AYUDAS A PARADOS La aprobación de la ayuda de 420 € para los parados tiene una serie de requisitos que se deben cumplir, y es importante tenerlo en claro para no crear falsas expectativas para quienes están en esa desesperante situación. Requisitos: 1) Desempleados menores de 65 años que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo desde el día 1 de agosto y los 180 días naturales siguientes a esa fecha y no tengan derecho al subsidio. 2) Además, no podrán tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. 3) Los que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por desempleo. 4) Deberán estar inscritos como demandantes de empleo. 5) Tendrán que suscribir el compromiso de participación en itinerarios activos de inserción. 6) Deben comprender que su percepción será incompatible con otras rentas concedidas por las distintas Administraciones Públicas. 7) Existe la obligatoriedad de comprometerse a realizar las distintas actuaciones que se determinen por el Servicio Público de Empleo correspondiente. APUNTARSE A:https://ww.facebook.com/group.php?gid=131086334056&ref=nf |