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Arenas de San Pedro - Avila

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España > Avila > Arenas de San Pedro
07-02-13 11:59 #11041413
Por:Diogenes de arenas

Doña Caridad cumple lo que promete.
En el Pleno del día 24 de enero Caridad Galán anunció que iba a nombrar un cargo de confianza para que la ayudará en sus labores como Alcaldesa: en esto ha sido rauda y en el Boletín Oficial de Ávila del día 7 de febrero, ya aparece el nombramiento:
AYUNTAMIENTO DE ARENAS DE SAN PEDRO
A N U N C I O
Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, de fecha 31 de enero de 2013,ha sido nombrado D. Francisco Muñoz González como personal eventual para ocupar el puesto de asesoramiento de las concejalías con una retribución anual bruta de 9.800,00 euros, y con las funciones de solicitud y justificación de subvenciones.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo que dispone el artículo 104.3 de la Ley 7/1985, bde 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En Arenas de San Pedro, a 06 de febrero de 2013.
La Alcaldesa, Caridad García Galán.

No le conozco, aunque mi chica, la música, cree que es un enemigo forero suyo. Sí es él, es aceptable; pero aunque soy sólo un filósofo cínico y no entiendo de leyes, creo que este nombramiento no se puede hacer por Decreto de Alcaldía y aparte el contenido de la función de un cargo de confianza no es exactamente a la que se refiere en la resolución pegada (aunque también se hiciera con la de urbanismo) ¡Mas carnaza para que don Oscar hinque el diente!
En fin, que el Ayuntamiento sea la única empresa que crea puestos de trabajos en Arenas, ya es una noticia. En fin, seguramente esta mujer “ Sola ante el peligro” era la única salida que tenia.
Este señor como economista va a tener trabajo, para normalizar la “ciencia económica “de doña Caridad. No deja de sorprenderme sus opiniones contables vertidas en una revista local: decir que está orgullosa de que el presupuesto de gasto de Arenas sea pequeño (admitiendo que puede ser una necesidad imperiosa por la dificultad de equilibrarle con los ingresos que realmente se pueden obtener) es como decir que está orgullosa de no “hacer nada”, porque el asunto es como “el que asó la manteca, si no se gasta, nada se hace y en Arenas hay muchas cosas que hacer y alardear de que ha reducido 700.000 euros en los gastos del Ayuntamiento de Arenas en el ejercicio presupuestario de 2012 ( teniendo que pagar parte la deuda a los hermanos Serrano) deja a abierta dos opciones: la primera que es una “muy” buena administradora, la segunda que no ha gastado, porque ha hecho poco.
Puntos:
07-02-13 14:46 #11041795 -> 11041413
Por:quesabenaide

RE: Doña Caridad cumple lo que promete.
Como ya he comentado anteriormente, no pude asistir al Pleno del día 24 de enero por no encontrarme ese día en Arenas. Pero he recabado información y me ha comentado una señora Concejala que la señora Alcaldesa informó en dicho Pleno que próximamente iba a proceder a contratar como personal eventual de confianza a una persona para que realizara las funciones de encargado de personal, no para las funciones para las que ha contratado como personal eventual a la persona que hoy aparece en el Boletín Oficial de la Provincia. Aclarado esto, sólo preguntar al maestro filósofo por qué dice que este nombramiento no se puede hacer por Decreto de Alcaldía.

El artículo 20 de la LMRFP dice que los Presidentes de las Corporaciones Locales pueden seleccionar este tipo de personal de forma absolutamente libre y discrecional. Asimismo, la Ley de Bases de Régimen Local en su artículo 104.2 señala que el nombramiento y cese de estas personas es libre, cesando automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presta su función de confianza o asesoramiento.

Mucha carnaza no veo yo en este asunto para que alguien pueda clavar mucho el diente, maestro.
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07-02-13 16:59 #11042125 -> 11041795
Por:Diogenes de arenas

RE: Doña Caridad cumple lo que promete.
De esto se ha hablado mucho en los foros en relación con la extécnica de urbanismo. Veamos:

En la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local leemos:

<<Artículo 104.
1. El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones solo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuales.
2. El nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.
3. Los nombramientos de funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y, en su caso, en el propio de la Corporación.>>

Lo que nos interesa <<El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones solo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuale>>

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Artículo 168. Procedimiento de elaboración y aprobación inicial.
1. El presupuesto de la entidad local será formado por su presidente y a él habrá de unirse la siguiente documentación:
C Anexo de personal de la entidad local.

Señor del bigotes: como dice los anteriores textos legales: lo que haya que decir sobre el personal se dice en el Pleno de constitución, o se incluye como documento anexos de los presupuestos locales, ante de su aprobación inicial.
Para saber cuales son las funciones del personal eventual hay que acudir la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 12. Personal eventual.
1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

Estoy de acuerdo con usted señor del bigotes en que buscar subvenciones no es una << funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial>>. Tampoco lo era la de la Técnico de Urbanismo y coló

SI USTED SEÑOR DEL BIGOTES EN VEZ HABER ESTADO EN EL PLENO RONDONEANDO SU VENGANZA HUBIERA ESTADO ATENTO A LO QUE DIJO DOÑA CARIDAD: hubiera oído decir a doña Caridad que lo que quería era alguien que la ayudase en todo y hasta una socialista dijo que ya puesto que se encargarse del trabajo de gestoria
Puntos:
07-02-13 17:37 #11042236 -> 11042125
Por:quesabenaide

RE: Doña Caridad cumple lo que promete.
Si llego a sospechar que la señora Concejala no me iba a dar una información veraz, me hubiera dirigido al señor del bigotes o al señor de las barbas. Para la próxima, maestro.
Puntos:
07-02-13 20:52 #11042788 -> 11042236
Por:miragredos

RE: Doña Caridad cumple lo que promete.
Pues leña al mono que es de goma, Eso si todo al amparo de la Legislación vigente. Es asombroso como se conocen el articulado. Claro mientras ciertos elegidos en las urnas sigan pensando que pagara las impagables deudas nuestros hijos o “Rita la cantaora” Pues eso, a seguir gastando contra deuda y haciéndonos cargo a la ciudadanía de todas las subvenciones concedidas y los gastos de personal y demás lindezas que vienen ocasionando los unos y los otros.
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