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Alcollarín - Caceres

Poblacion:
España > Caceres > Alcollarín
22-08-09 11:42 #3005464
Por:No Registrado
PANTANO: Información real
Aclaración e información
Ante los escritos de los últimos días carentes de toda información real expongo lo que hay:

El pago se verificará mediante talón nominativo al expropiado o por transferencia bancaria, en el caso de que el expropiado haya manifestado su deseo de recibir el precio precisamente por este medio.

Con el pago efectivo del justiprecio pactado, se podrá ocupar la finca o ejercitar el derecho expropiado. El acta de ocupación que se extenderá a continuación del pago, acompañada de los justificantes del mismo, será título bastante para que en el Registro de la Propiedad y demás Registros Públicos se inscriba y tome razón de la transmisión de dominio.

La cantidad que se fije definitivamente como justiprecio devengará el interés legal correspondiente a favor del expropiado, hasta que se proceda a su pago y desde el momento en que hayan transcurrido los seis meses.

En la Ley de Expropiación Forzosa, ante el hecho de que el pago se demore por parte de la Administración, ha establecido la retasación <<si transcurrieren dos años sin que el pago de la cantidad fijada como justo precio se haga efectivo o consigne>>, para lo que exige que se proceda de nuevo a evaluar las cosas o derechos objeto de la expropiación.

https://ww.carreteros.org/legislaciona/expropiaciones/ley/ley.htm

Se nos dice que se nos avisara en breve en el Ayuntamiento de Alcollarin para dar el cheque nominativo.

Existe una cantidad que se paga por plusvalía, que en los casos que la finca sea propiedad por el expropiado con un tiempo superior a 20 años la cantidad a pagar es practicamente nula o testimonial.

Sería bueno que la gente que incordie se entere antes de decir lo que es facil conocer llamando simplemente por teléfono o entrando en internet.

La impresión que dan es que hay quien se alegra de nuestras miserias.
Puntos:
22-08-09 11:49 #3005514 -> 3005464
Por:No Registrado
RE: PANTANO: Información real
Fe de errata
Donde dice: Existe una cantidad que se paga...Debe deir:

Existe una cantidad a pagar por plusvalía, que en los casos que la finca sea propiedad por el expropiado con un tiempo superior a 20 años la cantidad a pagar es practicamente nula o testimonial.

Esdecir cuanto más antiguo sea el titulo de propiedad mos se paga.

Puntos:

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