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El Señorío de Illescas - Toledo

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España > Toledo > El Señorío de Illescas (Illescas)
25-05-10 09:49 #5395338
Por:Eleek

La nueva ley de trafico
Hoy entra en vigor la nueva ley de tráfico, orientada a agilizar el pago de las sanciones y a acabar con el 25% de los infractores que, hasta la fecha, utilizaban diferentes métodos para librarse de las multas. A continuación, se muestran los aspectos en los que la nueva Ley se endurece y aquellos en los que se vuelve más permisiva.

Aspectos más 'blandos'
SUSPENSION PERMISO: Desaparece la retirada entre un mes y tres meses para sanciones graves o muy graves. Es el caso, por ejemplo, de una infracción por alcoholemia en la que se de 0,35mg/l de alcohol en aire espirado, que sí supondrá una sanción de 500 euros y perder cuatro puntos.

PRONTO PAGO: El descuento en las multas se eleva del 30% al 50%. El plazo es de 20 días naturales y puede hacerse a través de Internet (en la web www.dgt.es, en Correos o a través del Banco Santander). El descuento no es válido para sanciones muy graves o denuncias por inhibidores de radar.

CUANTÍAS: Se establecen cantidades fijas para las sanciones: hasta 100 € para las leves, 200 € para las graves y 500 € para las muy graves. Asimismo, se unifican las sanciones que serán aplicables por todas las Administraciones. Hasta ahora eran variables hasta los 600 €. El uso de los inhibidores de radar está castigado específicamente con 6.000 € y las multas por exceso de velocidad se rigen aparte.

INFRACCIONES: Se reduce de 27 a 20 el número de las que conllevan pérdida de puntos. Ya no restarán créditos, por ejemplo, estacionar en el carril-bus o en un cambio de rasante, circular sin alumbrado, hacerlo por autovía o autopista con un vehículo prohibido, realizar una conducción negligente o dificultar el adelantamiento. Además, algunos excesos de velocidad restan ahora menos créditos (ver cuadro de la parte inferior).

PLAZOS: Antes, a la hora de presentar un recurso, se tenían 15 días hábiles de acuerdo al calendario de la localidad donde se producía la denuncia. Ahora, para no llevar a errores, siempre son naturales. Asimismo, el plazo para poder recuperar puntos contará desde el día después del que se hizo el pago de la sanción que originó su pérdida. Hasta este momento, había que esperar dos meses. Por otro lado, a los conductores que se paraba sin permiso de conducir, debían esperar dos años para poder obtenerlo. Ahora no hay limitaciones.

PRESCRIPCIÓN: Las infracciones muy graves prescriben ahora si no se notifican en el plazo de seis meses, la mitad que antes de la nueva ley.

RECUPERAR PUNTOS: A partir de ahora los conductores que hayan perdido puntos del carné podrán recuperar 6 puntos -en vez de 4- mediante un curso de recuperación en los centros de sensibilización y reeducación autorizados.

RETIRADA DE VEHÍCULOS: A partir de ahora, cualquier Ayuntamiento que retire un coche y lo lleve al depósito de vehículos tiene que notificarlo al titular en un plazo de 24 horas. Si no se lleva a cabo esa notificación, no se podrá cobrar al titular más allá de un día.

Aspectos más duros
PRESCRIPCIONES: Se amplía de uno a cuatro años el plazo de prescripción de las sanciones pecuniarias.

ALEGACIONES: El pronto pago impide realizar alegaciones. A cambio, el denunciado se beneficiará de un descuento del 50% en el importe de la sanción. Si no se formulan alegaciones ni se paga con reducción, se iniciará el cobro por vía ejecutiva en el plazo de 30 días naturales desde la notificación.

DESTRUCCIÓN DEL VEHÍCULO: Los talleres podrán desguazar aquellos vehículos abandonados en sus instalaciones, en el caso de que sus propietarios no hayan abonado la factura correspondiente en el plazo de un mes. Asimimso, se podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción, cuando hayan pasado más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado y su titular no hubiera formulado alegaciones.

TITULARIDAD: El titular de un vehículo que permita que lo conduzca alguien sin licencia estará incurriendo en una nueva infracción grave que no detrae puntos. Además, el titular se convierte en responsable subsidiario del pago de las multas impuestas al conductor, en el supuesto de que este último no las abonara.

MOROSOS: El titular de un vehículo no podrá venderlo o transferirlo si tiene cuatro sanciones graves o muy graves sin abonar.

NUEVAS SANCIONES: Programar el navegador conduciendo es una nueva infracción grave que reduce 3 puntos. Estacionar en las plazas para discapacitados es una nueva infracción grave que no acarrea pérdida de puntos. Por su parte, llevar la matrícula ilegible es otra infracción grave, pero no supone pérdida de puntos. Además, manipular la placa de matrícula conlleva una multa de 6.000 euros y la sustracción de 6 puntos, con respecto a la anterior sanción de 150 euros y la reducción de 2 puntos.

A continuación, además, les ofrecemos el nuevo cuadro con las infracciones de velocidad, las sanciones que acarrean y los puntos que se pierden:



https://ww.prensaescrita.com/adiario.php?codigo=S&pagina=https://ww.elmundo.es
Puntos:
26-05-10 08:22 #5411548 -> 5395338
Por:vecinaseñorio

RE: La nueva ley de trafico
si vas por la autovia a 121km/h multón al canto 100€ si vas a 150km/h otros 100€ y creo que en ninguno de los casos se pierden puntos es algo que no se entiende no es muxo más peligroso ir a 150 que a 121??
Puntos:
26-05-10 09:57 #5411897 -> 5411548
Por:Eleek

RE: La nueva ley de trafico
es verdad, si en una via de 120 vas a 150 pagas 100 pavos y si pagas antes el 50% menos osea SOLO PAGAS 50 EUROS!!!!!!!! mi no entender, y luego si te pasas un solo kilometro multa al canto
Puntos:
27-05-10 08:32 #5419035 -> 5411897
Por:2028

RE: La nueva ley de trafico
Yo estoy de acuerdo en gran parte de la nueva ley.
¿Por qué un taller tiene que tener un coche avandonado?, creo que todos debemos de ser responsables con nuestras cosas.
Si yo dejo mi coche tengo que saber aquien se lo dejo, ya que yo soy el responsable ¿o no?, o dejo mis hijos a cualquiera ¿verdad que no?, pues así con todo.
Puntos:
28-05-10 18:27 #5429696 -> 5419035
Por:Bsast

RE: La nueva ley de trafico
Este Gobierno, nos está tomando el pelo pero bien... por poner un ejemplo de muchos...

Denuncia por cinturón:

Antes, 150 euros, con el 30% de descuento (dentro de los 30 días), se quedaba en 105 euros y tres puntos y encima podías presentar alegaciones.

Ahora, 200 euros, con el 50% de descuento (dentro de los 20 días), se queda en 100 euros (el denunciante se ahorra 5 euros respecto a la anterior ley, pero "queda muy bien decir" que le descontamos el 50%), pero encima si te acoges al "pronto pago", no puedes presentar alegaciones... y por supuesto sigue en pie los tres puntos.-

Esto por decir algo... mira que me tiro piedras sobre mi trabajo... pero ésto es injusto... ya que las normas son para todos... incluidos nosotros por supuesto.
Puntos:
28-05-10 18:32 #5429728 -> 5429696
Por:Bsast

RE: La nueva ley de trafico
Aquí tenéis un ejemplo:

https://ww.elpais.com/articulo/espana/multas/trafico/persiguen/Guardia/Civil/elpepiesp/20100528elpepinac_16/Tes
Puntos:
28-05-10 18:41 #5429800 -> 5429728
Por:antipepero

RE: La nueva ley de trafico
Vamos a ver, a uno le multan cuando estan haciendo el seguimiento a unos supuestos narcos, eso si se demuestra que realmente es lo que hacian me vale como escusa, pero al que le paran siendo el amo de la carretera con su coche particular por que le han llamado del juzgado, vamos no me jodas, que pague como todo hijo de vecino.

De todos modos algunos policias y algunos guardias solo por tener placa se creen que estan por encima del bien y del mal, ya va siendo hora que tomen de su propia medicina.
Puntos:
28-05-10 19:17 #5430032 -> 5429800
Por:Bsast

RE: La nueva ley de trafico
Totalmente de acuerdo. Respecto al compañero que le llamaron del Juzgado, como se nota que no tratas con jueces... cuando algunos te dicen que en 1 minuto te presentes o quiero las diligencias "para ayer", más vale que no corras, sino que vueles!! y no le valen escusas.
Puntos:
28-05-10 21:54 #5431065 -> 5429800
Por:antipepero

RE: La nueva ley de trafico
No te digo yo que los jueces no sean un poco capullos, pero para correr estas los vehiculos oficiales y con sus luces reglamentarias en los coches particulares a respetar como todo el mundo, los limites de velocidad estan para evitar riesgos y si ese guardia produce en esos momentos un accidente no creo que le sirva de consuelo a los perjudicados que todo era por las prisas de un juez.

Ami personalmente lo de, esque me ha llamado un juez me suena a escusa barata y para nada tendria que servir para librarse de una multa.

Por cierto en lo de que pagas lo mismo pero sin derecho a protestar, tienes toda la razon, que capullos.
Puntos:
29-05-10 14:19 #5433871 -> 5429800
Por:Bsast

RE: La nueva ley de trafico
Ok. El problema viene, que ni con el vehículo oficial se puede exceder la velocidad, lo que pasa que por celo se hace... arañar, aunque sea un segundo en un aviso de accidente, violencia de género, incendio, robo etc... puede ser vital...

Eso sí, no tengas ningún percance o accidente... porque tenemos todas las de perder... y ésto es así... el que corra es totalmente por su propia cuenta y riesgo...

Bueno... que me estoy desviando del tema planteado... pero si alguien quiere saber, algo de nuestro trabajo (ya que desde fuera, parece todo muy bonito)... les invito a que se pasen por la siguiente página, donde soy moderador de la misma:

//www.forodelguardiacivil.com/web/index.php

Por ejemplo, si os registráis os podéis descargar el nuevo codificado de tráfico, para que nada os pille de sorpresa y observar las opiniones al respecto.

Un saludo.- Riendote
Puntos:
29-05-10 20:29 #5435593 -> 5429800
Por:Bsast

RE: La nueva ley de trafico
Aclaración al uso:

Cuando se rebasan los límites de velocidad con vehículos oficiales, en servicio de urgencia o “prioritario”, como lo puede ser la “persecución” de “delincuentes”, se está enfrentando dos bienes jurídicos diferentes; de un lado el de la Seguridad Pública y del otro el de la Seguridad Víal, pero es que sucede, que una Ley (desarrollada por su reglamento) autoriza a quebrantarse el bien jurídico de la Seguridad vial en determinadas situaciones; es decir, cuando los servicios de policía circulen en sentido prioritario, y que duda cabe, que dichos servicios son siempre encaminados a los que recoge el marco Jurídico, lo que es su misión de raíz, que no es otra que “proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana pública”, que incluye, entre otros, DETENER a los presuntos culpables de hechos delictivos, asegurando los instrumentos, efectos y pruebas del delito (LFCS 2/1986 de 13 de marzo). Salvedad hecha, es la forma en que se permite, a dichos vehículos prioritarios, el quebrantar “legalmente” la norma; es decir los elementos del tipo recogidos en dicho art.68 apdo.2 primer y segundo párrafos, como eximentes de la responsabilidad; salvo que se ocasione un accidente.
Puntos:
31-05-10 12:21 #5442198 -> 5429696
Por:manolo_escobar_78

RE: La nueva ley de trafico
Pues qué quieres que te diga... ponte el cinturón.

En particular por lo del cinturón ponía 1.000 euros, no 200, porque es triste que todavía haya gente (yo conozco a un individuo así) que te cuenta convencido de ello, que el cinturón es perjudicial, que el se ha salido dos veces de la carretera y ha volcado y le ha salvado la vida el no llevar cinturón.

Y este individuo en concreto todavía conduce sin cinturón. ESTÁ LOCO, o no?
Puntos:
31-05-10 17:35 #5443894 -> 5442198
Por:antipepero

RE: La nueva ley de trafico
pues yo pienso que 200 euros por no ponerse el cinturon mas 3 puntos es una pasada, yo no se si sera mejor o peor imagino que depende el accidente y las circustancias, pero lo que si que tengo claro es que por que no te pongas el cinturon no pones en peligro la vida de nadie y que esto se multe con 200 euros y un exceso de velocidad en solo 100 me parece algo absurdo.
Puntos:
31-05-10 17:37 #5443901 -> 5443894
Por:antipepero

RE: La nueva ley de trafico
cuando digo que no pones en peligro la vida de nadie me refiero a la vida de terceras personas, que en este foro tenemos que dejar las cosas muy claritas.
Puntos:
31-05-10 17:40 #5443925 -> 5443894
Por:2028

RE: La nueva ley de trafico
Pones en peligro tu vida y creo que hay que valorarla más, y no solo la tuya sino la de tu familia, ya que si tienes un accidenten y sales despedido del coche puedes quedar en estado vegetativo eso sino te matas y tu no se si sabras lo duro que es para la familia ya que el enferno no se entera de nada, pero los alrededores es tremendo.
Puntos:
31-05-10 18:29 #5444288 -> 5443894
Por:antipepero

RE: La nueva ley de trafico
2028, yo creo que no has entendido mi mensaje, yo no entro en el debate de si cinturon si cinturon no, para mi opinion y es en lo que he intentado debatir es que, que es mas peligroso y puedes poner en peligro a mas personas con un exceso de velocidad que el daño que puedas hacer a los demas por no ponerte el cinturon y encambio las consecuencias en modo de sancion son mas duras para un cinturon.

Accidentes pueden ocurrir y el no ponerte un cinturon aunque pueda ser una imprudencia para tu persona por no ponertelo no provocas accidentes, ni tampoco provocas un aumento de riesgo hacia los demas, cosa que con un exceso de velocidad aparte de poner en peligro tu vida pones en peligro la de todos con los que te cruces.

Todo lo demas de vegetativo y todo eso... sinceramente me parece un poco demagogo, el ser humano hace muchas cosas que le pejudica (drogas, alcohol, deportes de riesgo extremo etc...) y no creo que no ponerse un cinturon para conducir sea tan tremendista, que tienen que multarlo, claro que si las normas son para cumplirlas pero de una forma mas equitativa.
Puntos:
01-06-10 23:01 #5455593 -> 5443894
Por:Bsast

RE: La nueva ley de trafico
De acuerdo con antipepero, el cinturón sólo perjudica así mismo, únicamente cuando va circulando una persona en el vehículo. Lo que no entiendo, es la cantidad de padres (inconscientes), que llevan a sus hijos sin la silla correspondiente y sin cinturón.

La fiscalía, ya se ha pronunciado y en caso de que hubiera un accidente y el niño termine con consecuencias graves... al conductor (responsable en ese momento de la seguridad de los ocupantes), podrán solicitar medidas penales. Ésto si lo veo realmente bien... pero claro, el daño se ha causado.

Pues ya de paso, recuerdo, que el no llevar la respectiva silla de retención homologada, es motivo de inmovilización del vehículo.-
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