Villafer en el Catastro del Marqués de la Ensenada (IV) 11ª Qué especies de Frutos se cogen en el Término. A la undécima dijeron que los frutos que se cogen en dicho término son trigo, centeno, cebada, uva, hierba de pasto, lana y añino. 12ª Qué cantidad de Frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el Término, sin comprehender el producto de los Árboles que hubiese. A la duodécima dijeron que cada carga de tierra de sembradura de la mejor calidad con una ordinaria cultura unos años con otros producen, si de trigo, cuatro cargas, de cebada, seis; la de mediana calidad de trigo, tres cargas, de cebada, cuatro y media; la de ínfima calidad, carga y media de centeno; los herrañales se siegan para verde y cada carga regulan el producto de doscientos reales si se vendiese; la de viñedo de buena calidad, sesenta y cuatro cántaros de vino, la de segunda, treinta y cuatro y la de tercera, diez y ocho, y las eras no se arriendan, y por la trilla que se hace en ellas consideran en cada un año por razón de renta, dos heminas de trigo y otro tanto de cebada, a cada carga; los prados no se arriendan, los disfrutan los ganados de los vecinos y si se arrendasen regulan a la carga de mediana calidad el producto de diez reales y la de ínfima, seis reales de vellón. 13ª Qué producto se regula darán por medida de Tierra los Árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el Plantío, cada uno en su especie. A la décima tercia dijeron que los árboles del plantío hecho por el Concejo no producen cosa alguna por ser novatos y los de particulares regulan por la madera que de ellos se corta de doce reales cada hemina al año. 14ª Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los Frutos que producen las Tierras del término, cada calidad de ellos. A la décima cuarta dijeron que los valores que anualmente y en un quinquenio tienen los frutos del término son: el trigo, cincuenta reales la carga, la de centeno, cuarenta, veinte y cuatro la de cebada, seis reales la cántara de vino, tres la de mosto, veinte y cuatro la arroba de lana y treinta la de añino. 15ª Qué derechos se hallan impuestos sobre las Tierras del Término, como Diezmo, Primicia, Tercio Diezmo u otros; y a quién pertenecen. A la décima quinta dijeron que los derechos que se hallan impuestos sobre las tierras del término son el del diezmo de cada diez uno en todas las especies en práctica diezmables, a excepción de las soldadas de criados que es de quince uno; la primicia que consiste en dos heminas de trigo de cada labrador que llega su cosecha a diez y ocho heminas de trigo y lo mismo de cebada; el voto de Santiago que es de cada labrador tres celemines y medio de centeno y del senarero siete cuartillos de la misma especie, y pertenece el diezmo a Don Marcos Bernardino Hidalgo cura párroco dos tercias partes de granos y mosto con el todo de menudos, y la otra tercera parte se hace once de las que percibe cinco el obispo del arzobispado de Oviedo, otras tantas Don José Armesto, presbítero, residente en Roma por el simple que goza, y la una restante el arcediano de Benavente dignidad de la Santa Iglesia de Oviedo, la primicia a la Iglesia de este lugar y el voto de Santiago a su Santa Iglesia y que no desacaten su real (?).
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