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Villafer - Leon

Poblacion:
España > Leon > Villafer (Villaquejida)
21-11-07 18:29 #572187
Por:Valdelavilla

Penúltima entrega Catastro Ensenada

(Lamento haber sido un poco pesado con tanta entrega por partes)


23ª Qué Propios tiene el Común, y a qué asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.
A la veinte y tres dijeron que los propios que goza el común de este lugar por tales es el río que le vale en arrendamiento el aprovechamiento de su pesca ciento y sesenta reales en cada un año, la providencia de la taberna y abacería que por postura hecha vale cuatrocientos reales, que ambas partidas componen la de quinientos y sesenta reales y constará de certificación dada por el fiel de fechos, a que se remiten.

24ª Si el Común disfruta algún Arbitrio, Sisa, u otra cosa, de que se deberá pedir concesión, quedándose con Copia que acompañe estas Diligencias: qué cantidad produce cada uno al año: a qué fin se concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal, o perpetuo, y si su producto cubre, o excede, de su aplicación.
A la veinte y cuatro no goza este común cosa alguna de lo que contiene.

25ª Qué gastos debe satisfacer el Común, como Salario de Justicia, y Regidores, Fiestas de Corpus, u otras: Empedrado, Fuentes, Sirvientes, etc., de que se deberá pedir relación auténtica.
A la veinte y cinco dijeron que los gastos que satisface el común de este lugar son de procesiones y misas de voto trescientos y cuatro reales, de amojonar el término y hacer el aforo de los vinos sesenta y cuatro reales, de sermones de la Semana Santa y barquero por pasar la gente que va a las procesiones cuarenta y tres reales, de nombramiento de alcaldes y cuentas de concejo ciento y cinco reales, de propinas a dichos alcaldes y fiel de fechos sesenta y cinco reales, de potar las medidas cincuenta y un reales, de papel y conducción de bulas sesenta y dos reales, al procurador por hacer las pagas de los réditos de censos y repartimientos de puentes treinta y dos reales, y de amillarar y partir los quiñones de concejo ciento y siete reales, que todos importan ochocientos sesenta y tres reales de vellón en cada un año como resulta de la certificación del fiel de fechos a que se remiten.

26ª Qué cargas de Justicia tiene el Común, como Censos que responda, u otros, su importe, por qué motivo, y a quién, de que se deberá pedir puntual noticia.
A la veinte y seis dijeron se halla cargado este común de catorce mil ochocientos y cincuenta reales principales de cinco censos, cuyos réditos a tres por ciento importan en cada un año cuatrocientos cuarenta y cinco reales y medio de vellón, que se tomaron los ocho mil ochocientos y cincuenta que suman cuatro de ellos para el seguimiento del pleito que tuvo dicho concejo con la villa de Benavente sobre la propiedad de la barca que goza en el río de Esla, término de este lugar, y los seis mil restantes para la construcción de un molino en dicho río, el que no ha subsistido por no haber podido conducir las aguas por su cauce, y pertenecen uno de cinco mil reales al principal, y ciento y cincuenta de réditos al cabildo eclesiástico de la villa de Villademor, otro de ochocientos reales y veinte y cuatro de réditos a la villa de Valderas, otro de dos mil y quinientos reales y setenta y cinco de réditos a la fábrica de Santa María de Benavente, otro de quinientos y cincuenta reales y diez y seis y medio de sus réditos a la Cofradía de Ánimas de este lugar, y otro de seis mil reales de capital y ciento y ochenta de sus réditos, a los capellanes de coro de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Astorga.

27ª Si está cargado de Servicio Ordinario, y Extraordinario, u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón.
A la veinte y siete dijeron está cargado dicho pueblo de servicio real ordinario por el que paga en cada un año doscientos y diez y nueve reales y de utensilios ciento y diez y siete.

28ª Si hay algún Empleo, Alcabalas, u otras Rentas enajenadas: a quién: si fue por Servicio Pecuniario, u otro motivo: de cuánto fue: y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los Títulos y quedarse con Copia.
A la veinte y ocho dijeron se halla enajenada la jurisdicción, alcabalas y otros derechos cuyos valores constan en la segunda respuesta y goza en Conde de Benavente, no saben el motivo, se refieren a los títulos que tenga.

29ª Cuántas Tabernas, Mesones, Tiendas, Panaderías, Carnicerías, Puentes, Barcas sobre Ríos, Mercados, Ferias, etc. Hay en la Población y Término: a quién pertenecen, y qué utilidad se regula puede dar cada un año.
A la veinte y nueve dijeron hay en este pueblo una taberna obligada que la tiene Simón Colinas por la que paga cuatrocientos reales al concejo y se le considera la utilidad de seiscientos reales, y los vecinos venden sus vinos por mayor cuando les parece, una panadería voluntaria que la tiene Manuel Pérez a quien se le regula la utilidad de setecientos y treinta reales al año, una barca en el río de Esla, término de este lugar, propia de la villa de Benavente, a quien vale por el arrendamiento que tiene hecho Francisco del Páramo mayor y Santiago de Otero vecino de él cuatro mil doscientos cuarenta y cuatro reales, en cada un año y que no comprende más de lo que expresa la pregunta.
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