23-01-11 02:12 | #6920822 -> 6886624 |
Por:presumid@ ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿QUIEN VIGILA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY ANTITABACO EN LA PUERTA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS? Hola, me parece una absurdez esto que estas diciendo.Para empezar tengo 16 años y mis padres no fuman y mi hermana si.los amigos de mis padres fuman delante y creo qe NO ME HE MUERTO porque gracias a nuestro "maravilloso gobierno" muchos de los locales se estan quedando sin algunos clientes por gente tan maravillosa como tú.Lo que te quiero decir es que FUMAR NO ES NUNGÚN DELITO. | |
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04-02-11 15:55 | #7004064 -> 6920822 |
Por:carlos1981 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
Re: ¿quien vigila el cumplimiento de la ley antitabaco en la puerta de los centros educativos? Presumid@ Pues no, fumar no es un delito. Pero los no fumadores tampoco han cometido ningún delito para tener que SOPORTAR el derecho a fumar de otros. Los no fumadores también tienen/tenemos derechos. Y no queremos tragarnos el humo de los demás, cuando hemos decidido voluntariamente no fumar. Si gente "tan maravillosa como tú" (palabras textuales tuyas dirigidas a otro forero) quiere fumar, que lo haga; no nos vamos a oponer, pero respeta también nuestros derechos. Fumar en la calle o en la propia casa (cada uno en su casa hace lo que quiere), no es tan mala solución para todos. Puede que algunos locales se estén quedando, como dices, sin algunos clientes (no te preocupes ya volverán, todo es cuestión de tiempo), pero puede que estén ganando otros. Te diré que conozco gente que ahora sí "pisa" un bar porque puede ir con sus hijos pequeños sin el temor de que les falte el aire. Dices tener 16 años, y aunque no especificas, parece que eres fumador o aspirante a serlo (lo digo por tu comentario). Dices que no te has muerto, pues da gracias por ello. Si te hubieras muerto a los 16 años a causa del tabaco, sería bastante grave, pues sería señal de que lo consumido activa o pasivamente serían cantidades brutales. Conozco a gente que, desgraciadamente, sí se ha muerto por ello, aunque con más edad. Tengo amigos con hijos adolescentes y aunque, hasta la fecha, no fuman (puede que lo hagan más adelante, eso será su decisión), han tenido que estar en locales cargadísimos de humo, con lo cual involuntaria y pasivamente "han tenido que fumar". Su otra opción era pasear por la calle (la opción que ahora se presenta a los fumadores). Ahora comentan que esos locales huelen a limpio y pueden estar con amigos de esas edades charlando y tomando algo. Cuando uno quiere fumar sale un ratito y punto, vuelve a entrar. En fin, siguiendo tus propias palabras, lo que te quiero decir, es que fumar no es un delito, pero tampoco lo es NO querer fumar. Y te diré más, tus posibilidades de vivir más tiempo aumentan no fumando. Eso sí cada uno es libre de hacer lo que quiera con su vida; pero respetando la de otros y más si afecta a la salud. | |
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20-03-11 02:37 | #7321675 -> 7004064 |
Por:presumid@ ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: ¿quien vigila el cumplimiento de la ley antitabaco en la puerta de los centros educativos? Los no fumadores como bien dices tú,quereis espacios sin humo y lo veo normal porque yo también no fumo y a veces molesta el humo pero creo qe esta ley es una absurdez,ya que solo complica a la gente,que si teniendo que salir a la calle,crisis en los bares ya que la gente cada vez sale menos porque uno de los "hoobies" que tienen no lo pueden hacer digamolos así... etc,pero por lo menos ya que pareces ser una persona adulta ten un poco más de uso de razón y tanto como quieres tener tú una zona de no fumadores también que haya una zona de fumadores en TODOS los bares.Como dices tú no me he muerto y por ser fumador pasivo tampoco creeme que me voy a morir porque tienes muy pocas posibilidades.Por supuesto y claro está que si no fumas eres una persona más sana ya que el tabaco contiene sustancia cancerigenas.Cada uno es libre de hacer lo que quiera con su vida como bien dices pero habiendo una igualdad y respetando lo que cada uno quiera hacer,es decir, que si tú no fumas respeta a los que fumas y los que fuman que respeten a los que no fuman,poniendo por ejemplo zonas de fumadores y zonas de no fumadores.El gobierno es demasiado "listo" y prohíbe fumar en los bares, pero si que deja vender tabaco, ¿por qué? porque es un impuesto directo que deja mucho dinero.Entonces, ¿ahora si qué se tienen encuenta a los fumadores no? | |
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20-03-11 13:34 | #7323002 -> 6920822 |
Por:jrl ![]() ![]() | ![]() ![]() |
Re: ¿quien vigila el cumplimiento de la ley antitabaco en la puerta de los centros educativos? presumid@ : A pesar de tus 16 años te noto muy correcto y muy centrado, por lo que te felicito, pero verás, yo que tengo algún año más que tú, te comento : Lo del " fumar " que no es " prohibir " consiste, en EDUCACIÓN - RESPETO y TOLERANCIA .- Ejemplo : Ante un caballero,o Señorita que se esté fumando 10 cajetillas de cigarros, o 20 puros habanos, en mitad de Los Monegros, o si quieres más cerquita, en mitad de la cañada de La Puebla, soy la persona más EDUCADA - RESPETUOSA - Y TOLERANTE, que pueda existir, por el contrario, estando yo tomando el fresco, en un banco, o tomando una horchata en un bar, rodeado de personas fumadoras rociandome de humo por todas partes, entonces es cuando me empiezo a mosquear, y solo tengo dos opciones, dejo de ser educado - respetuoso y tolerante.... o largarme de ese banco donde estaba tomando el fresco, y abandonar el bar inmediatamente sin acabarme la horchata ¡ ha, se me olvidaba, con 70 años, nunca he fumado, y aún estoy VIVO ¡ Te das cuenta, todos contentos, el que quiera fumar, que se fume todo lo que sea capaz, pero el que quiera respirar aire puro... ¡ que no se tenga que ir a Los Monegros, o a La Cañada de La Puebla ¡..... BIEN POR ÉSTA LEY.- Lo vés, son pequeños " matices " un ( 10 ) por ésta ley a pesar de ser idea de ZP. | |
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29-01-11 10:13 | #6960527 -> 6886624 |
Por:gazebo01es ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿QUIEN VIGILA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY ANTITABACO EN LA PUERTA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS? Perdona, pero fumar en la puerta de un centro educativo no lo prohibe la ley antitabaco, lo que prohibe es fumar dentro de los recintos de los centros educativos. Leelá entera. | |
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01-03-11 19:19 | #7181491 -> 6960527 |
Por:hombre de paja ![]() ![]() | ![]() ![]() |
Re: ¿quien vigila el cumplimiento de la ley antitabaco en la puerta de los centros educativos? eso quien lo dice tu, esta prohibido en las inmediaciones de parques y centros educativos etc y creo que la puerta del colegio esta lo suficientemente cerca de un colegio para no fumar un saludo | |
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02-03-11 17:10 | #7188170 -> 7181491 |
Por:ANUL ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: ¿quien vigila el cumplimiento de la ley antitabaco en la puerta de los centros educativos? Está absolutamente prohibido fumar tanto en los lugares como en las inmediaciones donde pueda haber niños. El parque que está enfrente del Instituto y a un paso de cuartel de Guardia Civil. Además de un monton de mierda está lleno de colillas. Que las autoridades controlen esto. por favor. | |
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22-03-11 19:59 | #7340494 -> 7188170 |
Por:numeroprimo1999 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: ¿quien vigila el cumplimiento de la ley antitabaco en la puerta de los centros educativos? Lo peor de todo es que el pasado domingo puede ver con mis propios ojos cómo la gente se pasa por el forro de los esos...lo de fumar pero hablo de fumar en la soledad, donde juegan los niños, ¡ qué pero qué poquita vergüenza!!! | |
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23-03-11 11:50 | #7344669 -> 7340494 |
Por:seloquehicisteis ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: ¿quien vigila el cumplimiento de la ley antitabaco en la puerta de los centros educativos? Por favor, mirad elapartado w) del art. 7 de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, y atended a lo que se dice textualmente: "...entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos ..." Transcribo el artículo para que os quede claro: «Artículo 7. Prohibición de fumar. Se prohíbe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en: a) Centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre. b) Centros y dependencias de las Administraciones públicas y entidades de Derecho público. c) Centros, servicios o establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos. d) Centros docentes y formativos, salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes. e) Instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos, siempre que no sean al aire libre. f) Zonas destinadas a la atención directa al público. g) Centros comerciales, incluyendo grandes superficies y galerías, salvo en los espacios al aire libre. h) Centros de atención social. i) Centros de ocio o esparcimiento, salvo en los espacios al aire libre. j) Centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos. k) Salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general, salvo en los espacios al aire libre. l) Áreas o establecimientos donde se elaboren, transformen, preparen, degusten o vendan alimentos. m) Ascensores y elevadores. n) Cabinas telefónicas, recintos de los cajeros automáticos y otros espacios cerrados de uso público de reducido tamaño. Se entiende por espacio de uso público de reducido tamaño aquel que no ocupe una extensión superior a cinco metros cuadrados. ñ) Estaciones de autobuses, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, vehículos o medios de transporte colectivo urbano e interurbano, vehículos de transporte de empresa, taxis, ambulancias, funiculares y teleféricos. o) Todos los espacios del transporte suburbano (vagones, andenes, pasillos, escaleras, estaciones, etc.), salvo en los espacios que se encuentren por completo al aire libre. p) Estaciones, puertos y medios de transporte ferroviario y marítimo, salvo en los espacios al aire libre. q) Aeropuertos, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, aeronaves con origen y destino en territorio nacional y en todos los vuelos de compañías aéreas españolas, incluidos aquellos compartidos con vuelos de compañías extranjeras. r) Estaciones de servicio y similares. s) Cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar. t) Hoteles, hostales y establecimientos análogos, salvo en los espacios al aire libre. No obstante, podrán habilitarse habitaciones fijas para fumadores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 8. u) Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados. v) Salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos que se realizan en espacios cerrados. w) Recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores. x) En todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo.» | |
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