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25-10-11 15:44 #8994798
Por:hongo

Seguimos pagando los favores
SE PUBLICA TRAS EL COMUNICADO DE ETA
El Supremo anula la condena contra 15 miembros de Segi y ordena repetir la sentencia

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El Tribunal Supremo ha anulado este martes la sentencia de la Audiencia Nacional de octubre del pasado año que condenó a 6 años de cárcel por integración en organización terrorista a 15 miembros de la organización juvenil Segi. Ahora, en una resolución hecha pública tras el comunicado de ETA, ordena volver a dictarla porque no se motivaron suficientemente las condenas.
La resolución, informa Efe, acepta uno de los motivos del recurso de casación de las defensas porque en la sentencia dictada en su día por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional no aparece referencia alguna a las pruebas practicadas a propuesta de los abogados de los jóvenes.
Los condenados por la Audiencia Nacional fueron los miembros de Segi Ekaitz de Ibero, Pello María Lamarca, Mikel Arretxe, Unai Pérez, Egoi Alberdi, Oier Lorente, Adur Fernández, Aitor Olaizola, Asier Mariezcurrena, Imanol Alder Vicente, Nahikari Otaegi, Urko Picaza, Beñat Apalategi, Igor Álvarez y Ekaitz Ezquerra.
La sentencia, que a pesar de haber sido notificada este martes tiene fecha de 30 de septiembre, recuerda que el deber de motivar por parte del tribunal enjuiciador se extiende tanto a la prueba de cargo presentada por la acusación como la de descargo ofrecida por la defensa, "ya que de no hacerse así no se daría satisfacción a las exigencias constitucionales del derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española".
Durante la vista pública celebrada en el alto tribunal para estudiar este recurso, que se celebró el pasado 27 de septiembre, el representante del Ministerio Público solicitó la confirmación de las condenas, mientras que las defensas de los condenados, ejercidas por los letrados Iñigo Iruín, Ainhoa Baglietto y José María Elosúa pidieron su libre absolución de todos ellos al estimar que no existía prueba para condenarlos.
Los letrados alegaron que las pruebas de cargo se sustentaron en la mayor parte de los casos en declaraciones de otros detenidos en la misma operación, no ratificadas ante el juez y sin corroboración por otras pruebas. El ponente de la sentencia ha sido el magistrado Carlos Granados, y completaban la Sala Julián Sánchez Melgar, José Ramón Berdugo y Alberto Jorge Barreiro.
Según la Audiencia Nacional, los condenados integraban distintos 'taldes' dedicados a la organización de acciones como el incendio de autobuses y contenedores o los cortes de tráfico y vías férreas, "creando un clima de amedrentamiento entre la población". La Sección Segunda tuvo en cuenta en su decisión las declaraciones policiales efectuadas por varios de los condenados en las que reconocieron haber participado en distintas acciones de 'kale borroka' y militar en Segi o implicaron a compañeros. Igualmente, se valoró la incautación en los registros de sus domicilios de material vinculado a la organización juvenil vinculada a ETA.
La Audiencia Nacional destacaba además que el hecho de que los 15 jóvenes se negaran a declarar en la vista oral debía valorarse como indicio incriminatorio según la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Supremo.
La sentencia contra los miembros de Segi era una de las que el alto tribunal tenía pendientes de resolver de forma más inminente con respecto al a organización terrorista. También deberá pronunciarse en las próximas fechas sobre la fecha inicial de licenciamiento del huido Antonio Troitiño, las condenas de cuatro guardias civiles por torturas a los autores del atentado de la T-4 y sobre penas impuestas a un miembro de EKIN.
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