El presidente del Constitucional admite su militancia en el PP Seguro que también admite que es imparcial en los recursos de inconstitucionalidad que afecten al PP. Cuando compareció ante el Senado para ser nombrado magistrado omitió su afiliación. Según varios constitucionalistas, es causa de incompatibilidad y él lo sabe, por eso lo ocultó. Los jueces y magistrados tienen prohibido, por ley, pertenecer a partidos políticos o sindicatos. Así, lo refleja el artículo 395 de la ley Orgánica del Poder Judicial: "No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos". Además, la Constitución, en su artículo 127, señala que "los jueces y magistrados así como los fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. Y, en el punto 2 del mismo artículo, añade que "la ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial" y señala que este régimen "deberá asegurar la total independencia de los mismos". Saludos. |