Condena a las Cajas de Ahorros por clausula abusiva Caja de Extremadura/Liberbank condenada por SEXTA VEZ a devolver las cantidades indebidamente cobradas a clientes Extremeños por la Cláusula Suelo El Juzgado Mercantil nº 1 de Cáceres ha condenado de nuevo a Caja de Extremadura/Liberbank a eliminar la cláusulas suelo de un contrato de hipotecario de un asociado de Ausbanc, y a devolverle las cantidades cobradas ilícitamente, que asciende a más de 3.000 € En las Sentencias se destaca que la actuación de la entidad no fue acorde con la exigencias de buena fe. Esta Sentencia se une a la de la pasada semana, dictada por el mismo juzgado y por la que se declararon nulas, por abusivas, dos cláusulas de suelo, al tiempo que eliminó también por abusivo, un supuesto “ pacto “ por el cual el suelo bajaba del 4,75% al 3,25%. En este caso el suelo quedó fijado en el 3,75% Como ya ocurriera en Sentencias dictadas por el mismo Juzgado Mercantil de Cáceres, de fechas 18/10/2011, 12/01/2012, 13/02/2012, 18/02/2012, 20/03/2012, resolutorias de acción de nulidad de las cláusulas y devolución de cantidades indebidamente cobradas por Caja de Extremadura/Liberbank, el Juzgado Mercantil de Cáceres, cuyo Titular es el Excmo Sr. Magistrado Don José Lozano Díaz, ha dictado Sentencia de fecha 20 de Marzo 2012, por las que se declara nula, por abusiva, la cláusula establecida por Caja de Extremadura/Liberbank en un préstamo hipotecario a interés variable de un asociado de Ausbanc, en virtud de la cual el cliente debía pagar, independientemente de la fluctuación del Euribor, un interés mínimo del 3,750%, disponiendo un techo máximo de pago del 12%. El Magistrado destaca que la cláusulas de suelo no fue negociada individualmente con el cliente, produciéndose además un desequilibrio importante en las prestaciones al no poder el consumidor beneficiarse de las bajadas del Euribor, parámetro al que estaba referenciado su préstamo hipotecario, quebrándose de este modo el principio de buena fe contractual. Las Cláusulas de interés mínimo fueron predispuestas e impuestas a los clientes por la Caja, estando destinadas, además, a establecerse, con habitualidad, en una pluralidad de contratos. Destaca el Magistrado que, como en las sentencias anteriores, las cláusulas de suelo impuestas por Caja de Extremadura suprimen la libertad de contratación, generando un desequilibrio importante y un claro perjuicio para los consumidores en contra de la buena fe. En palabras del propio Magistrado “ se entiende que es objetivamente restrictivo para el consumidor fijar un tipo suelo “. Claramente, Caja de Extremadura/Liberbank, con la utilización de este tipo de cláusulas, traspasa el riesgo de variación de tipo de interés a la baja al cliente sin una contraprestación efectiva, ya que el techo no lo es. La Sentencia incide en el hecho cierto y objetivo de que el Euribor, desde su vigencia en el año 2000, nunca ha llegado a superar el 6%, estando durante largos periodos entre el 1% y el 2%. Hay que recordar que la media del Euribor 12 meses histórico está en torno al 3%, inferior por tanto al suelo unilateralmente establecido por la Caja en este caso. A petición de los servicios jurídicos de Ausbanc, en todos los casos, la entidad ha sido condenada a también a devolver a los clientes todas las cantidades ilícitamente cobradas por la aplicación de las cláusulas de suelo, más los intereses legales desde cada una de las liquidaciones de préstamo, condenando además a Caja de Extremadura a recalcular y rehacer, excluyendo la cláusula suelo los cuadros de amortización de los préstamos hipotecarios a interés variable concertado por los demandantesdesde su constitución, siendo éstos los que regirán en lo sucesivo hasta el fin de los préstamos. En este ocasión, por ambos conceptos, el prestatario ha sufrido un perjuicio que supera los 4.000 €. Ausbanc, anima a reclamar a todos los afectados por esta mala práctica financiera para que hagan valer sus derechos y RECUPEREN las cantidades indebidamente cobradas por la entidad Caja de Extremadura/Liberbank, o cualquier otra, así como a amortizar de este modo el capital que realmente tengan pendiente de pago. Ausbanc se encuentra a disposición de cualquiera que tenga firmada una escritura de hipoteca en la que se contenga la cláusula suelo, de cara a facilitarle el asesoramiento necesario para su reclamación y, por tanto, la protección de los intereses económicos de todos los consumidores. Con esta última Sentencia dictada por el Juzgado Mercantil nº 1 de Cáceres, son ya QUINCE las resoluciones obtenidas por AUSBANC, por las que se declara nula, por abusiva, la cláusula de suelo dispuesta en préstamos hipotecarios a tipo de interés variable, SEIS de las cuales son de Cáceres. |