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España > Avila > Arenas de San Pedro
19-07-13 11:13 #11443050
Por:Evaristo Ventosa

Sobre la Escuela Infantil : doña Caridad hace lo que debe de hacer ( aunque tarde) y Óscar se lo afea
Ayer en el punto quinto del orden del día de Pleno Ordinario correspondiente a junio- julio de 2013 se habló sobre la Escuela Infantil la Luciérnaga. En una exposición confusa tanto por parte de la Alcaldesa, Doña Caridad, como del líder de la oposición, Óscar, me pareció entender que se han expedido y pagado todas las certificaciones mensuales y se ha firmado la certificación final de obras de la citada Escuela Infantil, aunque parece que no se ha firmado la Acta de Recepción de la Obra (aunque si se ha recogido del contratista las llaves de las obras, lo que a veces equivale a la recepción de las obras). Se haya recepcionado o no la Obra, el documento público de la certificación final de obras (y las certificaciones mensuales) dan fe de que se han ejecutado de acuerdo con lo establecido en el Contrato Administrativo de Obras, pero es aquí que la Escuela Infantil La Luciérnaga no se puede poner en funcionamiento, porque hay un problema con la Instalación. La exposición de este hecho por parte de doña Caridad fue tan opaca que un vecino en el turno de participación ciudadana la preguntó sí la instalación eléctrica estaba defectuosa, lo que Doña Caridad, negó, y dijo que lo que ocurría es que no se había comprobado y que el subcontratista encargado de la instalación se niega a firmar los boletines por “discrepancias” económicas con la empresa adjudicataria. Este no es un problema reciente, se arrastra desde principios del año pasado, en un Pleno sí y en otro también el de las “barbas” le pregunta sobre esto y doña Caridad le responde lo mismo: que están pendiente de resolver el problema de la instalación eléctrica. Como este problema ya se alarga, Doña Caridad con buen criterio (aunque muy tarde) ha decidido con la cobertura legal que la da Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ejecutar la fianza de la garantía definitiva y acabar a su cargo la Obra, tal como establece el artículo 100.b) de esta Ley, que dispone que la Ejecución de la fianza definitiva responde << De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución>>. Lo más sorprendente es que según me pareció oír es que la cantidad a ejecutar (aunque se ejecuta sobre la cantidad total y luego se devuelve el resto al adjudicatario) es muy exigua entre 1500 y 3000 euros. Todavía más sorprendente fue la respuesta de Óscar afeando a doña Caridad esta actuación y diciendo que lo que debía haber hecho es haber negociado con el adjudicatario ( como si casi dos años que han pasado desde que se expidió la certificación final de obras no fuera nada; aparte de que esta acción de ejecución de la garantía definitiva tiene un plazo de caducidad) y la razón que esgrimió Óscar no deja de ser estrambótica: que el asunto se va a demorar y no se va a poder poner en funcionamiento este año la Escuela Infantil
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19-07-13 18:33 #11443730 -> 11443050
Por:Socialista pura cepa

RE: Sobre la Escuela Infantil: doña Caridad hace lo que debe de hacer (aunque tarde) y Óscar se lo afea
Teníamos un problema con la Escuela Infantil y ahora, con las decisiones de su Ilustrísima, tenemos un problema mayor, un problemón de difícil solución. Con las carpetas abiertas en los organismos competentes, en la que constan la empresa constructora y las empresas instaladoras de agua, electricidad, calefacción, etc., ahora nos sale su Ilustrísima diciendo que va a acabar el Ayuntamiento la obra. Vamos, como que no tiene nada que ver lo que ha hecho sobre la "garantía" con resolver el problema de la terminación de la obra. ¿Qué empresa distinta de la empresa instaladora eléctrica va a hacer la verificación de las instalaciones eléctricas y va a expedir los correspondientes boletines, cuando por legislación y reglamentos tiene que hacerlo la empresa que ha realizado las instalaciones y así consta en las correspondientes carpetas de los expedientes administrativos en los organismos correspondientes?

Ibamos por dos años de retraso con la Escuela Infantil y ahora podemos acumular la intemerata, a riesgo de llegar fuera de control. ¿No habrá pasado su Ilustrísima de Málaga a Malagón?

¿Queríais PP? ¡¡¡Pues tomad PP!!!
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20-07-13 11:30 #11444514 -> 11443730
Por:Evaristo Ventosa

RE: Sobre la Escuela Infantil: doña Caridad hace lo que debe de hacer (aunque tarde) y Óscar se lo afea
Señor del Bigotes, por lo menos usted estará de acuerdo conmigo es que ya después de tanto tiempo no se podía seguir dejar corriendo el tiempo con el riesgo de que hubiera que devolver la fianza.

La solución dependerá de cómo se tramitara el expediente, si la empresa adjudicataria comunicó la subcontratación (la de la empresa de instalación eléctrica) en su plazo al Ayuntamiento y esto aceptó la subcontrata, entonces la empresa subcontratista ha de firmar los boletines, y si no lo hiciera incurrirá en responsabilidad contractual exigible ante los tribunales.

De no ser así, evidentemente, el problema se complica
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20-07-13 18:35 #11445007 -> 11444514
Por:socialista pura cepa

RE: Sobre la Escuela Infantil: doña Caridad hace lo que debe de hacer (aunque tarde) y Óscar se lo afea
Se lo voy a decir con el mayor de los respetos, señor Evaristo Ventosa: Debería usted de dejar de mencionar en este tema a personas que aún no han entrado en el mismo y, en consecuencia, no han dicho esta boca es mía. Pasemos al asunto. Había escrito usted que parece que no se ha firmado la Acta de Recepción de la Obra (aunque sí se ha recogido del contratista las llaves de las obras, lo que a veces equivale a la recepción de las obras). No sé si recoger las llaves puede equivaler a la recepción de las obras porque la legislación dice respecto al cumplimiento de los contratos y recepción de la prestación que "en todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad". Estará de acuerdo conmigo en que el acto formal y positivo de recepción o conformidad no se ha producido. Lo que causa perplejidad y hasta estupor es que, no habiéndose producido dicho acto, su Ilustrísima cometa el "error" de recoger del contratista las llaves de las obras. Y a esto añade su Ilustrísima el siguiente "error" aún más grave y sorprendente: Hacer uso de la Escuela Infantil "La Luciérnaga" instalando en ella, sin haber recepcionado la obra, el mobiliario de la misma para su uso y disfrute. Que no ha recepcionado la obra lo dirá su Ilustrísima, aunque lo que no va a poder negar es el hecho de haber hecho uso de la obra e instalar todo el mobiliario. Asunto peliagudo.

Dice usted, señor Evaristo Ventosa, que doña Caridad ha decidido ejecutar la fianza de la garantía definitiva y acabar a su cargo la obra. Esto ya me sobrepasa, compañero socialista. La competencia sobre esta cuestión es del Pleno y no de doña Caridad. Así que decisión de doña Caridad, de eso nada, puesto que si así fuera no hubiera tenido ninguna necesidad ni obligación de llevar este asunto al Pleno. ¿De verdad piensas, compañero socialista, que el Ayuntamiento puede acabar a su cargo la obra? Para poderlo hacer tendría que ir con anterioridad a la resolución del contrato porque, si el Ayuntamiento tiene que acabar las obras, resulta evidente que en dicho supuesto las obras estarían sin acabar y, en consecuencia, existiría un manifiesto incumplimiento del contrato. Circunstancia ésta que tampoco se ha producido. ¿En base a qué el Ayuntamiento va a acabar unas obras, cuando no hay ningún procedimiento abierto sobre la no terminación de las obras?

Lo que escribes en tu último comentario de que la empresa subcontratista ha de firmar los boletines y si no incurrirá en responsabilidad contractual exigible ante los tribunales me deja en un mar de dudas razonables. ¿Qué responsabilidad contractual va a tener la empresa subcontratada con el Ayuntamiento, si el Ayuntamiento no tiene ninguna relación directa contractual con dicha empresa subcontratada? ¿Cómo va a poder exigir el Ayuntamiento a la empresa subcontradada que le haga entrega de los boletines, cuando su Ilustrísima ha reconocido en el pleno que aún no se han comprobado y verificado las instalaciones? La verificación es paso previo, obligatorio e imprescindible para poder cumplimentar posteriormente los boletines. ¿Y quién puede obligar a realizar las verificaciones? El Ayuntamiento, no. Sin género de dudas debe ser la empresa adjudicataria y que ha subcontratado. Pero si tiene "discrepancias" económicas con la empresa subcontratada, difícilmente puede exigir nada en tanto no resuelva dichas discrepancias económicas.

Su Ilustrísima ha cometido dos "errores" graves y, ahora, tocará bailar con la más fea.

¿Queríais PP? ¡¡¡Pues tomad PP!!!
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21-07-13 10:05 #11445536 -> 11445007
Por:Evaristo Ventosa

RE: Sobre la Escuela Infantil: doña Caridad hace lo que debe de hacer (aunque tarde) y Óscar se lo afea
Que j. bigotin, me ha pillado en parte ( las prisas ) tiene razón, ya que el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en su artículo:
Artículo 227 Subcontratación, dispone:
<<1. El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que el contrato o los pliegos dispongan lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que aquél ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario.
2. La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:

b) En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
4. Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y a los términos del contrato>>,

Bien, el subcontratista sólo tiene responsabilidad contractual frente al contratista, pero contratista si la tiene frente a la administración. Lo otro bueno: todos sabemos que como punto quinto del orden del día se votó ejecutar esa fianza
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21-07-13 10:17 #11445545 -> 11445536
Por: Evaristo Ventosa

RE: Sobre la Escuela Infantil: doña Caridad hace lo que debe de hacer (aunque tarde) y Óscar se lo afea
Sobre lo que dice bigotín sobre acabar las obras,es coherente lo qeu, pero aquí estamos en un Foro y no en una notaria y hablamos de memoría, eso sí algo muy paecido dijo doña Caridad, que bien podía ser acabar las obras pagando el Ayuntamiento ( hay otro problema por medio un concurso de acreedores).

Este forero no engaña a nadie y lo primero que dije fue que todas las esposicines fueon muy confusas y que hasta a él le costó entender lo había detrás.

Pero una cosa es cierta trás este comentario y la polémica que está creando, algo puede quedar claro. Porque hoy en Arenas, con todos sus defectos, este Foro es la única información que hay sobre la gestión municipal
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21-07-13 14:59 #11445863 -> 11445545
Por:Socialista pura cepa

RE: Sobre la Escuela Infantil: doña Caridad hace lo que debe de hacer (aunque tarde) y Óscar se lo afea
Compañero socialista Evaristo: No es intención mía pillarte, como tú dices, y menos aún con un bigotín del que carezco. Reconoces tus prisas, prisas que son las que pudieran llevarte a escribir en tu último comentario: qeu, notaria, memoría, paecido, esposicines, fueon, trás. Menos bigotines inventados, menos prisas y más al grano.

Después de dos años de retraso y de varios "errores" de su Ilustrísima, alguno de ellos de una gravedad tremenda, en lugar de buscar soluciones al problemón, pretende escudarse en un laberinto proceloso aún peor y de más difícil solución. Su Ilustrísima aún no debe haberse enterado que los subcontratistas no tienen en ningún caso acción directa frente a la Administración contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos. Su Ilustrísima dice que hay un problema económico entre la empresa contratista y una de las empresas subcontratadas y su Ilustrísima no soluciona el problema principal que nos afecta escudándose en otro problema en el que el Ayuntamiento nada tiene que ver ni pinchar, puesto que la legislación es muy clara y dice que el contratista es quien debe obligarse a abonar a los subcontratistas el precio pactado en los plazos acordados, plazos que no podrán ser más desfavorables que los previstos para las relaciones entre la Administración y el contratista. Si el Ayuntamiento ya ha pagado todas las certificaciones de obra, ¿de qué está hablando su Ilustrísima? Si la empresa contratista por no entregar los documentos que debe entregar en tiempo y forma está ocasionando unos perjuicios al Ayuntamiento y a todos nuestros niños por no poder hacer uso de la Escuela Infantil, debería dejarse su Ilustrísima de marear la perdiz y aplicar a la empresa contratista responsable la legislación y la gramática parda, si lo que quiere realmente es resolver el problema. Transcurridos con creces los plazos, menos engañiflas, su Ilustrísima. Solución: Ir a la resolución del contrato por incumplimiento manifiesto de la empresa contratista y reclamar los daños y perjuicios ocasionados y las responsabilidades a las que hubiera lugar. Lo demás, su Ilustrísima, ganas de hacer el "don Tancredo" y de retrasar aún más la solución del problema. Un saludo, compañero.

¿Queríais PP? ¡¡¡Pues tomad PP!!!
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