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España > Cordoba > Nueva Carteya
25-09-11 16:47 #8806239
Por:patton

Noticia: BOE de hoy: Desaparece el Régimen Especial Agrario.
A partir del 1 de Enero del 2012, los trabajadores del Sector Agrario pasarán a integrarse, bien en el Régimen General de la Seguridad Social, bien en el Régimen de Autónomos.

Invoco la ayuda de todos los foreros que sepan del tema para que nos expliquen qué diferenciaba al Régimen Agrario del Régimen General, y qué ventajas (o no) supone esto para los agricultores y empresarios del sector.

Aqui teneis el enlace.

https://ww.boe.es/boe/dias/2011/09/23/pdfs/BOE-A-2011-15038.pdf
Puntos:
25-09-11 18:58 #8806912 -> 8806239
Por:Jarto, jarto

RE: Noticia: BOE de hoy: Desaparece el Régimen Especial Agrario.
¿Qué te pasó "pattón", por qué borraste tu mensaje?...¿qué decías de que el Partido Socialista Obrero Español había acabado con el PER?...

Alomojó te jode que hayan conseguido ese paso por el que tanto tiempo han luchado y querrías mejón que fuese un fracaso para mayor gloria de tu amo Mariano. Guiñar un ojo Riendote Riendote Riendote
Puntos:
28-09-11 12:14 #8822807 -> 8806912
Por:JGPR

RE: Noticia: BOE de hoy: Desaparece el Régimen Especial Agrario.
La diferencia no la sé exactamente, pero algo es seguro: Que el seguro (valga la redundancia) va a ser más caro.
Puntos:
29-09-11 01:44 #8828007 -> 8822807
Por:Jarto, jarto

RE: Noticia: BOE de hoy: Desaparece el Régimen Especial Agrario.
El asunto es si va a ser mejor, porque igual sale más caro el que aparentemente es más barato porque es una KK.
Puntos:
29-09-11 03:27 #8828075 -> 8828007
Por:JGPR

RE: Noticia: BOE de hoy: Desaparece el Régimen Especial Agrario.
KK ya es el seguro de los autónomos, que a pesar de pagar más de 200 € al mes, la jubilación que cobran es de risa y de las bajas por enfermedad mejor ni hablar.
Puntos:
29-09-11 21:31 #8833061 -> 8828075
Por:La mascara1950

RE: Noticia: BOE de hoy: Desaparece el Régimen Especial Agrario.
Se integran los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y los empresarios a los que prestan sus servicios, también incluidos en este último régimen.
Se considera como tales a quienes desempeñan labores agrarias, sean propiamente agrícolas, forestales o pecuarias, o sean complementarias o auxiliares de las mismas en explotaciones agrarias
Los trabajadores estarán incluidos tanto durante los períodos en que efectúen labores agrarias, como durante los períodos de inactividad, siempre que realicen un mínimo de treinta jornadas reales en un período continuado de 365 días. Se establecen los supuestos en que estos trabajadores durante los periodos de inactividad pueden ser excluidos y cómo reintegrarse.

En atención a la peculiaridad del trabajo en el campo, se da un plazo especial de presentación de las solicitudes de alta de los trabajadores cuando no se pueda hacer antes del comienzo de la prestación de servicios. Así el empresario podrá dar de alta hasta las doce horas del día de inicio de dicha prestación.
Sistema de cotización. Desaparecen las bases tarifadas de cotización y se cotiza conforme a los salarios abonados.
Se distingue entre períodos de actividad, en los que las bases de cotización, tanto mensuales como diarias, se determinarán igual que en el Régimen General, y los períodos de inactividad, en los que, con arreglo a la fórmula que se determine legalmente, los trabajadores cotizarán por la base mínima del grupo 7 (el grupo más bajo de cotización mensual) vigente en cada momento.
Se entiende por período de inactividad dentro de un mes natural cuando el número de jornadas reales realizadas sea inferior al 76,67 por 100 de los días naturales en que el trabajador figure incluido en el Sistema Especial en dicho mes.
Se establece la posibilidad de que los trabajadores agrarios por cuenta ajena contratados a tiempo parcial coticen de forma proporcional a la parte de jornada que realicen.
Se establece la posibilidad de actualizar cada tres años las reducciones en la cotización establecidas en el Proyecto de Ley mediante las futuras Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en función de la evolución del índice de precios al consumo experimentado en tales períodos de tiempo.


--A mi me da la impresión de que los trabajadores agricolas saldremos ganando con el cambio,pero ,al tiempo.----
Puntos:
29-09-11 23:39 #8834093 -> 8833061
Por:Pepe Tormentas

RE: Noticia: BOE de hoy: Desaparece el Régimen Especial Agrario.
A mi me da la impresión de que para cobrar la renta agraria es mucho peor y mucho mas a pagar por la cuota mensual del trabajador. Solo es que que me da la impresiona, puedo estar equivocado.
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