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Cobeja - Toledo

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02-11-11 12:09 #9036577
Por:-el-tio-la-vara

Y mas subidas de impuestos
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 62.3 de la Ley General Tributaria aprobada
por Ley 58 de 2003, de 17 de diciembre, y 24 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por Real Decreto 939 de 2005, se hace público.
Primero.- Que por resolución de la Alcaldía, de fecha catorce de octubre de dos mil once,
se aprobó el padrón correspondiente a las tasas por abastecimiento de agua potable, basura y
alcantarillado, correspondientes al tercer trimestre del año 2011.
Segundo.- Se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación
de anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo, así como a través de edictos que
lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo102.3 de la vigente Ley General
Tributaria.
El padrón se expondrá al público para su examen y reclamación, si procede, por los
interesados/as, durante el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de la
publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo, en las dependencias municipales.
Tercero.- Se establece como plazo de pago en período voluntario, del catorce de octubre al
trece de diciembre de dos mil once, ambos inclusive.
Los recibos no domiciliados podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las
entidades bancarias de la localidad, en su horario de apertura al público.
Los recibos domiciliados serán presentados al cobro a partir del día dieciocho de octubre
del presente.
Cuarto.- Finalizado el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas serán exigidas
por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en
su caso, las costas que se produzcan.
Quinto.- Contra el acuerdo aprobado del padrón y de las liquidaciones tributarias integradas
en la misma, podrá interponerse, con carácter previo a la vía contencioso-administrativa,
recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el presente acuerdo, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del periodo de exposición pública
de los padrones. Contra la resolución del recurso de reposición no cabrá de nuevo dicho
recurso.
Transcurrido un mes desde la interposición de este recurso sin que se notifique su resolución
se entenderá desestimado por silencio administrativo y podrá interponerse recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, en el plazo de
seis meses, contados desde la fecha en que transcurra un mes desde la interposición de dicho
recurso de reposición, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29 de 1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
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Mas subidas de impuestos en Cobeja Por: -el-tio-la-vara 23-11-11 03:14
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