10-03-15 02:11 | #12501804 |
Por:No Registrado | |
Plusvalía en la extinción del condominio matrimonial El Ayuntamiento de Hospitalet no contempla la excempción que se aplica a la compraventa entre cónyuges de la vivienda cuando se realiza a causa del divorcio. Dicen que tiene que haber sentencia y no permiten que la venta se haga unas semanas antes de llegar la sentencia. Se cojen a que la sentencia ha llegado después de la venta para cobrarte una "plusvalía" que no tiene base. El 50% de una venta cuando te ves obligado a pactar por un divorcio no es una ganancia. Ante la queja su respuesta es que pagues y después reclames pero que ellos siempre ganan. | |
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