03-10-11 22:46 | #8858728 -> 8858039 |
Por:JACINTOARENAS ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños vecinarenas, las personas no tienen licencia, son los locales los que la tienen para desempeñar una determinada actividad. imagino que el rincón de la nava y el ancla tendrán licencia de restaurante, cafeteria, etc, así como el tole-tole tendrá la que corresponda. en cuanto al buho verde desconozco los motivos de su cierre. | |
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03-10-11 22:46 | #8858732 -> 8858039 |
Por:ron barcelo ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños Que ganas de marear la perdiz tienes cada uno en su casa puede hacer lo que quiera vecinadearenas infórmate mejor. El ancla es su casa puede dar comidas que mas la da dar un plato de lentejas que un perrito caliente. La nava es un bar con categoría A y B sabes lo que significa que puede dar cumpleaños, bautizos, comidas o lo que quiera. Y el tole tole es un local habilitado para ello con todas las medidas de seguridad y pasado por sanidad y con licencia A y B Y C. Referente al búho verde no la iría muy bien para cerrar tenía un alquiler alto y no reunía las medidas mínimas de seguridad etc.... | |
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04-10-11 11:56 | #8861213 -> 8858732 |
Por:luis251994 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños Mi buen amigo Tapias, eminente jurista podrá responder mejor a este comentario que este pobre sociólogo. En Castilla y León no existe una regulación específica sobre las ludotecas. La única norma jurídica de rango legal o reglamentario que existe es la LEY 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León que en su artículo 25 clasifica los Centros de atención infantil en las siguientes categorías. <<1. Para la aplicación de esta Ley, los Centros de atención infantil se clasificarán en alguna de las siguientes categorías: a) Centros infantiles. b) Centros «Crecemos». c) Ludotecas. d) Centros infantiles de ocio. 2. Reglamentariamente podrán establecerse nuevas categorías para los centros de atención infantil>> Y en el artículo 28 se refiere específicamente a las ludotecas: <<Se clasificarán como Ludotecas los centros dirigidos a niñas y niños de 2 a 14 años, o menores de 2 años acompañados, que tengan por objeto la realización de actividades lúdicas, favorecedoras del desarrollo mental, psicomotor, afectivo y sensorial de los mismos.>> La legislación del Estado en esta materia : Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación no da pie a confundir las Escuelas Infantiles donde se imparten el primer ciclo de Educación Infantil con las Ludotecas. En ausencia de regulación estatal debemos en base al artículo 149.3 de la Constitución Española <<Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos>> pensar que el régimen jurídico de las ludotecas es competencia de las Comunidades Autónomas. Hay Comunidades como la Comunidad Autónoma de Cataluña en la que sí existe una regulación legal sobre las ludotecas: Decreto 94/2009, de 9 de junio, por el que se regulan las ludotecas (DOGC de 16 de junio de 2009. Este Decreto sí exige en su artículo 14, requisitos específicos sobre el personal de la Ludoteca <<1. La dirección de las ludotecas está formada por un equipo de profesionales. Este equipo está dirigido por una coordinadora o un coordinador que debe disponer de una titulación mínima de educación superior del ámbito socioeducativo. Los otros miembros del equipo de dirección de la ludoteca deben estar en posesión, como mínimo, de un título de grado medio de la familia profesional de los servicios socioculturales y a la comunidad. 2. También pueden formar parte de los equipos de dirección personas que tienen el diploma de monitor o monitora de actividades de ocio infantil y juvenil que se deben encontrar bajo la dirección de otro miembro del equipo con una titulación de grado superior del ámbito de los servicios socioculturales y a la comunidad. Sus funciones son la de acompañar y prestar apoyo en las actividades de juego de las personas usuarias del centro. 3. El número mínimo de personas profesionales en los equipos de las ludotecas depende de los servicios que preste el centro y de su aforo máximo. En todo caso, el equipo de profesionales del centro debe estar formado por un mínimo de 2 profesionales incluido el coordinador o coordinadora>> En Castilla y León (por ahora), como digo, no existe una regulación específica sobre ludotecas y por tanto no hay exigencias de titulación para poner este tipo de negocios , estos establecimientos se rigen en su creación y establecimiento, por lo que dispone la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León para los establecimientos recreativos.>> | |
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04-10-11 15:08 | #8862522 -> 8861213 |
Por:vecinarenas ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños gracias luis por la información, no sabia muy bien como iba, ahora ya si, pero me parece que Castilla y león deberían de modificar la ley, ya que no veo bien que los niños se queden con cualquier persona sin tener unos mínimos conocimientos para ello, pero nada si la ley esta así aquí pues nada,a dejar a los niños con cualquiera haya cada cual de lo que hace con sus hijos. | |
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04-10-11 15:52 | #8862875 -> 8862522 |
Por:jacintoarenas ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños lo normal es que si se deja a un hijo en un cumpleaños sea bajo la supervisión de algún adulto conocido. si no es así yo me quedaría presente. me parece extraño tu planteamiento vecinarenas. y no tiene nada que ver la ley con la responsabilidad de unos padres. | |
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04-10-11 19:09 | #8868231 -> 8862875 |
Por:ron barcelo ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños A mi no me preocupa la gente que esté al cargo de estos lugares porque en este pueblo todos nos conocemos y los que hasta ahora han llevado estos garitos son buena gente y seguro que tratan a los niños como tratan a los suyos. Lo que no tengo claro es que todos los sitios reunan condiciones y eso se lo digo a Luis para que mire que requisitos tienen que tener las ludotecas o como se llamen. Deberían exigir medidas especiales de seguridad, licencias y permisos especiales y sobre todo que tengan seguro, porque los niños siempre se estan dando golpes. Por lo que contais algunos locales son bares o restaurantes que aprovechan para ampliar el negocio a ludoteca. Eso es lo que debe controlarse para que cumplan las medidas de seguridad y tengan las cosas en regla. No creo que un permiso de bar o restaurante sirva para de repente convertirlo en ludoteca porque los niños son algo mas serio. | |
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04-10-11 21:33 | #8869350 -> 8868231 |
Por:vecinarenas ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños ha eso me referia ron barcelo, no dudo que sean buena gente, pero no es lo mismo cuidar de tu hijo que cuidar y entretener a quince o veintitantos niños y que se reunan las condiciones | |
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05-10-11 10:21 | #8871917 -> 8869350 |
Por:jacintoarenas ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: cumpleaños vecinarenas, no me creo que siendo un cumpleaños de niños en un lugar público no se queden varias madres o padres cuidando, vigilando o celebrándolo. | |
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