13-05-08 20:00 | #868995 -> 868963 |
Por:SANITARI ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Problema real con el agua. Información pública! Porqué se autorizó una ampliación de obras de SEMURSA sin ningún tipo de autorización. Primero se realizarón las obras y luejo se tramitaron las licencias. Si el equipo de Gobierno es el primero en saltarse las leyes, y encima en un Pleno, el Alcalde dice que sabe que se saltó la Ley... que credibilidad puede dar a los ciudadanos? Es más como pudo luejo tramitarse las licencias? que cuento explicó a su homologo ? Uf, de estas hay..... hay.... papeles... hay.... hay... es digno... ? Mejor que se vaya y ni se quede a la oposición... que se largue y punto el pueblo sabe actuar mejor sin una persona así... el nombre de Riudarenes por donde queda... Por cierto las licencias para asfaltar el caminito no salen... estos se podría calificar de trafico de influencias, que calificación juridica tiene?????? Si no le llega la red de agua en su casa, tiene un pozo, no constan licencias de pozos en el ACA... por eso quiere denunciar al ACA???? Esto son ataques personales o cosas que no cuadran de una persona que manda sólo y según la prensa no quiere dejar la alcaldia y como alcalde tiene potestad para hacer lo que quiere, incluso de decir y de hecho hace y reconoce en los plenos de saltarse las leyes... ? Quién pacta con un señor así??? O sea CiU solo os queda una opción. | |
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13-05-08 20:27 | #869065 -> 868995 |
Por:SANITARI ![]() ![]() | ![]() ![]() |
INTERNET: MIRA QUE ARTICULOS DE RESPONSABILIDAD Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, en su artículo 78, DICE: 1. Los miembros de las Corporaciones locales están sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo. Las responsabilidades se exigirán ante los Tribunales de Justicia competentes y se tramitarán por el procedimiento ordinario aplicable. 2. Son responsables de los acuerdos de las Corporaciones locales los miembros de las mismas que los hubiesen votado favorablemente. 3. Las Corporaciones locales podrán exigir la responsabilidad de sus miembros cuando por dolo o culpa grave, hayan causado daños y perjuicios a la Corporación o a terceros, si éstos hubiesen sido indemnizados por aquélla. 4. Los Presidentes de las Corporaciones locales podrán sancionar con multa a los miembros de las mismas, por falta no justificada de asistencia a las sesiones o incumplimiento reiterado de sus obligaciones, en los términos que determine la Ley de la Comunidad Autónoma y, supletoriamente, la del Estado. Yo DIJO HAY COLECCIÓN O NO HAY COLECCIÓN? Y el agua se incluyE? Y LO DEMÁS SI EXISTE? Y LOS INSULTOS EN REVISTAS? Y LO DEMÁS QUE CALLA LA GENTE... | |
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13-05-08 20:28 | #869075 -> 869065 |
Por:SANITARI ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: INTERNET: MIRA QUE ARTICULOS DE RESPONSABILIDAD Saltarse competencias de junta de gobierno, compensar deudas etc etc ... y reconocerlo en pleno... esto son palabras del Giru no de todo el AIREs... ups ups | |
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