21-06-11 19:27 | #8209934 -> 8193839 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. se sabe algo de la sentencia????????????? | |
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29-06-11 21:58 | #8264024 -> 8209934 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. La Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº5 de Torrent ha dictado SENTENCIA ESTIMATORIA EN SU INTEGRIDAD A FAVOR DE LOS VECINOS DE LA PLATAFORMA Y DECLARA NULOS DE PLENO DERECHO LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DEL DIA 20 DE FEBRERO DE 2010 Y CONDENA EN COSTAS A LA PRESUNTA CP. ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS FASE CUMBRES. Esta es la sentencia del juicio celebrado el día 2 de marzo de 2011. | |
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03-07-11 02:24 | #8287229 -> 8264024 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. PLATAFORMA DE VECINOS CUMBRES DE CALICANTO ** SOMOS UNA OPCIÓN Y NO UNA IMPOSICIÓN ** Cumbres de Calicanto, 30 de junio de 2011. Estimado/a vecino/a: Léase lo que literalmente dice Su Señoría en el apartado TERCERO de los FUNDAMENTOS JURÍDICOS de la Sentencia nº 139/11 del Juzgado de Instancia 5 de Torrent de 23 de junio de 2011: “A la vista de la prueba practicada, tanto de la documental consistente en el listado de los propietarios, como del interrogatorio practicado en la persona del Sr. Presidente y de los que han sido administradores de la demandada, ha quedado acreditado que la Junta no conoce la identidad de todos los propietarios que la conforman. Ello determina que para realizar las convocatorias, se envían por correo o por buzoneo personal en el domicilio a los propietarios cuyo domicilio conocen, o se expone la convocatoria en el tablón de anuncios o en ocasiones en el periódico, y así se cita a todos los propietarios respecto de los cuales no se conoce ningún dato. Y esta forma, desde luego, se realizó la convocatoria de la Junta Extraordinaria hoy impugnada, y esta nula citación de todos y cada uno de los propietarios, es lo que debe llevar directamente a la nulidad de la misma. Y ello por cuanto nótese que la Asociación Cumbres de Calicanto, en lugar de haberse preocupado por conocer a todos y cada uno de los propietarios que forman parte de la misma, se ha limitado a exigir cuotas a los propietarios que conocen, estableciendo unas cuotas fijas que no son las establecidas en los Estatutos, y en base a esa recaudación, establecer unos gastos correspondientes a los servicios comunes que entienden que deben ser prestados. Sin entrar en este momento, respecto a la necesidad o no de estos servicios, pues no es objeto de este procedimiento, si que debe destacarse que la asociación sigue emitiendo recibos a cargo de propietarios a los que nunca ha conocido, girándole unas cuotas, que sabe positivamente que no va a cobrar hasta tanto no consiga su identificación, y aprobando dichas cuotas en Junta a la que nunca les cita en forma. En este supuesto además CONCURRE LA AGRAVANTE DE QUE NO EXISTE NINGÚN ELEMENTO COMÚN EN EL QUE PARTICIPEN TODOS LOS PROPIETARIOS, por lo que cuando una persona adquiere una parcela o vivienda, le es absolutamente imposible saber de la existencia de su obligación de abonar cuotas a la asociación, pues en el momento de la escritura no se le dice que pertenece a la Asociación y nunca recibirá ninguna convocatoria ni acuerdo en su domicilio, pero pese a ello, si llegado el caso se consiguiese por la demandada sus datos y su domicilio en el que notificarle, si que se le exigirá el pago de los recibos devengados desde años anteriores, pues los mismos han sido aprobados por la Junta. ESTA FORMA DE PROCEDER ES DE TODO PUNTO ANÓMALA, y en lo que en este caso se refiere, que es la celebración de la Junta Extraordinaria de 20 de febrero de 2010, da lugar a la nulidad de la misma por defecto insubsanable en la convocatoria, pues no fueron citados a la misma todos y cada uno de los propietarios que la propia Asociación dice que son miembros de la misma, y en consecuencia de todos y cada uno de los acuerdos que pudieron adoptarse en la misma.” Por favor, informa de este asunto a todos los vecinos y propietarios de Cumbres de Calicanto que conozcas. Necesitamos el apoyo y la colaboración de todos los vecinos de Cumbres de Calicanto. Muchas gracias. Seguiremos informando puntualmente. Saludos cordiales. Plataforma de Vecinos de Cumbres de Calicanto. E-mail: plataformadevecinos@hotmail.com | |
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25-07-11 18:55 | #8428654 -> 8287229 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. mas ilegalidades no se pueden cometer los irresponsables deberian indemnizar a los damnificados se deberian pedir responsabilidades penales que responda ese presidente de sus actos y subsidiariamente los miembros nombrados de la directiva lo siento si hiero a alguien pero lo que es de justicia es justo pedirlo un saludo a todos | |
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28-08-11 16:18 | #8627391 -> 8428654 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. He leido la sentencia integramente y lo que me queda claro es que hago mas caso a lo que dicen los jueces que a lo que me decía mi presidente. Lo siento pero he dejado de creer en el y por supuesto he dejado de pagar a la asociación que preside. | |
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09-11-11 22:10 | #9080241 -> 8627391 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. la Sentencia nº 139/11 del Juzgado de Instancia 5 de Torrent de 23 de junio de 2011 ha sido recurrida a la Audiencia para que no se rían tanto los plataformeros. | |
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12-11-11 08:24 | #9092577 -> 9080241 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. Pues yo soy de la Plataforma y confío en la justicia y te aseguro que si en la Audiencia le vuelven a dar la razón como se la dieron en primera instancia, le reclamarán a la "comunidad" y su abogada la condena en costas y todos los gastos incurridos. | |
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05-06-12 04:26 | #10143711 -> 9080241 |
Por:PLATAFORMAdeVECINOS ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. PLATAFORMA DE VECINOS CUMBRES DE CALICANTO ** SOMOS UNA OPCIÓN Y NO UNA IMPOSICIÓN ** Cumbres de Calicanto, 5 de junio de 2012. Estimado/a vecino/a: La sentencia dictada por la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Valencia nº300/2012 de 1 de junio, confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torrente del procedimiento 662/2010, y declara nula la Junta de Propietarios celebrada el 20 de febrero de 2010, y además en los fundamentos jurídicos, AFIRMA QUE SE TRATA DE UNA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS, QUE NO TIENE ELEMENTOS COMUNES, QUE NO CONSTAN EN LAS ESCRITUAS DE PROPIEDAD, Y QUE ES LA ASOCIACIÓN QUIEN DEBE SABER , AVERIGUAR Y TENER CONOCIMIENTO DE QUIENES SON LOS QUE INTEGRAN LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS. Se condena en costas a la presunta subcomunidad y le dan un plazo de 20 días para recurrirla. Por favor, informa de este asunto a todos los vecinos y propietarios de Cumbres de Calicanto que conozcas. Necesitamos el apoyo y la colaboración de todos los vecinos de Cumbres de Calicanto. Muchas gracias. Seguiremos informando puntualmente. Saludos cordiales. Plataforma de Vecinos de Cumbres de Calicanto. E-mail: plataformadevecinos@hotmail.com | |
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06-06-12 22:17 | #10150655 -> 9080241 |
Por:No Registrado | |
RE: JUICIO. Fase de Cumbres, 2 de marzo de 2011. Despues de leer esta sentencia me queda muy claro que es muy peligrosa para los juntilleros. | |
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