Retamar, segunda entrega Preguntado por el Honrado Concejo sobre la relación con las aldeas vecinas, refiere aqueste regidor que, con la aldea o villa del Mesías y la aldea del Campo, son de ver buenas relaciones de trueque, quitando que, con las de la Sta. Cruz de la Sierra y con la de El Puerto de la Sta. Cruz, son de haber frecuentes pendencias y disputas prediales, religiosas y personales. Su excelencia el Maestre deste Honrado Concejo pregunta al regidor sobre los títulos posesorios de los terrenos del retamar y las esparteras, manifestando aquél que los únicos títulos son el de la ocupación y labranza. Pregunta nuevamente el Maestre, que careciendo de títulos, qué estipendios, peculios o tributos pretende. A lo que el regidor contesta, los que en ley y en compasión fueren en deber. Insiste el Maestre al preguntar, quien cree el honrado aldeano, que, careciendo de títulos, es titular de los derechos de el Retamar y las Esparteras; a lo que aquél contesta sin dilación que, el pueblo. ¿Qué pueblo?, requiere el Sto. Maestre. A los que el regidor contesta, qué pueblo ha de ser Sr., el nuestro, el de la Santa Cruz. A lo que el Sto. Maestre expone: Honrado aldeano, en qué deber y obligación está éste Concejo, cuando de tus propias manifestaciones resulta que si el Retamar es de la Santa Cruz, aquésta es de la Sierra, y esta otra lo es del Puerto, y éste a su vez lo es de la Santa Cruz. Quedose perplejo el regidor, sin salir de su boca palabra, sudoroso y tembloroso. Tan agobiado viole el Sto. Maestre que, le emplazó para que en transcurrir tres días, volviera a comparecer ante éste Concejo, aportando títulos posesorios, o bien resolviendo el entuerto, pues si así no lo hiciere, decidiría el concejo la propiedad de dichos terrenos.
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