Basuras Núm. 299 Martes, 31 de diciembre de 2013 Pág. 41 III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA El Pleno del Ayuntamiento de Renedo de Esgueva, en sesión ordinaria de fecha 23 de diciembre, acordó aprobar expresamente, con carácter definitivo, la redacción final de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la Tasa de Recogida de Basuras, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, lo que se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Contra los acuerdos podrán los interesados interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. ANEXO I ORDENANZA FISCAL DE LA TASA DE RECOGIDA DE BASURAS Artículo 6. Apartado 3. CUOTA TRIBUTARIA a) Por cada vivienda o bodegas................................................................42 € (Se entiende por vivienda la destinada a domicilio de carácter familiar) b) Oficinas, Despachos y Comercios........................................................42 € c) Restaurantes, Cafeterías, Bares y Tabernas........................................60 € d) Hostales, Pensiones y Residencias......................................................80 € e) Talleres y Almacenes ............................................................................42 € f) Ludotecas, Colegios y Guarderías........................................................80 € g) Parque Temático .................................................................................100 € h) Centros Asistenciales..........................................................................100 € i) Supermercados...................................................................................100 € j) Industrias ............................................................................................100 € Renedo de Esgueva, 23 de diciembre de 2013.–El Alcalde, Luis Fernández Carbajo. cve-BOPVA-A-2013-07927 Para los que no vamos a los plenos,por cualquier causa,nuevos cambios en la tasa de basuras. |