22-07-08 00:02 | #1026560 -> 1020058 |
Por:esymas ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN Hola todo esto está muy bien, yo quiero hacerte una pregunta como autónomo , ¿si tengo cotizados 30 años cuando cumpla 60 no voy a poder jubilarme?. Si puedes o tienes tiempo me gustaria que un dia lo dedicaras a los autónomos, bajas, cotizaciones... si no es mucho pedir, gracias y sigue así. Un saludo. | |
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23-07-08 09:36 | #1029550 -> 1026560 |
Por:forero del viernes ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN Si puedo esta semana,te amplio algo más sobre los autónomos y espero dejarte aclaradas tus dudas. Recibe un cordial saludo | |
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15-04-11 12:10 | #7544291 -> 1020058 |
Por:No Registrado | |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN Hola buenos dias, no se si este es el hilo adecuado para lo que voy a exponer, ruego que me disculpen. Yo queria saber si estando cotizando actualmente a clases pasivas me podria jubilar en el regimen de la seguridad social. Me explico: anteriormente he cotizado en el regimen especial del mar durante 23 años y ahora estoy cotizando a clases pasivas durante 11 años, y aunque sigo trabajando en el mar (Vigilancia Aduanera) Clases pasivas no me reconoce el coeficiente reductor sobre la edad de jubilación adquirido en el Regimen especial del mar. Por lo tanto mi pregunta es esta: ¿al no tener cotizados 15 años en clases pasivas podria jubilarme en el regimen de la SS. Les doy las gracias anticipadas, ATTE.Max | |
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17-04-11 21:08 | #7558955 -> 7544291 |
Por:No Registrado | |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN Te comento que ese post,fué escrito según veo,el 18 de julio de 2008 y el forero del viernes,dejó de participar lamentablemente,al menos así lo creo yo,sobre mayo-junio de 2010.Espero que te sirva y ojalá lea tú petición y te conteste,me llevaría una gran alegría,poder seguir leyendo sus acertados comentarios y opiniones. saludos | |
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19-11-11 13:54 | #9143421 -> 1020058 |
Por:No Registrado | |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN Hola, soy Mario,mi pregunta es la siguiente: me jubilo a finales de este mes y tengo 49 años cotizados,tengo 65 años y quisiera saber si tengo algun incremento ,primero por tener mas años cotizados y segundo por ser mutualista,es q me dijeron q a partir de 38 años cotizados se me incrementa un 6/%. Espero tu respuesta.Gracias | |
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14-05-13 01:14 | #11305949 -> 1020058 |
Por:No Registrado | |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN Hola espero que puedas ayudarme, con tu información pues veo que estas muy puesto en este tema de jubilación. Mi caso es el siguiente, 12 años trabajados en la marina mercante y a hora llevo 23 de autónomo en un negocio y quisiera jubilarme antes de los 65 con los coeficientes reductores de edad, es compatible, seme reconocería ese derecho a un que este autónomos. GRACIAS AVER SI ALGUIEN ME PUEDE INFORMAR | |
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31-05-13 12:15 | #11345915 -> 11305949 |
Por:forero del viernes ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN ¡Hola! Te voy a contestar a tú solicitud,aunque llevo sin participar en el Foro desde Septiembre de 2008; como se puede comprobar,ésto no quiere decir que no lo siga. Cuando en Julio de 2008,escribí:Lo que debemos saber sobre la Jubilación; en 2013,se ha modificado el acceso a la misma.Ley 27/2011 de 1 de Agosto.Publicado BOE martes 02 de Agosto de 2011,que entró en vigor con carácter general,el 01 de Enero de 2013.En sintesis,la Ley dedica los nueve articulos de que consta a la modificación de determinados preceptos del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,en abreviatura ( LGSS). Dicho esto,me voy a referir a lo que me preguntas y no puedo entrar en más materia,ya que desconozco tu Vida Laboral y tu Base de Cotización. Me dices,que tienes 12 años cotizados como trabajador por cuenta ajena y 23 años como Autónomo, Bien,en Total tienes 35 años cotizados. Jubilación anticipada Voluntaria,Requisitos: 1.-Tener cumplidos 63 años de edad,sin que a estos efectos resulten de aplicación los coeficientes reductores establecidos en el apartado primero del propio artículo 161 bis. 2.-Acreditar un periodo mínimo de cotización efectiva de 33 años,sin que, a tales efectos,se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias,si bien se computará,a éstos exclusivos efectos,como cotizado a la Seguridad social el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria,con el límite máximo de un año. 3.-Una vez acredites los requisitos generales y específicos de dicha modalidad de jubilación ,el importe de la pensión ha de resultar superior a la cuantía mínima que te correspondería por tú situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad.En caso,contrario no podrás acceder a ésta fórmula de Jubilación anticipada. 4.-El coeficiente reductor que se te aplicaría es de 1,875% por Trimestre,ya que tienes menos de 38 años y 6 meses cotizados.Por tanto,te descontarian un 15%. 5.-En el 2013,la base reguladora es 224,hay que dividir los 192 meses anteriores=16 años,entre 224; se aplica una fórmula que se tienen en cuenta otros factores;pero te da una idea de la pensión que te puede quedar. Otro Supuesto: 1.-Si estás dentro de los supuestos que recoge la Ley 32/2010 de 5 de Agosto,puedes tener una jubilación anticipada a los 61 años. 2.-Hay un proyecto de Ley,que sacará éste Gobierno en Enero de 2014,un sistema para la jubilación parcial a los 62 años,bien se cese en el negocio o lo traspasen a otra persona. Espero haberte aclarado algo.Te sugiero lo siguiente: Acudes a una oficina de La Seguridad Social,pides que te atiendan para Jubilarte,te dan la Vida Laboral,La base de Cotización y te hacen un cálculo de lo que te queda de pensión,cuando te entreguen la documentación,te hacen firmar la misma,pero tú decides si te jubilas o no. Saludos | |
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27-08-14 21:28 | #12203804 -> 1020058 |
Por:No Registrado | |
RE: Lo que debemos saber...(5) LA JUBILACIÓN lo que yo pido y digi es que como funcionaria publica tengo 25 años de labor y de edad tengo 56 años pero me encuentro muy delicada de salud ¿me podre jubilar? | |
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