De 1816 a Denuncias de 1916 en Villafrechós UN SIGLO DE DISTANCIA ENTRE UN HECHO Y OTROS.EN UN SUPUESTO SE PROHIBIO EL RESPIGUEO SIN MÁS.Por tensiones con los Pastores sobre los aprovechamientos despues de recogida la simiente. En el otro "Los campesinos se aprovechaban de que la tierra que estaba segada,y las mieses en Morena,para coger unas brazadas de frutos(Trigo-Cebada). Así,si nos acercamos a la Documentación del Juzgado municipal de VILLAFRECHOS que se custodia en el Archivo Histórico Provincial de Valladolid,encontramos Sentencias de hurtos. El Guarda Jurado de Villafrechós,Félix Román,denunció el 18-8-1916 "a sus convecinas María Rodriguez,Lorenza y Felícitas Cuenca y a Isabel,Leocadia Margarita y Victoria Rodriguez,por haber cogido mieses en unas Morenas de Trigo de la propiedad de D.Eloy Represa y de Felicísimo Gutiérrez en unas tierras de los mismos. El siguiente:19-de agosto denunció nuevamente "a sus convecinas María Rodriguez,Loranza y Felicitas Cuenca y a Isabel,Leocadia,Margarita y Victoria Rodriguez,por haberlas sorprendido cogiendo mieses en unas Morenas de D. Aurelio Gil y Millán Loya cuyo hecho tuvo lugar a las 7 de la mañana siéndolas ocupadas "los sacos y Fardeles...con mieses de referencia". De hecho,algunas campesinas ampararon sus actuaciones en la legitimidad de espigueo.Bonifacio Bernardo,jornalero,tembién vecino de Villafrechós,fue denunciado en 1923 al ser sorprendido respigando entre Morenas y robando en ellas". El juício fue celebrado pocos días despues en el Juzgado Muncipal. La Defensa se articulaba en torno a que cuando fueron sorprendidos respigando entre morenas ya habían respigado en otros lugares la mies de los sacos y fardeles,donde no había morenas. Ignoro si el Guarda Jurado pudo probar que les cogió con las manos en la masa.Si así no lo hizo la duda sería patente,creer a uno o a los otros y en esos casos la Doctrina es "Indubio pro Reo".En la duda se ha de fallar en favor del reo. |