19-04-10 13:36 | #5122924 -> 5122892 |
Por:napoleonboinaparte ![]() ![]() | ![]() ![]() |
QUÉ ES LA CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO O PAGO ÚNICO DEL PARO AL HACERTE AUTÓNOMO Si te has quedado en el paro debido a la crisis económica y estás pensando en hacerte autonómo, te informo que puedes pedir la capitalización del desempleo, del paro, es decir, recibir en una pago único todo lo que tienes pendiente de cobrar de paro para abrir tu negocio pero de la siguiente manera: el 20% del paro total que te quede por recibir lo puedes cobrar por adelantado en metálico y el resto, el 80%, te servirá para pagar las cuotas de autonómos mensuales. Así, si tu prestación por desempleo es de 6.000 euros, podrías solicitar la capitalización por desempleo e invertir el 20%, 1.200 euros, en la compra de un equipo informático y el 80% restante, equivalente a 4.800 euros, en compensación de cuotas de Seguridad Social de autónomos. De este modo, eligiendo una cuota de cotización de 250 euros mensuales, podrías estar 19 meses compensando vuestra cuota. Es muy importante que sepas que la solicitud de capitalización del desempleo se debe realizar previa al inicio de la actividad en el IAE | |
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19-04-10 13:38 | #5122933 -> 5122924 |
Por:napoleonboinaparte ![]() ![]() | ![]() ![]() |
LAS TRAJADORAS AUTÓNOMAS EXENTAS DE PAGAR DURANTE UN AÑO LA CUOTA DE AUTÓNOMAS CUANTO TENGAN UN BEBÉ las trabajadoras autónomas cuando tienen un bebé están exentas de pagar la cuota de autónomos durante un año. Pero, claro, la burocracia en esta caso también es muy engorrosa. Así que, si eres una autónoma embarazada, ves consultando con tu asesoría o con la Seguridad Social para no pagar el pato y ahorrarte el pago de autónomos durante un año. Por otro lado, para solicitar la prestación por baja maternal (los 817€ mensuales durante sólo cuatro meses) debes ir al INSS con la baja que te haga el médico, esto puedes presentarlo dentro de los 3,5 meses (no llega a 4 meses) que las trabajadoras autónomas tienen de baja. Pero, además, debes presentar una Declaración de Situación de Actividad (el impreso está en el INSS) y para ésto sólo te dan 15 días tras el parto!!!. Si no lo haces a tiempo, la Seguridad Social te sanciona y puedes perder la prestación de un mes o más!!. | |
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CURIOSIDADES Por: napoleonboinaparte | 25-12-12 22:47 zepelin | 60 |
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