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Yuncos - Toledo

Poblacion:
España > Toledo > Yuncos
23-12-07 18:07 #614049
Por:carpint2003

viviendadas de proteccion oficial
hola amigos lo primero quiero felicitaros las navidades os deseo que os lo paseis lo mejor que podais sobre todo con la familia que son unas fiestas para estar con todos ellos.
y otra cuestion necesito las bases para la adjudicacion de las viviendadas de proteccion oficial que se hicieron al lado del pabellon, es que tengo una duda y por mas que las busco en el boe no las encuentro asi que si alguno sabeis donde las puedo conseguir por favor decirmelo.
GRACIAS.
Puntos:
23-12-07 23:34 #614337 -> 614049
Por:.Farra..

RE: viviendadas de proteccion oficial
A ver, ésto es lo que dice la Comunidad de CST-LM para poder optar a la compra o arrendamiento de VPO´s:

"Con carácter general, para acceder a una vivienda protegida será necesaria la inscripción previa en el Registro de Demandantes de Vivienda con Protección Pública.

Además, para acceder a la propiedad o al arrendamiento de las Viviendas con Protección Pública será necesario reunir los siguientes requisitos:

Ser mayor de edad.

Que en la fecha de presentación del contrato para su visado ninguno de los miembros de la unidad familiar del adquiriente sea titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute:
Sobre otra Vivienda con Protección Pública ubicada en cualquier lugar del territorio nacional.
Sobre otra vivienda libre o no sujeta a ningún tipo de protección pública en la misma o distinta localidad(1).

Que la vivienda se destine a domicilio habitual o permanente.

Que los adquirientes tengan unos ingresos familiares no inferiores a 2,5 veces y no superiores a 7,5 veces el índice económico IPREM(2), según el tipo de vivienda de que se trate.

Que se acredite la necesidad de vivienda. Se entenderá que existe necesidad cuando tanto el solicitante como los miembros del núcleo familiar, que convivan con él y a su cargo, carezcan de vivienda a título de propiedad, arrendamiento o usufructo.

También se entenderá acreditada la necesidad de vivienda cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias:

Pérdida del uso de una vivienda por separación legal.

Habitar una vivienda con deficientes condiciones de habitabilidad.

Estos casos deberán acreditarse mediante informe de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento. Si el solicitante resultase adjudicatario en las listas provisionales y la vivienda que ocupase fuera de su propiedad o de alguno de los familiares que conviven a su cargo, se ofrecerá su venta a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, que podrá ejercer la opción de compra en el plazo de un mes desde su ofrecimiento.

Habitar una vivienda sujeta a expediente de expropiación, desahucio judicial o administrativo no imputable al interesado.

Habitar una Vivienda con Protección Pública sin opción de compra.

Habitar una vivienda en alquiler cuya renta supere el 20% de los ingresos del núcleo familiar.

Si las circunstancias de necesidad de vivienda del solicitante fueran susceptibles de encuadrarse en más de uno de los supuestos contemplados, sólo se valorará aquél que resulte más beneficioso para el solicitante.

Que se haya residido en el municipio, ininterrumpidamente, al menos dos años antes de la adquisición, acreditados mediante el Certificado de Empadronamiento, excepto en el caso de que los solicitantes que cumplan esta condición no cubran la promoción. También podrán solicitar viviendas los emigrantes, los antiguos residentes en el municipio que lo abandonaron por razones laborales o de vivienda y deseen regresar por razones de trabajo, mujeres víctimas de malos tratos, personas con discapacidad y aquellos que acrediten una actividad laboral de 12 meses en los últimos dos años en el municipio donde se ubique la promoción.

Notas

(1)Excepcionalmente, se permitirá la titularidad sobre una única vivienda libre cuando su valor, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, no exceda del 40 por 100 del precio máximo total de venta de la vivienda objeto del visado. Este valor se elevará al 60 por ciento cuando se trate de familias numerosas y necesitarán adquirir una vivienda mayor superficie y cuando se trate de personas mayores de 65 años, de personas con discapacidad y de víctimas de la violencia de género o del terrorismo. Este valor se elevará al 80 por ciento cuando se trate de Viviendas de Precio Tasado. Se excepcionará el cumplimiento de este requisito cuando la titularidad corresponda, en virtud de herencia o legado, a algún hijo menor de edad o incapacitado judicialmente, o cuando cualesquiera de los miembros sea titular mortis causa de la nuda propiedad sobre una vivienda, o cotitular mortis causa del dominio, con alguna persona ajena a la unidad familiar.

(2)IPREM: Indicador de ingresos máximos familiares para acceder a viviendas protegidas o a determinadas prestaciones, en sustitución del salario mínimo interprofesional en esta función. El IPREM vigente es el correspondiente a 2005 y asciende a 6.577,20 €, ya que en el cálculo de las ayudas se tendrán en cuenta los ingresos del año fiscal, es decir, del año anterior al de la solicitud, al igual que ocurre con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. "


Seguiré buscando para ver si encuentro específicamente esas de Yuncos.


Saludos!



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24-12-07 00:38 #614400 -> 614337
Por:.Farra..

RE: viviendadas de proteccion oficial
Y esto lo he encontrado en la emeroteca del ABC. No es muy extenso, pero viene a decir lo mismo que arriba:

"El 24 de mayo finaliza el plazo para solicitar VPO en La Guardia, Torrijos y Yuncos

(...)Por último, en Yuncos se están haciendo 20 viviendas unifamiliares con 1,3 millones de presupuesto, 19 de ellas son de dos plantas, y una, de una planta adaptada para discapacitados. La superficie útil es de entre 78 y 86 metros cuadrados, con precio de venta de 52.800 a 58.000 euros más IVA.

En cuanto a las adjudicaciones, el consejero dijo que la mitad de todas estas viviendas se adjudicarán mediante un criterio objetivo en función de las condiciones familiares, y la otra mitad, se realizará mediante sorteo público ante notario.

(...)Entre los requisitos para optar a las viviendas, Gil destacó que se tenga que utilizar como domicilio habitual y permanente, y tener ingresos familiares que no excedan de los 21.100 euros anuales.

Además, es necesario acreditar la necesidad de vivienda y acreditar la residencia en el municipio durante dos años, salvo antiguos residentes del municipio que quieran volver o colectivos como discapacitados, mujeres víctimas de malos tratos o los que acrediten que trabajan en la población desde al menos doce meses antes.

Las solicitudes pueden presentarse en los ayuntamientos o la Delegación Provincial y se espera que las llaves puedan entregarse en otoño."

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24-12-07 11:37 #614646 -> 614400
Por:carpint2003

RE: viviendadas de proteccion oficial
muchas gracias .farra ya he salido de dudas ya me as dicho lo que queria saber.
que pases buena noche.
Puntos:
24-12-07 11:40 #614652 -> 614646
Por:.Farra..

RE: viviendadas de proteccion oficial
De nada, carpint. Igualmente.
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