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Arenas de San Pedro - Avila

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España > Avila > Arenas de San Pedro
22-09-12 10:34 #10576619
Por:Diogenes de arenas

¿ Es ilegal el Reglamneto de Participación Ciudadana?
Estaba leyendo el Reglamento de Participación Ciudadana para escribir un comentario sobre la satelización de la Asociación de Enfermos del Corazón por el Partido Socialista (que no voy a poder hacer porque Estela me está metiendo prisas) y me he encontrado con algo sorprendente:
El ordenamiento constitucional, en sus artículos 137. 2 y 140.3 incluyen entre los postulados básicos de la organización territorial del Estado, la gestión autónoma de sus respectivos intereses por los Municipios. De esta forma, se pasa de un sistema regulado por el Derecho Estatal a otro con Derecho Estatal y Autonómico que garantiza la autonomía de los Municipios. Podemos decir que a partir de la Constitución los municipios tienen un soporte mucho más sólido en cuanto que, como reconoce indirectamente la Ley de Bases, una vez matizada por el Tribunal Constitucional, en materia organizativa más allá de los aspectos básicos generales establecidos por la legislación estatal y autonómica, la autonomía municipal se impone desplazando cualquier intromisión que conculque lo que constituye su núcleo esencial. Es decir, en base al principio constitucional de Autonomía Local los municipios tienen un núcleo de competencias propias, incluidas las organizativas (más allá de las que la LBRL impone como obligatorias) en el que no cabe la intromisión ni del legislador estatal, ni del autonómico. Menos en Arenas de San Pedro en donde el Reglamento de Participación Ciudadana dispone en su Disposición Final II :
<< La modificación del presente Reglamento requiere el informe favorable del Consejo Social de Participación Ciudadana aprobado por mayoría absoluta>>

Verlo para creerlo: lo que no puede hacer, ni siquiera el Estado a través de una Ley Orgánica (condicionar el núcleo básico de al autonomía) lo puede hacer un órgano, el Consejo Social instituido por una ordenanza.

Este artículo es nulo de pleno derecho y su inclusión en el Reglamento de Participación Ciudadana acarrea la nulidad de este.

Dejando los aspectos jurídicos, esta chapuza es una vergüenza
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22-09-12 13:33 #10577050 -> 10576619
Por:enriqueIV

RE: ¿ Es ilegal el Reglamneto de Participación Ciudadana?
Siga usted informandose de D. Vicente. Dios los cría y ellos se juntan. Veremos un partido político encabezado por estos dos amiguitos?
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22-09-12 16:24 #10577480 -> 10577050
Por:quesabenaide

RE: ¿ Es ilegal el Reglamneto de Participación Ciudadana?
Si se presentan esos dos en Arenas por un partido político barren del mapa al PSOE con total seguridad divina.
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22-09-12 16:38 #10577522 -> 10577480
Por:Diogenes de arenas

RE: ¿ Es ilegal el Reglamneto de Participación Ciudadana?
Puesto a informar porque no nos cuenta usted que sus súbditos cayendo el Pleno del día 20 en mitad de la semana de la movilidad y siendo hoy el día sin coches no preguntaron a Doña Caridad porqué no había hecho ninguna actividad ¿Después de la “coba” que dieron sus leales súbditos los años anteriores con la semana de la movilidad, y lo que costó (incluyendo viajes)? ¿Es qué acaso ya ha caído su majestad en que aquello además de ser una payasada, fue un despilfarro?
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22-09-12 21:21 #10578230 -> 10577522
Por:enriqueIV

RE: ¿ Es ilegal el Reglamneto de Participación Ciudadana?
Lo dicho, les recomenamos que salven la noble villa de Arenas y que barran al PSOE al PP y a UPyD. Confiamos en ustedes. El pueblo les espera, clama por ustedes, sepan esperar y barrerán el las próximas elecciones. Mediten la lista y adelante. Vamos a por ellos. POR ARENAS. Pardiez, ni me conozco con la emoción.
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24-09-12 12:21 #10582510 -> 10578230
Por:fuenteovejuna1959

RE: ¿ Es ilegal el Reglamneto de Participación Ciudadana?
Nos dicen que porque un artículo o una disposición de una norma pudiera ser presuntamente ilegal, según el maestro Diógenes, no tiene porqué serlo toda la norma. Nos dicen que el artículo 6.2 del Reglamento de Participación Ciudadana dice que la corporación dará publicidad a los contenidos de las sesiones plenarias y de los acuerdos del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, así como de las resoluciones de la Alcaldía. Nos dicen que la anterior corporación municipal dejó de informar a los ciudadanos de los acuerdos adoptados en las sesiones de la Junta de Gobierno Local. Nos dicen que el ROF en su artículo 229.2 establece que "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la Corporación dará publicidad resumida del contenido de las sesiones plenarias y de todos los acuerdos del Pleno y de la Comisión de Gobierno, así como de las resoluciones del Alcalde y las que por su delegación dicten los delegados". Nos dicen tantas cosas... Viva la transparencia informativa.
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