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Tudela de Duero - Valladolid

Poblacion:
España > Valladolid > Tudela de Duero
04-12-07 11:59 #589240
Por:No Registrado
Solidaridad con los discapacitados en Tudela
Hola, muy buenas a tod@s, aunque para mi no lo sean tanto, pues este post es para hacer una critica, la cual espero se convierta en constructiva. Se que voy a dar el toston, pero si esto sirve apra concienciar a alguien o evitar que mi problema vuelva a suceder, me dare por satisfecho.
En primer lugar felicitar a todos los habitantes de Tudela por tener una sitio tan bonito donde vivir. Y luego dar un un poco de caña a las autoridades, agentes municipales y encargados de urbanismo. Desde 1998 existe la Ley de Accesibilidad y Eliminacion de Barreras Arquitectonicas para facilitar y dar los mismos derechos a las personas de avanzada edad o que padecemos alguna discapacidad. Pero en este municipio se saltan esta ley a la torera. Aunque es cierto que esta muy bien adaptada, no se tienen en cuenta los casos excepcionales.
Remitiendome al dia en cuestion, fue hace unos meses, cuando todos sus vecinos recordaran que la calle Calvario y sus aledaños estaban en obras, sin habilitar una zona de aparcamiento para carga y descarga, ni para discapacitados. Expngo los Hechos aportando el segundo recurso que presente, siendo desestimado como el anterior.

Exclmo. Ayuntamiento
TUDELA DE DUERO
Plz. De España, 1
47320 Tudela de Duero (Valladolid)

Att/ REGISTRO del Excelso. Ayuntamiento de Tudela de Duero.

Remite: Francisco Javier Miravete Gual

Estimad@s Señor@s, les remito el siguiente CERTIFICADO POSTAL como RECURSO de REPOSICION a la RESOLUCION por SANCION de la Policia Local de su ciudad, a la que ruego remitan copia del escrito, tras su entrada en el registro de su Ayuntamiento.

Por lo que EXPONGO: Que el conductor del vehículo sancionado era yo, Francisco Javier Miravete Gual. Que padezco una minusvalía acreditada por los documentos que acompaño del 65% con una movilidad reducida de 7 puntos. Que la sanción interpuesta fue por estacionar en una calle peatonal, concretamente la calle Calvario, la cual se encontraba en obras, tanto ella como sus aledaños haciendo imposible el estacionamiento normal de los vehículos. No habiendo una zona especifica habilitada para carga y descarga o para discapacitados, y debido a las obras no tuve mas remedio que estacionar en la mencionada calle. Durante un corto espacio de tiempo y permitiendo siempre paso de peatones y vehículos, sin que ello fuera un estorbo o peligro. Por lo tanto, cumpliendo con LEY 1/1998, DE 5 DE MAYO. LEY DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y DE LA COMUNICACIÓN BOE DE 09-06-98 en su punto C) por el caso fortuito de las obras en la mencionada calle, tanto como en la plaza no tuve mas remedio que estacionar en el emncionadao lugar, que también carecia de señalización de prohibido aparcar, asi como vado. Por todo lo aquí expuesto y no habiendo perjudicado a nadie, ruego estudien mi caso y tengan a bien el desestimar la sancion.
En espera de sus noticias, reciban un cordial saludo.

Ruego remitan Copia si es necesario a la Policia Local de su Ciudad

LEY 1/1998, DE 5 DE MAYO. LEY DE ACCESIBILIDAD Y
SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS
Y DE LA COMUNICACIÓN
BOE DE 09-06-98

15. Accesibilidad en los vehículos de uso privado que transporten a personas con
discapacidad.

1. Al objeto de que las personas con discapacidad que lo necesiten puedan estacionar su
vehículo sin verse obligados a efectuar largos desplazamientos, los Ayuntamientos
deberán aprobar normativas que faciliten dichas actuaciones.
2. Las especificaciones concretas que contemplarán, como mínimo, las normativas
municipales al efecto, serán las siguientes:
a) Permitir a dichas personas aparcar más tiempo que el autorizado en los lugares de
tiempo limitado.
b) Reservarles, en los lugares donde se compruebe que es necesario, plazas de
aparcamiento.
c) Permitir a los vehículos ocupados por las personas mencionadas estacionar en
cualquier lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible y siempre que no se
entorpezca la circulación de vehículos o el paso de peatones.

Pues todo esto queda expuesto, porque es muy facil desestimar una ley que esta vigente desde 1998, y remitirte a sus juzgados, lo cual implica por una sancion de 40 € tener que desplazarme a Valladolid con mi minusvalia, contratar un abogado y recurrir.. asi espero llene sus aracas el Ayuntamiento a costa de los mas desfavorecidos, que ni nos podemos permitir con nuestra pension un abogado para estas cosas, y menos desplazarnos. Pero en fin, sobre sus conciencias recaiga. Yo pagare la multa y hago saber mi malestar con esta falta de sensibilidad que tienen algunos ayuntamientos y agentes de la ley, ke deberian facilitarnos las cosas, en vez de ponernos mas deficil la vida que tenemos.
Gracias por leerme y esepro me comprendan. No tengo nada encontra de su ciudad y sus habitantes, pero esto es de juzgado de guardia y nunca mejor dicho. Salut
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