Aprobada la solicitud de un Crédito para pagar deudas antiguas. 2003-2007 PLAN ECONÓMICO Y FINANCIERO DE BARCARROTA . 2009- 2015. Desde hace unos meses los técnicos del Ayuntamiento de Barcarrota del Área de Secretaria e Intervención (Secretario-Interventor, Técnico Contable y Auxiliar Administrativo del Área de Contabilidad), así como la Tesorera y el propio Alcalde han venido realizando las tareas relacionadas con la redacción de un Plan Económico y financiero que permitiese solicitar un Crédito para poder sufragar la deuda del Ayuntamiento, siguiendo para ello lo establecido en el RDL 5/2009 de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las entidades locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos. Estas medidas nos permitirán si así lo aprueba el Ministerio de Economía y Hacienda poder sufragar parte de la deuda que tiene el Ayuntamiento de Barcarrota entre los años 2003 y 2006, correspondientes a la legislatura anterior del PP e IU. Seguidamente reproduzco los informes para conocimiento de todos, con el objetivo de que conozcamos los problemas reales de Barcarrota y no nos dejemos llevar por las falsedades de algunos de los anteriores responsables municipales. Por cierto, fue especialmente vergonzoso que el anterior Alcalde no fuese ni a la Comisión Informativa de Cuentas ni al Pleno, eso sí esta intentando manipular a la ciudadanía para una concentración el próximo día 27 de Julio, lleva tres o cuatro plenos sin asistir, que verguenza. Además de gastar sin cuento y sin plantear en el pasado ningún proyecto de futuro, no asume sus responsabilidades con las pequeñas y medianas empresas a las que no se le ha pagado aún y para las que hemos planteado esta iniciativa, además en muchos casos no se siguieron los procedimientos administrativos adecuados, gastando sin consignación presupuestaria y contratando a dedo y sin conocimiento de la Secretaria-Intervención, lo que ha llevado a que la labor realizada por los técnicos tenga aún más valor. . PLAN DE SANEAMIENTO AYUNTAMIENTO DE BARCARROTA.(BADAJOZ) PERIODO 2.009 – 2.015 ÍNDICE. 1.- Introducción. 2.- Medidas recogidas en el plan. 3.- Previsión de recaudación y pago. 4.- Estado y situación de la deuda. 5.- Evolución del ahorro neto. 6.- Evolución de la estabilidad presupuestaria. 7.- Conclusiones. 8.- Anexo 1.- Introducción. Por Decreto de D. Santiago Manuel Cuadrado Rodríguez Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barcarrota de fecha 7 de Julio de 2009, se ordena a esta Intervención municipal que se inicie expediente para la elaboración de un plan de saneamiento en cumplimiento de lo establecido en el RDL 5/2009 de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las entidades locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos. Estableciéndose en su artículo 1º la posibilidad de acudir al endeudamiento a largo plazo con una duración máxima de 6 años y, por importe máximo del Remanente de Tesorería negativo resultante de la liquidación del ejercicio 2.008, así como, el de las obligaciones vencidas y exigibles que quedaron pendientes de aplicar al presupuesto. Analizada la liquidación del Ayuntamiento de Barcarrota correspondiente al ejercicio 2.008, se comprueba que el indicador del Remanente de Tesorería arroja un importe negativo que asciende a QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CATORCE CON CERO CINCO EUROS (547.514,05 €), asimismo existen obligaciones vencidas y exigibles pendientes de aplicar al presupuesto aún por cuantificar por lo que el límite máximo establecido por el Real Decreto Ley para formalizar la nueva operación asciende a un importe total de más de 650.000 euros, si bien analizada nuestra capacidad de amortización solo podremos alcanzar a 400.000 euros. Entre otros extremos, para acudir a la nueva operación de crédito se establecen una serie de requisitos como tener aprobada y remitida al Ministerio de Hacienda la liquidación correspondiente al ejercicio 2.008, así como, elaborar un Plan de Saneamiento. La formalización de esta operación no necesita autorización de los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda aunque tanto la operación de crédito como el Plan de Saneamiento deben ser aprobadas por el Pleno, Plan que ha de tener una duración igual a la de la operación a formalizar, es decir, de seis años, estableciéndose un plazo máximo de tres meses para formalizarla y de un mes a partir de la formalización para atender el pago de las deudas pendientes con las empresas y autónomos. El incumplimiento de cualquiera de estos plazos anteriormente citados determina la nulidad del acuerdo Plenario, constituyendo condición resolutoria automática, sin necesidad de ejercitar acción alguna, de la operación de endeudamiento formalizada. La entidad deberá grabar la información que debe contener el Plan en los correspondientes modelos que se recogen en la oficina virtual para la coordinación financiera con las Entidades Locales y proceder a su tramitación telemática con firma electrónica. Es requisito previo, el cumplimiento de la obligación formal de comunicación de la liquidación del ejercicio anterior, es decir, la correspondiente al ejercicio 2.008, habiéndose cumplido claramente con este requisito por el Ayuntamiento de Barcarrota. El Plan de saneamiento debe comprender un resumen numérico del mismo, así como, dos documentos anexos en formato pdf, que contendrán la explicación de las previsiones de los capítulos 1 al 5 de ingresos y, el otro constituido por el informe favorable de la Intervención de la entidad local relativo al cumplimiento de los requisitos legales y viabilidad razonada del Plan. Asimismo, el Plan deberá contener la información necesaria que permita medir la capacidad real de la entidad local, a través del indicador del ahorro neto, así como, las previsiones de recaudación y pago del ejercicio corriente y de ejercicios cerrados. Las previsiones de liquidación y las de recaudación y pago para cada uno de los años habrán de estimarse tomando como referencia los datos reales de la liquidación, recaudación y pago del ejercicio 2.008, y la variación porcentual interanual de cada capítulo de ingresos de 1 a 5 que exceda del 2% deberá explicarse de forma resumida, indicando y cuantificando las medidas adoptadas. El informe favorable de la Intervención de la entidad local se remitirá asimismo en formato pdf. El presente plan no puede afectar al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria por lo que los presupuestos que se aprueben y liquiden en los años de vigencia del Plan deberán ser compatibles con el objetivo de no generar Remanentes de Tesorería negativos y con el cumplimiento de los Planes Económico Financieros aprobados y en vigor. En los próximos ejercicios, para evitar la generación de Remantes de Tesorería negativos se deberá ajustar el nivel de aportaciones municipales que se realizan a las inversiones y a las contrataciones de personal. En este sentido, debe señalarse que la generación de remanente de tesorería negativo para gastos generales en el periodo de saneamiento, comportará la prohibición de realizar inversiones nuevas en el ejercicio siguiente financiadas con endeudamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 del citado Real Decreto. Por último, deberá realizarse una evaluación anual del Plan de Saneamiento a través de un cuadro numérico por cada uno de los años de vigencia del Plan y que se elaborará en base a las liquidaciones de los respectivos ejercicios y otro explicativo de lo sucedido y que se enviarán en formato pdf. Plan de Saneamiento. El Plan de Saneamiento es un conjunto de medidas de gestión, tributarias, presupuestarias y financieras que permiten que la entidad tenga viabilidad económica y financiera en el medio y largo plazo, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de obtención de ahorro neto positivo y al de estabilidad presupuestaria. El presente Plan, como indica el Real Decreto Ley, tiene como punto de partida los valores que arrojan los distintos conceptos de ingresos y gastos correspondientes a la liquidación del 2.008. No obstante, para realizar la proyección cuantificada de los distintos conceptos de ingresos y gastos a lo largo del periodo se tienen en cuenta los valores que se recogen en los presupuestos correspondientes al ejercicio 2.009, justificando las disminuciones experimentadas por las partidas de gastos y los incrementos de las partidas de ingresos superiores al 2%, con respecto a la liquidación del ejercicio 2.008. 2.- Medidas recogidas en el Plan. Estado de ingresos. Impuestos directos. Éste es el capítulo del estado de ingresos que experimenta una mayor subida en el conjunto del presupuesto y, que básicamente viene motivado por el incremento previsible en el impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, por los siguientes motivos: 1º.- IBI rustica se incrementa un 10 % por altas nuevas pendientes de incluir en el padrón de vivienda diseminadas ya construidas. 2º.- IBI urbana incrementada en un 20 % por altas nuevas pendientes de incluir en el padrón de viviendas ya construidas así como por incrementos de valores catastrales realizado en el año 2006 con efecto de diez años, es decir, hasta el 2016. Siendo la previsión del crecimiento de los impuestos de un 2 %. Impuestos indirectos. Constituido básicamente por el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. En el año 2009 ha tenido una disminución con respecto al presupuesto de 2008. Tasas. Para el conjunto de las tasas está previsto que se mantenga constante su valor durante el periodo de duración del Plan, debido a la actual situación económica, salvo la tasa de Ayuda a Domicilio que se reinicia su cobro en 2009 y cuya ordenanza que data de 2001 se actualizará teniendo efecto a partir del 2012. Para el conjunto de los recursos tributarios anteriormente mencionados cuya recaudación este Excmo. Ayuntamiento tiene cedida se ha seguido el criterio de contabilización establecido en el documento publico número 2 de la IGAE, implicando que derechos pendientes de cobrar que con cierta seguridad se cobraran queden por tanto pendientes de contabilizar (2008=158.180,29 €; 2009= 160.553,11 €; 2010= 163.764,16 €; 2011= 167.039,42 €; 2012= 170.380,17 €; 2013= 173.787,78 €; 2014= 177.263,53 € y 2015= 180.808,80 €) Transferencias corrientes. Para el conjunto de ingresos recogidos en este capítulo se prevé un incremento anual del 2% durante el periodo de duración del Plan. No obstante, en este capítulo hemos de tener en cuenta, las siguientes circunstancias: Que en los ingresos en concepto de Participación en los Tributos del Estado, la previsión es claramente mayor por la repercusión directa que supone en dicha participación el esfuerzo fiscal debido a una mayor recaudación en los impuestos directos. Que en el ejercicio 2.009 se percibe una subvención extraordinaria de apoyo al empleo local que ha hecho rebajar la partida de gastos de contratación de personal. Ingresos patrimoniales. Se prevé que el importe de los ingresos liquidados por este concepto en el ejercicio 2.009 experimenten un incremento anual del 2% para el conjunto de los ingresos durante el periodo de duración del Plan. En particular en el 2009 esta incluido un canon de Placa Fotovoltaica así como de Residencia de Ancianos. Enajenación de inversiones. Para el ejercicio 2.009 está prevista la venta de patrimonio que nos permitirá amortizar préstamo y así corregir déficit de tesorería. Transferencias de capital. En el ejercicio 2.009 se produce un aumento de las transferencias recibidas de otras administraciones, sobre todo por la Subvención extraordinaria del Fondo Estatal de Inversión Local. Activos Financieros. No existen, ni se prevén. Pasivos Financieros. No está prevista la formalización de nuevas operaciones de crédito a largo plazo al margen de la que se formalizará al amparo del RDL 5/2009, de 24 de abril, por importe de 400.000,00 euros, la cual tendrá una duración de seis ejercicios con dos años de carencia, con un tipo de interés fijo estimado del 4,70 %. Estado de gastos Gastos de personal. Se prevé que para el conjunto de conceptos de gastos que integran este capítulo se produzca un incremento anual del 2% durante el periodo de duración del Plan, salvo en algunas partidas en que el incremento es superior en base a resoluciones de concesión de distintos entes concedentes. Gastos en bienes. Se prevé que para el conjunto de conceptos de gastos que integran este capítulo se produzca un incremento anual del 2% durante el periodo de duración del Plan. Gastos financieros. Básicamente se ajustan a los cuadros de amortización de las operaciones de préstamo y de la proyectada. Transferencias corrientes. Se prevé que para el conjunto de los conceptos de gastos que integran este capítulo se produzca un incremento anual del 2%, tomando como base los valores presupuestados en el ejercicio 2.009, durante el periodo de duración del Plan. Inversiones reales. Se prevé un nivel de inversiones que se financia en un mínimo del 30% por aportaciones municipales a las inversiones y el resto por subvenciones de capital de las distintas Administraciones, siempre y cuando la aportación municipal que se debe realizar no exceda del ahorro que es capaz de generar el Ayuntamiento. Aunque existe la posibilidad de ajustar la aportación municipal a las inversiones recurriendo a la enajenación de patrimonio. Transferencias de capital. No existen. Activos financieros. No existen. Pasivos financieros. Se ajustan a los cuadros de amortización de las operaciones de préstamo existentes y de la proyectada. 3.- Previsión de recaudación y pago. Partiendo de los datos que arroja la liquidación correspondiente al ejercicio 2.008, obtenemos los porcentajes de recaudación y pago teniendo en cuenta tanto el ejercicio corriente como los de cerrados de los distintos capítulos y, que son los que se aplican para obtener la previsión de recaudación y pago en los distintos ejercicios. De mantenerse los actuales grados de ejecución en la recaudación de los derechos y en el pago de obligaciones, se comprueba que el Ayuntamiento presentará desfases de liquidez en los próximos ejercicios, por lo que se deberá realizar un especial énfasis en la gestión de la liquidación-recaudación de los derechos de los distintos capítulos para mejorar sus porcentajes de reconocimiento-recaudación y evitar así problemas de déficit y de liquidez. 4.- Estado y situación de la deuda. Actualmente, el capital vivo de las operaciones de crédito a largo plazo existentes a 31 de Diciembre de 2008 es de 637.219,04 euros y el de la operación proyectada ascendería a un importe total de 400.000,00 euros, ascendiendo a un importe total de 1.037.219,04 euros, lo que representa un 30,33 % de los ingresos corrientes y que con el ritmo de amortización previsto en el ejercicio 2.015 arrojaría un capital vivo de la deuda a largo plazo por importe de 313.254,75 euros. 5.- Evolución del ahorro neto. Como puede observarse en la proyección cuantificada, el importe que arroja el valor del ahorro neto a lo largo del periodo de duración del plan, es positivo desde el primer ejercicio del plan, por lo que con los ingresos corrientes se podría atender a los gastos corrientes y a las amortizaciones de las operaciones de crédito a largo plazo y, se cumpliría con el objetivo que se requiere para la formalización de la nueva operación. 6.- Evolución de la estabilidad presupuestaria. Como puede observarse en la proyección cuantificada, la diferencia entre los ingresos no financieros (capítulos I a VII del presupuesto de ingresos) y los gastos no financieros, (capítulos I a VII del presupuesto de gastos) sería negativa para los ejercicios 2.009 (pero teniendo en cuenta el pendiente de cobro y pendiente de contabilizar en la practica el resultado sería positivo) y positiva a partir del segundo ejercicio del plan. 7.- Conclusiones. Del análisis de la proyección cuantificada de los ingresos y gastos durante el periodo de duración del plan, se comprueba que se obtiene ahorro neto positivo, es decir, que los ingresos corrientes son suficientes para atender los gastos corrientes y los derivados de la amortización de la deuda, con lo que se cumple con el objetivo fijado para este plan y, se puede formalizar la nueva operación de crédito a largo plazo. No obstante, debe tenerse en cuenta que para garantizar la viabilidad del Ayuntamiento durante los próximos ejercicios, debe realizarse un exhaustivo control de la aportación municipal a las inversiones y contrataciones de personal, bien logrando un mayor grado de financiación por agentes externos, así como, poner especial énfasis en mejorar los porcentajes de recaudación por distintos conceptos para evitar la generación de déficit de tesorería. Barcarrota, 14 de Julio de 2009 Fdo.: D. Santiago M. Cuadrado Rodríguez ALCALDE PRESIDENTE En cuanto el Ministerio de Economía y Hacienda nos apruebe el Plan estarán a disposición de cualquier vecino el listado de las facturas que se pagarán para que comprueben los vecinos que se trata de deudas municipales del periodo del pacto PP e IU locales. Así mismo el alcalde o cualquier otro concejal les dará las explicaciones que exija el vecino que nos pregunte. |