13-05-07 12:51 | #369136 -> 368899 |
Por:cañitabrava ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ACERCA DEL PARTIDO LLAMADO Si es que nos calentamos mucho y claro...metemos la pata ¿no? ¿Sigue sosteniendo eso de " lo que sin ningún género de dudas significa que, en caso de que el Gobierno hubiera pedido la ilegalización de ANV, el Tribunal Constitucional habría rechazado esa petición, con lo que el Constitucional viene así a ratificar enteramente la tesis del Gobierno"? ¿Te has leido el auto aclaratorio?. Te paso la noticia de Europa Press. No vaya a ser que el no actualizar la información lleve a conclusiones equivocadas... NOTICIA EUROPA-PRESS "Las mismas fuentes señalaron que el auto aclaratorio emitido hoy -en el que se eliminan formalmente de la sentencia dicho párrafo - obedece además a la amplia repercusión que las citadas frases han tenido en los medios de comunicación, con un efecto que no obedece a las intenciones que quiso expresar el Constitucional al respecto." https://s.noticias.yahoo.com/ep/20070511/ttr-anv-ampl-los-magistrados-del-tc-pact-c2ebf40.html | |
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13-05-07 18:25 | #369282 -> 369136 |
Por:Yetora ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ACERCA DEL PARTIDO LLAMADO Según mis noticias, Cañitabrava, el borrador de la sentencia del Tribunal Constitucional expresaba que la ilegalización de ANV resultaría "manifiestamente desproporcionada" (o sea, no sólo "desproporcionada", como –sin el adverbio- escribí yo en mi mensaje de ayer, sino "manifiestamente desproporcionada"). Por tanto yo no exageré; al contrario, me quedé corta. Yo no me he leído, es verdad, el auto aclaratorio del Constitucional. Pero tú tampoco. Tú, a todo lo más, has leído la información que, sobre ese auto, ha dado la agencia de noticias Europa-Press. Pero, una de dos, o no te has leído enteramente lo que dice esa agencia, o adrede la has mutilado ahora con evidente ánimo de embaír a quienes lean tu mensaje, pues, si bien es cierto que, según la información de Europa-Press, se ha sumprimido (en la redacción definitiva de la sentencia) un párrafo del fundamento jurídico 6º del borrador que hablaba de que la ilegalización de ANV resultaría "manifiestamente desproporcionada", no es menos cierto que, en esa misma información –que yo he leído hoy-, Europa-Press cuenta también lo siguiente (que tú has callado): << A pesar de eliminar una parte del texto, la sentencia mantiene otros contenidos en el mismo fundamento jurídico de la sentencia -el sexto-, que venían a complementar dicha idea [de que la ilegalización resultaría desproporcionada]. Así, no se elimina un párrafo, contenido en una página posterior al primero, que vuelve a repetir la idea de que la disolución de ANV, en el momento actual, "PUDIERA HABER RESULTADO DESPROPORCIONADA", al no haberse alcanzado aún "el punto en que la trama defraudatoria se confunda con la dirección formal del partido". [...] Seis páginas más tarde, el alto Tribunal vuelve a referirse a este asunto y añade que la utilización de ANV por Batasuna no ha podido acreditarse para el partido en su conjunto y sí sólo para una parte del mismo, "lo que sin duda puede justificar la ulterior indagación" de la Sala del 61 >> Por lo tanto, y habida cuenta del texto que te acabo de transcribir, doy seguidamente respuesta a la pregunta que me formulas. Hela: sí, Cañitabrava, sí, sostengo y mantengo todo lo que escribí en el mensaje con el que inicié esta conversación, y te digo, además, que no ha sido a mí a quien se le calentó la boca, sino (como parece evidente) a ti, y que no he sido yo quien metió la pata, sino (como acredita la propia información de la agencia Europa-Press) tú, amigo mío, tú. Bueno, me alegro de haber podido "conversar" contigo (creo que ha sido ésta la primera vez). | |
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13-05-07 21:13 | #369389 -> 369282 |
Por:cañitabrava ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ACERCA DEL PARTIDO LLAMADO De nuevo te equivocas pero... Como bien has visto solo hemos tenido que tirar de información publicada por agencias de noticias (ni siquiera por El Pais) para llegar a conclusiones que desdicen tu posición inicial (literamente y en tus palabras "lo que sin ningún género de dudas significa que, en caso de que el Gobierno hubiera pedido la ilegalización de ANV, el Tribunal Constitucional habría rechazado esa petición"). De hecho, he puesto la referencia a la información, cosa que tú no has hecho en primera instancia y a lo que te has visto obligada en segunda. Dicho lo cual y continuando con lo que expresa la noticia de Europa Press solo es necesario extraer lo siguiente: "A este respecto, las mismas fuentes destacaron otro párrafo que aclara de forma más rotunda la postura del Tribunal Constitucional al respecto, situado dos páginas más adelante. En él se dice que el enjuiciamiento realizado por la Sala "ha de referirse exclusivamente al examen de las tachas que se han apreciado respecto de las concretas candidaturas objeto del proceso (...), sin que podamos hacer consideraciones respecto al partido AEA-ANV en su conjunto, ni tampoco sobre las candidaturas que, al no ser impugnadas, quedan fuera del objeto propio de estos autos". No voy a opinar, no vaya a ser que tergiverse el contenido. Solo expongo lo que han dicho. Interpretalo tú que ya veo que lo haces bien. | |
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13-05-07 21:34 | #369403 -> 369389 |
Por:Heroe de Perejil ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ACERCA DEL PARTIDO LLAMADO Ala pa que tenteres yestora que na mas que mentiras dices que los del partidor ese son la eta y zapatero sa rendio que a pagao un precio politico que por eso no a quitao ese partido que ese precio va pa de Juana y Otegi que sa bajao los pantalones zapatero dimisio | |
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13-05-07 22:08 | #369434 -> 369389 |
Por:Yetora ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ACERCA DEL PARTIDO LLAMADO Te lo interpreto ahora mismito. Está muy clarito, Cañitabrava: ese párrafo que me has entrecomillado significa -Abundio lo sabe, porque es de cajón, vamos, de clavo pasado- que los jueces tienen que limitarse a decidir exclusivamente sobre aquello que constituye el objeto del proceso judicial y, que por lo tanto, no pueden fallar (en sus resoluciones) sobre cosa distinta de la concreta petición efectuada por las partes litigantes, lo que, en el caso de las listas de ANV, se traduce en que el Tribunal Constitucional sólo podía decidir sobre la validez o nulidad de las concretas listas impugnadas. Sólo sobre eso. Ahora bien, los jueces pueden también (y por ello lo ha hecho el Constitucional) verter en sus resoluciones algunas reflexiones o razonamientos sobre cuestiones conexas con la cuestión concreta sobre la que deben decidir. Sobre esas cuestiones conexas no pueden decidir, pero sí pueden reflexionar sobre ellas. Y esto es lo que, en el caso de ANV, ha hecho el Constitucional: ha fallado que las concretas listas impugnadas por el Gobierno deben ser anuladas, porque no son válidas; y de paso ha hecho una reflexión acerca de si habría sido posible o no, con las pruebas que actualmente se poseen, ilegalizar al partido político llamado ANV, y el resultado de esa reflexión es el que consta en la sentencia definitiva, a saber: la ilegalización es una medida que ahora habría resultado DESPROPORCIONADA (adjetivo éste que es un eufemismo empleado por el Constitucional para evitar decir que, ahora, la ilegalización de ANV sería ILEGAL). ¿QUÉ, CAÑITABRAVA, TE LO HE EXPLICADO BIEN? Antes de que se me olvide: al PP, durante sus 8 años de gobierno, no sólo no se le pasó por la imaginación -¿o sí, y no lo intentó por cobardía?- la idea de ilegalizar a ANV, sino que, además, legalizó al Partido Comunista de las Tierras Vascas. ¡Toma ya, al partido comunita de las tierra basca!¡Ole, ole y ole, que to er mundo é güeno, meno er malvado der Zapatero, que ta rruinando España, Zapatero a tu zapatos, pero eto sacava ya, que en la prosimas arrasa er Rajoy, y er PP va levantal España, y olé! Bueno, Cañitabrava, de nuevo te saludo. A este paso nos hacemos íntimos. Por cierto, espero que sepas disculparme el último párrafo, con el que (aunque suene a chirigota) he querido homenajear cariñosamente al "Hérore de Perejil", quien -lo digo en serio- me cae muy bien. | |
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13-05-07 22:20 | #369454 -> 369434 |
Por:cañitabrava ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ACERCA DEL PARTIDO LLAMADO No soy versado en leyes, lo confieso Yetora, pero salvo que actúen de oficio los jueces se tienen que limitar exlusivamente a aquello que el fiscal ha presentado como objeto judicial. Esa es la situación a la que se tuvo que circunscribir el juez del caso Otegui haces escasamente un mes cuando tras el acuerdo entre el abogado defensor y el fiscal, la famosa tormena de nieve y el bloqueo en carretera, y la ulterior presencia ante el Juez del dirigente de Batasuna, el fiscal retiró la acusación por "falta de pruebas" (no sé por qué no lo hizo desde el principio) y por tanto juez no pudo juzgar. ¿Venía con ello tambien el juez a dar la razón al fiscal?. Esa es mi interpretacion: el juez no puede juzgar si el fiscal no presenta acusación. Pero lo dicho, limitado soy, y en leyes, más aún... Saludos | |
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