RESOLUCIONES DE ALCALDIA Dado que, por lo general, de las Resoluciones de Alcaldía solo debe interesar lo resuelto en ellas, para no hacer los post excesivamente extensos y facilitar el que “a posteriori” tengan lugar los comentarios que como consecuencia de las mismas pudieran suscitarse, he considerado oportuno exponer solo lo que es el meollo de la cuestión ya que, a fin de cuentas, los nombres de las personas físicas afectadas por las citadas Resoluciones no tienen mayor relevancia a los efectos que aquí interesa. No obstante lo anterior, si alguien tiene verdadero interés en conocerlos siempre queda la posibilidad de remitirse a la información obrante en las susodichas Resoluciones cuyo número y fecha en que fue dictada si expondré para que sirva de referencia. Así pues, ahí va la primera de la legislatura. Resolución de Alcaldía nº 50/07. En ella, Don Juan Francisco Ciudad Broncano, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zorita (Cáceres), RESUELVE: 1º) Fijar en el día 20 del actual mes de Junio y hora de las 9 de su mañana para constitución del Tribunal encargado de la selección de 3 Socorristas y 1 Encargado de mantenimiento de las Piscinas Municipales de esta localidad. 2ª) Requerir a D. José Urbina Rivera y Don Juan Francisco Ciudad Broncano, como cabezas de lista de los Grupos P.S.O.E. y P.P., respectivamente, de las elecciones locales celebradas el día 27 del último mes de Mayo, para que nombren a 2 Concejales de cada uno de los grupos citados a fin de que formen parte del Tribunal encargado de las selección de dichos puestos de trabajo. 3º) Que los Sres Urbina Rivera y Ciudad Broncano comuniquen directamente a los designados el día y la hora de constitución del Tribunal. Zorita 18 de junio de 2.007.- El Alcalde.- COMENTARIO.- Por ser personal, este comentario no goza de la presunción de veracidad que el Acta de los Plenos atribuye a lo debatido en los mismos, lo cual no es óbice para que ponga de manifiesto que por no haber pasado nunca por la experiencia de tener que “autorequerirme” ignore como puede llevarse a efecto algo de lo que se me presupone enterado por ser el requirente. Según mi criterio, y por las razones que en su momento expondré, ese es uno más de los inconvenientes que procura la conjunción o convergencia de dos o más cargos en una misma persona; en este caso, los de Alcalde y Portavoz del Partido Popular, o, lo que es lo mismo, los de requirente y requerido. Fdo.: José URBINA
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