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La Puebla de Montalbán - Toledo

Poblacion:
España > Toledo > La Puebla de Montalbán
16-07-09 12:55 #2721574
Por:Fellini

¿Cuando y como se establecieron los sueldos?
Como se quiera, que cuando hablamos, bien por desconocimiento, ignorancia, o mala fe, y el debate se vuelve estéril y vacío de
contenido, tanto de un lado como de otro y nadie, parece tener interés
en decir la verdad, les relatamos a continuación, cuales fueron
los hechos.
SESION EXTRAORDINARIA
CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DIA 20 DE JULIO DE 2007

7º- DETERMINACION DE LOS CARGOS CON DEDICACION EXCLUSIVA Y
REGIMEN DE DEDICACION MINIMA DE LOS MISMOS.
Se procede a la lectura de la propuesta presentada por la Alcaldía
que se transcribe a continuación:
Una vez celebradas las elecciones Locales y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario establecer el régimen de dedica-
ción exclusiva y fijación de retribuciones e indemnizaciones a los
miembros de la Corporación, a fin de compensar económicamente el grado de dedicación de los diferentes concejales a las tareas que tienen
encomendadas.
Corresponde al Pleno de la Corporación, conforme al artículo 75 de ley
7/1985, de 2 de abril, determinar las retribuciones e indemnizaciones
de los miembros de la Corporación, en función de su dedicación y asis-
tencia a las reuniones y sesiones que celebren los diferentes órganos
municipales en los que participen.
Por lo expuesto, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los
siguientes
ACUERDOS
Primero. Aprobar el siguiente régimen de dedicacìón, retribución e in-
demnizaciones de los miembros de la Corporación:
1. Cargos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva.
Se desempeñan en régimen de dedicación exclusiva, a jornada completa
los siguientes cargos de la Corporación, con las retribuciones que se
indican:
La Sra. Alcaldesa Presidente percibirá una retribución íntegra anual
de 38.700 € brutos anuales, distribuída en 14 pagas iguales, a percibir
de forma mensual.
El Primer Teniente Alcalde y Concejal Delegado de Hacienda y Cultura,
percibirá una retribución íntegra de 30.000 € brutos anuales, distri-
buída en 14 pagas iguales, a percibir de forma mensual. Este cargo comenzará a desempeñarse a partir del día 1 de Septiembre de 2007.
2. Indemnizaciones a favor de los miembros de la Corporación.
Los miembros de la Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial tendrán derecho a percibir indemniza-
ciones por asistencia a sesiones del Pleno del Ayuntamiento, Junta de
Gobierno Local y Comisiones Informativas Municipales en la siguiente
cuantía:
-Concejales y Concejalas Delegados: 200 €/mes.
-Asistencia a Plenos : 70 €
-Comisiones Informativas : 50 €
-Junta de Gobierno Local : 70 €
-Concejales sin delegación : 100 €/ mes.
Segundo. Comunicar el presente acuerdo al servicio de Intervención
Municipal al objeto de que proceda a las modificaciones presupuestarias
que, en su caso, sean precisas, para dotar de crédito presupuestario
suficiente y adecuado y llevarlo a efecto en todos sus términos.
Tercero. Que al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el ar-
tículo 75 de la ley 7/1985, de 2 de abril, el presente acuerdo se pu-
blique en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y el Boletín Oficial
de la Provincia.
Toma la palabra el Sr. Díaz Morón para exponer que su grupo cree ne-
cesario que alguien se dedique de forma contínua al Ayuntamiento pa-
ra mejorar la atención al ciudadano.
En cuanto a las subidas de las cantidades en concepto de asignaciones
llevaba varios años sin actualizarse.
Tras esta intervención, el Sr. Sobrino González, pregunta si los ediles
liberados cobrarían gastos de representación, cuestionando también la
necesidad de que haya dos personas liberadas. A lo que la Sra. Alcaldesa
responde en primer lugar que no cobrarán gastos de representación, y, en cuanto a la segunda liberación, explica que se trata de un municipio
de clase segunda con mucha población y gran cantidad y volumen de trabajo.
Tras esta exposición, D. Domingo Sobrino insiste en que si tal es la
cantidad de trabajo para justificar a dos personas con dedicación ex-
clusiva en el Ayuntamiento, ello justifica la necesidad de celebración
periódica de sesiones de las Comisiones Informativas.
Sometida a votación la propuesta es aprobada por UNANIMIDAD de los señores asistentes.
No habiendo mas asuntos que tratar, por la Presidencia se levanta la
sesión, siendo las 21,30 horas del día de su comienzo.
Hallaréis toda la información completa, solo con teclear Araceli Ladera
e iros al apartado; PDF DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART 90
DEL ROFRJ... 20 Jul 2007.
Estos son los hechos. Ahora puede opinar cada uno como quiera, pero las
dudas o las preguntas, podrían ser:
-¿Por qué tanta celeridad en el Pleno.
-¿ Hubiera sido posible, que se hubiesen puesto estos sueldos, sin la
connivencia del PP? No lo creo, o por lo menos les hubiera sido mas difícil.
- ¿Hubo pacto?





Puntos:
16-07-09 13:53 #2722073 -> 2721574
Por:No Registrado
RE: ¿Cuando y como se establecieron los sueldos?
Me parece muy bien que esto se aprobara por pleno, legal sí es.
Pero acaso votó el PP a favor de las subidas del sueldo de los dos el año pasado?
Sí votaron, pero, no a favor.
Igual que algo se aprueba por pleno, porque se ve necesario, igualmente luego debería quitarse, cuando se ve que no está funcionando.
No te hagas líos, los sueldos de estos dos eran inmerecidos en el 2007, 2008, y en el 2009 mucho más, no sobra uno, sobran los dos.

¿QUE QUÉ ES LO QUE HACEN PARA COBRAR ESE DINERAL?
QUE ME LO DIGA ALGUIEN.
No hay más que ver ese recinto, esa iluminación, y tantas y tantas cosas.
QUE SE QUITEN ESOS SUELDOS PERO YA.
Puntos:
16-07-09 14:27 #2722297 -> 2722073
Por:No Registrado
RE: ¿Cuando y como se establecieron los sueldos?
FELLINI, ACABO DE METERME EN LA PAGINA QUE INDICAIS, Y ESTO ME SUGIERE
Y ME VIENE A LA MEMORIA, UNA PINTADA, QUE EN MI PRIMER AÑO DE FACULTAD
VI, QUE DECIA: "EL PROBLEMA NO ES CAMBIAR DE PARTIDO, SINO, CAMBIAR DE
SISTEMA".
AH", LO QUE PASA EN LA PUEBLA, OCURRE EN TODOS LOS PUEBLOS DE ESPAÑA,
PUES LA IMPLANTACION DE DOS GRANDES PARTIDOS, DE AMBITO NACIONAL, HACE
QUE SE POLARICEN LAS IDEAS, Y NO HAYA MAS DEBATE, QUE EL INSULTO.
Y, COMO VERAS ESTO NO OCURRE EN OTRAS COMUNIDADES DE ESPAÑA, DONDE SUS
CIUDADANOS, TIENEN MAS OPCIONES, SON MAS ABIERTAS, MAS MULTICULTURALES
MENOS CLASISTAS Y POR TANTO TIENEN MENOS DEPENDENCIA DEL PENSAMIENTO
UNICO, Y POR SUPUESTO DEL VOTO.
AURREVOIR.
Puntos:
16-07-09 15:44 #2722818 -> 2721574
Por:Las Orejas del Lobo

RE: ¿Cuando y como se establecieron los sueldos?
Acerca de lo que escribe Fellini, queremos apuntar lo siguiente:

1º) Aunque, en el pleno municipal de 20 de julio de 2007, el PP no votó finalmente en contra de que se liberaran (cobrando un sueldo mensual) la alcaldesa y el teniente de alcalde, es lo cierto que Domingo Sobrino, en su intervención previa a la votación, sí se mostró contrario a que se liberaran dos personas, porque entendía (y estaba en lo cierto) que en nuestro Ayuntamiento no son en modo alguno necesarios dos liberados. (Prueba evidente de que Sobrino tenía razón es que, ahora, entre la alcaldesa y el "vice" no trabajan en tres días las horas completas de la jornada de un solo día).

2º) Nuestros dos liberados (la alcaldesa y el "vice") cobran puntualmente su sueldo mensual, pero incumplen su obligación de trabajar a jornada completa (y de manera exclusiva) en el Ayuntamiento. Incumplen, pues, lo que preceptúa, en su artículo 13, el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. A la alcaldesa y al "vice" se les aprobó un sueldo porque, previamente, se aprobó (por votación) que desempeñaran sus respectivos cargos (de alcaldesa y de vicealcalde) en régimen de dedicación exclusiva. Por lo tanto, quien en la práctica no desempeña su cargo en régimen de dedicación exclusiva no tiene en realidad derecho a percibir el sueldo que se le asignó para que, precisamente, desempeñara aquel cargo en régimen de dedicación exclusiva. (El "vice" va casi todos los días al Ayuntamiento; pero un ratito: nunca antes de las 10 de la mañana; y casi nunca está después de las 13 horas. Por su parte, la alcaldesa va al Ayuntamiento un día sí y tres no, y el día que va no pasa prácticamente allí más de tres horas. Por cierto, salvo imponderables, dentro de unos días desmontaremos en este foro la ciclópea patraña que la alcaldesa, presa del delirio, vomitó hace unos días en la radio acerca de que ella no va al Ayuntamiento porque tiene que ir a Toledo por subvenciones, porque -dijo desvergonzadamente sin ponerse colorada- las subvenciones no vienen solas ya que -dijo- "no tienen patitas". ¡Cuánta cara!).

3º) En el ya citado pleno de 20 de julio de 2007, el PP votó finalmente, como hemos dicho antes, a favor de los sueldos de la alcaldesa y del vicealcalde. Pero, que nosotros sepamos, no votó a favor de que esos dos cobraran su sueldo sin dar palo al agua. No, a favor de esta desfachatez no votó el PP. Esta desfachatez es cosecha particular y propia de la alcaldesa y del "vice". (Además, el PP ya tuvo en su día el gesto, que le honra, de reconocer públicamente que, al votar finalmente en aquel pleno a favor de los referidos sueldos, se equivocó de lleno). De todas formas, no debe olvidarse que el PSOE tiene mayoría absoluta: aunque el PP hubiera votado en contra, los sueldos de la alcaldesa y del teniente de alcalde habrían sido aprobados en todo caso.

4º) En el citado pleno de julio de 2007, los sueldos aprobados (si no nos equivocamos) fueron estos: para la alcaldesa, 39.474,12 euros al año; para el "vice", 30.600,08 euros al año.
Pero, en el año 2008, esos sueldos experimentaron una espectacular subida (que, si no erramos, no fue apoyada ya por el PP). La alcaldesa pasó a ganar 43.138,06 euros al año, es decir, 3.663,94 euros más de lo que ganaba el año anterior (lo que, hablando en pesetas, supone -ahí es nada- una subida de su sueldo de 609.628 pesetas). Y el vicealcalde pasó a ganar 41.915,30 euros al año, es decir, 11.315,22 euros más de lo que ganaba el año anterior (lo que, hablando en pesetas, supone -ahí es nada- una subida de su sueldo de 1.882.694 pesetas, que a todas luces resulta obscenamente escandalosa).
Estos datos, relativos a los sueldos del año 2007 y del siguiente año 2008, fueron publicados por el PP en un folletín informativo de septiembre de 2008.

5º) Terminamos con un pronóstico: si el PP gana las próximas elecciones, no habrá dos innecesarios liberados (como hay ahora); como mucho, habrá uno; pero ese solo liberado (sea el alcalde o sea otro concejal) no cobrará, ni con mucho, un sueldo anual (como ahora cobra nuestra incompetente alcaldesa) de 43.138,06 euros al año (equivalente a 600.000 pesetas por cada uno de los doce meses del año). Si el PP hiciera lo mismo que ahora hace el PSOE pueblano (que está haciendo un daño irreparable a la imagen del PSOE), el pueblo se le echaría encima de inmediato: no habría una manifestación cada seis meses (como hay ahora contra la actual alcaldesa); habría una manifestación diaria.
No, el PP no cometerá ese error. Como mucho habrá un liberado; con un sueldo digno: digno, sí; escandaloso, no.
Puntos:
16-07-09 16:27 #2723201 -> 2722818
Por:2M11

RE: ¿Cuando y como se establecieron los sueldos?
Orejas, puedes estar seguro de lo que dices, si mañana gobierna el PP y ójala así sea por salud democrática, no se pondrá esos sueldazos, y si lo hiciese, recuerdamelo y montamos la manifestación.
La Puebla necesita un edil con dedicación exclusiva, pero para trabajar en y para el pueblo, porque el término liberado parece que se lo toman algunos/as como "no hacer nada".
Hablas de las subvenciones que va a traer la alcaldesa. Vamos a ver cuando, pero no obstante a la puebla además de subvenciones hay que traer un tejido industrial para paliar el creciente paro.
Paro que afecta a unos más que a otros.
Puntos:
16-07-09 19:03 #2724860 -> 2723201
Por:Fellini

RE: ¿Cuando y como se establecieron los sueldos?
Orejas del Lobo, estamos de acuerdo contigo en todo, menos en la manera
de expresarte, si nos lo permites.
Como habrás podido comprobar, es la primera vez, que participamos en el
Foro, no sabemos por cuanto tiempo, seguramente que poco, pero lo que si
te diremos, es que lo único que nos ha movido, ha sido, el afán de fo--
mentar el debate desde los hechos, y que se sumaran a él, para ver qué
opinan, primero, sus propios compañeros de partido, el propio PP, y de-
más extracto social del pueblo, que seguro serán muchos más.
Decirte, que nosotros no podemos estar de acuerdo, en cuanto al sueldo,
primero, por lo que dices de lo escandaloso, y segundo porque significa
un insulto, respecto de la persona, que no llega a los 1000 € al mes.
Segundo, has dado en el clavo, al decir, que el daño que está haciendo
esta persona al Psoe va a ser irreparable y es desde aquí, que este grupito, lo integramos siete personas, de las cuales, tres tienen afini
dad con el Psoe, dos con el PP, y otras dos nos declaramos independien-
tes.
Decirte, que la transcripción es literal, del Pleno Extraordinario del
día 20, aunque eso es lo de menos, por tanto en cuanto, que el debate
está servido.
Decirle al no registrado 2722297, que la frase, literalmente es "el pro
blema no es cambiar de gobierno, sino desistema", aunque suponemos que
lo habrá dicho, para encuadrarlo en el contesto del texto. Con que se
haya metido en el debate, nos damos por satisfechos, dado su nivel.


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