02-08-13 14:05 | #11480622 |
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02-08-13 18:44 | #11481078 -> 11480622 |
Por:robespierre2013 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: las mentiras tienen las patas muy cortas Ayer jueves día 1 de agosto de 2013 en el debate parlamentario por el asunto Barcenas, se pidió reiteradamente la dimisión del Presidente del Gobierno. Se habló hasta de presentar una moción de censura contra Rajoy, que no triunfará porque el PP tiene mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, pero por la corrupción insoportable que hay en el Gobierno se habla, insisto, de moción de censura aunque no se gane. ¿Qué intereses pueden haber en Godelleta para que aquí no se presente una moción de censura contra el más que deficiente Gobierno municipal del PP?. Aquí si que triunfaría porque el PP no tiene mayoría absoluta. Hemos leido estos días un panfleto de EUPV-PUG que se ha repartido por el pueblo y las urbanizaciones y en el que se pide al Señor Alcalde que dimita. ¿Qué opina el PSOE?. Ese mismo PSOE que en Madrid quiere tirar a Rajoy y en Godelleta tolera a Marín como Alcalde. La verdad que no lo entiendo. Ahora me llegan noticias de que hay movimientos en Godelleta. Curiosamente parece que ahora el problema está en la persona del PSOE para ocupar la Alcaldía durante dos años (lo que queda de legislatura). Hay un veto del PSOE de Godelleta hacia la persona que actualmente es la portavoz del PSOE, esa misma persona que encabezó la lista como candidata a Alcaldesa de Godelleta. Moción de censura para desalojar al PP del Gobierno municipal, ¡SI!, pero el PSOE de Godelleta quiere designar a una persona de consenso dentro del Partido y, evidentemente, la actual portavoz no lo es. El PSOE de Godelleta, según parece, ya ha convocado a IU para tratar el asunto. LLegan un año tarde, pero llegan. Lo que sí parece es que el PP tiene las horas contadas, las que quedan hasta septiembre cuando se celebre la sesión del Pleno con la moción de censura. | |
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02-08-13 19:33 | #11481169 -> 11481078 |
Por:vup ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: las mentiras tienen las patas muy cortas Debes tomar cafe con sacarino o con sus fuentes, por lo que veo. Yo no lo veo tan facil. Lo del consenso es facil, eso lo tienen consensuado desde hace 1 año,o mas, tal vez solo les falta consensuarlo con el pp. Me extraña mucho de que hayan convocado a IU para tratar el asunto, maxime si consideramos que IU esta esperando desde un año que les digan el resultado del posible pacto del año pasado. Que duda cabe de que la cabeza de lista les ha salido rana, no se pliega a sus juegos, ese es el motivo del veto. Solo me entra una duda: si alguien dijo en su dia que la habian puesto de cabeza de lista porque no habia nada mejor ¿ quien la va a sustituir que tenga mejores aptitudes? A lo mejor no es un problema de aptitudes, solo de que el elegido/da sea un tanto marioneta, algo que no han conseguido con Elisa. Desde luego no veo que sea el bien del pueblo lo que subyaceria detras de esa mocion de censura que anuncias, tan solo el unos poquitos. Ya lo dijo aquel, muchos seran los llamados y pocos los elegidos. De cualquier forma la idea principal de este asunto de hoy no iba por el tema de mociones de censura. La cosa iba por esa mocion que se aprobo el pleno pasado sobre hacer un informe tecnico juridico en el ayuntamiento. Se supone que ese informe lo van a hacer los mismos que facilmente podemos ver que generan unos informes poco fiables, que entran en clara contradiccion con lo que se cuece por otros lares. Lo demuestran el penalty del PGOU, el bonito informe de la secretaria sobre las alegaciones a la cuenta de 2012, en el que se comio la mitad de la sentencia que utilizo para intentar tumbar las alegaciones, el informe presentado a la mocion de IU/PUG sobre cabuchuelos y que luego hizo extensivo a la mocion del PSOE, y otros muchos informes nada claros. Apañaos vamos si la legalidad de los proyectos urbanisticos va a depender de lo que nos digan esos informes. Ya los puedo anticipar yo: TODO ESTA SUJETO A LA MAS ESTRICTA LEGALIDAD. NO SE DEDUCE ILEGALIDAD ALGUNA. Todo ello seguido de una recomendacion para otorgar al equipo de gobierno y a alguno mas el Nobel de la Legalidad Urbanistica, de reciente creacion. Los premiados, en un alarde de generosidad, daran el premio, 10 millones de euros, a Cabuchuelos, para hacerles mas liviana la ejecucion de sentencia. Con lo que sobre, techo desmontable para el campo de futbol, para no mojarse jugando al futbol y mejor mantener el cesped. La otra recomendacion de los informes seria la de presentar una mocion de censura contra la generalitat, que se dedica a hacer informes contrarios a la ley y sin sentido.El candidato propuesto esta claro quien seria, nuestro alcalde, el cual aportaria los sabios asesoramientos de Sancirilo, Lorente y del equipo habitual para mayor gloria de toda la comunidad. | |
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03-08-13 11:05 | #11481812 -> 11481169 |
Por:robespierre2013 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: las mentiras tienen las patas muy cortas Dos concejales del PSOE en Isla Cristina son... ¡militantes del PP!. Esta noticia de agencia me deja asombrado. ¿No se habrán equivocado de lugar y en lugar de Isla Cristina debe decir Godelleta?. Si no es así que alguien me explique los motivos por los que en Godelleta city no hay una moción de censura contra el PP. Ahora la excusa es la portavoz del PSOE, y ¿qué mas?. | |
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03-08-13 13:14 | #11482003 -> 11481812 |
Por:vup ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: las mentiras tienen las patas muy cortas Los expertos en grandes negocios no van por ahi pregonandolos. No pretenderias que nadie dijera por ahi que no queria la mocion de censura ya que se le iba a jorobar el pelotazo. Es mas facil la tecnica del calamar, una campañita por ahi de difamacion y descalificacion y pelillos a la mar. Eso se les da muy bien, son grandes expertos. La verdad es que resulta curioso lo de Isla Cristina. No me odas que se entera ahora el pp que dos de sus militantes son concejales por el PSOE. Isla Cristina debe tener un censo de 40 0 50 millones de habitantes,39 de los cuales son afiliados al pp, lo que hace incontrolable la situacion. Lo aunque lo mismo se puede aplicar al contrario, aunque uno de ellos no sea afiliado al PSOE, que sea independente. Queda claro que son dos cosas distintas la militancia y la querencia, la ideologia y los intereses, la filosofia y el bolsillo. Aqui y en Pernambuco. Pa muestra un boton. | |
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03-08-13 21:31 | #11482646 -> 11482003 |
Por:alamedacalicanto ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: las mentiras tienen las patas muy cortas Estoy leyendo los mensajes y parece esto a aquello que cantábamos de pequeños y decía (la tarara si la tarara no la tarara madre que la bailo yo) esto que comentáis creo que ya se vivió no hace mucho y se sigue con las manos en la pasteara ( ya borrem) que dicen los ciegos lo incomprensible es que este gobernando el PARTIDO PALMEROS y si por casualidad entra otro partido como esta el patio ,no creo que tengan muchas oportunidades para progresar porque los euros en caja son poquitos si me gustaría que esto cambiara pero lo veo muy pero muy negro bueno Y YA SABÉIS NO ENFADAROS QUE YA SE ARREGLARA PERO (MAÑANA) | |
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05-08-13 13:42 | #11484606 -> 11482646 |
Por:vup ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: las mentiras tienen las patas muy cortas El articulo de inicio de este asunto se ha publicado en La Red Comarcal: https://aredcomarcal.com/not/10241/las_mentiras_tienen_las_patas_muy_cortas/ | |
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06-08-13 14:17 | #11486390 -> 11484606 |
Por:nodalomismo ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: las mentiras tienen las patas muy cortas LAS MENTIRAS E ILEGALIDADES DEL SEÑOR ALCALDE DE GODELLETA SOBRE LA TRAMITACIÓN DE LA REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA Se adoptó el siguiente acuerdo en el Pleno del día 28 de julio de 2010: Aprobación provisional del Documento Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Godelleta. Documento que se encuentra expuesto en la página web del Ayuntamiento de Godelleta proporcionada por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente. ANTECEDENTES 1.1.- Por el Director General de Urbanismo y Ordenación Territorial, mediante resolución de fecha 5 de noviembre de 2002 se emitió informe favorable del nuevo Plan General de Godelleta, considerando superada la fase de concierto previo con la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, pudiéndose iniciar, en su consecuencia, la tramitación municipal para la aprobación del nuevo Plan General. 1.2.- Por el arquitecto adjudicatario de los trabajos de redacción de la Revisión del Plan General de Godelleta, D. Daniel Ruipérez Cortijo, en el año 2004, se presentó en el Ayuntamiento documento para su exposición pública. 1.3.- El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2004, adoptó acuerdo sobre sometimiento a trámite de información pública, por plazo de un mes, del Plan General de Ordenación Urbana de Godelleta. Igualmente, y de conformidad con lo establecido en los apartados B) y C) del artículo 38.2 de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, reguladora de la Actividad Urbanística –en adelante LRAU-, se recabaron los informes y dictámenes de las distintas administraciones y municipios afectados. 1.4.- La información pública se verificó mediante anuncio publicado en el Diario El Levante, del martes 23 de noviembre de 2004, así como en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 4.893, de fecha 29 de noviembre de 2004. 1.5.- Según se certifica por el Secretario de la Corporación, durante el trámite de información pública, por plazo de un mes, comprendido entre los días 30 de noviembre y 30 de diciembre de 2004, ambos inclusive, se presentaron un total de 171 escritos de alegaciones, cuyos originales obran en el expediente. Estas alegaciones fueron informadas por el arquitecto redactor del documento, en informe que suscribe con fecha 29 de marzo de 2005 por el Arquitecto D, Daniel Ruipérez Cortijo consta de un total de 96 folios, y que causó alta en el Registro General de Entrada el día 8 de abril de 2005 con NRE 703. 1.6.- En el año 2007 según resulta del expediente 115/07, un nuevo equipo redactor contratado por los servicios de Asistencia Técnica a Municipios de la Exma. Diputación Provincial, resultó ser el encargado de elaborar el documento definitivo para su aprobación provisional por el Ayuntamiento. 1.7.- Finalizado el plazo de alegaciones, con fecha 21/02/05 NRE 365 presenta escrito de alegaciones D. Francisco Benlloch y 80 firmantes. El 11/02/05 NRE 298 la Conselleria de Territorio y Vivienda requiere la presentación de documentación complementaria al expediente en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 10/2004, de 9 de diciembre de la Generalitat Valenciana sobre el Suelo No Urbanizable. Copia de todos ellos junto con los informes recibidos de los organismos consultados se facilitaron a la mercantil responsable de la redacción del documento. 1.8.- Fueron informadas las alegaciones presentadas, un total de 182, por el nuevo equipo redactor del PGOU, MERINO Y TERRASA SLP, en informe fechado en noviembre de 2009 y en orden a la aprobación provisional, presentó en el Ayuntamiento con fecha 15/12/2009 NRE 3546 el documento completo para su aprobación provisional. 1.9.- Las modificaciones introducidas en el documento, fueron la causa de que el expediente fuera sometido de nuevo a un segundo periodo de información pública, todo ello conforme al acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día veintiocho de abril de dos mil diez, conforme al cual, se somete a una segunda información pública, por plazo de un mes, las modificaciones introducidas en el documento de Revisión del Plan General de Godelleta, respecto del que fue sometido a información pública en el año 2004, mediante la publicación del documento de revisión de PGOU redactado por MERINO Y TERRASA SLP en la web municipal y anuncio insertado en el diario Las Provincias de 4/05/2010 y en el D.O.C.V. nº 6262 de 7 de mayo de 2010. 1.10.- Que durante este segundo periodo de información pública, se han presentado un total de 840 escritos de alegaciones, todas ellas informadas por el equipo redactor MERINO Y TERRASA SLP, en informe fechado en junio de 2010. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.- El Ayuntamiento procede a continuar con una tramitación ya iniciada al amparo de un marco normativo distinto del actual. El párrafo 1º de la Disposición Transitoria 1ª de la Ley 16/2005 de 30 de diciembre Urbanística Valenciana (LUV) dice textualmente que “los procedimientos urbanísticos, sea cual sea su denominación y naturaleza, iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley, se regirán por la legislación anterior siempre que hubiera incluido el trámite de información pública cuando tal trámite sea preceptivo”. La DT 1ª de la LUV distingue tres fases del procedimiento a las que liga distintos efectos transitorios en la aplicación de la norma anterior, LRAU, o de la nueva LUV. La primera fase, haber concluido el trámite de información pública cuando tal trámite sea preceptivo, aplicable a los procedimientos urbanísticos en general, que deben terminar o concluir con arreglo a la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, Reguladora de la Actividad Urbanística LRAU; Decreto 201/1998, de 15 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana, y demás normas de directa y general aplicación. ALEGACIONES A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA El Ayuntamiento anteriormente se ha referido para continuar con la tramitación al párrafo 1º de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Urbanística Valenciana, obviando el párrafo 3º de la mísma que dice textualmente: “en todo caso resultará de aplicación a todos los Planes y Programas que no hubieran sido aprobados definitivamente con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, las previsiones relativas a viviendas sometidas a algún régimen de protección pública contenidas en los artículos 36.1.i) y 37.1.k), y en la Disposición Adicional Sexta de la presente Ley”. Con este párrafo 3º, el Ayuntamiento está obligado a iniciar una nueva tramitación de la revisión del Plan General de conformidad con la Ley Urbanística Valenciana, no con la Ley 6/1994de 15 de noviembre, Reguladora de la Actividad Urbanística de la Comunidad Valenciana. PRIMERA ILEGALIDAD ACOMPAÑADA DE MENTIRAS LLEVADA A CABO POR EL SEÑOR ALCALDE, QUE DICE UNA Y OTRA VEZ QUE TODO SE ESTA HACIENDO CONFORME A LEY. El señor Alcalde también ha obviado (o no ha querido ver), el DECRETO 67/2006 de 12 de mayo del Consell por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Este Decreto unifica el desarrollo de tres leyes. Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, Ley del Suelo no Urbanizable y la Ley Urbanística Valenciana, y en su DISPOSICIÓN DEROGATORIA 1ª queda derogado el Decreto 201/1998, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, Reguladora de la Actividad Urbanística de la Comunidad Valenciana. SEGUNDA ILEGALIDAD ACOMPAÑADA DE UNA RECOMENDACIÓN. Debe de iniciarse una nueva tramitación de la revisión del Plan General de conformidad con la Ley Urbanística Valenciana, Ley 16/2005 de 30 de diciembre de la Generalitat Valenciana, Ley 4/2004 de 30 de junio de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje de la Generalitat Valenciana. Ley 10/2.004, de 9 de diciembre, de la Generalitat del Suelo No Urbanizable. Y el Decreto 67/2006 de 19 de mayo del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Y se olvide de la Disposición Transitoria Primera, de Ley 6/1994 y del Decreto 201/1998. Esta circular se publica para todos los usuarios que estén en desacuerdo con la tramitación e información de la revisión del Plan General. Es recomendable consultar la primera y la segunda ilegalidad con alguien que haya estudiado Derecho. | |
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