Aprobacion definitiva de ditintas ordenanzas fiscales (agua) CONSUMO DOMÉSTICO POR BLOQUES. Cuota servicio trimestral: 6,340 euros. Cuota por consumo trimestral: Hasta 15 m3: 0,000 euros. De 16 a 30 m3: 0,1581 euros. De 31 a 60 m3: 0,7741 euros. Más de 60 m3: 1,2103 euros. ABONADOS INDUSTRIALES. Cuota de servicio trimestral: 9,7375 euros. Cuota por consumo trimestral: Hasta 30 m3: 0,4192 euros. De 31 a 60 m3: 1,0360 euros. Más de 60 m3: 1,2237 euros. PEDANÍAS DE ALMODÓVAR. Cuota de servicio trimestral: 3,9288 euros. Cuota por consumo trimestral: Hasta 10 m3: 0,3809 euros. De 11 a 20 m3: 0,4598 euros. Más de 20 m3: 0,7277 euros. CANON COMPRA DE AGUA: 0,6278 euros/m3. LICENCIAS POR ACOMETIDAS. Derechos de enganche de acometida: 21,00 euros. Derechos de enganche de acometida cuando no exista red de agua: 85,00 euros. Derechos de enganche de una acometida en fincas situadas a distancia superior a 2 km. del casco urbano: 210,00 euros. Los precios que rigen en las aldeas que reciben agua de la red de distribución de Almodóvar se - rán los mismos que se aplican en Almodóvar, tanto para usos domésticos como industriales. EXENCIONES, REDUCCIONES Y DEMÁS BENEFICIOS LEGALMENTE APLICABLES. Artículo 7. Se bonificará con una reducción del 30% en la cuota fija, las familias numerosas, pensionistas y minusválidos cuyas rentas obtenidas por todos los miembros de la unidad familiar en conjunto no supe - ren en 1,5 veces el salario mínimo interprofesional. |