DIARIO DE SESIONES Desconocido Cigueño -a menos que prefieras que te trate como Cigueño desconocido-, como verás nos estamos escribiendo casi como quien dice a vuelta de correo, es decir, como si fuéramos novios lo cual NO me parece una buena idea porque sería más practico y efectivo el que ya tu que sabes quien soy (yo no te conozco y, por tanto, no puedo hacerlo) dieras el primer paso y te presentaras personalmente a mi en cualquier ocasión propicia para, sentados delante de una cerveza o de un vino, hablar de algo que quizá tengamos en común, pues entiendo que ambos deberíamos querer lo mejor para Zorita y para los zoriteños. Creo que no es mala idea. Si bien no eres muy explícito (solo dices que eres del pueblo pero no dices claramente si vives en el pueblo o si resides fuera de él) de tu escrito deduzco que lo más probable es que seas varón, vivas en Zorita, y, quizá por ello, nos crucemos por la calle o en los bares con alguna frecuencia, circunstancia que solo tu puedes aclarar porque, como ya dije, tienes sobre mí la ventaja de conocerme sin que yo pueda saber cuando estas cerca (aunque estés al lado) o cuando te encuentras lejos. Tampoco debes generalizar, ya que, al igual que en la viña del señor, también entre los cigüeños “que anidan en el campanario de la Iglesia de San Pablo”, habrá de todo, es decir, los habrá “volandones” (jóvenes e impulsivos) y los habrá que teniendo muchas horas de vuelo por haber sobrevolado muchas veces el estrecho para invernar en África, sean más viejos y moderados. Del mismo modo, tampoco me parece oportuno el que manifiestes que “pasarás por el Ayuntamiento para informarte de lo que a ti te pueda interesar” porque eso es, por lo general, lo que suele estar ocurriendo, es decir, hay ciertos zoriteños que solo asisten puntualmente a los plenos cuando se debate algún asunto que les afecta directamente, los demás problemas del pueblo que allí se tratan, no les interesan, y, por tanto, pasan de ir por Pleno, lo cual no es óbice para que después, oyendoles hablar, parezca que no han perdido ni rípio de lo tratado en un lugar en el que no han estado. Supongo que no serás de esos. Asimismo, tampoco me parece acertado que digas que “tu Alcalde, si lo necesitas, te dará cuenta de todo” pues si bien es cierto que tanto nuestro Alcalde como los Concejales estamos a disposición de los ciudadanos, no lo es menos, también, que ello no permite utilizar el término “incondicionalmente”, puesto que, por razones obvias, ciertas limitaciones no deben ser rebasadas. En otras palabras, estamos al servicio, no para servir. Tampoco entiendo que tiene que ver con nuestro Alcalde el hecho de que en mi escrito de fecha 11/8/08, yo expusiera QUE TE CONSIDERO PROCLIVE A CENSURAR POR SISTEMA. ¿Porqué le involucras diciendo que “TAMPOCO EL CENSURA POR SISTEMA, AFORTUNADO O DESAFORTUNADO”. Sin animo de ofender, ¿no estarás equiparando a cigüeño con el Sr. Alcalde, para que se os compare?. Aunque no te conozco, creo que saldrías pediendo, dada la gran calidad del segundo?. Aunque como verás son muchas las cuestiones en las que disentimos, hay algo en lo que probablemente estemos de acuerdo porque -quizá con mayor conocimiento de causa que tu- también yo considero que nuestro Alcalde TIENE SUFICIENTE CRITERIO PARA SABER DONDE SE ANDA. No comprendo porqué sigues insistiendo en lo de que “ESCURRO EL BULTO”, si en ese sentido no creo que sepas como me lo monto además de que es algo que no se debe hacer (escurrir) pues por venir condenados a llevarlo siempre con nosotros nunca se debe escurrir DEL TODO ya que considero aconsejable y más acertado mantener una cierta reserva para no hacer el ridículo si se presentara alguna ocasión favorable. Nunca se sabe. Que yo sepa no tengo ninguna Concejala que sea propiamente mía (que más quisiera yo) pero si te refieres a mi compañera Carmen DUCHEL RUBIO, has de saber que no está en absoluto equivocada cuando afirma que entre los requisitos necesarios para la concesión de los Permisos de Apertura de determinadas negocios se impone como condición “sine quanon” la de que, en cuanto a ruidos, el número de decibelios no exceda de los permitidos cuando la actividad a desarrollar sea de aquellas cuyo ejercicio pudiera provocar molestias en las personas del entorno. Suele ser una causa muy común por la que se llegan a imponer abultadas multas. Veo que aunque vivieras cerca de la Iglesia o del Ayuntamiento, no tienes ni idea de cómo funciona la cosa. Te explico, cuando por ser necesario, el Sr. Alcalde lo considera oportuno, convoca al Pleno para debatir sobre los asuntos que son competencia de éste, pues, por su obviedad, considero innecesario aclarar que el Pleno no debe ser convocado cuando para dirimir el asunto de que se trate, baste con convocar a la Junta de Gobierno Local, a la Comisión de Cuentas en el ámbito de sus competencias o con una simple Resolución de Alcaldía. Sale mucho más barato al Ayuntamiento porque se detrae menos dinero del erario público, pues no es lo mismo pagar a ocho Concejales que a dos o tres. Por ser preceptivo, y aunque, en tu ignorancia, consideres que lo preceptuado en el art. 46.2.b) de la Ley de Bases del Régimen Local SOLO SIRVE PARA ESCURRIR EL BULTO, has de saber que estas totalmente equivocado porque lo dispuesto en dicha norma ES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO, motivo por el que, como ya dije en mi escrito de fecha 9/8/08, la convocatoria habrá de llevarse a efecto con, al menos, DOS DÍAS HÁBILES DE ANTELACIÓN, salvo las extraordinarias calificadas como “URGENTES”. Como consecuencia de lo anterior, el trámite de notificación se desarrolla del siguiente modo; por lo general, Antonio, el Alguacil, se presenta en el domicilio de cada uno de los convocados con un par de días de antelación para entregarnos un escrito en el que además de notificarnos el día y la hora en que tendrá lugar el Pleno también se incluye la Orden del Día, es decir los diferentes puntos a tratar en el Pleno; a dicho escrito se acompaña también, para su ratificación, el Acta del Pleno anterior por si alguno de los Concejales tuviera que oponer alguna objeción. Siendo lo anterior cierto, ¿quieres explicar al foro, como podrías haberte enterado tu (estando en mi caso) antes de la convocatoria al Pleno?. ¿Porqué antes de hablar, en este caso, escribir, no preguntas a nuestro Sr. Alcalde si es cierto que me llamó a Madrid sobre la hora que indiqué?, ¿porqué no te informas a través de cualquier otra persona más documentada que tu, si es cierto lo que digo y cual es el cometido de un Concejal para después exponer en el foro hasta donde alcanzan nuestras limitaciones como Concejales?. Mal Concejal habrías hecho, si en el ejercicio de tu función consistieras cortapisas. ¿Porqué te empeñas en IMPONERME LA OBLIGACIÓN DE ANUNCIAR CUANDO SE CELEBRA UN PLENO, si eso algo que no me compete?. ¿Realmente crees que ese es mi cometido en el Ayuntamiento?. Cigueño, no quiero pecar de suspicaz (propenso a concebir sospechas, como muy bien apuntó AMUJANDA) pero, no se porqué, me está dando la impresión de que, con tus indebidos e inmerecidos comentarios, fuera de tono, estás tratando de emporcarme (guarrearme, ensuciarme, enturbiarme, hacerme la puñeta) el agua, POR SISTEMA. Si ello es así, no me interesa mantener contigo una relación epistolar tan fluida, motivo por el que de persistir en tu actitud detractora me vería obligado -muy a mi pesar- a romper las escasas relaciones diplomáticas que mantenemos. DI ALGO CONSTRUCTIVO o EDIFICANTE, y si no, CALLATE, y observa lo buena que es mi relación con el Sr. Alcalde y con el resto de mis compañeros los Concejales. Por cierto, ¿mójate, un poquito, y acláranos si eres, o no, partidario de que se suministre, por este medio, información veraz, objetiva y contrastable (avalada por la Actas de los Plenos) sobre la actividad municipal, a quienes por residir fuera de Zorita o por cualquier otra razón NO PUEDEN ASISTIR a los Plenos que con regularidad tienen lugar en el Salón de Actos de nuestro Ayuntamiento?. Fdo: José URBINA.
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