tampoco se ha leído el cartel del concurso de tapas, antes de imprimirlo y donde el fallo de escribir favorito con B, ha sido tremendo, como tampoco se leen las actas a la hora de pasarlas a la página Web ¿Por qué no se toman la molestia de leer las cosas antes de imprimirlas?. Queda claro que deben preocuparse de que quien paga lo que paga venga en perfectas condiciones y después aprender a leer para lo que deberían programar un curso acelerado de lectura y capacidad comprensiva para torpes. | |
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