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España > Ciudad Real > La Solana
01-10-09 13:59 #3405541
Por:popol

LA JUSTICIA EN ESPAÑA
En varias de las conversaciones de este foro se hace referencia, en varios sentidos, a Jueces y Fiscales.
Teniendo en cuenta que no se puede generalizar, porque en la Justicia habrá de todo, como en todas partes, propongo este tema de debate:
- ¿Creéis que la Justicia en España es justa?, valga la redundancia.
- ¿Creéis que las leyes están hechas igual para todos?
- ¿Qué opináis sobre casos concretos como el famoso de Mª Luz?, el Juez no hizo ejecutar la sentencia y debido a esto, se castigó a la funcionaria de turno en lugar de castigarlo a él o a los dos.

Yo personalmente opino que dentro del marco Judicial español hay muy buenos profesionales, pero también creo que hay corrupción. De hecho no hay más que entrar en internet y podréis comprobar la cantidad de profesionales de la justicia que hay imputados.
Ahí lo dejo, espero que os interese el tema.
Puntos:
01-10-09 15:20 #3406063 -> 3405541
Por:velacoracho

RE: LA JUSTICIA EN ESPAÑA
La gran lacra de la justicia española es su dependencia, mas que demostrada, de los politicos.
Se supone que en España hay tres poderes, el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Que el legislativo y el ejecutivo no sean muy independientes uno del otro, hasta cierto punto es comprensible, pero que no lo sea el judicial es o debería ser anti democrático, anticonstitucional, antisentido comun y anti..... muchas mas cosas.
Puntos:
01-10-09 15:30 #3406189 -> 3406063
Por:kimas

RE: LA JUSTICIA EN ESPAÑA
YO DE POLITICA NO ENTIENDO NADA LA VERDAD,MI HUMILDE OPINION LA BASO EN LO QUE VEO,LEO Y ESCUCHO Y SIEMPRE LLEGO A LA MISMA CONCLUSION:LA MAYORIA DE LAS VECES ES UNA MIERDA.
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01-10-09 15:30 #3406186 -> 3405541
Por:

Borrado por su Autor.
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01-10-09 15:40 #3406321 -> 3406186
Por:kimas

RE: LA JUSTICIA EN ESPAÑA
Y SI HABLAMOS DE LA LEY DEL MENOR YA TE CAGAS
Puntos:
20-06-12 22:20 #10224209 -> 3406321
Por:ui-semua

Re: la justicia en espaÑa
No soy jurista pero la imagen de la Justicia en España, está como el país, el presidente del consejo general del poder judicial presenta mañana su dimisión por el caso viajes de trabajo a la costa.
Y esta tarde como en un partido de fútbol, el tribunal constitucional corrige al tribunal supremo quien había dicho que sortu era eta, pues bien según este tribunal los de sortu son buenos, ha ganado el sector sociata 6-5 al sector conservador. Son los mismos que tardaron 4 años para decidir avalar el estatuto de cataluña.
Avergonzado
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21-06-12 14:32 #10226346 -> 10224209
Por:Maya..

RE: Re: la justicia en espaÑa
A las dos primeras preguntas de popol...NO¡, y a la tercera...que es una verguenza, como otros tantos casos que hubo y habrá de vez en cuando como el de Sandra Palo.
Puntos:
22-06-12 21:16 #10231280 -> 10226346
Por:popol

RE: Re: la justicia en espaÑa
Estamos de acuerdo Maya.
Puntos:
16-07-12 01:06 #10316538 -> 10231280
Por:eeea

RE: Re: la justicia en espaÑa
... y cuando parece que se hace justicia seguro las apelaciones a instancias más elevadas de la "justicia" pondrá en entredicho lo "sentenciado" sensatamente. Ojala y me equivoque.

Para transmitir un poco de ánimo a las personas engañadas en las inversiones en preferentes, os dejo esta noticia publicada en el ABC el domingo 15, osea hoy-ayer.

ECONOMÍA
La primera sentencia contra las preferentes obliga a un banco a devolver el dinero

Novagalicia Banco deberá devolver 7.650 euros más los intereses a un cliente al que ofertó el producto «engañosamente»
EP / SANTIAGO DE COMPOSTELA
Día 15/07/2012 - 13.38h


El Juzgado número 1 de Cambados (Pontevedra) ha dictado la primera sentencia contra las participaciones preferentes al estimar "íntegramente" la demanda interpuesta por un afectado, J.L.C.M., frente a Novagalicia Banco, declarando "nulo" el contrato de compra de valores realizado en 2008, de forma que la entidad financiera deberá abonar 7.560 euros más los intereses al denunciante.

La titular del juzgado número 1 de esta localidad, Olga Martín, considera queda probado que el demandante "no fue debidamente informado de las características de riesgo alto y posible iliquidez que presentaba el producto en cuestión". Además, considera que "en ningún momento se le manifestó que el contrato suscrito tenía un vencimiento a 31 de diciembre del 2050, y que si lo hubiera sabido nunca lo hubiera firmado".

El demandante, un empleado de almacén que según consta en la sentencia "carece de profundos conocimientos en materia financiera", era desde hacía años cliente de la antigua Caixanova y acudió a su oficina bancaria para constituir un depósito de 10.000 euros que tenía ahorrados. "El director de la sucursal de Dena le ofreció contratar un tipo de depósito de alta rentabilidad que le permitía disponer de su dinero en todo momento y en el que no existían riesgos", según recoge la sentencia. De hecho, cuando el 29 de mayo el demandante decidió retirar parte de su dinero, 2.400 euros para comprar un coche, "lo pudo realizar sin ningún tipo de problema o alegación por parte de la entidad".

Sin embargo, posteriormente ante las dificultades para retirar los 7.560 euros que le quedaban en preferentes, el demandante optó por acudir a los tribunales. Novagalicia Banco, por su parte, sostiene que el cliente conocía la naturaleza del producto que había adquirido ya que se le entregó un tríptico del folleto informativo, que percibió puntualmente los rendimientos de las participaciones suscritas y que realizó el "test de idoneidad".

Oferta engañosa
Sin embargo, el juzgado concluye que "el cliente no fue informado de una forma directa y comprensible de las verdaderas características del producto contratado, que era de alto riesgo, y se ofertó a un cliente calificado como conservador, que nunca había realizado operaciones de esa naturaleza y que carece por completo de conocimientos mínimos en materia financiera". "Siendo que la posibilidad de liquidez inmediata fue determinante para que el demandante suscribiera el contrato y que al demandante se le ofertó engañosamente un producto que supuestamente alcanzaba estas condiciones, pero ello no era cierto, contribuye a alcanzar la conclusión de que hubo información no veraz en la suscripción del contrato".

Además, resalta que en las mismas condiciones del contrato suscrito, del que se facilitó una copia al demandante, figura "en la cláusula relativa a su duración, que su vigencia es indefinida y que cualquiera de las partes podrá instar unilateralmente su finalización mediante un preaviso de 15 días, lo cual es eminentemente falso", según la sentencia. Por todo ello, la juez declara nulo el contrato de compra de estos valores "por error del consentimiento" y condena al banco a asumir las costas del proceso. La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Afectados por la venta del producto financiero conocido como participaciones preferentes han insistido este domingo en la necesidad de que se dé "una solución para todos juntos". "Nuestro criterio es que tiene que haber una solución colectiva", apuntan portavoces de afectados por este producto bancario de Vigo y Cangas.
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