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Villalengua - Zaragoza

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España > Zaragoza > Villalengua
30-03-08 18:29 #780560
Por:Crispín Mínguez

ARRIENDO DE FINCAS DE LA ENCOMIENDA EN 1841


ARRIENDO DE FINCAS DE LA ENCOMIENDA EN 1841


Arriendo por parte de la Encomienda del Hospital de San Juan de Jerusalén ( Orden de Malta ) del molino harinero, tierras adyacentes al mismo, horno de pan cocer, de diecioch finca

ARRIENDO DE FINCAS DE LA ENCOMIENDA EN 1841


Arriendo por parte de la Encomienda del Hospital de San Juan de Jerusalén ( Orden de Malta ) del molino harinero, tierras adyacentes al mismo, horno de pan cocer, de diecioch fincas rústicas y de la casa-palacio con bodega, todos esos bienes sitos en el pueblo de Villalengua, en el año 1841.


No hace mucho he tenido la oportunidad de examinar y fotocopiar unos legajos, guardados en el Archivo Histórico Provincial de Zaragoza ( AHPZ ), que contienen los expedientes y diligencias del arriendo en pública subasta de los bienes arriba indicados, sitos en Villalengua.

ARRIENDO DEL MOLINO Y TIERRAS ADYACENTES

El primer legajo contiene el pliego de condiciones y diligencias para el arriendo del molino harinero ( supongo que se trata del molino de Arriba, ya que el de Abajo fue batán - en algún documento lo llaman molino trapero - hasta su adaptación para moler cereales ), las tierras colindantes con el mismo, y el horno de pan cocer.

Entre las cláusulas del pliego destacan las condiciones siguientes:

- El arrendamiento será por tres años, comenzará el 1 de mayo de 1841 y terminará el 30 de abril de 1844; y el de las tierras adyacentes el 14 de agosto, al terminar la cosecha.
- Las ofertas se harán al alza, saliendo en 1083 rs. y 25 ds., más 30 cahíces y 5 medias de trigo limpio por el molino y tierras adyacentes, y por el horno de pan cocer desde 1516 rs. y 9 ds.
- Las cantidades en que resulten adjudicados se pagarán anualmente el día del vencimiento, y en lo tocante al trigo dentro del mes de agosto, después de la cosecha, de forma que la primera sea la del año 1842.
- Los pagos se verificarán en Calatayud y al Administrador o encargado de la Encomienda.
- El molino y el horno se entregarán con sus respectivos inventarios.
- 1 -



Las cláusulas se extienden a lo largo de dos folios y terminan diciendo que " el remate de los expresados arriendos " ( adjudicación ) no tendrá efecto hasta ser aprobado y comunicado al Apoderado de la Encomienda.

El documento está fechado en Calateyud, a 5 de marzo de 1841. Lo firma José Valero y Lobera, Apoderado de la Encomienda.

Las diligencias van firmadas por el notario de Calatayud Juan Francisco Mochales.
En una se dice que se notifique a los alcaldes de Moros ,Villalengua y Torrijo para que lo anuncien en los lugares acostumbrados. En otra, que la subasta tendrá lugar el domingo 14 de marzo en las casas consistoriales de Calatayud. Hay otra que dice que la subasta se realizó en la fecha y en el lugar indicado, la presidieron Don Victoriano Martínez, Alcalde primero Constitucional, y Don José Valero Lobera, Administrador de la Encomienda de Calatayud.
Sigue la diligencia anterior diciendo que enterados los licitadores del pliego de condiciones, por Miguel Vicioso, vecino de Villalengua, se hizo la oferta de cubrir la subasta del molino y tierras adyacentes. La subasta del horno quedó desierta.
Hay un escrito del Alcalde Constitucional de Villalengua, Juan Agustín Ximénez, dirigido al señor Comendador de la encomienda de Calatayud, en el que le comunica haber recibido su notificación sobre la subasta del molino, y que le ha transmitido su contenido a Miguel Vicioso. En el membrete pone Alcaldía Constitucional de Villalengua.
En la última diligencia, de 4 de abril de 1841, se dice que Antonio Germán, vecino de Villalengua, ha mejorado la oferta, y se le ha adjudicado el arriendo del molino con sus tierras adyacentes en 1354 rs. y 33 cahíces y 5 medias de trigo limpio.
Por lo expuesto al final de esa diligencia, el arriendo del horno no tuvo oferta que mejorara la proposición hecha por francisco lozano, vecino de Villalengua, por lo que se le adjudica a él en 800 rs.

Calatayud, en sus Casas Consistoriales, a 4 de abril, de 1841.
Firman: Victoriano Martínez, Alcalde primero Constitucional.
José Valero y Lobera, Administrador de la Encomienda.
Juan Francisco Mochales, notario.




- 2 -


DE LAS FINCAS RÚSTICAS Y CASA PALACIO

En otro legajo hay varios documentos encabezados con el siguiente membrete : " ADMINISTRACIÓN DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA , Orden de San Juan, Encomienda de Calatayud ".
En el pliego de condiciones, se anuncia el arrendamiento en pública subasta de diferentes fincas sitas en varios pueblos de la comarca, dieciocho de ellas en Villalengua.

- El arrendamiento será por tres años, desde el 1 de octubre de 1841 a 29 de septiembre de 1844.
- Las cantidades en que se rematen ( adjudiquen ) dichas fincas se abonarán anualmente el 29 de septiembre al Administrador de la Encomienda residente en Calatayud.
- En caso de perjuicios en las cosechas por catástrofes naturales: heladas, sequía, pedrisco, riadas....etc., y después de ser tasadas por un perito, el arrendatario pagará la mitad de lo acordado.
- Todas las cargas y alfardas ( impuestos por riegos ) serán por cuenta del rematante ( adjudicatario del arriendo ), así como la reparación y limpieza de los azudes y acequias que se realicen durante el tiempo del arrendamiento
- No tendrá efecto la subasta hasta que haya recaído la aprobación del Señor Intendente y confirmada por la Dirección general de rentas y Arbitrios de Amortización a cuya superioridad será remitido al efecto el expediente.

El documento está fechado en Zaragoza, a 15 de marzo de 1841, y lleva la firma de Mariano Ruiz de Mendoza, pero no indica en calidad de que cargo lo hace.

Hay otro documento, con membrete, que dice: " Al oportuno tiempo se previno por esta administración al apoderado de la Encomienda de Calatayud, y ante la autoridad constitucional de esa ciudad, el arrendamiento en pública subasta de todos los bienes rústicos sitos en ella y en diferentes pueblos, así que también de la CASA-PALACIO con bodega en el de Villalengua, por un periodo de tres años, desde el 1 de octubre inmediato y por lo que hace a la referida CASA-PALACIO CON BODEGA por igual tiempo desde el primero de noviembre siguiente, ...". El documento sigue diciendo que según el oficio, de 22 de abril de 1841, los bienes se adjudicaron mediante tres subastas y que se consiguieron los remates convenidos en el pliego de condiciones.

- 3 -



Y que la mencionada CASA-PALACIO con bodega se remató a favor de Don José Peyró por el tanto de 1120 rs. y con aumento a su renta actual de 320 rs. ".

El documento está fechado en Zaragoza, a 3 de mayo de 1841, y está firmado por Genaro Camarasa, y no indica su cargo. En el margen izquierdo hay varias diligencias, de fecha 5 y 11 de mayo, firmadas por el Intendente provincial de la Encomienda y por Mariano Ruiz de Mendoza.

Según la relación de fincas rústicas, las sitas en Villalengua estaban en los siguientes términos: una en la Torre, tres en San Juan, cinco en Casillas, tres en el Merino, dos en Val de la Sancha ( Val de La Casa ? ), tres en los Nogales, y una en el Molino Quemado.
Y según otro documento, fueron adjudicadas a: José Peyró ( este señor - que como hemos visto arrendó también la Casa Palacio, la Casa de la Encomienda, hoy de Maximiliano - figura como arrendatario de tres treudos, arrendamientos a largo plazo, en las tributaciones de 17 de noviembre de 1814 ), Manuel Hernández, Antonio Gil, Miguel Cecilia, Blas Gil, José Bermúdez, Tomás Hidalgo José Villar y Felipe Vergara.

NOTA. Me chocó el hallar estas subastas de arrendamientos en una fecha tan tardía, ya que la ley Desamortizadora de los bienes eclesiásticos se promulgó el 29 de julio de 1837.
Quizá sea por eso que las subastas las debe presidir el Alcalde Constitucional de Calatayud, y en la última cláusula del pliego de condiciones se diga que la subasta debe ser confirmada por la Dirección de Rentas y Arbitrios de Amortización.
También el hecho de que estos legajos estén en el AHPZ y no en el AHN de Madrid - en donde están los documentos de la Orden del Hospital de San Juan - son un indicio de que se están aplicando las leyes desamortizadoras y que tienen que rendir cuentas a la hacienda pública.





Crispín Mínguez



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s rústicas y de la casa-palacio con bodega, todos esos bienes sitos en el pueblo de Villalengua, en el año 1841.


No hace mucho he tenido la oportunidad de examinar y fotocopiar unos legajos, guardados en el Archivo Histórico Provincial de Zaragoza ( AHPZ ), que contienen los expedientes y diligencias del arriendo en pública subasta de los bienes arriba indicados, sitos en Villalengua.

ARRIENDO DEL MOLINO Y TIERRAS ADYACENTES

El primer legajo contiene el pliego de condiciones y diligencias para el arriendo del molino harinero ( supongo que se trata del molino de Arriba, ya que el de Abajo fue batán - en algún documento lo llaman molino trapero - hasta su adaptación para moler cereales ), las tierras colindantes con el mismo, y el horno de pan cocer.

Entre las cláusulas del pliego destacan las condiciones siguientes:

- El arrendamiento será por tres años, comenzará el 1 de mayo de 1841 y terminará el 30 de abril de 1844; y el de las tierras adyacentes el 14 de agosto, al terminar la cosecha.
- Las ofertas se harán al alza, saliendo en 1083 rs. y 25 ds., más 30 cahíces y 5 medias de trigo limpio por el molino y tierras adyacentes, y por el horno de pan cocer desde 1516 rs. y 9 ds.
- Las cantidades en que resulten adjudicados se pagarán anualmente el día del vencimiento, y en lo tocante al trigo dentro del mes de agosto, después de la cosecha, de forma que la primera sea la del año 1842.
- Los pagos se verificarán en Calatayud y al Administrador o encargado de la Encomienda.
- El molino y el horno se entregarán con sus respectivos inventarios.
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Las cláusulas se extienden a lo largo de dos folios y terminan diciendo que " el remate de los expresados arriendos " ( adjudicación ) no tendrá efecto hasta ser aprobado y comunicado al Apoderado de la Encomienda.

El documento está fechado en Calateyud, a 5 de marzo de 1841. Lo firma José Valero y Lobera, Apoderado de la Encomienda.

Las diligencias van firmadas por el notario de Calatayud Juan Francisco Mochales.
En una se dice que se notifique a los alcaldes de Moros ,Villalengua y Torrijo para que lo anuncien en los lugares acostumbrados. En otra, que la subasta tendrá lugar el domingo 14 de marzo en las casas consistoriales de Calatayud. Hay otra que dice que la subasta se realizó en la fecha y en el lugar indicado, la presidieron Don Victoriano Martínez, Alcalde primero Constitucional, y Don José Valero Lobera, Administrador de la Encomienda de Calatayud.
Sigue la diligencia anterior diciendo que enterados los licitadores del pliego de condiciones, por Miguel Vicioso, vecino de Villalengua, se hizo la oferta de cubrir la subasta del molino y tierras adyacentes. La subasta del horno quedó desierta.
Hay un escrito del Alcalde Constitucional de Villalengua, Juan Agustín Ximénez, dirigido al señor Comendador de la encomienda de Calatayud, en el que le comunica haber recibido su notificación sobre la subasta del molino, y que le ha transmitido su contenido a Miguel Vicioso. En el membrete pone Alcaldía Constitucional de Villalengua.
En la última diligencia, de 4 de abril de 1841, se dice que Antonio Germán, vecino de Villalengua, ha mejorado la oferta, y se le ha adjudicado el arriendo del molino con sus tierras adyacentes en 1354 rs. y 33 cahíces y 5 medias de trigo limpio.
Por lo expuesto al final de esa diligencia, el arriendo del horno no tuvo oferta que mejorara la proposición hecha por francisco lozano, vecino de Villalengua, por lo que se le adjudica a él en 800 rs.

Calatayud, en sus Casas Consistoriales, a 4 de abril, de 1841.
Firman: Victoriano Martínez, Alcalde primero Constitucional.
José Valero y Lobera, Administrador de la Encomienda.
Juan Francisco Mochales, notario.




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DE LAS FINCAS RÚSTICAS Y CASA PALACIO

En otro legajo hay varios documentos encabezados con el siguiente membrete : " ADMINISTRACIÓN DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA , Orden de San Juan, Encomienda de Calatayud ".
En el pliego de condiciones, se anuncia el arrendamiento en pública subasta de diferentes fincas sitas en varios pueblos de la comarca, dieciocho de ellas en Villalengua.

- El arrendamiento será por tres años, desde el 1 de octubre de 1841 a 29 de septiembre de 1844.
- Las cantidades en que se rematen ( adjudiquen ) dichas fincas se abonarán anualmente el 29 de septiembre al Administrador de la Encomienda residente en Calatayud.
- En caso de perjuicios en las cosechas por catástrofes naturales: heladas, sequía, pedrisco, riadas....etc., y después de ser tasadas por un perito, el arrendatario pagará la mitad de lo acordado.
- Todas las cargas y alfardas ( impuestos por riegos ) serán por cuenta del rematante ( adjudicatario del arriendo ), así como la reparación y limpieza de los azudes y acequias que se realicen durante el tiempo del arrendamiento
- No tendrá efecto la subasta hasta que haya recaído la aprobación del Señor Intendente y confirmada por la Dirección general de rentas y Arbitrios de Amortización a cuya superioridad será remitido al efecto el expediente.

El documento está fechado en Zaragoza, a 15 de marzo de 1841, y lleva la firma de Mariano Ruiz de Mendoza, pero no indica en calidad de que cargo lo hace.

Hay otro documento, con membrete, que dice: " Al oportuno tiempo se previno por esta administración al apoderado de la Encomienda de Calatayud, y ante la autoridad constitucional de esa ciudad, el arrendamiento en pública subasta de todos los bienes rústicos sitos en ella y en diferentes pueblos, así que también de la CASA-PALACIO con bodega en el de Villalengua, por un periodo de tres años, desde el 1 de octubre inmediato y por lo que hace a la referida CASA-PALACIO CON BODEGA por igual tiempo desde el primero de noviembre siguiente, ...". El documento sigue diciendo que según el oficio, de 22 de abril de 1841, los bienes se adjudicaron mediante tres subastas y que se consiguieron los remates convenidos en el pliego de condiciones.

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Y que la mencionada CASA-PALACIO con bodega se remató a favor de Don José Peyró por el tanto de 1120 rs. y con aumento a su renta actual de 320 rs. ".

El documento está fechado en Zaragoza, a 3 de mayo de 1841, y está firmado por Genaro Camarasa, y no indica su cargo. En el margen izquierdo hay varias diligencias, de fecha 5 y 11 de mayo, firmadas por el Intendente provincial de la Encomienda y por Mariano Ruiz de Mendoza.

Según la relación de fincas rústicas, las sitas en Villalengua estaban en los siguientes términos: una en la Torre, tres en San Juan, cinco en Casillas, tres en el Merino, dos en Val de la Sancha ( Val de La Casa ? ), tres en los Nogales, y una en el Molino Quemado.
Y según otro documento, fueron adjudicadas a: José Peyró ( este señor - que como hemos visto arrendó también la Casa Palacio, la Casa de la Encomienda, hoy de Maximiliano - figura como arrendatario de tres treudos, arrendamientos a largo plazo, en las tributaciones de 17 de noviembre de 1814 ), Manuel Hernández, Antonio Gil, Miguel Cecilia, Blas Gil, José Bermúdez, Tomás Hidalgo José Villar y Felipe Vergara.

NOTA. Me chocó el hallar estas subastas de arrendamientos en una fecha tan tardía, ya que la ley Desamortizadora de los bienes eclesiásticos se promulgó el 29 de julio de 1837.
Quizá sea por eso que las subastas las debe presidir el Alcalde Constitucional de Calatayud, y en la última cláusula del pliego de condiciones se diga que la subasta debe ser confirmada por la Dirección de Rentas y Arbitrios de Amortización.
También el hecho de que estos legajos estén en el AHPZ y no en el AHN de Madrid - en donde están los documentos de la Orden del Hospital de San Juan - son un indicio de que se están aplicando las leyes desamortizadoras y que tienen que rendir cuentas a la hacienda pública.





Crispín Mínguez



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Puntos:
11-09-08 19:14 #1167093 -> 780560
Por:Crispín Mínguez

RE: ARRIENDO DE FINCAS DE LA ENCOMIENDA EN 1841
He subido el escrito anterior a la cabecera del foro para que lo lea una persona interesada en el tema
Puntos:

Tema (Autor) Ultimo Mensaje Resp
VILLALENGUA Encomienda y señorío de la Orden............. Por: manuel clavero 29-11-11 18:22
Crispín Mínguez Martínez
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ARRIENDO DE FINCAS DE LA ENCOMIENDA EN 1841 Por: Crispín Mínguez 30-03-08 18:09
Crispín Mínguez
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