Tanatorio es interesante CASOS SIMILARES A LO QUE ACONTECE EN LA MALAHÁ 1. PUBLICACIÓN DE IDEAL CON FECHA 07/01/2011 2. PUBLICACIÓN DE IDEAL CON FECHA 06/04/2008 https://ww.ideal.es/granada/20080406/granada/juez-declara-ilegal-otro-20080406.html La ubicación de tanatorios en los cascos urbanos de los pueblos no deja indiferente a quienes les toca tener la muerte de vecina. En los últimos meses, la construcción de estas instalaciones en zonas residenciales a desatado las protestas en pueblos como Salobreña, Motril o Alomartes. En algunos, las manifestaciones han logrado frenar los proyectos, como en la capital de la Costa granadina. En otras, los vecinos no han tenido más remedio que acudir a los tribunales. Ahora le ha tocado el turno a la localidad de Caniles, en el Altiplano granadino. Un grupo de once vecinos han logrado la batalla legal emprendida contra la construcción del tanatorio entre las viviendas del pueblo. Un juez, y ya es el segundo de la provincia -antes fue Alomartes-, ha declarado nula la licencia dada por el Ayuntamiento al considerar que la actividad de un tanatorio no es compatible con el uso residencial del suelo en el que está ubicado. El mismo argumento esgrimido en sentencias anteriores. Previsión Los vecinos de la calle Fiñana se opusieron desde el principio a la construcción de la instalación. En el plazo que marca la ley, cuando el Ayuntamiento aprobó el proyecto, presentaron alegaciones al mismo al entender que no se atenía a la normativa urbanística vigente en la localidad. No obstante, los responsables municipales siguieron con el proyecto adelante porque consideraban, tal y como queda reflejado en la sentencia emitida ahora, que el uso del suelo para un tanatorio era «compatible» con el asignado por la normativa. Los vecinos mantuvieron reuniones con la alcaldesa de la localidad, quien finalmente se atuvo a la absoluta legalidad de los trámites y licencias para no parar las obras del futuro tanatorio del pueblo. Dos años más tarde, el juzgado de Lo Contencioso Administrativo número 3 de Granada ha declarado ilegal la licencia. Para basar su resolución, el autor del fallo cita varias sentencias anteriores del Tribunal Supremo en las que advierte que, en los casos en los que los planes urbanísticos no prevean el emplazamientto de tanatorios «no cabe calificar la actividad como comercial ni compatible con el uso residencial», sino que deben estar comprendidos dentro de las zonas industriales. «El depósito de cadáveres y la realización en los mismos de las actividades previas a su inhumación (...) no puede ni debe asimilarse a una actividad prevista para su realización incluso en los bajos de los edificios de uso residencia», versa la sentencia. Algo que, sin embargo, sucede en numerosas localidades de la provincia. Aislamiento La ley sí contempla una excepción, que es la posibilidad de hacerlo en un edificio independiente con acceso desde calles con ancho superior a seis metros de calzada. Un aislamiento que tampoco cumple el edificio ubicado en la citada calle de Caniles, tal y como concluye la sentencia. El equipo de letrados de HispaColem que han participado en esta reclamación contra la licencia, Vanessa Fernández Ferré y Javier López García de la Serrana, destacan precisamente este aspecto. «La falta de previsión en propias normas subsidiarias de Caniles y el hecho de no tratarse de un edificio aislado ha originado que se anule la referida licencia de apertura», declararon. Los vecinos que han ganado el pleito han elaborado un escrito para preguntar al Ayuntamiento qué piensan hacer tras haber anulado el juzgado la licencia. La sentencia no es firme aún, es decir, que el Ayuntamiento puede recurrir la decisión ante una instancia superior y no tener que tomar una decisión hasta que un tribunal superior hable. Algo que puede tardar años. ¿ Es este nuestro caso? |