Foro- Ciudad.com

La Gineta - Albacete

Poblacion:
España > Albacete > La Gineta
30-11-14 20:09 #12344775
Por:PSOE LA GINETA

MociÓn del grupo municipal socialista del ayuntamiento de la gineta sobre modificaciÓn de la ley 12/2002 reguladora del ciclo integral del agua en cas
MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE LA GINETA SOBRE MODIFICACIÓN DE LA LEY 12/2002 REGULADORA DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN CASTILLA-LA MANCHA.


De acuerdo y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Socialista del Ayuntamiento de La Gineta solicita someter a la consideración del Pleno la siguiente
MOCIÓN
El Artículo 50 de la Ley 12/2002 de 27 de junio, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha dice:

1.Que la base imponible del canon de depuración está constituida por el volumen de aguas residuales registrado en los equipos de medida de caudal de entrada en las estaciones depuradoras, preveniente de la red de alcantarillado municipal y expresado en metros cúbicos.

2.Podrán ser de aplicación los supuestos de determinación de la base imponible por estimación indirecta en los casos y a través de los métodos previstos en la legislación general tributaria.

3.En cualquier caso y con carácter general se fija un volumen mínimo como base imponible igual a 3 metros cúbicos por habitante y mes. A estos efectos se tomarán los datos del último censo de población de cada municipio servido.Y el Art. 52 de la citada ley regula el tipo de gravamen.

El portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, José Luis Martínez Guijarro, en nombre y representación del Grupo Socialista en las Cortes de Castilla-La Mancha el 24 de noviembre de 2014 presentó en las citadas Cortes una enmienda de adición, otra enmienda de modificación formulada al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el 2015 y otra enmienda de supresión que consideramos beneficia a nuestro municipio.

Por lo que el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de La Gineta teniendo en cuenta que los Presupuestos Generales de la Junta para 2015 está próxima su aprobación en las Cortes de Castilla-La Mancha, solicitamos al Pleno la declaración de urgencia y la adopción de los siguientes acuerdos:

1º) El Pleno de este Ayuntamiento solicita a la Administración regional la incorporación de una disposición Final en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales para el 2015 que modifica el Art. 50 base imponible de la Ley 12/2002 de 27 de junio Reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha cuya redacción será la siguiente:
Art. 50 – base imponible.

1.La base imponible del canon de depuración está constituida por el volumen de agua consumida, medida en metros cúbicos, para usos domésticos y no domésticos, pudiendo diferenciarse en su determinación atendiendo a la clase de uso.

2.La determinación de la base imponible se efectuará en régimen de estimación directa cuando el consumo se mida mediante contador u otro procedimiento similar de medida de caudal.

3.En los supuestos previstos en el artículo 53 de la Ley General tributaria, la base imponible se determinará por el régimen de estimación indirecta.

4.La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrá imponer la instalación de dispositivos de control de caudal, así como, para los usos industriales, de medición de la contaminación.

5.En cualquier caso y con carácter general se fija un volumen mínimo como base imponible igual a 3 metros cúbicos por habitante y mes para los usos domésticos y 6 metros cúbicos por habitante y mes para los no domésticos.

2º) Solicitar al Gobierno regional asimismo la modificación del apartado 2 del Art. 57 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2015 relacionado con el tipo de Gravamen de la Ley 12/2002 de 27 de junio quedando redactado como sigue: “2. El tipo de gravamen del canon de depuración regulado en el capítulo III del Título V de la ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se fija, a los efectos y por el plazo de vigencia previstos en el Art. 52 de dicha Ley, en 0,42 euros por metro cúbico de agua determinados en la forma establecida en el Art. 50 de la misma ley, en la prestación del servicio de aguas residuales a cualquier municipio de Castilla-La Mancha, estableciéndose una bonificación del 30 % para la depuración de las aguas de consumo doméstico en aquellos municipios que hayan establecido un sistema de diferenciación del consumo de agua de uso doméstico y no doméstico”.

3º) Suprimir el apartado 3 del Art. 57 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales para 2015.

4º) Dar traslado de los siguientes acuerdos a la Presidencia de Castilla-La Mancha y a los Grupos Parlamentarios en las Cortes de Castilla-La Mancha.

En La Gineta, a 28 de noviembre de 2014


Fdo.: Antonio Belmonte Moraga
Portavoz del Grupo Socialista
Puntos:

Tema (Autor) Ultimo Mensaje Resp
Cospedal prepara sus inauguraciones electorales con la herencia socialista Por: LA MARI 10 30-07-14 18:35
LA MARI 10
1
ALEGACIONES/RECLAMACIONES a la Cuenta General de 2012 del Ayuntamiento de La Gineta Por: PSOE LA GINETA 13-01-14 00:30
No Registrado
8
Promociones municipales de la gineta,s.a. Por: PSOE LA GINETA 17-07-13 21:01
manchego04
3
Oxigeno para los ayuntamientos Por: DEMOCRACIA-SI-2015 28-01-12 02:31
fermat
1
Simulador Plusvalia Municipal - Impuesto de Circulacion (IVTM) - Calculo Valor Venal
Foro-Ciudad.com - Ultima actualizacion:08/08/2020
Clausulas de responsabilidad y condiciones de uso de Foro-Ciudad.com