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Malpica de Tajo - Toledo

Poblacion:
España > Toledo > Malpica de Tajo
16-10-08 17:39 #1299039
Por:No Registrado
PARA LOS LISTILLOS, EL QUE AVISA...
He dicho muchas veces en este foro que cuidado con las palabras que se dicen, pues bien, yo ya he denunciado a uno y creerme que va a salir caro...

Protección del Derecho al Honor en la vía jurisdiccional civil

La Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, regula la protección de este derecho y el derecho a indemnización del perjudicado por los perjuicios y daños morales causados, frente a todo género de intromisiones ilegítimas. Uno de los tipos de intromisión ilegítima recogidos en la Ley lo constituye “La imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.”

Es aconsejable que los usuarios del foro sean especialmente cuidadosos en la veracidad y exactitud de aquellas manifestaciones que pudieran atentar contra el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o la propia imagen de las personas físicas; o difamar o hacer desmerecer en la consideración ajena la buena fama, imagen o prestigio de una persona jurídica.

Delitos de injurias y calumnias en el Código Penal

El Código Penal Español de 1995 contempla dos delitos atentatorios contra el honor: el de injurias y el de calumnias.
La calumnia supone imputar a alguien un delito con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
La injuria consiste en acciones o expresiones que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Ambos delitos están castigados con penas de multa y las calumnias adicionalmente con penas de prisión, que si se propagan con publicidad (lo que incluye la difusión a través de internet) pueden llegar hasta 24 meses de cárcel.

La libertad, facilidad de expresión que ofrece Internet y el anonimato que aporta muchas veces la Red, llevan a veces a la realización de conductas tan poco lícitas y molestas como la emisión de mensajes injuriosos y calumniosos contra otras personas. Ese tipo de actuaciones pueden traer graves consecuencias a sus autores, por la comisión de un delito de calumnias o injurias, cuyas penas se agravan al ser propagadas con publicidad.

Protección de Datos Personales

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece la protección de datos de carácter personal de las personas físicas contenidos en cualquier clase de fichero.

La comunicación de datos personales de terceros sin el consentimiento del interesado constituye una infracción por parte de los responsables de los ficheros y encargados de los tratamientos de datos, sancionable por la Agencia de Protección de Datos, con sanciones que oscilan entre 601,01 € y 601.012,10 €

RECORDAR QUE ANTE LA COMISIÓN POR PARTE DE LOS USUARIOS DE CUALQUIER CLASE DE INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA O PENAL, O LESIÓN A DERECHOS E INTERESES DE TERCEROS, EL PROPIETARIO DEL SERVIDOR ESTÁ OBLIGADO A PRESTAR LA DEBIDA COLABORACIÓN QUE LE REQUIERA CUALQUIER ÓRGANO JURISDICCIONAL, EL MINISTERIO FISCAL, LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, LA GUARDIA CIVIL, LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS, Y EN GENERAL CUALQUIER AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE


Puntos:
16-10-08 19:23 #1299472 -> 1299039
Por:No Registrado
RE: PARA LOS LISTILLOS, EL QUE AVISA...
Me parece bien que se castigue al que comete un delito de este tipo. No se puede ni se debe ir diciendo de los demás falsedades. Hay gente ligera de cascos que por llamar la atención no se cortan un pelo a la hora de formular un falso juicio de otra persona.

Muy bien por tu post, te felicito.

SALUDOS

Puntos:
16-10-08 20:37 #1299761 -> 1299472
Por:No Registrado
RE: PARA LOS LISTILLOS, EL QUE AVISA...
Nooo ppuuueeeddo eessscrribirrr poorrrquuue eeestttttooooy teeeemmmbllllanndooo dddeeee mmmiiiieeeeddddo.
Puntos:
16-10-08 20:46 #1299799 -> 1299039
Por:No Registrado
RE: PARA LOS LISTILLOS, EL QUE AVISA...
Llevo mucho tiempo buscando un abogado con clase………… y que sepa de leyes, puedes darme el nombre, dirección y teléfono del mismo. Me gustaría contratarlo, porque deberás que te ha escrito las leyes muy bien, hay algunas que se pueden revocar.
Pero dime también cuanto cobra, por el escrito que te ha hecho.
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16-10-08 22:16 #1300262 -> 1299799
Por:No Registrado
RE: PARA LOS LISTILLOS, EL QUE AVISA...
Creo que es de cobardes tirar la piedra y esconder la mano.
Me parece muy bien que se castigue a alguien por decir mentiras, pero creo que de todo lo que se escribe aquí hay muchas verdades, demasiadas.....

Un saludo.

Pd. lo escrito es cierto siempre que lo dicho sea mentira. Por decir verdades nada de nada.


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18-10-08 19:12 #1306594 -> 1299039
Por:No Registrado
RE: PARA LOS LISTILLOS, EL QUE AVISA...
El relato de infracciones penales que has hecho está bien, es lo que dice la ley. no es necesario ser abogado para mirar el código penal o la ley de proteccion de datos. Lo que no entiendo es qué tiene que ver la ley de protección de datos en todo esto, porque yo no he visto ningun post en el que se informe de algun dato personal de alguien, como domicilio, dni, confesion religiosa, numero de cuenta, fecha de nacimiento... Otra cosa es que se injurie y se calumnie con nombre y apellidos, porque en ese caso si que existe un ilícito penal. El problema surge a la hora de probar ese delito o falta, y sobre todo, y no nos engañemos, creo que las fuerzas de seguridad tienen cosas más importantes que perseguir un foro de los miles que hay, y además, para obligar al servidor sólo puede obligarle UN JUEZ (la administracion no tiene poder para eso) para dar datos, y luego probar que quien ha insertado esa informacion es el que se cree que es el responsable, porque, por ejemplo, si el post se hace desde un cibercafé, desde una red wifi de un hotel, de un restaurante, del aeropuerto.... O si se sabe que ha sido desde mi casa, por ejemplo, quien asegura que he sido yo, y no mi padre, o mi hija, o mi abuela....? Para la comisión de un delito tiene que darse la formula CULPABLE-HECHO-RESULTADO sin que existan dudas razonables. De todas formas, mejor no tentar la suerte....
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19-10-08 00:33 #1307499 -> 1299039
Por:No Registrado
RE: PARA LOS LISTILLOS, EL QUE AVISA...
Soy de nuevo el sereno y este es un mensaje para 1299039
Tronco eres un PA YA SO. En la época de Franco no tendrías desperdício como censor de películas. PA YA SO.
Huy! no debía haber escrito esto. Por fa... no me denuncies.
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