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Aldeamayor de San Martín - Valladolid

Poblacion:
España > Valladolid > Aldeamayor de San Martín
27-11-18 12:27 #14345492
Por:Garcisancho

LEON DE LA RIVA ,ABSUELTO. Y ENSEÑANZAS DE ESTA SENTENCIA
Javier León de la Riva ha sido absuelto en apelación por el TSJ de Castilla y Leon, confirmando la sentencia absolutoria de delito de prevaricación por las Confort Letter ( Avales de garantías de un préstamo dado por otra persona jurídica).

El Tribunal recuerda que:" Y en relación con la prevaricación administrativa, se insiste en que el acto administrativo ha de ser una resolución que, más allá de la mera ilegalidad, incurra en arbitrariedad -porque aquella ilegalidad sea evidente, patente, flagrante y clamorosa- (SSTS de 5 de abril de 2017 y 20 de junio de 2018, entre las más recientes) y que además de ser jurídicamente incorrecta, no sea sostenible mediante ningún método aceptable de interpretación de la ley, por ser palmaria, patente, evidente o, incluso, esperpéntica (SSTS de 24 de septiembre de 2002, 2 de abril de 2003 u 8 de junio de 2006, entre otras)".
Por eso dice la Jurisprudencia que no se trata de sustituir a la jurisdicción administrativa, en su labor de control de la legalidad de la actuación de la Administración Pública, por la jurisdicción penal a través del delito de prevaricación, sino de sancionar supuestos límite, en los que la actuación administrativa no sólo es ilegal, sino además injusta y arbitraria (SSTS 259/2015, de 30 de abril y 362/2018, de 18 de julio)..

Nadie está exento de cometer errores profesionales en su trabajo. Nadie. Pero de ahí no se puede extraer la consecuencia de que el error sea intencionado, es decir, que de manera deliberada el que se equivoca lo hace con plena conciencia de su error y pleno desprecio a la Ley.
Que Leon de la Riva se equivocó es evidente. Debería haber pasado por el Interventor Municipal y por el Secretario Municipal cualquier papel que en la Sociedad de Alta Velocidad de Valladolid le hubieran puesto a la firma, o bien, requerir en la propia Sociedad informes juridicos, y no fiarse de que los bancos son expertos y saben lo que hacen.Fue un grave error,y lo ha pagado; pero no cometió delito por cuanto faltó el elemento intencional ( dolo en términos técnico-juridicos).

Esto me recuerda que todo el equipo de gobierno y otros concejales, e incluso el Secretario Municipal del Ayuntamiento de Aldeamayor de san Martinn han sido denunciados por prevaricación por los Ecologistas.
Creo que el último párrafo transcrito en cursiva de la Sentencia citada nos da la clave de interpretación de la denuncia : sustituye un juicio que compete a lo contencioso por un presunto juicio penal,pero por mucho que lo intenten les faltará siempre demostrar que la actuación del Ayuntamiento y del Secretario fue arbitraria y grosera, pues el informe del Secretario, que justificó la emisión del voto por los Concejales, estaba perfectamente motivado tanto en sus hechos como en los fundamentos jurídicos con Sentencias del Tribunal Supremo.

Voy a hacer de profeta : la denuncia de los Ecologistas contra los concejales y el Secretario, unos por votar, y el otro por informar favorablemente el derecho a voto de los concejales, está abocada a no ser ni tan siquiera admitida a trámite por la Fiscalía, por una sola razón : No compete a la Fiscalía de lo penal enjuiciar un informe en un procedimiento administrativo cuando se ha realizado dentro del mismo y con los requisitos que pide la Ley. Puede incluso, no es el caso, que el informe esté equivocado, pero ni aún así lo penal se puede meter en este asunto sin que previamente un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo determinara que tal informe , y en consecuencia tal acuerdo es " arbitario, palmariamente ilegal, o manifiestamente grosero"; y eso no se va a producir.

En fin : Mi felicitación a León de la Riva; y mi convencimiento de que en el caso del Ayuntamiento de Aldeamayor la cosa ni siquiera será admitida a trámite.
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