10-02-12 16:48 | #9601362 -> 9601328 |
Por:juanjo92 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano en lugar de comenzar por MARTES 8 DE FEBRERO, debería comenzar por MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO | |
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10-02-12 17:12 | #9601466 -> 9601328 |
Por:juanjo92 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano HABLANDO EN PLATA PARA QUE LO ENTIENDAN, por Luis del Pino. Sánchez Manzano mintió ante la Comisión del 11-M, mintió ante el juez de instrucción Del Olmo y mintió ante el tribunal presidido por el juez Gómez Bermúdez. Lo hizo al declarar, y luego negar, que en los focos de explosión del 11-M había aparecido nitroglicerina. Lo hizo al declarar que el explosivo de la mochila de Vallecas coincidía, en todos sus componentes, con el explosivo encontrado en una furgoneta Kangoo en Alcalá de Henares en la mañana del 11-M. Lo hizo al declarar en el juicio que empleados de una fábrica de explosivos confirmaron que el explosivo encontrado en la furgoneta Kangoo era Goma2-ECO. Sánchez Manzano tenía la responsabilidad, puesto que se hizo cargo de ellas, de custodiar las muestras recogidas en los trenes del 11-M, pero aquellas muestras desaparecieron a centenares. Sánchez Manzano tenía la responsabilidad, según los protocolos, de enviar las muestras de los trenes a la Policía Científica para su análisis químico, pero la Policía Científica nunca llegó a recibir las muestras recogidas en los focos de explosión. La actuación de Sánchez Manzano impidió, por tanto, que sepamos, a fecha de hoy, qué explosivo estalló en los trenes que mataron a 193 personas el 11 de marzo de 2004. Por eso se querelló contra él, y contra su jefa de laboratorio, la asociación mayoritaria de víctimas del 11-M, dirigida por Ángeles Domínguez. Querella que le correspondió por reparto a la juez Coro Cillán y que nos ha permitido conocer numerosos detalles adicionales sobre el proceso masivo de destrucción, ocultación y sustitución de pruebas que se puso en marcha muy pocas horas después de que 10 bombas hicieran explosión en cuatro trenes de cercanías de Madrid. Pero ahora, la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido dar carpetazo a la causa, impidiendo así que continúen las investigaciones. Y no da carpetazo porque sea falso que Sánchez Manzano mintiera, ni porque sea falso que Sánchez Manzano dejara que desaparecieran las muestras del 11-M, ni porque sea falso que Sánchez Manzano incumpliera su obligación de enviar las muestras de los trenes a la Policía Científica. El argumento de la Audiencia Provincial de Madrid para archivar la causa es que existió una querella contra Sánchez Manzano que el partido Alternativa Española presentó ante la Audiencia Nacional y que la Audiencia Nacional desestimó en su día, sin ni siquiera tomarla en consideración. Y que, por tanto, nadie más puede presentar querellas contra Sánchez Manzano por esos mismos hechos. O sea, para que ustedes se enteren de la jugada: un mes antes de que la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M presentara su querella en 2009 contra Sánchez Manzano en los juzgados ordinarios, el partido político Alternativa Española (que nunca había emprendido ninguna iniciativa jurídica sobre el 11-M) presenta una querella en la Audiencia Nacional, que es desestimada de inmediato (quince días después). Y dos años más tarde, se utiliza ese hecho por parte de la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid para dar carpetazo a una causa, la instruida por la juez Coro Cillán, que estaba empezando a irse de las manos. Ya que no podemos achantar a la juez Cillán difamándola, echamos mano de una sorprendente querella que nadie sabe quién ha instigado y cerramos la causa por la cara. Y si eso significa dar una nueva bofetada judicial a las víctimas del 11-M, que siguen sin saber quién las convirtió en víctimas, pues no pasa nada. Cuánto apesta este país, ¿verdad? ¡¡¡CÓMO SERÁ DE GOOOORRRRRDOOOOOOO LO QUE HAY DETRÁS DEL 11M!!! Estudiaremos bien los preceptos legales para recurrir el archivo de esta causa. Hay mucha gente que necesita saber CAIGA QUIEN CAIGA. | |
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10-02-12 19:35 | #9602207 -> 9601466 |
Por:jennyfer lopez ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano zzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzz | |
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11-02-12 14:01 | #9605336 -> 9601328 |
Por:juanjo92 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano <b>LA REACCIÓN DE LAS VICTIMAS </b> Madrid, 10 feb (EFE).- La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M recurrirá ante el Tribunal Supremo el archivo, por parte de la Audiencia Provincial de Madrid, de la causa contra el exjefe de los TEDAX de la Policí, Juan Jesús Sánchez Manzano, acusado de irregularidades en la recogida y custodia de pruebas de los atentados. A través de un comunicado, la Asociación ha mostrado su "absoluta conmoción y desolación" porque la Audiencia madrileña haya archivado la querella que presentó, en julio de 2009, contra Sánchez Manzano y una perito por los delitos de falso testimonio, encubrimiento por ocultación de pruebas y omisión del deber de perseguir delitos. Las víctimas creen que en el archivo del caso, al considerar la Audiencia de Madrid que se trata de hechos ya juzgados por otro Juzgado de Instrucción, no se niega que, tal y como sostienen ellos junto al Ministerio Fiscal, los policías querellados hayan ocultado pruebas. El escrito destaca que el auto no zanja "las responsabilidades aún pendientes en torno a los atentados del 11-M" ni es "un carpetazo a la investigación", y apunta a que la competencia es del Juzgado de Instrucción numero 6, el que primeramente archivó una denuncia similar del partido político Alternativa Española. Según las víctimas, dicho Juzgado debería hacerse cargo de la investigación de la denuncia que ellos presentaron después ante el Juzgado de Instrucción número 43 y que ahora ha sido archivado por la Audiencia madrileña. La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M añade que en los ocho años pasados desde la tragedia han vivido momentos "duros y dolorosos, comportamientos obstruccionistas e intentos de asfixia económica", pero que nunca han cejado en su empeño en que los atentados queden impunes. | |
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12-02-12 18:57 | #9611091 -> 9601328 |
Por:juanjo92 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano NO ESTÁ TODO PERDIDO El infame auto perpetrado por la sección decimoséptima de la Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los magistrados José Luis Sánchez Trujillano, Ramiro Ventura Faci y Rosa Brobia Varona –a esta gente, de ninguna manera se les puede poner el don y no debemos olvidar sus nombres, los nombres de la infamia- en el que se acuerda el sobreseimiento libre de la causa instruida por la juez Coro Cillán contra Sánchez Manzano y otros, incurre en una violación clamorosa de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y supone un monumento a la prevaricación y otros graves delitos. El mencionado auto, manipulando grosera y clamorosamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina del Constitucional sobre el particular, resuelve que la querella instruida por Coro Cillán contra S. Manzano y otros es la misma que desestimó el titular del Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid y que, al acordar éste el “sobreseimiento libre” de dicha querella, interpuesta por el partido Alternativa Española, la causa instruida por Coro Cillán es cosa juzgada, por lo que la Audiencia acuerda su sobreseimiento libre . Esto es FALSO DE TODA FALSEDAD, es una burla. El auto de la Audiencia de Madrid parte, en teoría, de la doctrina expresada en la sentencia núm. 3276/2005, de 23 de mayo de 2005, de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, que afirma literalmente que “ha sido reiteradamente declarado por la doctrina del Tribunal Constitucional y la jurisprudencia de esta Sala que la denominada excepción de cosa juzgada, es una consecuencia inherente al principio "non bis in idem", principio que se configura como un derecho fundamental del sancionado y que impide castigar doblemente por un mismo delito, máxime si se tiene en cuenta lo dispuesto en el art.10.2 de la Constitución Española…, según el que nadie podrá ser juzgado, ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme”. Continúa la sentencia: “Según la misma doctrina, para que opere la cosa juzgada es preciso que haya: 1) Identidad sustancial de los hechos motivadores de la sentencia firme y del segundo proceso. 2) Identidad de sujetos pasivos, de personas sentenciadas y acusadas; y 3) Resolución firme y definitiva en que haya recaído un pronunciamiento condenatorio o excluyente de la condena. Se consideran resoluciones que producen cosa juzgada las sentencias y los autos de sobreseimiento libre firmes.” “Resulta esencial por tanto, examinar qué resoluciones judiciales de las que ponen fin al proceso producen la mencionada eficacia preclusiva de la cosa juzgada material, es decir ,impiden la existencia de otro proceso sobre el mismo hecho o la reapertura del ya antes concluido.” “Desde luego la sentencia firme produce esa eficacia de cosa juzgada material.” “En principio SÓLO ESTA CLASE DE RESOLUCIONES –SENTENCIAS FIRMES-, por lo que suponen de enjuiciamiento definitivo de un hecho contra una persona que ha soportado una acusación y un juicio, encierran la mencionada consecuencia preclusiva –cosa juzgada material-. EXCEPCIONALMENTE se asimilan a las sentencias firmes los autos también firmes, de sobreseimiento libre, en contraposición a los de sobreseimiento provisional que no alcanzan tal eficacia por su propia naturaleza.” “En lo que está de acuerdo reiterada jurisprudencia de esta Sala es que NO PRODUCEN EFICACIA PRECLUSIVA –de la cosa juzgada material- las resoluciones en las que SE RECHAZA UNA QUERELLA o una denuncia por entenderse que los hechos en que se funda no son constitutivos de delito conforme a los arts. 313 y 269 LECrim.” Éste es, justamente, el caso de la resolución del Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid, de 19 de junio de 2009, por la que se desestimó la querella interpuesta por Alternativa Española el 5 de junio de 2009. En consecuencia, EL RECHAZO DE LA QUERELLA DE ALTERNATIVA ESPAÑOLA, QUE NO SOBRESEIMIENTO LIBRE –OTRA FALSEDAD DEL AUTO DE LA AUDIENCIA- NO IMPIDE, EN MODO ALGUNO, LA EXISTENCIA DE OTRA CAUSA SOBRE LOS MISMOS HECHOS Y LAS MISMAS PERSONAS. De esto eran plenamente conscientes los magistrados perpetradores del auto de la Audiencia de Madrid, puesto que, en dicho auto, reproducen los mismos párrafos que de la sentencia del Supremo que he incluido yo en este escrito. Pero el fraude, la prevaricación en que incurren estos magistrados es más clamorosa, más obscena aún. El art. 779.1, 1) LECrim, invocado en el auto de la Audiencia debido a que parece dotar al Juez de Instrucción de la facultad de acordar el sobreseimiento libre de la causa en el caso de que estime que los hechos no constituyen infracción penal -aunque se aprecia contradicción con el art. 636 LECrim que dispone que “contra los autos de sobreseimiento sólo procederá el recurso de casación”, mientras que contra los autos del Juez de Instrucción sólo podrán ejercitarse los recursos de reforma y apelación, de acuerdo con el art. 766 LECrim-, establece las opciones de sobreseimiento de la causa que tiene el Juez después de HABER CONCLUIDO, provisionalmente, la instrucción del proceso iniciado de acuerdo con las normas del procedimiento abreviado, en el que se han señalado los imputados, lo que sólo puede hacer el juez, y practicado las diligencias pertinentes, e inmediatamente antes de la preparación del juicio oral, trámite de corta duración previo a la celebración del juicio. En la querella de Alternativa Española desestimada por el titular del Juzgado de Instrucción nº 6 no se inició ningún proceso, no se imputó a nadie ni se practicó diligencia alguna –decir, como hace el auto, que examinar la documentación aportada con la denuncia es practicar una diligencia constituye, aparte de un fraude de ley, una burla intolerable-, ... simplemente SE RECHAZÓ la querella en aplicación del art. 313 LECrim, por lo que el art. 779.1, 1) NO TIENE NADA QUE VER CON LA ACTUACIÓN DE ESTE JUZGADO , y la afirmación de los magistrados de que el titular del Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid acordó el sobreseimiento libre regulado en el art. 779.1, 1) es una completa falsedad, un auténtico FRAUDE DE LEY. La magnitud de la falsedad de estos tres indignos magistrados es aún mayor, porque en las dos querellas que se pretende igualar, NO HAY TAMPOCO IDENTIDAD DE HECHOS NI IDENTIDAD DE PERSONAS ACUSADAS. En la querella que presentó Alternativa Española se denunciaban los delitos presuntamente cometidos con las muestras que llegaron al laboratorio de los TEDAX, sobre la base del libro “Titadyn”, del perito Antonio Iglesias, que iban desde la desaparición de los restos de agua y acetona con las que se lavaron las muestras, la desaparición de análisis químicos, la manipulación de los análisis químicos de las muestras, la manipulación de las propias muestras, el falso testimonio de los peritos químicos funcionarios, la actitud obstruccionista del director de la pericia, es decir, hechos todos relacionados con las muestras que llegaron al laboratorio de los Tedax y con la actuación de los técnicos que tuvieron alguna intervención relacionada con las mismas. Sin embargo, en la querella instruida por la juez Coro Cillán se incluyen también los presuntos delitos cometidos en los escenarios donde estallaron las bombas, en las estaciones de tren, donde Manzano y otros violaron los protocolos oficiales de recogida de restos de atentados, se apropiaron de dichos restos, cuando su recogida era competencia de otra unidad policial, no hicieron el inventario obligado de los mismos y, posteriormente, hicieron desaparecer la casi totalidad de estos restos, permitiendo que sólo unos pocos llegaran al laboratorio de los TEDAX,... siendo estos pocos que llegaron al laboratorio el único objeto de la querella de Alternativa Española. Entre los restos recogidos por Manzano había una gran cantidad que no eran explosivos, había restos electrónicos, de teléfonos móviles y de otros tipos. Por tanto, los hechos que sustentan una y otra querella SON MUY DISTINTOS, en conjunto. Tampoco hay identidad de personas acusadas en absoluto, puesto que en la querella instruida por Coro Cillán, esta juez ha imputado a dos funcionarios TEDAX que no estaban acusados en la querella anterior. En consecuencia, NO SE CUMPLE NINGUNA DE LAS TRES CONDICIONES NECESARIAS PARA QUE, DE ACUERDO CON LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, OPERE EL PRINCIPIO DE COS JUZGADA. La falsedad, de principio a fin, del auto de sobreseimiento de la Audiencia Provincial de Madrid es tan clamorosa, tan obscena, que no ofrecería dudas ni al más despistado de los estudiantes de primero de Derecho de cualquier facultad. Los tres magistrados perpetradores del ominoso auto han cometido, entre otros, los delitos de prevaricación, de falsedad en documento público –faltando a la verdad en la narración de los hechos- y de encubrimiento de los delitos de Manzano, con el fin último de encubrir a los autores reales de los atentados del 11 M. Esta es la madre del cordero, los tres sicarios de la Audiencia Provincial de Madrid, junto con Gómez Bermúdez y sus compañeros del tribunal del 11 M, entre otros, forman parte de la pata, de la garra para hablar con más precisión, judicial de la trama de encubrimiento del 11 M, la misma a la que pertenecen Manzano y el resto de policías encubridores. La responsabilidad de estos jueces es igual, o aún mayor, que la de los policías encubridores, dada la responsabilidad de sus cargos. Y las víctimas no se pueden dejar pisotear de esta manera, tienen que movilizarse y movilizarnos a nosotros, a la sociedad decente, porque es el único lenguaje que entienden los déspotas del Régimen. Lo he dicho muchas veces y lo reitero, sólo democratizando el Régimen, esto es, estableciendo la separación de poderes –supongo que quedarán pocos ilusos que sigan pensando que el PP va a hacer la reforma judicial anunciada por Gallardón-, y un sistema electoral que garantice que los políticos elegidos representan a los electores y no a los líderes de sus partidos, podrá esclarecerse el 11 M, entre otros muchos beneficios. Y la única forma de conseguir la democratización es exigiéndola mediante movilizaciones masivas y persistentes en la calle. | |
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15-02-12 11:25 | #9625271 -> 9601328 |
Por:juanjo92 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano MARTES 14 DE FEBRERO DE 2012 Ángeles Domínguez, presidenta de la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, ha relatado cómo vivió el auto de la Audiencia Provincial de Madrid que ordenaba el archivo de la causa contra Sánchez Manzano. Según ha dicho, sintió una "terrible tristeza y desolación" y fue para ella "un día de sufrimiento equiparable al del día del atentado". Pero, ha explicado, a día de hoy están "un poquito mejor" después de haber consultado las posibilidades con los abogados. "Vamos a seguir trabajando, no nos podemos permitir la tristeza y el desaliento, por los muertos, por las víctimas y por los miles y miles de ciudadanos que confían en nosotros". Su organización, ha anunciado, va a presentar un recurso de casación en el Supremo. Y en el caso de que el alto tribunal se negara a la reapertura, están dispuestos a presentar la querella "en la sala número 6 de la Audiencia Nacional". Domínguez ha destacado la desilusión que para ellos ha supuesto el archivo. "Estábamos muy esperanzados con el trabajo de la juez". Ahora, ha dicho, sufrirán el "desgaste" de seguir batallando en los tribunales, tanto físico como económico. "A día de hoy las victimas estamos solas, ojalá se nos adhieran las Administraciones", ha dicho. Sobre este punto, Domínguez ha contado que han pedido reunirse tanto con el ministro de Interior como con el de Justicia. Aún están esperando respuesta, pero confía en que ésta llegue pronto. Con el nuevo Gobierno, ha dicho, están "esperanzados". Y ha recordado que su lucha por saber la verdad sigue adelante también por el conjunto de la sociedad. No quieren, ha explicado, que este "crimen" se quede sin respuesta porque esa sociedad puede entonces "convertirse en víctima en cualquier momento". | |
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15-02-12 11:37 | #9625322 -> 9601328 |
Por:juanjo92 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano MARTES 14 DE FEBRERO DE 2012 La Fiscalía se aparta en el 'caso Manzano' La Fiscalía Provincial de Madrid decidió ayer que no recurrirá el auto de archivo del procedimiento en el que estaba imputado el ex jefe de los Tedax Juan Jesús Sánchez Manzano por posible destrucción de pruebas del 11-M. La acusación pública no descarta adherirse a alguno de los recursos de casación que con toda seguridad presentarán las víctimas, aunque las fuentes fiscales consultadas admitieron que esa posibilidad también es remota. Hasta ahora, el representante del Ministerio Fiscal en la causa, Conrado Saiz, siempre se había mostrado partidario de continuar con la investigación, con argumentos jurídicos opuestos a los que expone la Audiencia en la resolución notificada el viernes en la que acuerda el sobreseimiento. Sin embargo, en una reunión ayer con el fiscal jefe de Madrid, Eduardo Esteban, muy cercano al ex ministro Mariano Fernández Bermejo, se decidió que la Fiscalía no seguirá ejerciendo la acusación contra Sánchez Manzano. | |
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17-02-12 12:47 | #9636874 -> 9601328 |
Por:juanjo92 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Los últimos coletazos de la causa contra Manzano VIERNES 17 DE FEBRERO “La juez Coro Cillán llegó a estar muy preocupada, incluso llegó a solicitar escoltas por las presiones recibidas desde la extrema izquierda”. Jesús Martín Vázquez, abogado de la Unión de Oficiales de la Guardia Civil, relata el calvario de la magistrada que investiga, y por ello padece, el 11-M. “Sí, es cierto que Coro ha tenido presiones de todo tipo”, responde el letrado a preguntas de LA GACETA. “Han sido evidentes. Esto es muy claro. (El diario) El País nunca ha publicado las irregularidades señaladas por los Tedax contra la figura de (Juan Jesús) Sánchez Manzano (ex comisario de la Unidad Central de Desactivación de Explosivos y NRBQ) y en cambio sí ha publicado todo tipo de desacreditaciones y ataques contra ella. El País no se ha hecho eco en ningún momento de las diligencias abiertas en el juzgado de instrucción número 43 de Madrid”, agrega, reprimiéndose al ser inquirido sobre la presunta participación de Alfredo Pérez Rubalcaba en el acoso a la juez. “El Sindicato Unificado de Policía (que implicó al secretario general del PSOE en las maniobras para apartar a Cillán del 11-M) tendrá que demostrarlo, porque es un asunto muy grave”, sentencia. De acuerdo con dicha acusación, el Sindicato Profesional de Policía, al que pertenece Sánchez Manzano, se preciaba de haber recibido “instrucciones” de Rubalcaba para recusar a la magistrada. Temores La denuncia de Martín Vázquez confirma de viva voz el miedo de un sector de la izquierda a que la magistrada Coro Cillán prosiga sus investigaciones sobre la actuación de determinados agentes tras los atentados del 11 de marzo de 2004. Y, pese a que la pasada semana la Audiencia Provincial de Madrid archivó la querella contra Sánchez Manzano por encubrimiento, falso testimonio y omisión del deber de perseguir delitos, las acusaciones populares aseguran a este diario que seguirán adelante. Por una parte, Manos Limpias considera que el archivo “no afecta” a su querella contra el ex jefe de los Tedax, puesto que, según José Luis Abascal, abogado del sindicato, “cuando se recurrió la decisión de Cillán (de aceptar la demanda), Manos Limpias ni siquiera se había personado en la causa”. “De hecho, a principios de enero la defensa de Sánchez Manzano presentó un recurso en el juzgado y posteriormente en la Audiencia Provincial contra nuestra asociación y contra nuestra querella. Y este recurso, lógicamente, aún no está resuelto”, añade el letrado al argumento de que su demanda es ajena al archivo de la de terceras acusaciones. Precisamente, otra de las partes personadas contra Sánchez Manzano es la Unión de Oficiales de la Guardia Civil. Martín Vázquez especifica que el auto de archivo dictado la semana pasada hace referencia a los presuntos delitos que se atribuyen al ex comisario de los Tedax en referencia al encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos, pero no al tercero recogido en la causa contra su persona, el de falso testimonio. Por ello, consideran que “el auto deja el caso abierto”. En una de estas vías paralelas pero siempre adelante, Manos Limpias ha presentado una ampliación de su querella criminal contra Sánchez Manzano, que se dirige asimismo contra Miguel Corsini, presidente de Renfe; José Luis Marroquín, director del departamento jurídico de la empresa ferroviaria; Abelardo Carrillo, director general de Servicios de Transporte de Alta Velocidad y Grandes Líneas de Renfe Operador; Manuel Rodríguez Simmons, director general de la empresa de explosivos Maxam Europa; y Arístides Álvarez Velasco, director general de Maxam Latinoamérica, por presuntos “delitos de daños, encubrimiento y asociación ilícita”. “El comportamiento de Corsini, Marroquín, Carrillo y Rodríguez Simmons”, concreta más adelante, “encaja exactamente en el tipo de Encubrimiento del artículo 451 del Código Penal”. La demanda, presentada ante Coro Cillán en el juzgado de instrucción número 43 de Madrid, “al que tengo el honor de dirigirme y que con tanta valentía ha emprendido esta verdadera investigación”, según el texto al que ha tenido acceso LA GACETA, especifica que “de la práctica de dichas pruebas se ha tenido conocimiento de nuevos datos que han revertido en la aclaración de los hechos narrados en nuestra querella principal”. Nuevas pruebas Así, se cita por ejemplo que “las partes del procedimiento han conocido por los testimonios depuestos que Renfe destruyó los vagones explotados en los atentados del 11 de marzo sin la preceptiva resolución judicial que autorizara dicha destrucción y posterior desguace”. Alude para sustentar dicha tesis a la declaración prestada el 6 de febrero de 2012 por el presidente de Renfe, Miguel Corsini, a quien el sindicato ha incluido como acusado en su ampliación de querella. “El motivo de este escrito es que, de acuerdo con las pruebas practicadas, existen otros responsables penalmente”, señala el propio Abascal. “A juicio de esta representación no es verosímil ni admisible que el presidente de Renfe retire los trenes y los mande destruir sin saber quién le autorizó”, abunda el escrito. “En el caso de los atentados más graves ocurridos en España y Europa, con casi 200 muertos sobre los andenes, miles de heridos, las estaciones destrozadas y los vagones de los trenes atacados reventados, el Sr. Corsini, con una dilatadísima experiencia en Renfe y en percances mucho menores que el ocurrido el 11 de marzo de 2004 en los que actuó de distinta manera, decidió retirar los trenes de las vías, destruirlos y conducirlos al desguace sin autorización judicial alguna”, prosigue, para culminar en una rotunda apreciación: “Y declara sobre su comportamiento durante aquellos terribles momentos con un distanciamiento y una displicencia que hiela la sangre a quien le pueda escuchar”. A su juicio, “la destrucción de los vagones realizada por Renfe es la destrucción del cuerpo del delito que viene descrita en el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”. Delito pendiente La estrategia de la Unión de Oficiales de la Guardia Civil, que según Martín Vázquez “va a recurrir sí o sí”, se cimenta en una interpretación diferente del auto de archivo. “Nuestro recurso se centra en que uno de los delitos no estaba reseñado en la denuncia que interpuso Alternativa Española en 2009 y que fue archivada por la Audiencia Nacional (decisión adoptada como precedente) y, por lo tanto, no puede ser ‘cosa Juzgada’. Este delito es el de falso testimonio, que sí apareció reflejado en la querella que ante el juzgado de Coro Cillán presentó con posterioridad la Asociación de Víctimas del 11-M”, explica el abogado, que reconoce que el recurso lo presentarán “el viernes (hoy, para el lector) o el próximo lunes”, ya que “la Asociación de Víctimas del 11-M nos ha pedido ayuda y se la vamos a dar”. | |
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