Otro forma de hacer el Plan económico Aquí os presento un Plan de Ajuste de un Ayuntamiento de la provincia de Cáceres (LOSAR DE LA VERA) que aprobaron en su Pleno de fecha 28 de marzo de 2012, donde, con mucho tino, se abre todas las puertas sin cerrar ninguna. Podrían aprender, nuestra Alcaldesa y su Equipo de Gobierno, y copiarle. 4º.- PLAN DE AJUSTE ECONÓMICO DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 4/2012. El Secretario da lectura del informe emitido por el mismo en relación con las medidas previstas en el Real decreto Legislativo 4/2012 de 24 de febrero por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las Entidades Locales. En una primera fase se encuentra la obligación para todos los Ayuntamientos de suministrar antes del 15 de marzo de 2.012, telemáticamente y con firma digital, una relación de obligaciones pendientes de pago con los proveedores, derivadas de la contratación de obras o suministros. Dichas obligaciones debían reunir los requisitos concurrentes de ser vencidas, líquidas y exigibles, anteriores a 1 de enero de 2.012 y que se trate de contratos de obras, servicios o suministros incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El Secretario Interventor emitió con fecha 13/03/2012 certificado de la relación de todas las obligaciones pendientes de pago que reunían los requisitos establecidos en el artículo 2 del RD-Ley 4/2012 de 24 de febrero, por el importe total de 197.828,87 euros, no habiéndose procedido al pago de las mismas. Se hace constar que el total de las deudas referidas se hayan debidamente registradas y contabilizadas con cargo a sus correspondientes ejercicios. Continúa informando de las obligaciones de información, expedición de certificaciones a los proveedores, consulta de información, remisión de información mensual al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y consecuencias de su incumplimiento. No habiéndose efectuado el pago de las deudas contenidas en la relación certificada, se establece la obligación de que el Interventor eleve al Pleno de la Corporación local un plan de ajuste para su aprobación antes del 31 de marzo de 2.012. Dicho plan de ajuste se extenderá en su duración durante el periodo de amortización previsto para la operación de endeudamiento establecida en el artículo 10 del R.D. Ley 4/2012m debiendo los presupuestos generales anuales que se aprueben durante el mismo, ser consistentes con el mencionado plan de ajuste. Con fecha 16/03/2012 se publica en el BOE la Orden de HAP/537/2012, de 9 de marzo, por la que se aprueban el modelo de certificado individual, el modelo para su solicitud y el modelo de plan de ajuste, previstos en el Real Decreto-ley 4/2012. El plan de ajuste deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Recoger ingresos corrientes suficientes para financiar sus gastos corrientes y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se formalice en el marco de la presente norma. b) Las previsiones de ingresos corrientes que contenga deberán ser consistentes con la evolución de los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en los ejercicios 2009 a2011. c) Una adecuada financiación de los servicios públicos prestados mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación. d) Recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas estructurales que se vayan a implementar así como las medidas de reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. e) Cualesquiera otros requisitos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. En consecuencia el Secretario-Interventor, ha elaborado el siguiente Plan de Ajuste, con el objeto de acceder a la operación de endeudamiento prevista en el artículo 10 del RD-ley 4/2012 de 24 de febrero: B) AJUSTES PROPUESTOS EN EL PLAN EXPLICACION MEDIDAS A ADOPTAR B.1. MEDIDAS DE INGRESOS MEDIDA 3: POTENCIAR LA INSPECCIÓN TRIBUTARIA PARA DESCUBRIR HECHOS IMPONIBLES NO GRAVADOS: Esta medida se viene poniendo en práctica desde el ejercicio 2.011, principalmente en la revisión del padrón municipal del catastro de urbana. Se están investigando los bienes no incluidos y/o no valorados los cambios de uso realizados. Ya en el presente ejercicio se detecta un incremento en 90,00 miles de euros en las cuotas del Padrón de IBI Urbana, estimándose que aún faltan numerosos bienes inmuebles (edificios) situados fuera del casco urbano por declarar. Su inclusión supondrá un nuevo incremente de la recaudación por este concepto en el ejercicio 2013, de al menos 30,00 miles de euros. MEDIDA 4: CORRECTA FINANCIACIÓN DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS: SERVICIO PÚBLICO 4: Servicio de tratamiento de Residuos: Creación e imposición de la tasa municipal por el servicio de tratamiento de residuos sólidos para sufragar el coste de dicho servicio: 38,61 miles de Euros en 2.011. Entrada en Vigor: Julio-2012. SERVICIO PÚBLICO 5. Saneamiento: Creación e imposición de la tasa municipal de saneamiento, para sufragar el coste del canon de vertidos 6,80 miles de euros. Entrada en vigor: Julio 2012. SERVICIO PÚBLICO, 10: Culturales: Incremento de los derechos de inscripción y participación en cursos y talleres de la Universidad Popular. B.2 DESCRIPCION MEDIDAS DE GASTOS.- MEDIDA 16. OTRAS MEDIDAS POR EL LADO DE LOS GASTOS: No se consideran reducciones en gastos educativos y asistenciales, que aunque son deficitarios, son de vital importancia para la población, ya que incluye el mantenimiento de Residencia de Ancianos, servicio de ayuda a domicilio, guardería infantil, etc. dirigidos, en su mayoría a personas mayores y sectores de población más necesitados. En cambio si se reducirán gastos en los Servicios Culturales, que incluye una importante partida de gastos para festejos, los cuales deberán disminuir al menos en un 20 %, y vinculando la aplicación de gastos consigo misma, a fin de evitar la financiación por medio de la vinculación presupuestaria con otras partidas. También se hará un detallado estudio ingresos-coste de las actividades de la Universidad Popular, para la reducción de cursos y talleres que no alcancen un mínimo de al menos 20 participantes, y de tal forma que las cuotas de inscripción y participación, cubran, al menos, el 80 % del coste de la actividad de que se trate. Por D. Aníbal Sánchez Domínguez se pregunta al Secretario si realmente es necesario la formulación del Plan de Ajuste. El Secretario contesta que por la situación económica del Ayuntamiento no sería necesario el acceder a las medidas de endeudamiento, ya que con un planeamiento de la tesorería municipal, se podría hacer frente al pago de las facturas atrasadas, pero no habiéndose efectuado dicho pago antes de final de este mes, es ineludible que el Secretario-Interventor presente un Plan de Ajuste al Pleno. Sometido el Plan de Ajuste a votación, se obtiene el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: SEIS, los de los seis Concejales del PSOE. VOTOS EN CONTRA: NINGUNO ABSTENCIONES: CUATRO, los tres concejales del P.P. y D. Antonio Aparicio Paniagua. Se acuerda, por tanto, por MAYORÍA ABSOLUTA LEGAL DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN PRIMERO: Aprobar el Plan de Ajuste elaborado por la Intervención Municipal, anterior. SEGUNDO: Adoptar el compromiso de ejecutar las medidas previstas en el plan de ajuste para garantizar la estabilidad presupuestaria, límites de deuda y los plazos de pago a proveedores, por un periodo coincidente con el de amortización de la operación de endeudamiento que se prevea concertar en el marco del RD-ley 4/2012, de 24 de febrero. TERCERO: Adoptar el compromiso de remitir toda la información que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas considere necesaria para el seguimiento del cumplimiento de este plan de ajuste, así como cualquier otra información adicional que se considere precisa para garantizar el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, los límites de deuda pública y las obligaciones de pago a proveedores. |