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Aldeamayor de San Martín - Valladolid

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02-09-15 11:12 #12815893
Por:tocalaotravezsan

Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
SESION DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DÍA 27 DE AGOSTO
DE 2015.
En la Casa Consistorial de Aldeamayor de San Martín, siendo las veinte horas del día veintisiete de Agosto de
dos mi quince , bajo la Presidencia deL Sr. Alcalde D. Fernando de la Cal Bueno, se reunió el ayuntamiento
Pleno de Aldeamayor de san Maritn , en sesión ordinaria y en primera convocatoria, con la asistencia de la
Sra. Teniente-Alcalde Doña Virginia Almanza Badás, y de los Sres. Concejales D. Juan Carlos Olmedo Zarapuz,
D. Francisco A. Lambás Cid, D. Fco. Javier Montes Juste, D. Abilio Ojero Vivas, D. Jacob Bermejo de la Cal,
Doña Ana Belén Blanco Gallo,y D. Félix A. Calleja Bolado, y d. Jesus Angel Martín Suares .
Asiste al acto el Sr. Interventor D. Francisco Javier González Martín y el Sr. Secretario del Ayuntamiento
D.Teodoro Sanz Rivas, que da fe del Acto.
No asiste a la sesión la Sra Concejala Dª Raquel Martínez Parra.
Abierto el acto por la Presidenta Accidental, se procede a desarrollar el Orden del Día de la siguiente forma
A) PARTE RESOLUTIVA :
1.- APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR..
Dada cuenta del Acta de la sesión anterior, correspondiente a la del dia 9 de Julio de 2015, no presentándose
objeciones a su redacción se aprueba por unanimidad.
2.- APROBACION DE MODIFICACION DEL ACUERDO DE DE DEDICACIONES,
RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES A MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
Se somete al Pleno del Ayuntamiento la siguiente propuesta, dictaminada negativamente por la Comisión de
Hacienda :
“ Teniendo en cuenta la necesidad de que de manera permanente hay un cargo político en las dependencias
municipales , con dedicación exclusiva al Ayuntamiento, a fin de poder dirigir en todo momento al personal y
a la Administración Municipal ; y considerando que la Teniente de Alcalde es la persona idonea para tal
designación por cuanto reune en su persona competencia legal y experiencia en la gestión, y teniendo en
cuenta que la interesada a presentado Declaración de Modificación de Actividades, informando de su
participación en la sociedad mercantil Aldeamayor Hostelería Sociedad Limitada, actividad que carece de
relación directa con las funciones publicas que le son propias
Propongo al Pleno :
Primero .- Modificar el apartado 1º del acuerdo del Régimen de Dedicaciones y Retribuciones suprimiendo
del mismo la dedicación parcial y retribuciones del Teniente de Alcalde y añadiendo el apartado 1º bis)
que queda rectado de la siguiente forma :
“ 1º bis) 1.Reconocer dedicación exclusiva de 37,5 horas semanales, con horario flexible según conveniencia
del servicio, con retribución mensual de 14 pagas, a los siguientes miembros de la Corporación con las
siguientes retribuciones :
CARGO BRUTO
MENSUAL
LIQUIDO
MENSUAL
BRUTO
ANUAL
SEGURIDAD
SOCIAL
TOTAL
AÑO
Teniente de Alcalde,Sra Almanza
Badás
1.965 1.602,69 27.510 8.830,71 36.340,71
ACTA SESION 27-08-2015 - 2
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2.- Reconocer a Dª Virginia Almanza Badás la compatibilidad del puesto de Teniente de Alcalde con
su actividad privada como Administradora de la sociedad Aldeamayor Hostelería S.L. , con sujeción a lo
establecido en el art 14 de la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
Segundo .- Publicar esta modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. “
Intervenciones:
El Sr. Alcalde justifica esta propuesta en la intención de reajustar el salario, a la mayor dedicación que va a
tener sin que llegue a ser el doble de la retribución fijada en el anterior acuerdo.
El Sr. Ojero Vivas, del Grupo del Partido Popular, dice que se ratifica en lo que dijo en Comisión: que se podía
haber hecho antes, que dijeron que con los sueldos se ahorraba dinero al Ayuntamiento, pero ahora resulta
que sube el gasto en unos 13.000 €., y alude al ahorro de 1300 € por suprimir seis sesiones ordinarias.
Considera que lo más lógico es que tenga dedicación exclusiva el Sr. Alcalde, porque es el que tiene las
facultades y el que debe firmar. Finaliza anunciando su voto en contra.
El Sr. Calleja Bolado se manifiesta también en contra de esta propuesta por cuanto estima que se incrementa
el gasto para las arcas municipales en conjunto en unos 28700 €; y también considera que este asunto debiera
haber quedado resuelto en el primer pleno.
Votación:
Sometida a votación la propuesta se produce un empate de cinco votos y cinco en contra ; repetida la votación
votan a favor el Sr. Alcalde, la Sra Almanza Badas, y los Srs Olmedo Zarapuz, Lambás Cid , y Martín Suarez; y
en contra los Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas, Montes Juste, y Calleja Bolado, y Sra Blanco Gallo, siendo
aprobada la propuesta como acuerdo del Pleno por el voto de calidad del Alcalde.( art. 100.2 del ROFRJ)
3.- APROBACION SOBRE MODELOS DE PUBLICACION EN EXTRACTO DE LAS
ACTIVIDADES Y BIENES DE LOS SRS CONCEJALES EN LA PAGINA WEB MUNICIPAL.
Se somete al Pleno el siguiente dictamen de Comisión :
“ Dada cuenta por el Sr. Alcalde de la necesidad de hacer públicas las declaraciones de
bienes y de incompatibilidades y actividades al amparo de lo dispuesto en el art. 75.7 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el art. 8.1h) de la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
Tras el debate y sometido el asunto a votación, con ______ votos a favor de __________,
______ votos en contra de ______________ y ______ abstenciones de ______, el Pleno ACUERDA:
PRIMERO: Que las declaraciones de bienes y las de incompatibilidades y actividades se
publicarán en el “Boletín Oficial de la Provincia”, haciendo referencia exclusivamente al hecho de su
presentación.
SEGUNDO: Asimismo, y a efectos informativos y previo consentimiento del correspondiente
concejal, se publicarán en la página web del Ayuntamiento las declaraciones iniciales y finales de
bienes y de incompatibilidades y de actividades en un formato que no sea susceptible de modificación
por terceros, conforme a los modelos que se acompañan como Anexo al presente acuerdo.
TERCERO: La publicidad de las declaraciones en la página web será cancelada al mes de
finalizar el mandato del concejal.
ACTA SESION 27-08-2015 - 3
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CUARTO: Aprobar los modelos que se recogen en el anexo del presente acuerdo como
extracto de las declaraciones de bienes y de incompatibilidades y de actividades, que se han de
publicar en la página web del Ayuntamiento.”
Anexo :
AYUNTAMIENTO DE _____________________
EXTRACTO DE DECLARACIÓN DE BIENES PATRIMONIALES PARA SU PUBLICACIÓN EN
LA PÁGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO.
Nombre y apellidos:
Cargo: Fecha de nombramiento o toma de posesión:
Tipo de declaración:
Inicial Final Anual Variaciones
A. BIENES INMUEBLES
Descripción Provincia Fecha de adquisición
Nada que declarar en este epígrafe A.
B. BIENES MUEBLES (Títulos, objetos históricos de especial valor, vehículos, etc.)
Descripción
Nada que declarar en este epígrafe B.
C. PARTICIPACIÓN EN SOCIEDADES
Descripción
Nada que declarar en este epígrafe C.
ACTA SESION 27-08-2015 - 4
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D. OTROS BIENES Y/O DERECHOS DE CONTENIDO ECONÓMICO
Descripción
Nada que declarar en este epígrafe D.
LIQUIDACIONES DE IMPUESTOS EJERCICIO 20__
IRPF. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Nada que declarar en este epígrafe IRPF.
Se adjuntó copia de la declaración de este impuesto, en fecha______________.
Cantidad pagada por IRPF (Cuota líquida pagada en el ejercicio anterior):_______________.
IP. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Nada que declarar en este epígrafe IP.
Se adjuntó copia de la declaración de este impuesto, presentada en fecha______________.
IS. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Nada que declarar en este epígrafe IRPF.
Se adjuntó copia de la declaración de este impuesto, presentada en fecha______________.
Consiento que estos datos se publiquen en la página web del Ayuntamiento.
En ________________________, a __ de ________________ de 20__
FIRMA DEL CONCEJAL
ACTA SESION 27-08-2015 - 5
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AYUNTAMIENTO DE _____________________
EXTRACTO DE ACUERDO DE DECLARACIÓN DE CAUSAS DE POSIBLE INCOMPATIBILIDAD Y DE ACTIVIDADES QUE
PROPORCIONEN O PUEDAN PROPORCIONAR INGRESOS ECONÓMICOS PARA SU PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB
DEL AYUNTAMIENTO
Nombre y apellidos:
Cargo: Fecha de nombramiento o toma de
posesión:
Tipo de declaración:
Inicial Final Anual Variaciones
A. CAUSAS DE POSIBLE INCOMPATIBILIDAD:
Nada que declarar en este epígrafe A.
B. ACTIVIDADES QUE LE PROPORCIONAN INGRESOS ECONÓMICOS:
Nada que declarar en este epígrafe B.
C. ACTIVIDADES QUE LE PUEDEN PROPORCIONAR INGRESOS ECONÓMICOS:
Nada que declarar en este epígrafe C.
Consiento que estos datos se publiquen en la página web del Ayuntamiento.
En ________________________, a __ de ________________ de 20__
FIRMA DEL CONCEJAL
Intervenciones : No hay intervenciones.
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno , por unanimidad de los presentes.
ACTA SESION 27-08-2015 - 6
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4.- APROBACION DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS 4/2015.
Se somete al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo dictaminada negativamente en la Comisión de
Hacienda :
“ Vista la necesidad de reconocer obligaciones por obras, servicios y suministros efectuados a esta
entidad para la dotación del Museo de la “Escuela de Antaño; facturas que han sido emitidas, y por tanto el gasto
realizado antes de existir crédito presupuestario para ello.
Visto que la Intervención municipal, en su informe de fecha 24 de junio de 2015, fiscaliza de
disconformidad el reconocimiento, liquidación y pago de la Factura Nº1507/2015, de 6 de abril de 2015, a favor
de D. JESÚS MOREJÓN GONZÁLEZ por importe de 3.745,56 € y Factura Nº 5, de 4 de mayo de 2015, a favor
de la mercantil DAZA DISEÑO Y COMUNICACIÓN SL por importe de 8.367,15 €, según se expone en el mismo,
porque en la fecha de emisión de la factura no existía crédito adecuado y suficiente al que imputar el gasto
derivado de las mismas y porque los refridos gastos han sido realizados sin haber seguido el procedimiento legal
o reglamentariamente establecido para su contratación, que para el caso que nos ocupa sería por razón de su
cuantía, la tramitación de un expediente de contrato menor de importe superior a 3.000,00 euros; expediente que
incluiría según lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal (Disposición Adicional Primera).
· Presupuesto o memoria detallada de la Obra o servicio de que se trate, suscrito por Técnico competente.
· Propuesta de Gasto formulada por parte del órgano gestor.
· Documento contable RC.
· Aprobación del gasto con incorporación de la factura correspondiente
Visto que en el citado informe se hace constar, además, que la formulación del reparo suspende la
tramitación del expediente hasta que sea resuelto por el órgano competente, que en este caso es el Pleno
municipal, dada la inexistencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación correspondiente y tratarse de
obligaciones o gastos de competencia de la Alcaldía.
Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.2 del RD 500/1990 corresponde al
Pleno el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria.
Considerando, igualmente, necesario y obligado atender los gastos incurridos para evitar el perjuicio de
los terceros contratantes con la administración que hayan actuado de buena fe, y el correlativo enriquecimiento
injusto o sin causa de ésta; siendo procedente en tal caso, la tramitación de un expediente para la convalidación
de los efectos económicos derivados de los referidos gastos, mediante el reconocimiento extrajudicial de los
créditos requeridos para su abono, todo ello sin perjuicio de la posible exigencia de responsabilidades a que se
refiere el Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de
las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial.
Considerando la efectiva prestación de los servicios y suministros de bienes por parte de los terceros
acreedores, constando factura acreditativa de cada uno de los gastos debidamente conformada por los
responsables de los distintos órganos gestores del gasto,
Considerando que la imputación de los citados gastos al presupuesto vigente, no causará perjuicio ni
limitación alguna para la realización de las atenciones del ejercicio corriente
En atención a lo expuesto, se propone al Pleno de la corporación la adopción de los siguientes acuerdos:
ACTA SESION 27-08-2015 - 7
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PRIMERO.- Levantar el reparo y resolver las discrepancias emitidas por el Interventor municipal que
afectarían a las facturas incluidas en la relación con Nº F/2015/2001 por importe de 12.114,71 €, que se incluye
como anexo al presente expediente, referidas a gastos que han sido realizados sin existir crédito presupuestario
para ello.
SEGUNDO.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial de los créditos incluidos en la relación adjunta con
Nº de F/2015/2001, y en consecuencia, autorizar, disponer y reconocer la obligación con cargo a la aplicación
presupuestaria 2015-12.333.632.00 , una vez aprobada definitivamente la Modificación presupuestaria 13-2015,
por un importe total de DOCE MIL CIENTO DOCE EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO
(12.112,71 €)
TERCERO.- Que se dé traslado de esta resolución a la Intervención municipal , a los efectos
establecidos en el artículo 217 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Texto refundido aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. “
Intervenciones : El Sr. Alcalde interviene para en primer lugar reconocer el fallo que se cometió; y
advertir que el gasto se realizó en el anterior mandato, si bien la factura se ha presentado ahora, y los
empresarios deben cobrarla.
El Sr. Ojero Vivas indica que hay que pedir tres presupuestos, por esto es lo que dice el vigente
presupuesto municipal. Pide que la intervención sea informada antes de realizar el gasto. Y dice que igual ponen
en conocimiento de la fiscalía este expediente porque se ha adjudicado a una empresa sin pedir ofertas
La Sra Almanza Badás dice que si no pasa de 12000 € no se precisa pedir tres ofertas. El sr. Ojero y el
Sr. Bermejo de la Cal replican al unísono que hay un informe con reparos del Sr. Interventor que lo está
diciendo.
El Sr. Calleja Bolado dice que piensa en este asunto igual a lo expuesto por el Sr Ojero , y espera que
sirva de advertencia para evitarlo en otras ocasiones.
Votación : 5 votos a favor ( de los Srs. De la Cal Bueno, Lambás Cid, Olmedo Zarapuz, Martín
Suarez y Sra Almanza Badás), y cinco votos en contra ( de los Srs Bermejo de la Cal , Ojero Vivas, Montes
Juste, Calleja Bolado, y Sra. Blanco Gallo), por lo que se repite la votación que vuelve a dar el mismo
resultado con los mismos votos, por lo que queda aprobado por el voto de calidad del Sr. Alcalde ( art. 100.2 del
ROFRJ )
5.- ACUERDO DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 14/2015 BAJO MODALIDAD DE
TRANSFERENCIA DE CREDITOS.
Se somete al Pleno el siguiente dictamen de Comision :
“ Planteada la necesidad de realizar unos gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente
para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y
dado que cabe efectuar transferencias de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no
comprometidas pertenecientes a aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas
de créditos de personal, esta Alcaldía, de conformidad con lo establecido en la Base 10 de las Bases de
Ejecución del Presupuesto Municipal, y con lo dispuesto en los artículos 179 y 180 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
y en los artículos 40 a 42 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, visto el expediente H.L 125/2015, conocido lo
informado por el Sr. Interventor, y en base a la documentación que obra en el expediente, es por lo que propone
al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
ACTA SESION 27-08-2015 - 8
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PRIMERO.- Modificar el Presupuesto general de 2015 mediante transferencia de créditos entre
aplicaciones de distinta área de gasto, que se indican a continuación:
DISMINUCIONES
APLICACIÓN DESCRIPCIÓN CRÉDITO ACTUAL MODIFICACIÓN CREDITO DEFINITIVO
13.2412.619.00
INV.REPOSIC. PROG. MIXTO DE FORMACIÓN Y EMPLEO
"EL CODESAL"
25.000,00 11.000,00 14.000,00
TOTAL 25.000,00 11.000,00 14.000,00
AUMENTOS
APLICACIÓN DESCRIPCCIÓN CRÉDITO ACTUAL MODIFICACIÓN CREDITO DEFINITIVO
12.333.632.00
ADECUACIÓN EDIFICIOL ESCUELAS VIEJAS PARA
MUSEO ESCOLAR
8.947,30 11.000,00 19.947,30
TOTALES 8.947,30 11.000,00 19.947,30
SEGUNDO.- Publicar este acuerdo en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante el
plazo de quince días a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren
oportunas para la defensa de sus derechos, entendiendo que si durante el plazo de exposición no existen
reclamaciones el acuerdo se elevará a definitivo.
TERCERO.- Una vez que este acuerdo tenga el carácter de definitivo, enviar una copia del expediente a la
Comunidad Autónoma y al Ministerio de Economía y Hacienda así como publicar en el BOP y en el Tablón de
Edictos del Ayuntamiento las modificaciones aprobadas y su financiación. La modificación aprobada producirá
efectos desde la fecha de la aprobación provisional siempre que se haya producido la publicación a que se refiere
el apartado anterior y se incorporará a la contabilidad general a través del correspondiente documento MC o de
modificación de créditos y del documento de modificación de las previsiones iniciales del presupuesto de
ingresos. “
Intervenciones : No hay .
Votación : 5 votos a favor ( de los Srs. De la Cal Bueno, Lambás Cid, Olmedo Zarapuz, Martín
Suarez y Sra Almanza Badás), y cinco votos en contra ( de los Srs Bermejo de la Cal , Ojero Vivas, Montes
Juste, Calleja Bolado, y Sra. Blanco Gallo), por lo que se repite la votación que vuelve a dar el mismo
resultado con los mismos votos, por lo que queda aprobado por el voto de calidad del Sr. Alcalde ( art. 100.2 del
ROFRJ )
6.- APROBACION DE MODIFICACION DE CRÉDITOS Nº 15-2015 BAJO MODALIDAD DE
CREDITOS EXTRAORDINARIOS.
Se somete al Pleno para su aprobación el siguiente dictamen de Comisión :
“ Planteada la necesidad de realizar unos gastos para los que no existe consignación en las partidas del vigente
presupuesto de 2015, esta Alcaldía, visto el expediente H.L 125/2015 y conocido lo informado por el Sr. Interventor, y en
base a la documentación que obra en el expediente, es por lo que se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Modificar el Presupuesto general de 2015 mediante CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS, en las
aplicaciones que se indican así como la fuente de financiación, de acuerdo con el siguiente detalle:
APLICACIONES DE GASTOS
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APLICACIÓN DESCRIPCIÓN
CONSIGNACIÓN
ACTUAL INCREMENTO CONSIGNACIÓN FINAL
12.323.600.00
INVERSIONES EN TERRENOS.- AMPLIACIÓN CEIP “MIGUEL
DELIBES” 0,00 92.000,00 92.000,00
TOTALES 0,00 92.000,00 92.000,00
FUENTES DE FINANCIACIÓN
APLICACIONES DE INGRESOS
CONCEPTO DESCRIPCIÓN EUROS
870.10
Remanente de Tesorería:- Financiación Afectada
39799 Monetarización aprovechamientos SUD-14
92.000,00
TOTAL INGRESOS 92.000,00
SEGUNDO.- Modificar el Anexo de inversiones que acompaña al Presupuesto municipal para el ejercicio
2015, con el desglose por proyectos de gasto y fuentes de financiación se indican a continuación:
PROYECTOS QUE CAUSAN ALTA
PR O Y E C T O S D E G A S T O S FUENTES DE FINANCIACION
APLICAC. DENOMINACION IMPORTE CÓDIGO APLICAC. AGENTE IMPORTE
12.323.600.00
INVERSIONES EN TERRENOS.-
AMPLIACIÓN CEIP “MIGUEL DELIBES”
92.000,00 2015-2-URBAN-6-6 870.10
397.99 Otros ingresos por
aprovechamientos urbanísticos
SUD-14
92.000,00
TOTALES 92.000,00 € TOTALES 92.000,00€
TERCERO.- Publicar este acuerdo en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante el plazo de
quince días a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas para la
defensa de sus derechos, entendiendo que si durante el plazo de exposición no existen reclamaciones el acuerdo se
elevará a definitivo.
CUARTO.- Una vez que este acuerdo tenga el carácter de definitivo, enviar una copia del expediente a la
Comunidad Autónoma y al Ministerio de Economía y Hacienda así como publicar en el BOP y en el Tablón de
Edictos del Ayuntamiento las modificaciones aprobadas y su financiación. La modificación aprobada producirá
efectos desde la fecha de la aprobación provisional siempre que se haya producido la publicación a que se refiere
el apartado anterior y se incorporará a la contabilidad general a través del correspondiente documento MC o de
modificación de créditos y del documento de modificación de las previsiones iniciales del presupuesto de
ingresos. “
Intervenciones : El Sr. Alcalde explica las razones de esta modificación presupuestaria en la necesidad de
prever terrenos para ampliar el patio del Colegio.
El Sr. Bermejo de la Cal se interesa por las conversaciones o negociaciones con los propietarios. Le responde
el Sr. Alcalde que dos de ellos están en disposición de vender, pero que con un tercero no ha contactado
porque el Alcalde anterior ya habló con él , y le pareció que no pedía un precio razonable.
Pregunta el sr Bermejo de la Cal si se ha estudiado la posibilidad de una permuta de terrenos. Responde el Sr.
Alcalde que eso se estudiará con el Arquitecto Municipal.
El Sr. Bermejo de la Cal anuncia su apoyo porque el Grupo Popular siempre ha apoyado todo lo referido a
Educación, pero reprocha que se enterara por la calle de este asunto.
El sr. Calleja Bolado se manifiesta a favor, y pide estar informado , y también que se estudie la posibilidad de
la permuta
ACTA SESION 27-08-2015 - 10
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Votación: Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los presentes.
7.- DELEGACION DE LA COMPETENCIA DE ADJUDICACION DEL CONTRATO DE
CONCESION DE LA ESCUELA MUNICIPAL INFANTIL EN EL SR ALCALDE.
Se somete al Pleno para su aprobación el siguiente dictamen de Comisión :
“ Dada cuenta del estado de tramitación del expediente de Gestión del Servicio publico, mediante concesión
de la Escuela Municipal de 1º Ciclo de Aldeamayor de San Martin, en el cual se han presentado varias
solicitudes de participación, y no siendo posible proceder a la adjudicación en la sesión del mes de Agosto;
Teniendo en cuenta que la competencia de la adjudicación de este contrato le corresponde al Pleno y que a
tenor de los dispuesto en el art. 22.4 de la Ley 7/85 de 2 de Abril esta competencia es delegable en el Alcalde o
en la Junta de Gobierno Local ;
Considerando que por razones de urgencia dado que el procedimiento va a seguir estando ya iniciado el nuevo
curso , resulta conveniente aplicar la mayor celeridad posible en la adjudicación del contrato y esto puede
conseguirse mediante una resolución del Alcalde una vez se haya dado cumplimiento por el contratista
propuesto por la Mesa de la presentación de la documentación exigible;
El Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoria delegar en el Sr. Alcalde la competencia de adjudicación del
contrato de “ Gestión del servicio público, mediante concesión, de la Escuela Municipal de Educación Infantil
de 1º Ciclo de Aldeamayor de san Martín. “
Intervenciones :
El sr. Bermejo de la Cal dice que su partido ya advirtió de que la contratación iba a durar unos 65 días; y
pregunta si la razón de esta delegación está en las prisas. El sr Alcalde dice que nada más que en las prisas, en
facilitar que cuanto antes se pueda realizar la adjudicación del contrato. La Sra. Almanza Badás dice que la
decisión de a quien se adjudica es de la mesa de contración. El Sr. Bermejo de la Cal replica que el órgano
competente es el Pleno; anuncia su voto a favor, y solicita ser invitado a la mesa de contratación.
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los presentes.
8.- APROBACION DE ELECCION DE REPRESENTANTE DE LAS CORPORACIONES
LOCALES EN EL CONSEJO TERRITORIAL DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE
VALLADOLID.
Se somete al Pleno el siguiente dictamen de la Comisión :
“ Dada cuenta de la comunicación de la Sra Presidente del Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria
de Valladolid, solicitando de los Ayuntamientos que tras producirse las elecciones municipales procede
renovar la representación de las Corporaciones Locales en el Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria de
Valladolid, y para lo cual advierte que antes del día 7 de Septiembre se debe comunicar a esa Presidencia el
nombre del Ayuntamiento por el que se emite el voto, siendo candidatos todos los Ayuntamientos de la
Provincia, a excepción de Laguna de Duero, Medina del Campo y Valladolid.
El Ayuntamiento Pleno acuerda :
Designar al Ayuntamiento de Traspinedo, para formar parte del Consejo Territorial de la Propiedad
Inmobiliaria de Valladolid en nombre de los municipios menores de 20.000 habitantes “
Intervenciones : El Sr. Calleja Bolado anuncia que pese a su voto favorable en Comisión, lo va a cambiar
porque ha hablado con varios de los 40 concejales que tienen en la provincia , y este tema no se ha llevado en
sus Ayuntamientos; y además parece que hay problemas en Traspinedo.
ACTA SESION 27-08-2015 - 11
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Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por mayoría absoluta de 8 votos a favor; y dos
votos en contra del Sr. Calleja Bolado y de la Sra. Blanco Gallo.
9.- APROBACION DE EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL
PRESUPUESTO.
Se somete al Pleno el siguiente dictamen de Comisión para su aprobación :
“ Planteada la necesidad de modificar las Bases de ejecución del Presupuesto municipal en relación con el
procedimiento específico regulado para la tramitación de los contratos menores, se estima conveniente por éste
equipo de gobierno, establecer unos requisitos más restrictivos para lograr un mayor control en la ejecución de
dichos gastos, y en base a la documentación que obra en el expediente, y teniendo en cuenta lo informado por el
Interventor, es por lo que se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Modificar las bases de ejecución del Presupuesto de la Corporación en base a los siguientes
términos:
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.- PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE CONTRATACION DEL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN.
SEGUNDO .- CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
La contratación administrativa de cualquier tipo, regulada en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público (TRLCSP), se tramitará en la forma siguiente:
Contratos menores.
La tramitación de los contratos menores a que hace referencia el artículo 111 del TRLCSP, se llevará a cabo
íntegramente por cada órgano gestor (concejalía o dependencia municipal promotora de la actuación e interesada en la
celebración del contrato), exigiéndose únicamente la aprobación del gasto y la incorporación al expediente de la factura
conformada correspondiente, que reúna los requisitos reglamentariamente establecidos y, en el contrato menor de obras,
además, el presupuesto de las obras. Estos contratos no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de
prórroga ni de revisión de precios.
Tendrán la consideración de contratos menores todos aquellos cuyos precios, IVA no incluido, no excedan de las
siguientes cuantías:
o Obras. 50.000,00 €.
o Otros Contratos : 18.000,00 €
Los contratos menores, se tramitarán conforme al siguiente procedimiento:
A. HASTA EL IMPORTE DE 3.000,00 € PARA CONTRATOS DE OBRAS Y 1.000,00 € RESTO DE CONTRATOS
Se tramitará directamente documento contable ADO con cargo a la partida presupuestaria correspondiente. En todo
caso, las facturas deberán llevar la conformidad del director del contrato y el visto bueno del concejal delegado del área.
Eventualmente, cuando al servicio así lo interese, podrá solicitarse, con carácter previo a la realización del gasto, la
oportuna retención de crédito. En este caso, en la factura posterior deberá constar el número de documento contable RC.
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(Valladolid)
B. PARA CONTRATOS DE OBRAS ENTRE 3.001,00 Y 15.000,00 Y EL RESTO DE CONTRATOS ENTRE 1.001,00 Y
3.000,00. (IVA EXCLUIDO)
o Presupuesto o memoria detallada de la Obra o servicio de que se trate, suscrito por Técnico competente.
o Propuesta de Gasto formulada por parte del órgano gestor.
o Documento contable RC.
o Aprobación del gasto con incorporación de la factura correspondiente.
C. PARA CONTRATOS DE OBRAS ENTRE 15.001,00 Y 50.000,00 € Y EL RESTO DE CONTRATOS ENTRE
3.000,01 y 18.000,00 €. (IVA EXCLUIDO)
Además de lo anterior, se exigirán los siguientes trámites:
o Consulta con tres empresas capacitadas para la ejecución del contrato, acompañándose las correspondientes
ofertas. En otro caso se unirá al expediente informe motivado por el que no es posible solicitar las mencionadas
ofertas.
o Propuesta de adjudicación a una de las ofertas.
o Adjudicación por Decreto de Alcaldía, en el que se determinarán las condiciones fundamentales de la prestación
del servicio, realización de la obra, suministro,... que permitan posteriormente determinar el importe a satisfacer al
adjudicatario.
RESTO DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.
Los contratos administrativos que no estén definidos como menores, precisarán en todo caso, la formación de un
expediente de contratación, conforme a la legislación de contratos de las administraciones públicas.
SEGUNDO.-Publicar este acuerdo en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante el plazo
de quince días a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas
para la defensa de sus derechos, entendiendo que si durante el plazo de exposición no existen reclamaciones el
acuerdo se elevará a definitivo.
TERCERO.- Una vez que este acuerdo tenga el carácter de definitivo, enviar una copia del expediente a la
Comunidad Autónoma y al Ministerio de Economía y Hacienda. “
Intervenciones : No hay .
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de los presentes.
10 . APROBACION DE DELEGACION DE COMPETENCIAS DEL PLENO EN LA JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL.
Se somete al Pleno para su aprobación la siguiente propuesta de acuerdo :
“ Siendo obligatoria la existencia de la Junta de Gobierno Local , por tener este Municipio más de 5.000
habitantes, y estar además prevista su existencia en el Reglamento Organico Municipal ; y no teniendo
competencias propias, resulta adecuado por eficiencia administrativa que se deleguen en la Junta de
Gobierno las competencias siguientes del Pleno :
Art. 22.4 de la Ley 7/85 , se pueden delegar las siguientes competencias del Pleno del art. 22 :
ACTA SESION 27-08-2015 - 13
AYUNTAMIENTO
Aldeamayor de San Martín
(Valladolid)
j) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia
plenaria.
k) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico,
exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto -salvo las de tesorería, que le corresponderán
cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos
corrientes liquidados en el ejercicio anterior- todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales.
ñ) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión,
y cuando aún no estén previstos en los presupuestos
q)Las demás que expresamente le confieran las leyes.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno acuerda :
1º ) Delegar en la Junta de Gobierno Local las competencias del Pleno previstas en los apartados j) k) m) ñ)
q) del art. 22.2 de la Ley 7/85 de 2 de Abril.
2º) Publicar este acuerdo en el BOP de la Provincia de Valladolid. “
Intervenciones :
El Sr. Alcalde manifiesta que no tiene inconveniente en que un miembro de cada grupo de la oposición se
incorpore a la Junta de Gobierno Local.
El Sr. Ojero Vivas pregunta que cuantos
La Sra Teniente de Alcalde Dª Virginia Almanza responde que el total de miembros es de 4 , por lo que habrá
dos el equipo de gobierno y dos de la oposición.
El Sr. Ojero Vivas dice que en eso está de acuerdo, porque si no vaya transparencia que va a haber. El Sr.
Bermejo de la Cal dice que en otros Ayuntamientos en la Junta de Gobierno está representada la oposición.
El Sr. Calleja Bolado agradece que se tenga en cuenta la participación en la Junta de Gobierno de la oposición.
Votación :
Es aprobada la propuesta de acuerdo como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los presentes.
11.- APROBACIÓN SOBRE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A EMPRESAS DE
ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN, SOLICITADAS EN 2014
Se somete al Pleno el siguiente dictamen :
1. Creación de Empresas y Apertura de Nuevos Centros de Trabajo
Según la Orden de Presidencia de fecha 27 de enero de 2015 se desestimó el recurso de alzada interpuesto por
el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín en lo que se refiere a los conceptos
subvencionables de de gastos de constitución, entendiendo por éstos los de notaría, registro y liquidación del
impuesto de patrimonio y actos jurídicos documentados .. .) y los gastos en bienes de equipo e instalaciones,
maquinaria, elementos de transporte interno, utillaje, mobiliario, equipos para procesos informáticos, por no
resultar los mismos de competencia de la Corporación Local.
Se estimó parcialmente el recurso en lo que se refiere a los conceptos subvencionables de "realización de
estudios de viabilidad relativos a la puesta en marcha del negocio por una empresa asesora externa(planes de
negocios) y los gastos de acondicionamiento y adaptación de instalaciones e inmuebles destinados a locales
comerciales, despachos en edificios de oficinas, centros de negocios o servicio, naves industriales" y anular el
mismo habida cuenta que, como hemos visto, nos encontramos ante el ejercicio de una competencia propia de
las Corporaciones Locales.
ACTA SESION 27-08-2015 - 14
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Aldeamayor de San Martín
(Valladolid)
Expediente Empresa
Fecha de la
Solicitud Importe Observaciones
CREA/01/2014 Sonia Temblador González 18/08/2014 0,00 Renuncia
CREA/02/2014 Todo Embalaje Packaging 22/09/2014 1.264,57
Gasto de
acondicionamiento y
adaptación de
instalaciones e inmuebles.
CREA/03/2014 Oscar González Celemín 26/09/2014 0,00
No subvencionable orden
de Presidencia
CREA/04/2014 Tamara San José Fraile 29/09/2014 0,00
No subvencionable orden
de Presidencia
CREA/05/2014 Felipe Beteta López 30/09/2014 0,00
No subvencionable orden
de Presidencia
Total 1.264,57
2. Alquiler de Naves y locales.
Según la Orden de Presidencia de fecha 27 de enero de 2015 se estimó el recurso de alzada interpuesto por
el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín y se anuló el mismo ya que se consideró
que nos encontramos ante el ejercicio de una competencia propia de las Corporaciones Locales.
Expediente Empresa
Fecha de la
Solicitud Importe Observaciones
ALQ/01/2014 Sonia Temblador González 18/08/2014 0,00 Renuncia.
ALQ/02/2014 Tamara San José Fraile 12/09/2014 600,00
ALQ/03/2014
Alquimia Difusión y
Publicidad 16/09/2015 0,00
No cumple con el punto 2
beneficiarios, el local
debe estar alquilado entre
el 1 de octubre 2013 y 30
de septiembre de 2014. El
contrato es de 1 de agosto
de 2013
ALQ/04/2014 Francisco José García Diez 19/09/2014 600,00
ALQ/05/2014 Giving Tree C.B 29/09/2014 600,00
ALQ/06/2014 José Cóstulo Morejón 26/09/2014 600,00
Total 2.400,00
3. Fomento de Empleo
Según la Orden de Presidencia de fecha 27 de enero de 2015
Se Desestimó en todas sus peticiones el recurso de alzada interpuesto por el
Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, contra e/ informe sobre duplicidades en
re/ación con la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo en Aldeamayor de San Martín emitido
ACTA SESION 27-08-2015 - 15
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(Valladolid)
con fecha 3 de octubre pasado por la Dirección de Ordenación del Territorio y Administración Local,
manteniéndose este en todos sus extremos.
“…la existencia de duplicidad en la prestación por parte del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín de
subvenciones en 2014 para favorecer la creación, consolidación, regeneración del tejido empresarial y potenciar
la inserción laboral de los vecinos de Aldeamayor de San Martín mediante la concesión de la siguiente línea de
ayuda; fomento de empleo a empresas ubicadas en ubicadas en el municipio de Aldeamayor de San Martin” .
Intervenciones : El Sr. Bermejo de la Cal pregunta si puede obtener subvenciones una CB. Responde el sr.
Interventor que no, y que la documentación se presentará a nombre de persona física.
Votación : Es aprobado el dictamen como acuerdo del Pleno por unanimidad de todos los presentes .
B) PARTE DE INFORMACION Y CONTROL AL GOBIERNO MUNICIPAL :
12. DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA:
Dada cuenta de las resoluciones de la Alcaldía , que se corresponden con los Decretos 489 de 15 de Junio de
2015 hasta el Decreto 669 del 27 de agosto de 2015, y de los cuales los Srs. Concejales han recibido copia, el
Ayuntamiento Pleno queda enterado.
El Sr. Ojero Vivas pregunta sobre el nº 658 y a que se debe el pago de esos intereses. El Sr Interventor explica
que se demoró el pago de 2 facturas por decisión del concejal delegado de Medio ambiente y servicios; y ahora
ha reclamado judicialmente los intereses de esa demora, y que hay que dotarlos
Pregunta también sobre los Decretos 665 y 666 , respondiendo el sr. Alcalde que obedecen a un error en los
proyectos de actuación. Amplia la explicación el Sr. Secretario el cual informa que en los Proyectos de
Actuación el Ayuntamiento aparece como titular de aprovechamientos por terrenos de sistemas generales, por
lo que le tocará aportar la parte correspondiente si antes no realiza las correspondientes actuaciones aisladas
de ocupación directa en beneficio de los titulares de suelo en sistemas generales, pero que en todo caso esos
Proyectos no contemplan la asignación al Ayuntamiento , libres de cargas y de gastos de urbanización , de
parcelas edificables como consecuencia de la cesión obligatoria del 10 % del aprovechamiento medio.
El Sr. Calleja Bolado al hilo del decreto 630 sugiere que presione a Caja España para que abra sus oficinas en
Aldeamayor más tiempo al público. El Alcalde le responde que hace esa petición sin más; pero que la hará a
Caja España y a los demás bancos.
El Sr. Calleja Bolado pregunta sobre el 659 , a lo que el sr. Interventor explica nuevamente la discrepancia en
cuanto al computo de intereses entre los que pide Fissa Finalidad Social , y lo que corresponde pagar según
estudio de él y la Sra Tesorera , y eso es lo que se aprueba en ese Decreto.
13. DACION DE CUENTA DE REPAROS EMITIDOS POR EL SR INTERVENTOR:
Expediente Empresa Fecha de la
Solicitud
Importe Observaciones
FOM/01/2014 Todo Embalaje Packaging 15/09/2014 0,00 No subvencionable orden
de Presidencia
FOM/02/2014 Ana Isabel Soto López 29/09/2015 0,00 No subvencionable orden
de Presidencia
FOM/03/2014 ANCYNI SDAD. COOP 29/09/2015 0,00 No subvencionable orden
de Presidencia
Total 0,00
ACTA SESION 27-08-2015 - 16
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Aldeamayor de San Martín
(Valladolid)
Se da cuenta mediante lectura íntegra del informe de fecha 5 de agosto de 2015 del Sr. Interventor sobre
resoluciones adoptadas por el Presidente de la Entidad Local contrarias a los reparos efectuados :
- Resolución de la alcaldía nº 423/2015 , de 1 de Junio de 2015 sobre aprobación de la
Certificación de Obra nº 2 y última de la obras de ”Renovación de alumbrado Público en
orden a la eficiencia y ahorro energético . Planes Provinciales de 2014-2015” por introducir
precios por nuevas unidades de obra que aún no se habían aprobado por el órgano de
contratación.
- Resolución de la Alcaldía nº 621/2015 de 3 de agosto de 2015 sobre aprobación de factura nº
Rec-1 a favor de Tauromaquia y Gestiones S.L. en concepto de suministro de ganado festejos
Taurinos 2015, con reparo por omisión de requisitos esenciales, por cuanto la mercantil no
aportó en plazo la documentación acreditativa de la solvencia técnico profesional ni el
depósito de la garantía definitiva ni el certificado de estar al corriente de sus obligaciones
tributarias.
Leido el informe , el Pleno se da por enterado.
14.- INFORMES DE PRESIDENCIA.-
El Sr. Alcalde informa que se ha firmado un convenio con el EUC del Golf para que puedan gestionar la
recaudación de las cuotas en apremio.
Informa que se ha suspendido la reunión prevista con los responsables de Tráfico hasta después del día 8 de
Septiembre.
Informa el Sr. Alcalde que a partir del próximo `Pleno se grabarán las sesiones; y que el Alcalde y los
Concejales que lo deseen, una vez finalizada la sesión, se quedarán para responder a las preguntas que tengan a
bien hacer los vecinos presentes en el salón de sesiones.
ASUNTOS URGENTES :
Propuesta de designacion de Suplentes en la Mancomunidad Tierra de Pinares .
Urgencia.- Por el sr. Alcalde se propone incluirlo en el Orden del día porque el asunto se considera urgente
por cuanto hay una concejala designada como representante del Ayuntamiento en la Mancomunidad que no
puede asistir a la sesión convocada para mañana día 28, y por tanto se precisa con carácter inmediata designar
a su suplente en caso de ausencia, enfermedad o incapacidad.
Votación : es aprobada por unanimidad de los presentes , que constituyen la mayoría absoluta del número legal
de miembros de la Corporación.
PROPUESTA :
Habiendo sido designados tres concejales de este Ayuntamiento para ser representado en la Mancomunidad
de servicios “ Tierra de Pinares “, y previendo que puede darse el caso de que alguno de ellos pudiera estar en
baja por enfermedad, o ausente del Municipio por diversas razones, o incluso darse alguna circunstancia de
incapacidad o de incompatibilidad , resulta conveniente tener prevista su sustitución de manera automática
para que el Ayuntamiento de Aldeamayor de san Martin no pierda cuota de representación y de votación en las
sesiones de la Mancomunidad “Tierra de Pinares”,
Por lo expuesto, el Pleno acuerda :
ACTA SESION 27-08-2015 - 17
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Aldeamayor de San Martín
(Valladolid)
1º) Nombrar sustitutos de los todos los miembros representantes de este Ayuntamiento en la
Mancomunidad para los casos de ausencia, bajas por enfermedad, o por incompatibilidad o incapacidad de
alguno de los titulares a los siguientes miembros de esta Corporación Municipal :
En primer lugar a D. Fernando de la Cal Bueno, Alcalde- Presidente de este Ayuntamiento, y si él no
pudiera asistir , en segundo lugar a Dª Virginia Almanza Badás, Teniente de Alcalde y Concejal ; y si ella
tampoco pudiera asistir a D. Jesus Angel Martín Suárez , Concejal.
2º) Notificar este acuerdo a la Presidencia de la Mancomunidad “Tierra de Pinares “.
Votación : Es aprobada la propuesta como acuerdo del Pleno por cinco votos a favor de los Srs. De la Cal
Bueno, Olmedo Zarapuz, Lambás Cid y Martín Suarez y Sra Almanza Badás; y con cinco abstenciones de los
Srs. Bermejo de la Cal, Ojero Vivas , Montes Juste, y Calleja Bolado y Sra. Blanco Gallo.
DACION DE CUENTA DE INFORME DE OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA REGLA
DEL GASTO Y DEUDA PUBLICA EN LA LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO DE 2014.-
Urgencia.- Se justifica la urgencia en que este informe debería haber sido dado cuenta al Pleno junto con la
liqudación. Votación : Se aprueba la urgencia por unanimidad de los presentes.
DACIÓN DE CUENTA DE INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD
PRESUPUESTARIA, DEUDA PÚBLICA Y REGLA DEL GASTO. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
GENERAL EJERCICIO 2014.
Por Decreto de Alcaldía Nº 388/2015 se aprobó la liquidación del presupuesto general del ejercicio 2014.
En el expediente de aprobación consta Informe de la Intervención municipal de fecha 19 de mayo de 2014
(Expediente EP LIQUID2014), sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda pública
y regla del gasto de la liquidación del presupuesto general del ejercicio 2014, en el que se concluye lo siguiente:
“PRIMERO.- LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2014 EN TÉRMINOS CONSOLIDADOS,
INCUMPLE EL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA (desequilibrio o déficit) (-64.227,39 €),
en términos del SEC-95, en un porcentaje del 1,48 % de los derechos reconocidos netos consolidados a
31.12.2014 por operaciones no financieras.
CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO.- En virtud de lo establecido por el artículo 16.2 del Real
Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de
Estabilidad Presupuestaria, la entidad local debe remitir el informe a la Dirección General de Coordinación
Financiera con Entidades Locales o al órgano competente de la comunidad autónoma que ejerza la tutela
financiera en el plazo de 15 días, contados desde el conocimiento de este informe por el Pleno. Caso de
aprobarse la liquidación del Presupuesto de la Entidad con el incumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria o de Regla de Gasto deberá aprobarse por el Pleno en el plazo máximo de tres meses un Plan
Económico-Financiero de reequilibrio que permita en el año en curso y el siguiente el cumplimiento de los
objetivos o de la regla de gasto, con el contenido señalado en los artículos 21 de la LOEPSF, 20 del REP y 9.2
de la Orden HAP/2105/2012. Dicho plan se obtendrá como consolidación de los planes individuales de las
entidades que se incluyen en el análisis.
Aprobación y publicación (artículo 23.4 de la LOEP) (artículos 21, 22, 24 y 26 del REGLAMENTO): El plan
económico-financiero, en su caso, debe ser elevado al Pleno en el plazo máximo de un mes desde que se ponga
de manifiesto el desequilibrio, y en el caso de las Entidades Locales no incluidas en el ámbito subjetivo de los
artículos 111 y 135 TRLRHL, el plan no requerirá ninguna aprobación adicional, debiendo ser comunicado al
ACTA SESION 27-08-2015 - 18
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(Valladolid)
órgano competente de la tutela de la Comunidad Autónoma. El Pleno dispone de dos meses desde la
presentación del plan para su aprobación.
Respecto a su contenido, adicionalmente a lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de
abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el mencionado plan incluirá al menos las
siguientes medidas, en virtud de la redacción dada al artículo 116 bis por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre,
de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
Las responsabilidades por incumplimiento de esta obligación se detallan en el artículo 25 LOEPSF.
SEGUNDO.- Vista la variación existente entre el gasto computable del año 2014 en relación con el del año
2013 y el límite de la Regla de Gasto para el período 2014 (1,5) la liquidación del Presupuesto General de 2014
CUMPLE LA REGLA DE GASTO establecida en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria.
TERCERO.- LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2014 CUMPLE EL OBJETIVO DE DEUDA
PÚBLICA”
Por todo lo expuesto, el Excmo. Ayuntamiento Pleno ACUERDA quedar enterado del contenido del citado
Informe en todos sus términos.
15.- MOCIONES DE LOS GRUPOS MUNICIAPLES SI LAS HUBIERE:
No hay mociones de ningún grupo.
16. RUEGOS Y PREGUNTAS.-
El Sr. Ojero Vivas pregunta sobre la terminación del carril bici , y el bodon que s eha formado con cuatro gotas
que han caido. Lo califica de chapuza. El Sr. Lambás Cid responde que las medidas responden exactamente a
los proyectado , y que se ha hecho una conducción a la otra cuneta.
El Sr. Ojero Vivas pregunta que van a hacer con la raja que hay en la calle San Roque, frente a la casa de Remi.
El Sr. Bermejo de la Cal ruega que se ponga candado al pozo de las Piscinas. Esta peligroso. El sr.Alcalde
responde que lo ha tenido , si es que no lo tiene, y que se repondrá .
El Sr. Ojero Vivas da las gracias por la participación que han tenido en el Programa de Fiestas que ha sido cero.
El sr. Alcalde le responde que se ha ido a la carrera en función de las circunstancias excepcionales de este año.
La Sra Teniente de Alcalde dice que se cuidó muy mucho de que tuvieran el programa en su despacho antes de
que se repartiera El Sr. Olmedo Zarapuz dice que el programa se leyó íntegro en la reunión con las Peñas, a lo
que el Sr Ojero Vivas dice que él es concejal y no es miembro de las peñas.
El Sr. Calleja Bolado dice que tampoco recuerda que le dejaran el programa en su despacho. La Sra Teniente
de Alcalde dice que a su grupo no le dejó nada. El Sr. Alcalde dice que por falta de confianza.
El Sr. Calleja Bolado dice que no hay razón para tratar discriminatoriamente a su grupo..
El Sr. Calleja Bolado pregunta sobre unos escritos enviados a la Alcaldia , a lo que el Sr. Alcalde le responde
que le ha contestado salvo al que tiene delante sobre los fuegos artificiales, asegurando que se iniciaron
cuando estaba él con miembros de Protección civil. Interviene el sr. Bermejo de la Cal , con tono alto ,
reprochando al Sr Alcalde que no respeta la normas de seguridad y que el coche de bomberos no estaba. Se
produce una desordenada discusión sobre el riesgo para los hinchables con los fuegos artificiales.
ACTA SESION 27-08-2015 - 19
Puntos:
03-09-15 10:40 #12816991 -> 12815893
Por:No Registrado
RE: Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
y encima ¿administradora de una sociedad?,pero bueno,esto es un no parar.
Puntos:
04-09-15 19:03 #12824077 -> 12816991
Por:No Registrado
RE: Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
si si del restaurante El Zagal de San Martin....es que metida en jaleos es lo mejor,cuantos más trabajos más dinero al mes....y ustedes no piensan que cada acontecimiento que realice el ayuntamiento en ese establecimiento no será un delito???prevaricación???es llevar a tu propio negocio la ganancia de un establecimiento público en el q ella es la teniente de alcalde...vamos corregirme si me equivoco....es darme a ganar el dinerito a mí mismo....eso no huele a algo???? y qué ha pasado con la supuesta boda que se iba a celebrar en este mes??nadie ha dicho nada.....a saber....
Puntos:
06-09-15 18:41 #12825308 -> 12824077
Por:Elsa26

RE: Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
Segun la ley si algún concejal tiene una empresa, dicha empresa tiene prohibido trabajar para el Ayuntamiento como es lógico
Puntos:
09-09-15 09:35 #12827274 -> 12825308
Por:No Registrado
RE: Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
¿entonces por eso no te casas?,bonita
Puntos:
09-09-15 11:57 #12835472 -> 12827274
Por:No Registrado
RE: Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
deja la vida privada de cada cual al margen. No metas tus narices en lo que no te importa
Puntos:
09-09-15 13:50 #12835546 -> 12835472
Por:No Registrado
RE: Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
vale ,guapa.
Puntos:
24-09-15 12:47 #12847637 -> 12835546
Por:No Registrado
RE: Acta del Pleno Ordinario de 27 de Agosto de 2015
EL AYTUNTAMIENTO NO PUEDE HACER NINGUN PAGO A ESE RESTAURANTE SI un concejal es dueño o propietario o socio. Pues un ayuntamiento no puede tener ninguna relacion comercial con negocios cuyos dueños sean concejales. Vamos eso es así aquí y en Pekín.
Y si se hace, pues a denunciar
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