Comisión Interministerial para la Juventud REAL DECRETO 1923/2008, de 21 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Juventud y se regulan sus funciones, composición y funcionamiento. Artículo 1. Creación y adscripción. 1. Se crea la Comisión Interministerial para la Juventud, configurándose como el órgano específico de programas en materia de juventud de la Administración General del Estado, con las funciones, composición y funcionamiento que se establece en el presente real decreto. 2. El órgano colegiado queda adscrito al Ministerio de Igualdad. Artículo 2. Funciones. La Comisión Interministerial para la Juventud desarrollará las funciones siguientes: a) La propuesta al Gobierno de programas de política para la juventud que articulen los factores económicos, sociales, políticos, culturales y de formación que inciden en el proceso de inserción de los jóvenes en la vida social activa. b) El estudio de los problemas de la juventud y la propuesta de programas y medidas que contribuyan a resolverlos. c) La coordinación de las actuaciones de los distintos Departamentos ministeriales relacionados específicamente con la juventud d) La especial atención a los planteamientos e iniciativas formulados por el Consejo de la Juventud de España. e) La ejecución de iniciativas conducentes al mejor cumplimiento de las funciones que se le atribuyen en la presente disposición. f) Cuantas otras tareas le sean encomendadas por el Gobierno de la Nación. (Es más largo, pero pongo lo más importante
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