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Villanueva de los Castillejos - Huelva

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España > Huelva > Villanueva de los Castillejos
19-03-10 13:14 #4935756
Por:elciriaco

Carta de Fernando VII (2)
Con esto quedó todo a la disposición de las Cortes: las quales en el mismo día de su instalación, y por principios de sus Actas, Me despojaron de la Soberanía, poco antes reconocida por los mismos Diputados, atribuyéndola nominalmente a la misma Nación para apropiársela a sí Ellos mismos, y dar a ésta después, sobre tal usurpación, las leyes que quisieron, imponiéndole el yugo de que forzosamente las recibiese en una nueva Constitución, que sin poder de provincia, pueblo, ni Junta, y sin noticias de las que se decían representadas por los suplentes de España e Indias, establecieron los Diputados, y Ellos mismos sancionaron y publicaron en 1812. Este primer atentado contra las prerrogativas del Trono, abusando del nombre de la Nación, fue como la base de los muchos que a éste siguieron; y a pesar de la repugnancia de muchos Diputados, tal vez del mayor número, fueron adoptados y elevados a leyes, que llamaron fundamentales, por medio de la gritería, amenazas y violencia de los que asistían a las galería de las Cortes, con que se imponía y aterraba; y a lo que era verdaderamente obra de una facción, se le revestía del espacioso colorido de voluntad general, y por tal se hizo pasar la de unos pocos sediciosos, que en Cádiz, y después en Madrid, ocasionaron a los buenos ciudadanos y pesadumbre. Estos hechos son tan notorios que apenas hay uno que los ignore, y los mismos Diarios de las Cortes dan harto testimonio de todos ellos. Un modo de hacer leyes, tan ajeno a la nación española, dio lugar a la alteración de las buenas leyes con en otros tiempos fue respetada y feliz. A la verdad casi toda la forma de la antigua Constitución de la Monarquía se innovó; y, copiando los principios revolucionarios y democráticos de la Constitución francesa de 1791, y faltando a lo mismo que se anuncia al principio de la que se formó en Cádiz, se sancionaron, no leyes fundamentales de una monarquía moderada, sino las de un gobierno popular, con que un Xefe o Magistrado, mero ejecutor delegado, que no un Rey; aunque allí se le dé este nombre para alucinar y seducir a los incautos y a la nación. Con la misma falta de libertad se firmó y juró esta Constitución; y es conocido de todos, no sólo lo que pasó con el respetable obispo de Orense, pero también la pena con que a todos los que no la firmasen y jurasen se amenazó. Para preparar los ánimos a recibir tamañas novedades, especialmente las respectivas a mi Real Persona y prerrogativas del Trono, se procuró por medio de los papeles públicos, en algunos de los quales se ocupaban Diputados de Cortes, y abusando de la libertad de imprenta, establecida por éstas, hacer odioso el poderío Real, dando a todos los derechos de la Majestad el nombre de despotismo, haciendo sinónimos los de Rey y Déspota, y llamando tiranos a los Reyes: al mismo tiempo que se perseguía cruelmente a cualquiera que tuviese firmeza para contradecir, o siquiera disentir de este modo de pensar revolucionario y sedicioso; y en todo se afectó el democratismo, quitando del exército y armada, y de todos los establecimientos que de largo tiempo habían llevado el título de Reales, este nombre, y substituyendo el de Nacionales, con que se lisonjeaba al pueblo: quien a pesar de tan perversas artes conservó, por su natural lealtad, los buenos sentimientos que siempre formaron su carácter. De todo esto luego que entré dichosamente en el Reyno, fui adquiriendo fiel noticia y conocimiento, parte por mis propias observaciones, parte por los papeles públicos, donde hasta estos días con impudencia se derramaron especies tan groseras e infames acerca de mi venida y mi carácter, que aun respecto de cualquier otro serían muy graves ofensas, dignas de severa demostración y castigo. Tan inesperados hechos llenaron de amargura mi corazón, y sólo fueron parte para templarla las demostraciones de amor de toodos los que esperaban mi venida, para que con mi presencia pusiste fin a estos males, y a la opresión en que estaban los que conservaron en su ánimo la memoria de mi Persona, y suspiraban por la verdadera felicidad de la Patria. Yo Os juro y prometo a Vosotros, verdaderos y leales Españoles, al mismo tiempo que me compadezco de los males que habéis sufrido, no quedaréis defraudados en vuestras nobles esperanzas. Vuestro Soberano quiere serlo para Vosotros; y en esto coloca su gloria, en serlo de una nación heroica, que con hechos inmortales se ha granjeado la admiración de todas, y conservando su libertad y su honra. Aborrezco y detesto el despotismo: ni las luces y cultura de las naciones de Europa lo sufren ya, ni en España fueron jamás déspotas sus Reyes, ni sus buenas leyes y Constitución lo han autorizado, aunque por desgracia de tiempo en tiempo se hayan visto, como por todas partes, y en todo lo que es humano, abusos de poder, que ninguna Constitución posible podrá precaver del todo; ni fueron vicios de la que tenía la Nación, sino de personas, y efectos de tristes pero muy rara vez vistas, circunstancias, que dieron lugar y ocasión a ellos. Todavía, para precaverlos quanto sea dado a la previsión humana, a saber, conservando el decoro de la dignidad real, y que sus derechos, pues los tiene de suyo, y los que pertenecen a los pueblos, que son igualmente inviolables. Yo trataré con sus Procuradores de España y de las Indias: y en Cortes legítimamente congregadas, compuestas de unos y otros, lo más pronto que, restablecidos el orden y los buenos usos en que ha vivido la nación, y con su acuerdo han establecido los Reyes mis Augustos predecesores, las pudiese juntar; se establecerá sólida y legítimamente quanto convenga al bien de mis reynos, para que mis vasallos vivan prósperos y felices, en una religión y un imperio estrechamente unidos en indisoluble lazo: en lo qual, y en sólo esto, consiste la felicidad temporal de un Rey y un Reyno, que tienen por excelencia el título de Católicos; y desde luego se pondrá mano en preparar y arreglar lo que parezca mejor para la reunión de estas Cortes, donde espero queden afianzadas las bases de la prosperidad de mis súbditos, que habitan en uno y otro hemisferio. La libertad y seguridad individual y real quedarán firmemente aseguradas por medios de las leyes que, afianzando la pública tranquilidad y el orden, dexen a todos la saludable libertad, en cuyo goce imperturbable, que distingue a un gobierno moderado de un gobierno arbitrario y despótico, deben vivir los ciudadanos que están sujetos a él. De esta justa libertad gozarán también todos para comunicar por medio de la imprenta sus ideas y pensamientos, dentro, a saber, de aquellos límites que la sana razón soberana e independientemente prescribe a todos para que no degenere en licencia; pues el respeto que se debe a la Religión y al Gobierno, y el que los hombres deben guardar entre sí, en ningún gobierno culto se puede razonablemente permitir que impunemente se atropelle y quebrante.

Continuará...
Puntos:
19-03-10 13:47 #4935947 -> 4935756
Por:BaqueroJM.

RE: Carta de Fernando VII (2)
¡Valiente memotreto! Espero Miguel la continuacion de este importante documento para ver el atropello a la libertad y sabiendolo desarrollar mi animo para que jamas vuelvan esos tiempos y que aquellos que se dicen "liberales" (mangoneando el termino) y que son neoliberales (niegan la libertad al pueblo), tal Esperanza Agirre, desaparezcan de nuestras vidas.
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