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Vélez de Benaudalla - Granada

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05-08-09 11:07 #2871115
Por:No Registrado
Puesto de trabajo
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05.08.2009

SELECCION PERSONAL LABORAL TEMPORAL, EDUCADOR/A ESCUELA INFANTIL VELEZ DE BENAUDALLA.

Dª. PILAR PERAMOS ESTEBAN, ALCALDESA PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE VELEZ DE BENAUDALLA (GRANADA). HAGO SABER: 1º- OBJETO DE CONVOCATORIA. Por Resolución de la Alcaldía de fecha 4 de Agosto, se ha acordado convocar tres plazas de educador/a de la Escuela Infantil de Vélez de Benaudalla, con arreglo a las bases que obran en la Secretaria del Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla. 2º- REGIMEN DE CONTRATACIÓN, JORNADA DE TRABAJOS Y FUNCIONES A DESEMPEÑAR. 2.1 Régimen de contratación: Laboral temporal, duración determinada, curso escolar 2009-2010. 2.2 Jornada de trabajo: Jornada a tiempo completo. 2.3 Funciones y tareas a desempeñar: tareas de educación, preparación y atención a los niños de la Escuela Infantil, las contenidas en la Relación de puestos de trabapo y la dispuesta en el Reglamento de Régimen Interno. 3º- SISTEMA DE PROVISION. Mediante CONCURSO-OPOSICION: Valoración de méritos, Memoria/ proyecto y defensa del mismo y supuesto teorico/práctico. 4º MODELO DE SOLICITUD. En el Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla. Plazo del 5 de agosto al 18 de agosto. Más información: Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla, Plaza de la Constitución, Nº 1. Tfno. 958 658011; Fax 958 622126. BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE EDUCADOR/A DE LA ESCUELA INFANTIL DEL AYUNTAMIENTO DE VELEZ DE BENAUDALLA. 1º- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión de tres plazas de educador/a para la Escuela Infantil Municipal, mediante el sistema de concurso oposición, por necesidades del servicio. 2º- REGIMEN DE CONTRATACION, JORNADA DE TRABAJO Y FUNCIONES A DESEMPEÑAR.- 2.1 Régimen de Contratación: Laboral temporal, duración determinada. 2.2 Jornada de trabajo: Jornada, tiempo completo. 3.3 Funciones y tareas a desempeñar: tareas de educación, preparación y atención a los niños de la Escuela Infantil, de conformidad con las funciones contenidas en el reglamento de Régimen Interno de la Escuela Infantil Municipal y en la Relación de Puesto de Trabajo. 3º- CONDICIONES GENERALES DE CAPACIDAD QUE HABRÁN DE REUNIR TODOS LOS ASPIRANTES. A) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/93 de 23 de diciembre. B) Tener cumplidos 16 años de edad o estar en condiciones de cumplirlos antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes. C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. D) Estar en posesión del título de Magisterio, especialidad en Educación Infantil, o en condiciones de obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. E) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración Europea, Estado, Comunidad Autónoma o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. F) No estar incurso en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas e la legislación vigente. Los requisitos exigidos deberán reunirse por los interesados a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias. 4º- INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. 1.- Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán solicitarlo en el modelo de solicitud (Anexo I), que será facilitado en el Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla, dentro del siguiente plazo: - desde el 5 de agosto de 2009 hasta el 18 de agosto de 2009, ambos inclusive. 2.- Las solicitudes dirigidas a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla se presentarán en el registro general de entrada, de 9,00 a 14,00h. 3.- A la solicitud se acompañaran los siguientes documentos: - Fotocopia compulsada del DNI. - Fotocopia compulsada del título académico requerido. - Declaración responsable de cumplir con los requisitos establecidos en los apartados de la base tercera (Anexo II) - La documentación o justificantes de los méritos alegados a que hace referencia la base 7ª. - Memoria o Proyecto cuya temática versará sobre las funciones mas significativas del puesto. 5º- ADMINISIÓN DE ASPIRANTES. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Sra. Presidenta dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. La relación de aspirantes cuya solicitud haya sido considerada en esta primera fase será expuesta en el Tablón de Anuncios de la Corporación Municipal, determinando los aspirantes excluidos, la causa de su exclusión con indicación de si resulta o no subsanable, así como la lista de aspirantes admitidos, con la puntuación global obtenida en la fase además de la puntuación por cada tipo de méritos. En el anuncio se indicará el plazo de 2 días naturales que se ofrece a los aspirantes para poder subsanar, en su caso, los defectos que hayan motivado su exclusión o formular las reclamaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo se aprobará de forma inmediata la lista definitiva de aspirantes, a la vista de las subsanaciones y reclamaciones que hayan podido estimarse, con expresión en su caso de aquellos de entre los aspirantes que son convocados para la realización de la segunda fase. Los aspirantes que no hubiesen subsanado los defectos en plazo serán definitivamente excluidos. En defecto de solicitudes de subsanación o reclamaciones estimadas, la lista expuesta de aspirantes admitidos con sus puntuaciones se entenderá aprobada definitivamente, no admitiéndose ningún tipo de reclamación posterior, sin perjuicio de los supuestos de rectificación previstos en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La lista definitiva será expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En el anuncio se indicará la fecha, lugar y hora de realización de la segunda fase por los convocados a la misma, con una antelación mínima de 48 horas En dicha Resolución la Presidencia designará los miembros del Tribunal e indicará lugar, fecha y hora de constitución del mismo para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes y para la realización de la entrevista. 6º.- TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros: - Presidente: Un titular y otro suplente propuesto por la Presidenta de la de la Corporación, nombrado entre el personal del Ayuntamiento u de otra Administración Pública. - Vocales: 1.- Educador/a de los Servicios Sociales Comunitarios de Diputación Provincial u otro personal designado por la Presidencia de la Corporación. 2.- Personal del Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla, titular y suplente designado por la Presidencia de la Corporación. - Secretario: La de la Corporación o funcionario en quien delegue. Los miembros del tribunal estarán sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos de la Ley 30/92. El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros asistentes y estará facultado para resolver todas las cuestiones que puedan suscitarse en el proceso selectivo, así como adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido orden de las mismas. El Tribunal elevará propuesta a la Presidenta de la Corporación. La Sra. Presidenta de esta Entidad publicará en el Tablón de Anuncios, en la misma resolución de aspirantes admitidos, el lugar, la hora y fecha de comienzo de los ejercicios, el orden de las actuaciones de los aspirantes y la composición del Tribunal calificador. 7º- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. El sistema de selección constara de dos fases: concurso y oposición. 1ª Fase. CONCURSO La fase de concurso se celebrará previamente a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y podrá tenerse en cuenta para superar el ejercicio de la fase de oposición, puntuándose con arreglo al siguiente baremo: 1ºA.- Valoración de méritos. 1.- Experiencia profesional: Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Pública en puesto de igual o similar contenido al que se pretende cubrir……………….0,20 puntos. Por cada mes completo de servicios prestados en Entidad Privada en puesto de igual o similar contenido al que se pretende cubrir……………….0,10 puntos Puntuación máxima por méritos profesionales….3 puntos. Forma de acreditarlo: Contratos de trabajo o certificaciones y Fe de vida Laboral. 2. Formación y perfeccionamiento. Por la participación como alumno/a en cursos, seminarios, congresos, jornadas de formación siempre que se encuentren directamente relacionados con la plaza o puesto al que se opta y en conocimientos informáticos, cuando se trate de acciones formativas organizadas por una Administración Pública, una Universidad, una institución sindical o corporativa de Derecho Público o cualquier institución privada, en este último caso, con la colaboración u homologación de la referida acción formativa por una Administración o institución de derecho Público. . Hasta 14 horas de duración o 2 días…… 0,05 puntos. . De 15 horas a 40 horas de duración………… 0,10 puntos . De 41 a 70 horas de duración………………… 0,20 puntos . De 71 a 100 horas de duración………………. 0,25 puntos . De 101 a 200 horas de duración……………… 0,50 puntos . De 201 en adelantes ……………………………1 punto. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 2 puntos. Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala. Se acreditarán mediante original o copia compulsada de las certificaciones, diplomas o título. 2ª Fase. OPOSICION 2.1. Presentación de una Memoria/Proyecto. Se deberá presentar Memoria/ Proyecto que versará sobre todo lo relacionado con los trabajos o funciones a desempeñar y las distintas áreas administrativas a incluir en sus funciones. La memoria o proyecto se presentará escrito a máquina u ordenador (Arial 12), a doble espacio y por una sola cara, no pudiendo exceder de 50 folios. La falta de presentación de la memoria por parte de un aspirante en dicho plazo improrrogable de prestación de solicitudes. La puntación máxima en este apartado será de 2’5 puntos. 2.2 Defensa oral de la Memoria. La memoria será defendida ante el tribunal, en un tiempo de duración máxima de treinta minutos. Conjuntamente con la defensa del proyecto se procederá a realizar una entrevista, que versará sobre temas relacionados con los trabajos a desempeñar y las distintas áreas administrativas a incluir en sus funciones. La puntación máxima en este apartado será de 2’5 puntos. 2.3 Supuesto teórico y práctico. Los aspirantes deberán de responder a un supuesto teorico/práctico propuesto por el tribunal y que versará sobre las funciones propias del puesto de trabajo a desempeñar. La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos. 8º.- RELACION DE APROBADOS. Concluido el proceso de selección el tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla, la calificación obtenida por los aspirantes. Quedarán seleccionados los aspirantes que haya obtenido mayor puntuación. 9º LISTA DE ESPERA. Es objeto de la presente convocatoria es la selección de tres plazas de educadores/as de la Escuela Infantil, la Lista de aprobado por orden de puntuación será una Lista de Espera para aquellos contratos que sean precisos efectuar por acumulación de tareas, sustitución de personal y vacaciones, por orden de puntuación. 10ª DISPOSICION FINAL. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el tablón de anuncios. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten en la interpretación de las presentes bases y para adoptar los acuerdos necesarios, en relación con aquellos asuntos o cuestiones no estén regulados en la presente convocatoria y en la legislación vigente. 2º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para conocimiento de los interesados. La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de las actuaciones de los órganos de selección, podrán ser impugnadas ante la Alcaldía. Las presentes bases han sido aprobadas por Resolución de la Alcaldesa de fecha 3 de agosto de 2009. La Alcaldesa, Fdo Pilar Peramos Esteban
Puntos:
05-08-09 19:29 #2875578 -> 2871115
Por:No Registrado
RE: Puesto de trabajo
ESTO PARAQUE ES?, PARA QUE TE VOTEMOS EN LAS PROXIMAS?.
Puntos:
06-08-09 20:44 #2884954 -> 2875578
Por:No Registrado
RE: Puesto de trabajo
te vas ha hacer daño si esperas que te votemos en las proximas.
aunque no creo que te presentes, puesto que ya tienes tu porvenir resuelto. Pasmado
Puntos:

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