19-06-09 23:20 | #2536429 -> 2536210 |
Por:No Registrado | |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) muy buena platica letrado | |
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20-06-09 03:03 | #2537429 -> 2536429 |
Por:No Registrado | |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) No hay nada de nuevo,todo eso ya está desarrollado. | |
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20-06-09 18:11 | #2540268 -> 2537429 |
Por:No Registrado | |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Ya por eso lo has escrito tu no te fastidia, envidioso que eres un envidioso. | |
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20-06-09 19:21 | #2540675 -> 2540268 |
Por:No Registrado | |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Habla con propiedad.Descubre algo nuevo.Que no sea siempre lo mismo de lo mismo. | |
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22-06-09 09:18 | #2547984 -> 2536210 |
Por:2M11 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Perdona que me meta en tu disertación, pero creo desde mi humilde opinión, que te falta un punto: ¿Permitirías que una menor abortase sin el consentimiento y/o conocimiento de esta situación por sus padres? | |
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22-06-09 14:05 | #2549888 -> 2547984 |
Por:Las Orejas del Lobo ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Para el mensaje nº 2536429.- Nos alegramos de que te haya parecido buena la "plática"; y, habida cuenta de que no somos, ciertamene, iletrados, haces bien de usar, en referencia a nosotos, el adjetivo "letrado" (antónimo de iletrado). Para el mensaje nº 2537429.- ¿Que ya está desarrollado este tema, dices? ¿Por quién: por ti? ¿Dónde, en este foro? Pues no lo hemos visto. Hay quienes, como la ministra Bibiana Aído, se muestran favorables a la ley despenalizadora del aborto porque entienden que la mujer tiene derecho a decidir qué hacer con "su cuerpo". Nosotros, por el contrario, no nos mostramos favorables a la ley despenalizadora (en determinados supuestos y plazos) del aborto porque pensemos que la mujer tiene tal derecho, sino porque (tenga o no ese derecho) no creemos que una mujer que aborta haya de ser sancionada penalmente. Así de simple y así de sencillo. Para el mensaje nº 2540268.- Suponemos que a quien llamas "envidioso" es a quien escribió el mensaje nº 2537429, ¿verdad? Para el mensaje nº 2540675.- ¿A quién le dices que hable con propiedad? ¿A Las Orejas del Lobo? Pues, sí así es, te diremos (y no creemos que incurramos por ello en vanidosa presunción) que nosotros nos expresamos con muy estimable precisión semántica y con muy notable corrección sintáctica. ¿Es a nosotros a quienes acusas de hablar siempre de lo mismo? Nosotros hablamos de lo que nos apetece, del mismo modo que tú puedes hablar también de lo que te apetezca. De todos modos, hemos de recordarte que nosotros, en este foro, hemos tratado temas muy variados: hemos opinado (a nuestro juicio de manera solvente y fundada) del aborto, de los géneros gramaticales, de los extranjerismos innecesarios, de la incompentencia de la alcaldesa y de sus embustes (de los cuales uno de los más famosos fue aquél que hacía referencia a que existía una ley la obligaba a cobrar el sueldazo que cobra) y, también, hasta de la divina trinidad del hinduismo. Ahora dinos: ¿sobre qué temas has escrito tú en este foro? Para 2M11.- No, por favor, no, no tenemos nada que perdonarte; al contrario, nos parece muy interesante la pregunta que nos haces y, por ello, con sumo gusto pasamos a contestarla. Mira, 2M11, según tenemos entendido, la ley despenalizadora del aborto no impedirá en modo alguno que una menor, si así lo desea ella, les comunique a sus padres que va a abortar. Si los padres de esa menor han sido unos buenos padres, gozarán sin duda de la admiración y del cariño de su hija y lo más probable es que ésta les pida consejo acerca de su intención de abortar. Pero, en nuestra opinión (y así damos respuesta a tu pregunta), la decisión última ha de corresponderle a la menor; dicho de otra forma: estamos de acuerdo con que la menor pueda abortar, si esa es su voluntad, aunque sus padres se opongan a ello; y, también, estamos de acuerdo con que la menor pueda abortar aunque ni siquiera se lo haya comunicado a sus padres (pues, si no se lo ha dicho, será por algo); igualmente, estamos de acuerdo con que la menor tenga derecho a no abortar, si ella no quiere hacerlo, pese a que sus padres quisieran obligarla a ello (pues este supuesto también podría darse en la práctica). | |
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22-06-09 14:18 | #2549975 -> 2549888 |
Por:No Registrado | |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Ridiculo. | |
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23-06-09 13:19 | #2557716 -> 2549975 |
Por:No Registrado | |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Este mensaje, va exclusivamente, dirijido al Sr. Antónimo de Iletrado; ¡copón, no dejas títere con cabeza! | |
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24-06-09 09:17 | #2564269 -> 2549888 |
Por:2M11 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Orejas del Lobo, debo decirte que hoy he oido en las noticias que la Fiscalía (no se cual de ellas, porque no entiendo mucho de la organización estamentaria de la Justicia) se postulaba en contra tanto de la ampliación de la Ley del Aborto, como de que una menor pueda ser tratada por este asunto sin el conocimiento de los padres, parece ser inconstitucional. Yo no entiendo mucho, para eso doctores tiene la Iglesia, pero parece ser que los fiscales no lo ven muy legal del todo.¿no? | |
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24-06-09 09:58 | #2564457 -> 2564269 |
Por:No Registrado | |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Yo creo que hay otros temas en el pueblo que nos pueden interesar más. | |
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24-06-09 15:31 | #2566800 -> 2564457 |
Por:Las Orejas del Lobo ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Vale, No Registrado nº 2564457, nadie te impide exponer esos otros temas a los que (sin especificarlos en modo alguno) aludes: abre tú cuántas nuevas conversaciones quieras acerca de los temas que sean de tu interés. Saludos. | |
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24-06-09 15:35 | #2566827 -> 2564269 |
Por:Las Orejas del Lobo ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Hola, 2M11: Es cierto que el Consejo Fiscal acaba de decir que no le parece que sea constitucional la nueva ley despenalizadora del aborto que se está tramitando; aunque, para ser exactos, conviene especificar que tal cosa la ha dicho la facción conservadora de dicho Consejo (que es, ciertamente, la parcialidad mayoritaria de éste): sostienen los miembros de esa facción del Consejo Fiscal que la nueva ley atenta contra el derecho a la vida que, con rango de derecho fundamental, proclama el artículo 15 de nuestra Constitución. Hemos de decirte que, como sin duda bien sabes, la última palabra sobre la constitucionalidad de una ley la tiene el Tribunal Constitucional. Habrá que ver qué dirá éste en su momento sobre tal cuestión. No obstante, podríamos (para ver qué dice exactamente) echarle un vistazo al mentado artículo 15, que se encuentra dentro de la sección 1ª (titulada "De los derechos fundamentales y de las libertades públicas") del capítulo 2º del título I de la Constitución. Ese artículo reza así: Todos tienen derecho a la vida... ¿Qué significa exactamente esa frase? ¿Qué es lo que realmente quiere decir? Un amable vecino al que hemos consultado nos dice que, según el Código Civil, el primer criterio interpretativo que hay que tener en cuenta, a la hora de realizar la exégesis de un texto legal, es el gramatical. O sea, que las normas legales habrán de interpretarse, en principio, según el sentido propio de sus palabras. Pues bien, si analizamos gramaticalmente la frase Todos tienen derecho a la vida, advertiremos que la palabra "todos" es un adjetivo que está haciendo referencia a un sustantivo que se encuentra elidido. ¿Cuál es ese sustantivo? Obviamente, el sustantivo "personas". En realidad, la frase constitucional está diciendo que todas las personas tienen derecho a la vida. Podríamos ahora preguntarnos quiénes son (desde el punto de vista jurídico) personas. La respuesta, según nos apunta nuestro amable vecino, se encuentra en el Código Civil: sólo son personas los fetos que tuvieran figura humana y vivieran veinticuatro horas enteramente desprendidos del seno materno. ¿Qué conclusión se deduce de lo que se acaba de exponer? Pues, lisa y llanamente, según nuestro vecino, que "el nasciturus" (el que va a nacer) no es titular del derecho fundamental a la vida establecido en el artículo 15 de nuestra Constitución, por lo que es muy posible que la anteriormente citada facción conservadora del Consejo Fiscal, al apelar (para tildar de inconstitucional la reforma de la "ley del aborto") al artículo 15 de la Constitución, se haya pasado de frenada (si se nos permite esta expresión), porque "el nasciturus" -afirma nuestro vecino- no goza en realidad de la protección que dispensa ese artículo. ¿Está loco nuestro vecino? Esta es la pregunta que nos hemos formulado nosotros al escuchar sus palabras. Pero él nos ha tranquilizado de esta guisa: No, no lo estoy; lo que yo digo ahora ya lo dijo el Tribunal Constitucional en su sentencia nº 53, de fecha 11 de abril de 1985. Entonces -le hemos preguntado-, ¿"el nasciturus" no goza de ninguna protección legal? Sí -nos ha respondido nuestro vecino-, sí goza de ella: la vida en formación ("el nasciturus") se configura como un bien jurídico constitucional; pero un bien jurídico constitucional es algo menos que un derecho constitucional fundamental (que es lo que regula el artículo 15). En fin, 2M11, que no parece que esté tan claro eso de que la reforma de la "ley del aborto" sea inconstitucional por atentar contra el artículo 15 de ésta. Como ya hemos dicho que nosotros estamos a favor de la despenalización (en determinados supuestos y plazos) del aborto, porque estamos en contra de que se castigue penalmente a la mujer que aborta, estaríamos incluso a favor de que (para facilitar esa despenalización) se modificara la Constitución, si ello fuera menester. Una Constitución no tiene por qué ser inmutable. Recibe nuestro saludo. | |
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25-06-09 10:09 | #2572232 -> 2566827 |
Por:2M11 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: ¿ABORTO SÍ O ABORTO NO? (La pregunta no es adecuada) Hola orejas, tengo que decirte que podríamos estar hablando eternamente de este tema y creo que no llegaríamos a convencernos. Partimos de bases distintas, tú tomas a la persona como ente jurídico, que entonces se regula por el Código Civil, y es cierto que deben pasar las 24 horas para considerarlo persona JURIDICA, con todos los derechos jurídicos como la sucesión, herencias etc. Pero yo creo que hay diferencias entre el concepto de Persona Jurídica, que lo puede ser hasta el Ayuntamiento, y el concepto de Persona Humana. Partimos de puntos distintos, por eso creo que hay muchas personas, incluidos los fiscales "consevadores", que están pensando en el ser humano, no el ser vivo de la ministra. De todas formas debo reconoceros, que me está gustando esto de exponer ideas con gente que como vosotros, aunque no pensemos del todo igual, respetemos las opiniones. Estoy seguro que en otros muchos temas estaremos de acuerdo. Sobre todo, por lo que os he podido seguir aquí, en el Foro, en temas locales, estamos de acuerdo en la mayoría de las cosas. | |
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