05-10-12 13:47 | #10628719 -> 10627278 |
Por:Bob Esfinter ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes A ver señor moderador. En mi opinión aquí se han borrado mensajes que ni insultaban ni señalaban a nadie directamente. Pero claro esa es sólo mi opinón, al final decidir si se borran o no determinados mensajes queda a criterio del moderador. Por otra parte, a mi entender han habido mensajes bastante ofensivos que no se han borrado. Pero claro, eso es a mi entender, supongo que el criterio del moderador será otro. Es casualidad que los que aluden a azote, y no sé porqué, rara vez se escapan de la purga, sin embargo, en lo que refiere a mi nick se han dicho nombres y usted no los ha borrado. Como digo es una opinión personal pero también es casualidad. En definitiva, no entiendo su vara de medir señor moderador. | |
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07-10-12 00:46 | #10633294 -> 10628719 |
Por:comunahoya ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes Pos si eso es asi y no tengo por que dudar de lo que usted dice snor moderador deberia ustd acudir al oftalmologo en cuanto le sea posible ya que creo snor que necesita usted lentes de aumento y si es que ya las lleva cambiar a mas dioctrias jejjeje. Saludosss. | |
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07-10-12 11:09 | #10633778 -> 10627278 |
Por:SR LETRADO ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes Sr moderador aquí nadie a amenazado, aquí simplemente se ha dicho la verdad, le recuerdo sr moderador que el verdadero delito esta en ocultar algún fraude o ocultar a alguien que esta cometiendo un delito pues seria cómplice de ello que a sabiendas te lo permanezca oculto, sr moderador yo lo que vengo a denunciar que esta bien reflejado en el código civil en su articulo 319 punto 2, LÉALO Y LA PROSIMA VEZ si quiere dictar leyes respételas. | |
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07-10-12 11:59 | #10633900 -> 10633778 |
Por:yoyo@ ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes señor moderador me da usted ke pensar ke es del vando contrario y se estad juntando el hambre con las ganas de comer pon gase en la livertad de esprecion y luego nos vemos en lo tribunales. bueno es lo mas justo y no a su antojo. gracias por su politica y kien le manda . | |
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07-10-12 21:02 | #10635253 -> 10633900 |
Por:maquiavelo09 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes Y digo yo, esas son las normas, el que no quiera, pues que no escriba. Y punto. Y Letrado, tu nombre a que viene? Al conocimiento de las leyes no. Artículo 319. Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de dieciséis años que con el consentimiento de los padres viviere independientemente de éstos. Los padres podrán revocar este consentimiento. https://oticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l1t11.html#a319 Ese que quiere decir, que para hacer un chalet ilegal hay que ser mayor de edad?. Vaya tropa. | |
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07-10-12 23:53 | #10635800 -> 10635253 |
Por:comunahoya ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes Ya llego el dctor liendre,la sabiduria personaliza no te digo!!eramos pocos y pario la awela!!anda que tamos apaÑao!! | |
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08-10-12 10:12 | #10644543 -> 10635800 |
Por:ROCA2007 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes Este es otro azote pero con algo de más agresividad: maquiazote | |
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08-10-12 19:18 | #10646035 -> 10635253 |
Por:SR LETRADO ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes perdone maquiavelo cuando dije el codigo civil, quise decir el codigo penal, lea, lea y vera como cambia la cosa. | |
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08-10-12 19:28 | #10646071 -> 10646035 |
Por:SR LETRADO ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Borrado de mensajes 1. Se impondrán las penas de prisión de un año y seis meses a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses, salvo que el beneficio obtenido por el delito fuese superior a la cantidad resultante en cuyo caso la multa será del tanto al triplo del montante de dicho beneficio, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cuatro años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección. 2. Se impondrá la pena de prisión de uno a tres años, multa de doce a veinticuatro meses, salvo que el beneficio obtenido por el delito fuese superior a la cantidad resultante en cuyo caso la multa será del tanto al triplo del montante de dicho beneficio, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cuatro años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en el suelo no urbanizable. 3. En cualquier caso, los jueces o tribunales, motivadamente, podrán ordenar, a cargo del autor del hecho, la demolición de la obra y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada, sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe. En todo caso se dispondrá el comiso de las ganancias provenientes del delito cualesquiera que sean las transformaciones que hubieren podido experimentar. 4. En los supuestos previstos en este artículo, cuando fuere responsable una persona jurídica de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis de este Código se le impondrá la pena de multa de uno a tres años, salvo que el beneficio obtenido por el delito fuese superior a la cantidad resultante en cuyo caso la multa será del doble al cuádruple del montante de dicho beneficio. | |
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