los derechos de los niños Parece increible que en pleno siglo XXI, aún seamos incivilizados e insensibles a los derechos de nuestros hijos. No es posible que antepongamos nuestros asuntos personales como padres divorciados, en detrimento de lo que nuestros hijos necesitan y quieren. Los acuerdos de custodia compartida y reglamentación de visitas deben obedecer a criterios de conveniencia para los menores y no para lo que los padres consideren conveniente a sus egoistas intereses. Aún no entiendo por qué la justicia ampara, de manera ciega, los derechos de las madres cuando los padres también tienen igual derecho que ellas. Las circunstancias, cualquiera que fuesen, que dieron origen a un dovorcio, no deben anteponerse a los intereses de los menores y mucho menos en lo que atañe al acuerdo de custodia y reglamentación de visitas. En el desenvolvimiento de la vida cotidiana no pueden preverse circunstancias imprevisibles como casos de fuerza mayor o caso fortuito y en tales casos, la madre ha de contar con el padre para todo lo atinente al menor, aún cuando el acuerdo sobre menores no lo mencione específicamente, quiénes mejor que los padres y las madres para cuidar de sus propios hijos? Cómo es posible que dejemos al cuidado de un completo extraño a nuestros hijos cuando una circunstancia imprevisible nos impida cuidar de ellos y tan solo porque ese día el menor debe estar al cuidado de uno de ellos seamos tan egoístas de no contar con el otro progenitor para que se haga cargo del menor? Por qué la justicia no escucha los deseos del menor en materia de custodia? a mi juicio la reglamentación de visitas y la custodia son asuntos que deberían estudiarse en los casos en que uno de los progenitores tenga antecedentes de maltrato físico, moral o psicológico para con sus hijos, o cando no esté en capacidad mental o física de velar por ellos, pero cuando las circunstancias del divorcio obedecen a puros parámetros personales el menor no tiene que ser sometido a otro trauma más pues con el simple hecho de la separación de sus padres ya es suficiente para ahora también tener que soportar la falta de arraigo y de un hogar estable. La reglamentación de visitas es solo un formalismo para atender razonamientos de justicia y equiparamiento de cargas, no para usar a los pequeños como herramienta de intercambio para lograr intereses odiosamente egoistas, y en atención a ese caracter formal, los padres debemos ser flexibles a la hora de atender los deseos del menor o incluso del padre que no ostenta la custodia, porque los padres también tienen derecho a ver a sus hijos en el momento en que lo deseen y no solamente sujetarse a un horario ridículo. En esta sociedad que vela por la igualdad de raza, de sexo, de religión, etc. donde los derechos fundamentales están a la orden del día y donde la vanguardia de la moda es el equiparamiento de la mujer en par de igualdad a la del hombre, entonces no veo el avance de la justicia en materia de igualdad para la custodia meramente paterna? si la mujer ha demostrado suficientemente su poder de adaptación a un mundo machista y ha logrado reconocimiento internacional en el campo laboral, el hombre igualmente puede demostrar aptitudes para la crianza de los menores pero es que no se les da ni la más mínima oportunidad de demostrarlo. |