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Ráfales - Teruel

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España > Teruel > Ráfales
25-08-08 11:48 #1109347
Por:No Registrado
Ley de Lenguas
https://ww.heraldo.es/index.php/mod.noticias/mem.detalle/idnoticia.19150/relcategoria.300


El anteproyecto socialista de Ley de Lenguas suscita controversia y no satisface a casi nadie

(...) A favor de la ley y de la cooficialidad del catalán también se encuentran miembros del PAR, como Francisco Esteve, alcalde de Peñarroya de Tastavins, que defiende "la necesidad de la cooficialidad". Carlos Fontanet, presidente de la comarca, manifestó que "la situación actual debe regularse, posteriormente los especialistas ya reglamentarán la gramática". "Creo que hablamos catalán, ya que no hay ningún problema al comunicarnos con nuestros vecinos", afirmó. Para otros aragonesistas, como Andrés Cros, alcalde de Monroyo, "no hay necesidad de ninguna ley, la gente lo que quiere es que les dejen hablar como quieran". Fernando Cavero, de Ráfales, rechazó la normativa y defendió que lo que se habla en su zona "no es catalán". Para el alcalde de La Cañada de Verich, José Manuel Insa, "es un tema que no interesa a los ciudadanos". (...)

Nuevo tema de debate:

¿Considerais el "CHAPURRIAU" un dialecto del catalán?
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26-08-08 23:19 #1114017 -> 1109347
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Precisamente tuve una pequeña discusión hace unos días sobre el tema. Que si el Chapurriau era Catalán, que si era un dialecto, en fin, aquí cada uno da su opinión, lo importante es que no se deje nunca de hablar el Chapurriau.
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29-08-08 00:46 #1120464 -> 1109347
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
¿Considerais el "CHAPURRIAU" un dialecto del catalán?

Si el tema es la Ley de Lenguas la pregunta no es ni correcta ni adecuada.

Hablar de dialecto es una cosa muy seria y si nos ponemos a tirar de ahí el catalán es un dialecto del latín. El "Chapurriau" o "Chapurriat", como mas escucho nombrar por aquí, como mucho es una variedad dialectal y no un dialecto puro.

Me temo que el problema se reduce, como tantas veces en Aragón, a la forma de llamar a las cosas. Siempre habrá gente, en Zaragoza sobre todo y desde allí mandan los que mandan, desengañémonos, que al oír "catalán" se le abrirán las carnes...

A nadie se le ha ocurrido hablar de "Aragonés oriental" o "Aragonés catalán"? ¿Seguimos teniendo todavía el conplejo de inferioridad que nos impide recordarles, por ejemplo, que NUNCA hubo un rey, ni reina del "Reino Catalán Aragones" (como el otro día me decían... y sin fumar nada, tu... con toda naturalidad...)

El Reino fue de Aragón, los reyes mandaron desde aquí y así les gustaba llamarlo. Lo siento... Es historia...

Vamos a dejarnos de afrentas y rencores irracionales y entendamos de una vez que el patrimonio cultural es muy rico y diverso. Tanto como diverso es este país.

Llamemos a las cosas como queramos pero tengamos en cuenta que el orgullo de ser aragonés se puede expresar de muchas maneras.

Hace poco, sobre mi terrible inglés, una ciudadana de por allí me decía que la gramática es una cosa y otra muy diferente, y mucho mas importante, la posibilidad de comunicarse. Sabia observación.

Buenas noches.
Güena nuei.
Bona nit.

José.

En el caso de la Fabla Aragonesa no hay ningún problema en como llamarla. Está claro: "Aragonés" o "Fabla". Pero con "esto"...
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29-08-08 10:38 #1120951 -> 1120464
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Por Dios! Que arrogancia!!
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29-08-08 12:00 #1121192 -> 1120951
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Arrogancia:

(Del lat. arrogantĭa).

1. f. Cualidad de arrogante.


Arrogante.

(Del ant. part. act. de arrogar; lat. arrŏgans, -antis).

1. adj. Altanero, soberbio.

2. adj. Valiente, alentado, brioso.

3. adj. Gallardo, airoso.


¿Cual de las tres acepciones crees que define el mensaje o mi forma de expresarlo?

¿Lo dices por altanero y soberbio?
¿Hablar claro es arrogancia o los aragoneses debemos de callarnos, como hasta ahora, para seguir "cayendo bien"?
¿Crees que es soberbia dar una opinión razonada LIBRE Y ABIERTAMENTE en un foro donde NADIE se identifica? Si es así debo ser mas tonto de lo que pensaba... Tendré que meterme a cura, que les dan todo el guión ya hecho...
¿O quizá es incómodo escuchar ciertas opiniones?

Pero mira, si pensabas en las otras acepciones, cosa que dudo, pues gracias, pero mejor haber utilizado otra palabra, así evitas dobles sentidos.

Por cierto, DESCONOCIDO... ¿Y tu que opinas sobre el tema que nos ocupa? Porque hasta ahora no has hecho mas que meterte conmigo y mi forma de expresarme. Es que fui a colegio de curas y me enseñaron así...

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29-08-08 14:54 #1121883 -> 1121192
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
La arrogancia es una cualidad negativa que se refiere al excesivo orgullo de una persona en relación consigo misma. El adjetivo calificativo relativo a esta pasión es arrogante. Una persona arrogante tiende a exagerar, a menudo, su propia importancia.

A menudo, las personas arrogantes no se dan cuenta de su comportamiento y se niegan a reconocer que lo son. Aunque el término parece ligado a las personas que tienden a remarcar su propia importancia de forma verbal, también se puede aplicar a alguien que no muestra externamente esta cualidad a través de sus comentarios, pero si parece evidenciarla a través de sus actos.

Una persona arrogante en extremo normalmente intentará echar por tierra los puntos de vista y opiniones de las otras personas, con el objetivo de situarse por encima de éstas. Esto hace que, presumiblemente, las discusiones con las personas que adolecen de este defecto no puedan resolverse de una forma argumentada y razonable. Un conversador racional encontrará que sus argumentos lógicos o intuitivos no surten efecto, ya que la persona arrogante intenta sustituir la discusión racional por una discusión emocional entre los egos de los conversadores.

Unidos a la arrogancia aparecen la falta de capacidad para reconocer las propias limitaciones y el carácter competitivo.
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29-08-08 15:59 #1122066 -> 1121883
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
que pasa, que en este foro no se puede mantener una combersación normal, sin problemas ni prejuicios?

entrando en el tema.

me es indiferente de donde venga las lenguas son propiedad del mundo no de las gentes ni paises.
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29-08-08 18:53 #1122660 -> 1122066
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Hombre, alguien con quien poder hablar !!!

Las lenguas, como patrimonio cultural, deben ser del mundo, como dices. El problema es que hace tiempo se subastaron y ya tienen dueños ideológicos.

Ojala la ONU, por ejemplo, sirviera para algo y se ocupara de las lenguas minoritarias y de las que están en riesgo de extinción. La utopía es lo que tiene, esperanza.

Como no puede ser lo anterior se intenta legislar pero aquí en Aragón hay varios prejuicios, muy viejos e irracionales, que nos impiden ver con mas amplitud de miras.

Creo que una ley es necesaria (y ya si se cumple sería la hos... perdón)

Aragón es trilingüe, y no se puede negar. Pero ¿Debemos sacrificar las variedades locales o es mas barato (económicamente seguro) homogeneizar y cargarse la riqueza de los léxicos locales?
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03-02-09 20:16 #1725547 -> 1122066
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
estas en un grave error, las lenguas y sus variantes, son propiedad del pueblo, de quienes las hablan y tienen como propia
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29-08-08 16:31 #1122160 -> 1121883
Por:

Borrado por Foro-ciudad.com
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03-02-09 13:26 #1722990 -> 1122160
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
antes escribi mi opinion al respecto, no se si ha salido publicada, por si acaso resumo;
Idioma es la forma que utiliza el ser humano para entenderse, todos los idiomas tienen variantes, no es igual el Castellano que se habla en America que incluso las diferentes variantes dentro de la peninsula, el Catalan no es menos, el Catalan se habla en la propia Catalunya, en las baleares con sus variantes, en Valencia con sus variantes, en La Catalunya nort (lo que nos fué usurpado por acuerdo de nieto y abuelo los reyes de Francia y España), y en la Franja, evidentemente con sus variantes, llamado por el pueblo CHAPURRIAU, y me parece bien. Lo que no es correcto que politicos de turno se metan a linguistas, ellos a lo suyo que es intentar levantar la economia del pais, los linguistas a opinar sobre idioma y sobre la VOLUNTAD DEL PUEBLO.
Por último quiero dejar constancia que mi abuelo Manel nacido en RAFELS, siempre hablo en catalan, toda su familia en Rafels lo hablaba y en Barcelona casado con mi abuela de Tivissa hablaba catalan como sus hijos y sus nietos, seguro que NADIE, les obligó a hablar Catalan, a lo que si obligaban es a expresarse en Castellano
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23-09-08 14:02 #1210797 -> 1109347
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Hombre, Cavero diciendo que lo que se habla en su pueblo no es catalan...

Será valenciano! Hombre no me jodas!

La llengua que se parle al poble és lo català, si li vols dir en lo dialecte xapurriau, dis-li, però que no me diguen que no es català... perque llavontes jo diré que landalús és un idioma que no es castellà.
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23-09-08 22:04 #1212968 -> 1210797
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Lo que se habla en el pueblo en lo que se habla en toda la franja aragonena "la fabla"
NO SOMOS CATALANES, SOMOS ARAGONES Y ANTE TODO ESPAÑOLES
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03-02-09 13:38 #1723047 -> 1212968
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Mira anonimo escribiente, dices que no eres catalan, que eres aragones y ante todo español. Me parece bien estas en tu pleno derecho, evidentemente si no has nacido en catalunya no eres catalan y si hubieras nacido en ella y no quisieras serlo estas en tu derecho, pero piensa que los que hablan castellano en Cuba, Argentina, Chile etc etc. hablan tu idioma y no son españoles.
Mira lo sensato, lo normal, es respetar si quieres ser respetado, yo soy Catalan porque nací en Barcelona y principalmente por que quiero serlo, mi pasaporte pone en su tapa UNION EUROPEA, no me gustan las fronteras, las pusieron los hombres para separar y prohibir, yo me considero mas universal, defiendo lo mio por que es lo mas proximo, por que para mi es lo mejor.
Defiende lo tuyo Aragón es una gran tierra, los miles de Aragoneses que tuvieron que venir a ganarse la vida a Catalunya, hoy estan plenamente integrados sin renunciar (como mi abuelo) a sus origenes, nuestro pasado en comun con la unión de la hija del Rey Ramiro con el Conde de Barcelona dió excelentes resultados, y se respetaron las dos naciones independientes, El Rey era Rey cuando estaba en Aragon y cuando estaba en Catalunya era el Conde de Barcelona.
Un saludo
Puntos:
23-09-08 22:54 #1213274 -> 1210797
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Pero... ¿Hablamos de idiomas o de acentos?

¿Existe el madrileño o es solo un acento? ¿Porqué hay tantos problemas de comunicación entra leridanos y barceloneses? ¿Entienden los fragatinos a los benasqueses y a los raposins y viceversa...(Ojo!!! Todos en la franja / francha)? ¿Podría jugar al guiñote uno de Ansó contra uno de Ainsa y entenderse?

Menos mal que normalizamos, igualamos y eliminamos el batua, que si no los vascos seguirían entendiéndose mejor con la txalaparta (instrumento musical de percusión, no seáis mal pensados) que hablando...

Seguimos en lo mismo: la tremenda riqueza lingüística de este país ...

El problema es que llamarlo catalán levanta demasiadas ampollas, se da demasiado por sentada cierta supremacía y además no creo que nadie tenga el copyright de ningún idioma.

La opinión de Cavero... Bueno, bastante jardín tiene ese partido con una ley que apoyó para su creación, pero que le quita votos y además, lo mas grave, que no se la cree...

Por cierto... ¿Marcelino que habla en la intimidad de su pueblo, por ahí por Bonansa, Las Paules, Benasque y tal? ¿Patués, aragonés, occitano, aranés o catalán...?
Puntos:
24-09-08 20:12 #1217255 -> 1213274
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Totalmente de acuerdo. El problema para algunos, que no lo hay, radica en su denominación.
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25-09-08 15:32 #1220879 -> 1217255
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Totalment d'acord.

Hi ha gent que no accepta que el que parla és català amb la varietat típica del Matarranya però que li has de fer....

Almenys tots ens entenem, o no?
Puntos:
25-09-08 17:45 #1221510 -> 1220879
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Entonces tengo una duda; ¿porque al valenciano o al mallorquin, no les llamamos tambien catalan?
Puntos:
25-09-08 21:50 #1222816 -> 1221510
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Si el Aragonés, como tal, es la Fabla (y este si que es dialecto únicamente del latín, como el catalán...), propongo:

Aragonés oriental

Aragonés de la franja

...por ejemplo...
Puntos:
26-09-08 13:39 #1225402 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Fernando Cavero, de Ráfales, rechazó la normativa y defendió que lo que se habla en su zona "no es catalán"

Si no es catalán lo que se habla,¿qué idioma es? Yo creo que sí que es catalán, con algunas palabras distintas (como pasa en Tarragona, Lleida...), con otro acento distinto (como pasa en otros sitios), pero en su esencia es catalán. Considero que decir que el “Chapurriau” no es catalán es tan ridículo como decir que lo que se habla en Argentina no es lengua castellana, otra cosa es que este tema levante sensibilidades anticatalanistas, pero eso es otro tema que no creo que se deba mezclar, pero para poner un ejemplo muy claro, es como si un señor muy muy muy independentista catalán, que no es lo mismo que ser catalán, dijera que él el castellano no lo habla, que cuando habla con españoles habla el ecuatoriano, ridículo ¿verdad?, pues esto, bajo mi punto de vista, es lo mismo.

Respecto a lo que he leído del reino catalán aragonés, es tan falso como decir que lo que se habla en Ráfales no es catalán, por lo menos, a mí en el colegio siempre me han enseñado que el reino fue de Aragón y que lo que se habla en la franja es un dialecto del catalán (que no lo digo yo, ni lo dicen los profesores, lo dice la historia)

En cuanto al tema de mallorquín y valenciano, el problema del valenciano es que ellos nunca han querido admitir que lo que ellos hablan es un dialecto del catalán, pero aunque les salgan ampollas sólo con pensarlo, lo que se habla en la comunidad valenciana es catalán. De la misma manera que el mallorquín también es catalán, la única diferencia con los valencianos, es que ellos no tienen problema alguno con admitir que lo que hablan es catalán.

Como tengo tiempo libre, me he molestado en buscar por Internet distinta información para demostrar que no me invento nada de lo que he dicho:

Dominio y uso de la lengua catalana

El catalán es la lengua propia de Cataluña. En este territorio tiene el rango de lengua oficial junto con el castellano, oficial en todo el Estado español. El catalán también es la lengua de una extensa área del este del Estado español (las Islas Baleares, el País Valenciano y una parte de Aragón -la Franja de Poniente-), de Andorra (donde es la única lengua oficial), del sur de Francia (la llamada "Catalunya Nord") y de la ciudad italiana de L'Alguer. En conjunto, la lengua catalana se habla en un territorio de 68.000 km² donde viven casi 13,5 millones de personas. De éstas, se estima que más de 9 millones son capaces de hablarla, mientras que la pueden entender 11 millones.

Es una de las lenguas románicas o neolatinas formadas a raíz de la disolución del latín, entre los siglos VIII y X, en los territorios del Imperio Carolingio que formaban los condados de la Marca Hispánica. Como en la mayoría de lenguas, se pueden distinguir distintas variedades geográficas: noroccidental, central, septentrional o rosellonés, valenciano y balear. En el valle de Arán se habla el aranès, una variante del occitano. https://ww.gencat.net/catalunya/cas/llengua.htm

Marco legal sobre la lengua catalana.

El marco legal relativo al ámbito lingüístico figura, por lo que respecta al estado español, en la Constitución de 1978 (básicamente en el artículo 3), en los estatutos de autonomia de Catalunya, Comunitat Valenciana, Illes Balears y Aragón, y se desarrolla en las leyes de normalización lingüística de Catalunya (1983) y las Illes Balears (1986), y en la de uso de enseñanza del valenciano (1983). De acuerdo con esta legislación el catalán es la lengua propia de Catalunya, Illes Balears y Comunitat Valenciana, a parte de ser lengua oficial como también lo es el castellano. En Andorra, el catalán es la única lengua oficial según el artículo 2 de la Constitución del Principado de Andorra de 1993. Ni Catalunya Nord ni el Alguer disponen de legislación propia por lo respecta a la lengua.

Situación sociolingüística
(...)
Franja d'Aragó


A pesar de que no existen datos oficiales sobre el conocimiento y uso del catalán en la Franja, recientes estimaciones indican que aproximadamente el 90% de la población, unas 45.000 personas, tienen el catalán como idioma habitual.

La información la he sacado de esta página:

Si a alguien le interesa allí la información está mucho más completa, en google hay miles de páginas donde habla sobre la historia del catalán, por lo tanto, el que quiera información de verdad (cuando digo de verdad, me refiero a la verdadera, vamos, a lo que dice la historia, no a lo que les duele reconocer a algunos) en Internet hay hasta cansarse de leer.

Espero no haber herido sensibilidades.
Puntos:
26-09-08 18:57 #1226783 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Mira lo que he encontrado... Si es que buscando y con tiempo...

https://s.wikipedia.org/wiki/FACAO

En este link hay 20 razones para explicar, con argumentos ligüísticos, que no estamos hablando de catalán.

Sigo rebuscando, que esto está divertido...
Puntos:
26-09-08 22:10 #1227570 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Creo que sobre este tema podemos hablar horas y horas y cada cual tendrá su opinión... De todas formas los filólogos, que algo deben saber de esto, ya han dado su opinión al respecto.

En cuanto a la Facao... que quieres que te diga... reciben el apoyo de Unión Valenciana, Democracia Nacional,...
con eso ya queda todo dicho... pero bueno también tienen su derecho a opinar...
Puntos:
27-09-08 00:08 #1228158 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Mira, lo de la FACAO no lo sabía, pero me informaré. (Y os puedo asegurar que NO TENGO NINGUNA SIMPATIA POR ESA GENTUZA DE DEMOCRACIA NACIONAL...)

Pero hecha un vistazo y mira quienes son estos de scgenealogia...

SOCIETAT CATALANA DE GENEALOGIA, HERÀLDICA, SIGIL·LOGRAFIA, VEXIL·LOLOGIA I NOBILIÀRIA

Esto es como preguntarle a Rajoy que tal lo hace ZP... No se pueden hacer apuestas sobre preguntas con respuestas tan obvias...

Yo esperaba algo mas imparcial, no se, por aquello de poder seguir polemizando de buen rollo...

En el buscador de la página inicial de esta peña hay un buscador y me estoy entreteniendo, al loro.

1ª búsqueda: Aragón.

2º resultado:

LLISTES DE YAHOO

CATALUNYA

Grup dedicat a la investigació genealògica al Principat de Catalunya.
En general en lengua castellana
(Barcelona, Girona, Lleida i Tarragona)

https://s.groups.yahoo.com/group/GenCatalana

3ª resultado:

"Símbolos de Catalunya y Heráldica

Santo con la reina Petronila de Aragón, el reino de Aragón y el condado ... denominada Corona de Aragón (formada originariamente por Cataluña y Rosselló, Aragón, Valencia y las

"


"Primero el burro, para que no se pierda". Popular.

Si la corona era de Aragón lo lógico sería escribir que estaba formada originariamente por: "Aragón, Cataluña, Valencia...", etc, pero si fuera por una cuestión de educación (ver dicho popular...) dejaríamos Aragón para el último mentado. ¿Me parece ver cierto protagonismo y poco rigor o hace días que estoy paranoico con el temita?

Luego lo del principado... NUNCA HUBO REY NI PRINCIPE. Es historia, lo siento.

Tras tantos años de olvidos y errores mas o menos intencionados ¿Porqué no podemos opinar y cambiar el nombre de lo que se habla por aquí?

Cataluña necesita historia (y si no se la inventa...) y área de influencia para no perder poder y seguir reclamando atención.

En Aragón somos pocos y encima divididos. Estamos demasiado acostumbrados a recibir palos y a callar para seguir cayendo bien. Somos conformistas (demasiado) pero tozudos y ya nos cansa ser segundones al son que otros bailen.

Aragón es trilingüe, no se puede negar, y se habla mayoritariamente el castellano además del Aragonés y el Aragonés oriental.

¿No suena mal, no?

Otra web:



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30-09-08 11:52 #1238771 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Entonces, por lo que veo, mis argumentos de porque el Txapurreau es catalán no te sirven, sin tener en cuenta lo que dice el enlace que puse.

Vamos a ver, para que sea un poco más claro:

¿Lo que se habla en USA y lo que se habla en Inglaterra es lo mismo? A uno le llaman inglés americano y al otro inglés británico, pero ¿es básicamente el mismo idioma o no?

¿Qué idioma se habla en Suiza? Mayoritariamente se habla el alemán y el francés, en este país, estas dos lenguas tienen variaciones dialectales, pero ¿alguien se atrevería a negar que lo que hablan es alemán y francés?

En Marruecos, hablan el árabe clásico y además el francés y unas 400000 personas habla el español, ¿alguien se atrevería a decir que estas 400000 personas hablan marroquí (y la coletilla que le quieras poner)? Yo creo que a más de uno le da un infarto.

¿Sigo? Creo que no hace falta... Por lo tanto, ¿porque nos cuesta tanto (a algunos) reconocer que lo que se habla en la franja es catalán? Le podemos llamar Txapurriau, aragonés oriental, catalán occidental, Juana la loca, como queramos, pero en su esencia es catalán. De la misma manera que podemos llamar mallorquín o valenciano, a el catalán que se habla en las islas y en la comunidad o país Sonriente valenciano.

Respecto a los 20 argumentos lingüísticos que has puesto de la página esta apoyada por democracia nacional. Te podría poner 50 variaciones lingüísticas entre el catalán de Tarragona y el de Girona, ¿tenemos que decir que son un idioma distinto?

Yo creo que en este tema de las lenguas, es ridículo no reconocer lo evidente, cuando además, las lenguas sólo sirven para que las personas nos podamos comunicar entre nosotros, entonces, ¿porque la gente se empeña en estar en conflicto continuo por tonterías como estas? Si la gente (y sobretodo los políticos) se preocupara más por los problemas reales de la gente y no por estas tonterías, todo iría mucho mejor. QUE LA QUE NOS VIENE ENCIMA ES PEQUEÑA!!
Puntos:
30-09-08 23:21 #1242028 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Por partes.

Un enlace pretendidamente científico y serio que hable del "Principado de Cataluña" se descalifica por si solo. Es historia, reitero.

Con lo del inglés está claro: tan solo cambia el ACENTO.

Hace poco estuvieron unos suizos en el hotel que hablaban inglés e italiano... Ostras que sorpresa unos suizos raros... Ojala pudiésemos comparar Suiza con España.

Lo de Marruecos es genial. Allí hablan lo que hace falta cuando lo necesitan. Son gente muy viva que sabe buscarse la vida cuando les aprietan.

Vale, la esencia es catalán (nunca lo he negado) pero el problema es político. Si cuando nombras a Valencia lo haces como país Sonriente valenciano ¿Es que te caen simpáticos o es que te parece una broma?

Habría que preguntarles a ellos que opinan de esa sonrisa. Yo me sentiría ofendido.

El problema político se basa en esa serie de gestos que hacen que nos queramos sentir diferentes y, quizá, alejarnos de ese sentimiento único del pancatalanismo.

Si en todas partes el catalán tiene su nombre propio diferenciador ¿Porqué no aquí? A lo mejor las colonias del Reino Catalano Aragonés no tenemos derecho a opinar sobre cuestión tan, al parecer, evidente...

¿Aprobaría un ciudadano de Gerona o Tarragona unas oposiciones de la generalitat utilizando sus giros y variaciones?

La diferencia queda proscrita. Todo lo que no sea hablar de la unidad de Cataluña, según ellos (¿quizá tu también...?) definen es anatema. Hay que mantener el poder como sea.

Y aquí estamos en medio los aragoneses, cansados y rebotados de no pintar nada.

En tu último punto hablas de comunicación. ¿Porqué entonces alguien se molesta de la denominación que pongas a lo que se hable? Lo importante es que un hablante de aragonés oriental se pueda entender con alguien en catalán. Y si no siempre nos quedará el castellano, por mas que a alguien le j... fastidie, perdón.

Para un país como Cataluña que tiene todo tan claro debe sonar a broma todo esto pero para muchos aragoneses es muy serio porque se habla de la poca identidad que nos queda.

Hoy he recibido un mail, te pongo un extracto:

"Fue esa razón de Estado la que, mediante dos invasiones (en 1591 y en 1707) y por la fuerza de las armas adulteró primero y liquidó después el sistema constitucional aragonés, con su personalidad política y con su capacidad para oponerse pacíficamente a la supeditación sistemática de Aragón y los aragoneses a las prioridades del poder central."

Me falta el 1936, que también nos dieron...

¿Debemos seguir callando?
Puntos:
23-10-08 09:35 #1323968 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
ola buenas, lo primero es ver lo gracioso q somos en el pueblo todos muy amigos y aki nos tiramos los trastos me ace bastante gracia la situacion pero bueno, me gustaria remarcar q la alqueria a tenido al menos el valor de poner su nombre no como el resto de personas q no todas pero bastantes faltan al respeto a otros y no ponen ni su nombre ai se demuestra todo,bueno en cuanto al asunto del catalan-xapurreau o como lo denomineis, para mi catalan de toda la vida y con familia en el pueblo y persona muy arraigada al pueblo hablo intentando no tener perjuicio alguno y sin duda llego a la conclusion q en la franja hay un cierto recelo hacia todo akello q lleve el nombre de catalan no por todos claro!!prueba de ello es como el año pasado los kinotos cantaron el bingo en catalan "xapurreau" y en castellano y como gran parte del publico abutxeo a estos dicindoles q no los entendian i algunos insultos no generalizados claro x ai estavan nose qizas esq ablen en ingles ¿?¿?hay una persona de estas q dijo de todo a los kintos x ablar en catalan q este año formava parte de la comision de fiestas persona q e podido conocer y me parece buena gente pero en ese ambito como tantas otras personas del pueblo son ANTICATALANES aunqe no creo q lo pueden llegar a reconozer qeda muy mal de decir soy anti... yo personalmente creo q no hay duda de q el xaporreau es catalan es inquestionable es otra de las muchas variedades geograficas q tiene este si le qereis llamar d otra manera xq eso de catalan os corroe vuestro sentiminto aragones pues no lo compartire pero lo aceptare, a un ciduadano de girona no le diremos q abla girones i al de barcelona barcelones pero claro esta q no ablan igual xro es la misma lengua q nos une el problema aki esta en las fronteras en catalunya se abla catalan y fuera de ella ja no se puede llamar catalan xq claro biene de cataluña i no estamos en cataluña si no se llamara catalan i se llamara "latin"no creo q uviera tantos problemas no llamaremos al castellano español,argentino colombiano.....enga un saludo y q viva el pueblo jeje
Puntos:
23-10-08 15:27 #1325411 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Hola sóc Marc, quinto del 2007.

Bueno primer que tot voldria dir que l'anterior intervenció té, almenys per a mi, tota la raó.

I, no sé qui ets però segur que és algú proper a mi, perquè l'home anticatalà i proaragonés que em va dir això poca gent ho coneix.

Primer que res, volia dir que els quintos de l'any anterior vam proposar a la comissió cantar el bingo en català. Jo pot ser m'aproximaria més al parlar del poble i el Romà, per exemple, al barceloní. Malgrat l'intent de parlar com al poble dient els números, se'ns va dir que érem insolidaris, a què venia això?, maleducats, perquè? i que no teníem cap dret a parlar el català, la llengua del poble.

Home, un s'ha de callar moltes coses, però que se li negui parlar la llengua del seu poble, doncs me va mosquejar, és més, me va molestar tant aquell comentari que des de llavors que a aquella persona la tinc crusada.

El problema és que no volia/en que es parles en català perquè, per a més inri, els números premiats els fèiem en català i, per als de fora, en castellà.

Enguany, un quinto va probar de fer-ho en català i diràs que li feia temor, pot ser, vergonya per tot el que havia passat l'any anterior.

I el que no es pot permetre que, per culpa d'aquests comentaris, una persona tinga temor de parlar amb la seua llengua.

Invito als propers quintos, que parlen amb la seua llengua i a veure qui li diu a la Maria Querol, per exemple, que no utilitzi la seua llengua al seu poble! Espero que ningú!

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23-10-08 15:30 #1325425 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
De fora vindran que la llengua mos trauran!
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23-10-08 17:29 #1326023 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Yo soy de los que, creo que educadamente, ha dejado su opinión sobre el tema y no ha firmado el post, tú tienes el valor de criticar a los que no firmamos el post. Yo me pregunto, ¿Como puede criticar alguien algo que luego él hace?
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23-10-08 19:28 #1326758 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Sóc Marc,

no sé si va dirigit a mi però,

quan he criticat a alguna persona que no s'hagi identificat?
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23-10-08 19:41 #1326810 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
No Marc, a tu no em dirigia, ja sé que t´has identificat, em refereixo al que ha escrit el missatge anterior al teu.

PD:Quin bany ahir,eh?!
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24-10-08 08:29 #1328545 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
no nos confundamos yo e dicho si lees atentamnte lo escrito q me parece mal akellos q faltan al respeto a otros y no lo firman jo en ningun momento le e faltado al respeto a nadie simplemnte e expuesto un tema y unas opiniones sin faltar a nadie dew
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24-10-08 14:09 #1329702 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Jejeje, sisi un 0-5 no es fa tots els dies.

Bueno ara una cosa, qui ets tu? jejeje...
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25-10-08 02:24 #1332286 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
A ver...

Por lo que he entendido (poco ya que yo NO hablo catalán y me viene justo para entenderlo...) los quintos cantaron el bingo de fiestas en chapurriau y hubo gente que protestó.

Lógico.

Es algo parecido a la cara que a mi se me queda cuando hablando todos en este post del foro en castellano de repente alguien me cambia de idioma a uno que NO TODOS dominamos.

Soy el último que negará a nadie el derecho a hablar su lengua pero ¿Nos parece normal hablar un idioma QUE A LO MEJOR HAY ALGUIEN QUE NO PILLA?

Se me hace tarde... Otro día mas
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25-10-08 22:48 #1334549 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
El día que venga un chino al pueblo y compre bingo "...¿Nos parecerá normal hablar un idioma (por ejemplo,castellano)QUE A LO MEJOR HAY ALGUIEN (por ejemplo,el jugador chino)QUE NO PILLA?..." ¿CÓMO NARICES LO CANTAMOS? ¿Jugamos todos con un pinganillo enganchado en el oido y que nos vayan dando la traducción simultanea... rollo Conferencia de las Naciones Unidas?
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26-10-08 00:58 #1334869 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
A mi nadie NUNCA me ha ofrecido un pinganillo... y me he tenido que buscar la vida... Cuando no entiendo algo pregunto y me da igual la cara que ponga mi interlocutor. Tengo morro para eso y mas, lo siento por los puristas...

¿Ves como el castellano, aunque sea por mi reducido conocimiento en idiomas, lo entendemos los dos?

Gracias por tu deferencia, querido DESCONOCIDO, al contestar en un idioma que, aunque sea limitadamente, comprendo y en el que me puedo expresar.

¿De verdad seguís pensando que mi problema es de respeto?

Por cierto chinos no, al menos de momento, pero ya tenemos gente de colores en el pueblo. Supongo que si quieren jugar al bingo, cosa que dudo, al menos tendrán que aprender a contar hasta 100... o son menos números?

No se lo hagamos mas complicado. Gracias.
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26-10-08 13:20 #1335483 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Y cual es el prblema de cantar el bingo en Xapurreu? Acaso no es lo que se habla en el pueblo? Los que no lo entiendan, como bien dices, ya preguntarán.

Vete a Somalia (por decir algo) a ver si allí te cantan el bingo en castellano para que lo entiendas.
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26-10-08 14:21 #1335640 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
No creo que exista ningún problema de respeto por tu parte, de hecho eres uno de los pocos que se identifica en este foro, lo cual ya dice mucho a tu favor. Respondiéndote con la misma pregunta que planteabas,lo que pretendía era enfocarlo desde otro punto de vista. En resumidas cuentas, si cada vez que se pretende emplear en público el chapurreau en Ráfales (por ejemplo, en el sorteo del bingo)y hay protestas por parte de algunos de los participantes(por la razón que sea) pero también voces a favor de que se emplee, pués se me ocurre hacerlo bilingüe, aunque al final pueda hacerse eterno. No obstante, en otros pueblos, ya se hace. Incluso, en el caso de Ráfales se emplea un casillero.Vamos que hasta un sordo podría jugar. De todas formas, no le quiero dar más vueltas al tema. Además, despúes de 30 años de democracia, hay unas cuantas decenas de miles de aragoneses, que se levantan cada mañana y se acuestan cada noche diciendo "bon dia" y "bona nit" y que, con la ley en la mano, no existen. Lo mismo sucede con otros tantos aragoneses que se expresan en aragonés. Eso si que me parece una falta de respeto.
Respecto a lo que sucedió en Ráfales en 2007, creo que la mayoría de los que protestaron no lo hicieron por desconocimiento. Pude comprobar en persona como uno de los que protestaron, una vez finalizdo el bingo, se acercaba a uno de los quintos que paticipó en el sorteo y le decía "...sois los más tontitos de España...". Se trata de una persona que lleva muchos años acudiendo a Ráfales. Lo suyo, te garantizo que no era desconocimieno hacia algo que no le sonaba a castellano sino más bien otra cosa, la misma cosa, que no sé si definirla como manía o autoodio, que tienen otros tantos que protestaron y que... para más inri... son hijos o nietos de gente nacida en el pueblo...gente que protesto por que el bingo se hizo en la lengua de sus padres y de sus abuelos....eso si que me parece una falta de respeto. Puedo entender la protesta por parte de alguíen que no entiende el chapurreau por que no lo ha escuchado en su vida o por que acaba de llegar al pueblo, pero por parte de alguien que acude a Ráfales cada verano o es descendiente, simplemente y llanamente, no lo entiendo. Es más, cualquiera de los que habéis llegado a Ráfales en los últimos años o cualquier "hipotético vecino chino" sois mil veces más respetuosos, pués ya habéis comprobado que el chapurreau forma parte de esta realidad llamada Ráfales.
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26-10-08 14:45 #1335690 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
Así, de paso, tenéis mas opciones de ganar... ¿No?

Das por sentado, al parecer, que es obligación saber chapurriau. Jodo con la libertad personal y de elección... Como nos salimos en este pueblo...

De momento, que yo sepa, el único idioma que hablamos todos es el castellano. ¿Porqué buscar problemas o crearlos donde no los hay?

Los idiomas sirven para comunicarse pero si se utilizan para crear diferencias y exclusiones me bajo de este tren.

A, por cierto, en Somalia bastante tienen los pobres como para jugar al bingo. Pon otro ejemplo.
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26-10-08 19:57 #1336316 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: llei de llengües
Voy a escribir en castellano, y así me entendeis todos.
En Ràfels siempre se ha hablado català, o chapurriau como otros prefieren llamarlo (quizás por el temor a que "los catalanes se nos coman" y por la rabia que les tienen a los mismos) me da igual, no voy a entrar en ese debate.
Lo que esta más que claro es que quien viene aquí, ya sabe con lo que se va a encontrar y la lengua que se habla.
Y no por nadie que venga aqui vamos a perder nuestras costumbres, es más, si alguien no entiende los números con los que se canta el bingo, tiene el tablón para verlo y a muchas personas a su alrededor para preguntar, en caso de duda. (Yo, cuando voy a otro país no se adaptan a mí, me ADAPTO YO A ELLOS).
Soy totalmente partidaria de que el bingo se cante en català, con NUESTRA lengua.
O, mejor dicho, quizás la mejor solución sería hacer como en otros pueblos que cantan el número en una lengua, y las cifras en otra, así nos entendíamos todos, y prevalecería lo más importante, NUESTRA LENGUA, el catalán.

Y me parece muy fuerte, que nuestro alcalde se niegue a aceptar la lengua que siempre se ha hablado aqui... quizás sea por esa rabia y miedo a su vez que algunos sienten hacia Catalunya.


Visca Ràfels!

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26-10-08 21:53 #1336732 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: llei de llengües
Quina ignorància hi ha per aquest foro de Ràfels que, per cert, es parla en català i per tant, segons algú de fora del poble, ens hem d'adaptar a ells per a que en entenguin.

No sé qui dia... "de fora vindran que la llengua mos trauran"

Home, a veure si ara haurem d'apendre marroquí per adaptar-nos al inmigrants... No fotem!


Per cert, que el debat de fer el bingo en català és tant absurd... perquè no es pot fer tal hi com ho van fer l'any passat (2007) en català i en castellà i tothom contents?

Qui va protestar d'haver dit els números en català als kintos '07 és perquè no tenia res més a fer. I damunt, no era ni del poble. Va home va!

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27-10-08 19:42 #1339945 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
NUNCA te han ofrecido un pinganillo, pero ¿te han ofrecido un medidor de decibelios?

Estas fiestas te ví con uno de ellos paseándote por la plaza Riendote
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28-10-08 00:36 #1341350 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Uy uy uy, tocando fibras sensibles jua jua jua jua
Puntos:
28-10-08 09:16 #1341716 -> 1222816
Por:rafales

RE: Ley de Lenguas
ola wenas yo cante el bingo en 2007 i LO CANTE EN "XAPURREU/CATALAN Y EN CASTELLANO!!!"en el bingo primero se dice sesentaicinco i luego seis cinco y yo primero decia seixantacinc y despues seis cinco asin q si alguien no me entendio y tampoco no vio los numeros del cartel q se empieze a preocupar xq tiene un problema grave,y si afirmo yo nos insultaron y abutxearon varias veces evidentemente aqel q se qejava porq lo deciamos primero en un idioma q no era el suyo no era x problemas de comprension. A lo largo de mi vida me e tenido q adaptar jo un 97%de veces a ablar en castellano un idioma q ni me gusta ni creo q sea mi idioma xq la gente q venia de fuera me comprendiera, quando llegara el momnto en el cual los q vengan de fuera intenten ablar catalan y no sea yo qien tenga q renegar de este,si voy a madrid no esperare q me ablen en catalan claro esta,nxe creo q no tiene q ser una problematica el ablar catalan o xapurreu,muxas veces me encuntro q si jo le ablo en catalan a alguien q no lo abla es una falta de respeto pero no lo es el estar en un territorio donde se abla este y tener q ser jo qien canvie este idioma y la otra persona ni intente ni haga absolutamente nada xra intentar entenderlo o ablaro, no le pedire a un chino a uno de madrid o a un marroqi q llegen al pueblo y ablen en catalan pero si q les pedire q si viven aki o llevan la vida entera viniendo al pueblo tienen negocios....pues tengan una minima preocupacion en q simplmnte si jo me dirijo en el idioma del pueblo no tenga q ser jo el q canvie este x temas de comprension i claro esta q no me insulten ni abuchen x usarlo(no todos claro),sino qieres ablar catalan no lo ables no le pedire al musulman q se aga cristiano pero almenos entiendelo ami no me parece pedir tanto.dew ens veiem pa fira jeje
Puntos:
28-10-08 11:19 #1342082 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
No es momento ni lugar.

Como veis NO ME ESCONDO PARA NADA.

Ya veo que os hace mucha gracia, pero eso debajo o enfrente de vuestras cómodas casas o negocios en la civilizada Cataluña no se si os haría tanta... (Es de las pocas comunidades autónomas que tienen ley del ruido ¿No?)

Por cierto, estoy cansado de ser CASI el único que se identifica aquí.

Voy a pedir la baja de este foro de cobardes y, por supuesto, retirar todas las fotos que colgué.

El que, a partir de ahora, quiera saber mi opinión sobre algo que me pregunte y el que quiera hablar mal de mi que lo haga como hasta ahora:
de forma COBARDE Y MALINTENCIONADA, TIRANDO LA PIEDRA Y ESCONDIENDO LA MANO.

Yo esperaba, aparte de diálogo y (porqué no) polémica, un poco de DIGNIDAD Y VALENTIA.

En cuanto al propósito de este post ya hay un par de personas en el pueblo con las que puedo discutir CIVILIZADAMENTE Y CARA A CARA sobre lenguas y demás temas interersantes. El que quiera puede unirse al grupo, razón: aquí.

Pero ya veo donde estamos.

No nos quejemos luego de como va el tema si así es como actuamos.

Hala, a pastar, que ya sabéis TODOS donde encontrarme.

Jose.
Puntos:
28-10-08 11:32 #1342125 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Venga hombre...

Vienes de fuera y te quejas del ruido de la xaranga a las 8 de la mañana pq tus huéspedes se te quejaran.

Un poco de 'coco' que son las fiestas de todo el pueblo y si el pueblo quiere marxa pues marxa se le tiene que dar!

Jdr, por 4 días que se hacen de fiestas...

Qué poca sensibilidad!
Puntos:
28-10-08 11:52 #1342213 -> 1222816
Por:La Alquería

RE: Ley de Lenguas
¿Me pides sensibilidad?

Sabes que pasa... que mi sensibilidad acaba donde empieza mi bolsillo.

¿O no sois vosotros los de: la pela es la pela?

FIN DE EMISION. ESPERO LA PROXIMA A LA CARA.

Aunque TODOS nos imaginamos como va a seguir...
Puntos:
28-10-08 14:18 #1342854 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Sóc Marc,

a veure no parlem de llengua a aquest post?

Doncs ja sta! A veure si serà una guerra tot el poble contra lo de l'alqueria...
Puntos:
09-01-09 15:38 #1613497 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
EL xapurreu es dialecte del Català i com a llengua propia del territori es tindrie que defendre a mort. Tots estos que parleu de si es o no es català em feu riure, ja que si al català se li digués per un altre nom que no tingués res que vore en lo nom Catalunya un altre gall cantaríe,pero com hi ha un fort rencor contra els catalans no es pot dir que lo que es parle es un dialecte del Català.
Ho diu una persona que dins de Catalunya ha defensat la llengua materna a mort.

Javi.
Puntos:
03-02-09 20:54 #1725851 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Hola Marc, ets valent, jo soc catalá de Barcelona, el meu avi manel era de RAFELS, i sempre va parlar catala, al igual que tota la seva familia, la meva avia era de Tivissa i van venir a barcelona, la parla o el idioma es el fet diferencial de un poble, ningú te que imposar per la força de les armes o per la llei, la defensa de la identitat aragonesa o catalana no te a veure amb el idioma, et desitjo el millor, estic intentan que algú del poble (l'ajuntament no te pagina per poder escriure) em pugui ajudar a trobar dades del meu avi, si sabs de algú te lo agrairé, la meva dresa es;
jaumezabala@terra.es
Puntos:
04-02-09 20:55 #1731665 -> 1222816
Por:jaume zabala lopez

RE: Ley de Lenguas
Mira "LA ALQUERIA", tienes el derecho de ocultar tu verdadero nombre, se que en un pueblo pequeño como RAFELS enemistarse con los vecinos no es bueno, lo mejor que reine la paz y armonia entre todos, sin embargo hay un dicho en catalan o en chapurriau que dice HOSTES VINDRAN QUE DE CASA ET TREURAN, supongo que lo entiendes, no soy de Rafels, soy de Barcelona, me atrevo a entrar en esta pagina por que mi abuelo MANEL ZABALA VIDAL nació el 1 de Enero de 1881 en Rafels, no conozco el pueblo y es mi asignatura pendiente para este verano, estoy muy interesado en saber cosas de mis antepasados para una historia de mi familia que estoy escribiendo. En principio busque una pagina del Ajuntamiento para pedir datos, pero o no funciona o no la tienen, por este medio veo que el Sr. Alcalde Sr. FERNANDO CAVERO LOPEZ, es uno de los que aqui se manifiestan y por cierto negando lo evidente;
Primero; el nombre autentico del pueblo es RAFELS, quien lo tradujo al castellano no se molestó demasiado,
Segundo; en la franja se habla una variante de tantas del catalan, Sr. Cavero si en algo estima a su pueblo lea un poco de historia, verá que sus habitantes, despues de la expulsión de los moriscos eran de origen catalan, dado que el Rey de Aragon y Conde de Barcelona (nacido en Montpelier)JAUME I, llevaba tropas de ambas nacionalidades, entregó en pago a la tropa tierras a sus soldados, la nueva división de esas tierras conquistadas para catalunya o aragón, intervino a su favor en obispo de Zaragoza que forzó unas fronteras que no tuvo en cuenta a los nuevos habitantes, El Rey-Conde no se opuso. Hoy las divisorias son las que son y no tienen que cambiar, solo la voluntad de sus habitantes debe de ser respetada, y el actual Sr Alcalde creo que su misión es cuidar en la grandeza de su municipio y que deje a los intelectuales y filologos decidir sobre el idioma, pero siempre respetando la voluntat del pueblo.
Si es verdad que el Sr. Cavero niega el origen del Chapurriau, tengo que decirle que si mi abuelo viviera lo corria a gorrazos, el nunca se olvidó de su patria chica, en Catalunya no era un estraño, hablaba igual y su cultura, pensamiento y adaptación fué normal, NO HABIA DIFERENCIAS.
Sr. Cavero no polemice y no permita que personas venidas de otras partes impongan su lengua, la inquisición ya se acabó y los actuales borbones ya no tienen el poder de decidir sobre las personas
Todo es mas normal, nos complicamos la vida por nada, la falta de respeto mutuo nos ha llevado a ser un pais de risa, los franceses nos roban territorios y nos imponen un rey, los Ingleses nos echas de las colonias y nos roban el oro que nosotros robamos a los indios, y mientras tanto la desunion de las diferentes sensibilidades y culturas de la peninsula impiden una sola voz. Respetemonos.
No acostumbro a escribir anonimamente, aqui dejé mi correo, pero lo vuelvo a poner jaumezabala@terra.es
Un Saludo
Puntos:
05-02-09 13:38 #1734692 -> 1222816
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
a ver tio el que se identifica como la alqueria es el unico que todo el mundo aqui en el pueblo sabemos quien es porque aunque no nos caiga ni bien ni mal sabemos quien es
la alqueria es un hotel en la plaza
Puntos:
05-02-09 18:23 #1736237 -> 1222816
Por:jaume zabala lopez

RE: Ley de Lenguas
mira La Alqueria, tienes algunas razones cuando dices que Catalunya no es un principado y que el rey lo era de Aragón, vuelvo a decirte que el Rey Aragones Ramiro "El Monje" lo fué por obligación, cuando su hija tuvo edad la casó con el conde de Barcelona, así se hacian grandes los reinos por bodas entre diferentes dinastias (ahora se hace lo mismo con fusiones de empresas)a partir de ese momento el conde de Barcelona era el Rey de Aragón y Conde de Barcelona, dos territorios independientes con diferentes culturas y lengua, pero con UN SOLO MANDAMAS, el Rey, un territorio no era mas importante que el otro, el rey era itinerante, si bien su casa estaba en Barcelona, quiero decirte que los CONDES tambien llevaban corona, y que esa unión dió excelentes resultados, el mediterraneo era un mar catalanoaragones, el comercio y la cultura alcanzó metas muy importantes, fué el reino mas importante del mundo y por ello el mas odiado.
El Archivo de la corona de ARAGON, está en barcelona, sus escritos estan mayormente en catalan y occitano, y se llama de LA CORONA DE ARAGON, por que es evidente que el titulo de Rey es superior al de Conde.
Lo que dices que catalunya si no tiene historia se la INVENTA, deberias de hacertelo mirar, la historia no la escribo yo ni tu, lo que pasó pasó, me da la impresión de que sientes algo de envidia, y lo que es envidiado es por que es importante, a un pueblo del tercer mundo nadie se quiere parecer, un ejemplo EEUU pais que mucha gente desprecia por su altaneria y su gran poder economico, no ocurre lo mismo con el pueblo sajarahui
Puntos:
03-02-09 20:13 #1725510 -> 1221510
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
mira es facil, al valenciano no le llaman catalan por que los politicos lo dicen, los intelectuales y los linguistas dicen que el valenciano es una variante del catalan, y no pasa nada, a alguno por decirlo le cuesta caro, Juan Fuster fué vilipendiado no por el pueblo si por algun politico, para doblegar y dominar un pueblo no hay mejor regla que el DIVIDE Y VENCERAS, esos politicos que solo piensan en ellos lo practican muy bien, y no se dan cuenta o no quieren saberlo que LA UNION HACE LA FUERZA, y nadie por encima de otro.
En cuanto al Mallorquin, la verdad es que politicos,linguistas e intelectuales dicen que hablan el catalan de las islas.
Recuerda que el conquistador de valencia y las baleares fué un Conde de Barcelona y Rey de Aragón que se llamaba JAUME I, su idioma era el catalan y sus tropas eran de ambos idiomas, dejó su lengua y su cultura, el hecho de que haya pueblos de Valencia donde siempre se ha hablado el castellano, es por que en el reparto de tierras a sus tropas, segun el origen de ellas, llevaban su idioma
Puntos:
31-01-09 14:46 #1709490 -> 1109347
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Lo que se habla en toda la franja de Aragon NO ES CATALAN;SOMOS ARAGONESES...Y SOBRE TODO ESPAÑOLES
LE TENGO UN GRAN RESPETO A CATALUÑA, PERO NO SON EL CENTRO DE ATENCION...LO SIENTO.
Puntos:
31-01-09 20:01 #1710551 -> 1709490
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
queda inaugurado este pantano juasjuasjuasjuas!!
Puntos:
31-01-09 21:15 #1710836 -> 1709490
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas

A ver, creo que este comentario es un poco desafortunado, vamos, lo que se podría llamar "mear fuera de tiesto". Nadie ha dicho que la franja de aragón sea o no sea aragonesa, ni sea o no sea española, de lo único que se habla en este foro es de si el Chapurreau es catalán o no lo es. Lo siento si a alguien le molesta, pero SÍ es catalán, se le puede llamar Chapurreau (es como yo le llamo), se le puede llamar Aragonés Oriental (como proponía José), pero lo que está claro, es que esta lengua es un dialecto del Catalán. Simplemente hay que ir a mirar los libros de historia, alguien, en otro mensaje, ya dejó unos datos sobre la historia del catalán.

Por cierto, respecto a la noticia, creo que sería bueno para toda la franja, poder aprender el catalán (de manera optativa), ya que sabiéndolo hablar, podría abrir muchas puertas, de cara al futuro, el hecho de saber escribir correctamente una lengua que sabes hablar.

Nada más, espero no haber ofendido a nadie.

Dani
Puntos:
05-02-09 18:45 #1736374 -> 1710836
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
A Jaume Zabala, sóc Marc.

Hola. Curiosament defensem el mateix, el que sí que hem sobta més és que ma iaia i mun iaio també són de Tivissa!!!
Més tard van anar a viure a Tortosa.
Hem posaré en contacte en tu personalment.

Per cert, tornant al tema de la llengua, m'agradaria saber què pensa la gent del Matarranya. Creuen que allò que parlen és català o realment pensen que és aragonès oriental?
Puntos:
05-02-09 20:24 #1737077 -> 1736374
Por:jaume zabala lopez

RE: Ley de Lenguas
Hola Marc, no se si vius a Rafels, agraeixo la teva resposta, la casualitat sobre Tivissa, et diré que la meva avia es deia JOSEFA GORBS AMIGÓ, va neixer el 12 Març de 1882, no se si la teva familia te alguna cosa a veure amb els Gorbs o amb els Amigó, seria interesant trobar un punt en comú
En quant al que jo penso de la parla de RAFELS, el meu avi sempre va parlar catala, ens deia que en el seu poble (del qual va sortir molt petit) es parlaba el Chapurriau, que vol dir idioma de frontera que te paraules de dos idiomas, en aquet cas amb predomini del Catalá.
Els politics, sobre tots el NACIONALISTES ESPANYOLS, fan el posible per dividir, no els interesa que una nació que en temps passats va ser una gran potencia torni a ser, mira el cas dels politics valencians del PP.
Agrairé els teus escrits i si vols fero a traves del meu correu, ja saps
jaumezabala@terra.es
Puntos:
16-04-09 10:54 #2088899 -> 1109347
Por:El Velilla

RE: Ley de Lenguas / Barcelona en la Corona de Aragón
Ramón Berenguer IV: Barcelona en la Corona de Aragón

Nació en 1114 y murió en 1162. Príncipe de Aragón, marqués de Provenza y conde de Barcelona. Casado con Petronila, hija de Ramiro II de Aragón. Creó las bases de un nuevo Estado.
Ramón Berenguer IV: Barcelona en la Corona de AragónUno de los muchos enigmas y recovecos de la España Medieval es la creación de la Corona de Aragón, que unía el reino del mismo nombre y varios condados de lo que mucho más tarde se llamaría Cataluña, fundamentalmente el de Barcelona. Para añadir más elementos curiosos a una de las claves políticas de nuestra historia, no fue ningún rey aragonés sino un conde de Barcelona, Ramón Berenguer IV, el que creó la que con el tiempo iba a convertirse en una de las potencias mediterráneas y, sobre todo, constitutiva y constituyente de la época de apogeo español en el mundo.

Fijándose más en la realidad de hoy que en la de hace casi nueve siglos, muchos se sorprenden de la modestia del conde barcelonés, que lo era también de Gerona, Ausona, Besalú, Cerdaña y Conflent. Pero cuando en 1131, a los 17 años, el hijo de Ramón Berenguer III y la última de sus esposas, Doña Dulce de Provenza, heredó las posesiones paternas, nadie hubiera pensado que un lustro después se hubiese convertido en el sucesor de hecho, aunque no de derecho, de Ramiro II El Monje, forzado heredero del forjador del poder aragonés, Alfonso I El Batallador, conquistador del Valle del Ebro.

En realidad, Barcelona aparece en el horizonte político del Reino de Aragón cuando tanto la nobleza castellana como la aragonesa sabotean la unión de ambos reinos acordada en la boda del Batallador con doña Urraca, princesa heredera de Castilla, que preludiaba en tres siglos el eje de la unión peninsular, Los nobles aragoneses eran tan feroces e intratables como los de Castilla, y ante la posibilidad de la unión y la pérdida de poderes y privilegios sacaron de su monasterio al hermano monje del Batallador, llamado Ramiro, obligándole a casarse y procrear -una niña llamada Petronila- antes de volver al claustro a morirse en paz.

Conscientes de la fragilidad de un Reino que podía ser reclamado en derecho por Alfonso VII de Castilla; El Emperador, hijo de Urraca, casaron a la infantina Petronila con el barbado conde de Barcelona que, de ese modo, se convertía en rey consorte de Aragón. Pero, ahí está el intríngulis, no en rey del todo. Ramón Berenguer IV mandó mucho en Aragón mientras vivió. Tuvo descendencia con Petronila cuando ésta pudo tenerla y esa criatura heredó el Reino de Aragón y el Condado de Barcelona con las demás tierras de su padre, pero Ramón Berenguer nunca se tituló rey. No lo fue de derecho, aunque sí de hecho. Sin embargo, creó las bases de un nuevo Estado que se adaptaba bien a la realidad de la época y a las posibilidades de Ramón Berenguer, un político de primera magnitud.

En nuestros días, suele denominarse a la obra de este conde barcelonés, la «Confederación catalano-aragonesa», con el que algunos pretenden enterrar el nombre y el mérito de la obra de Ramón Berenguer IV, que es la Corona de Aragón. Cataluña no existía, ni siquiera de nombre, en aquellos años. Ramón Berenguer IV añadía varios condados menores al de Barcelona, pero había otros cinco que no eran suyos e incluso el más importante, Urgel, rival antiguo de Barcelona, le privaba de tener frontera con Aragón. Tampoco le pertenecían los de Ampurias, Rosellón y los dos Pallars, Jussá y Sobirá, típicos territorios de la antigua Marca Hispánica, descolgados a ambos lados de los Pirineos y sin acabar de decidirse entre los centros políticos más importantes: Tolosa y Barcelona. El talento de Ramón Berenguer IV consistió en lo que llamaba Cambió el sentido de lo peninsular, trazando una línea de alianzas con Aragón como socio pero sin que los aragoneses pudieran sentirse limitados en su designio de autonomía y de expansión, que ya desde Alfonso I tenía en Valencia su objetivo político y militar.

La táctica de Ramón Berenguer IV, inteligente sobre el mapa, y la de los aragoneses que buscaron su alianza, tenía un obstáculo institucional muy serio.

Según la tradición aragonesa, las mujeres podían transmitir la corona pero no reinar, así que Petronila, hija del rey Ramiro II, sólo fue reina de Aragón para hacer rey a su hijo Alfonso II. Como éste era el heredero del Condado de Barcelona y el Reino de Aragón estaba unido al Reino de Navarra, la boda de Ramón y Petronila alumbró algo más que un heredero: una gran heredad.

Al socaire de la alianza con los aragoneses se fue configurando Cataluña en torno al Condado de Barcelona. Por la unión dinástica de los Reinos aragonés y navarro, Ramón Berenguer IV tuvo un margen de maniobra que empleó para avanzar por el Este como sus socios habían hecho por el Oeste: eso sí, manteniendo la alianza con Alfonso VII de Castilla. Esa lealtad mutua permitió campañas militares muy notables y un nuevo reparto del mapa de la Reconquista.

Gracias a la fuerza militar terrestre que le daban las armas aragonesas y a su tradicional alianza con Génova, Ramón Berenguer IV no sólo se mantuvo como regente y luego protector de Provenza, sino que emprendió dos campañas de limpieza de piratas en coordinación con Alfonso VII.

La más importante, en 1147, fue la toma de Almería, meca de la piratería mediterránea a mediados del siglo XII. Y al año siguiente, la toma de Tortosa. Unos meses después (1149) cayeron Lérida y Fraga, con el apoyo del mismísimo Conde de Urgel. En 1154, en una operación de menor envergadura cayeron Ciurana y Mequinenza.

La muerte del conde barcelonés se produjo de súbito y cuando estaba en el apogeo de su gloria y en la plenitud de sus facultades. Había emprendido un viaje para tratar con Federico Barbarroja, emperador de Alemania, los sempiternos problemas de Provenza con el Conde de Tolosa. Pero una súbita infección lo postró en un remoto lugar del Piamonte, Borgo San Dalmazzo, donde falleció el 6 de agosto de 1162.
No llegó a cumplir los 48 años. Sus restos fueron enterrados en el monasterio de Ripoll, en loor de santidad. No llegó a ser canonizado y en los siglos XVIII y XIX bárbaros franceses y españoles se cebaron con sus cenizas. En 1794, las tropas de la república gala asaltaron Ripoll y robaron la espada de su ataúd, deteriorando su cuerpo incorrupto.

Peores fueron los migueletes de Ripoll, que en 1837 sacaron la momia, la sometieron a juicio junto a los condes allí enterrados y terminaron pegándole fuego. Pero la figura histórica de Ramón Berenguer IV sobrevive a escarnios y manipulaciones. La Corona de Aragón quedó ahí. Aquí.
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16-04-09 23:36 #2093843 -> 2088899
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas / Barcelona en la Corona de Aragón
i que vols ara?
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16-04-09 23:48 #2093943 -> 1109347
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
ANTEPROYECTO DE LEY DE LENGUAS DE ARAGÓN

ÍNDICE

PREÁMBULO

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES


Artículo 1.- Objeto.

Artículo 2.- Lenguas oficiales.

Artículo 3.- Fomento del aragonés y del catalán.

Artículo 4.- Tutela por los Tribunales.



CAPÍTULO II. ZONAS DE UTILIZACIÓN PREDOMINANTE DE LAS LENGUAS PROPIAS


Artículo 5.- Zonas de cooficialidad.

Artículo 6.- Modalidades o variantes locales.



CAPÍTULO III. CONSEJO SUPERIOR DE LAS LENGUAS DE ARAGÓN

Sección 1ª. Disposiciones generales

Artículo 7.- Constitución.

Artículo 8.- Estatutos.


Sección 2ª. Miembros del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón

Artículo 9.- Composición.

Artículo 10.- Nombramiento.

Artículo 11.- Incompatibilidades.

Artículo 12.- Cese.


Sección 3ª. Funciones

Artículo 13.- Normalización lingüística.

Artículo 14.- Efectos de la normalización.



CAPÍTULO IV. PATRIMONIO LINGÜÍSTICO ARAGONÉS

Sección 1ª. Disposiciones comunes

Artículo 15.- Definición.

Artículo 16.- Alcance.

Artículo 17.- Ámbito.

Artículo 18.- Atribuciones.


Sección 2ª. Conservación

Artículo 19.- Bienes materiales.

Artículo 20.- Bienes inmateriales.


Sección 3ª. Promoción de las lenguas propias.

Artículo 21.- Zonas de cooficialidad.

Artículo 22.- Zonas de utilización no predominante.



CAPÍTULO V. ENSEÑANZA DE LAS LENGUAS PROPIAS


Artículo 23.- Voluntariedad.

Artículo 24.- Inmersión.

Artículo 25.- Enseñanza.

Artículo 26.- Educación Especial.

Artículo 27.- Educación permanente de adultos.

Artículo 28.- Disciplinas universitarias.

Artículo 29.- Profesorado.

Artículo 30.- Zonas de utilización no predominante.



CAPÍTULO VI. UTILIZACIÓN DE LAS LENGUAS PROPIAS


Artículo 31.- Procedimiento administrativo en las zonas de cooficialidad.

Artículo 32.- Procedimiento administrativo en las zonas de utilización no predominante.

Artículo 33.- Publicaciones oficiales.

Artículo 34.- Las Cortes de Aragón.

Artículo 35.- El Justicia de Aragón.

Artículo 36.- Corporaciones Locales.

Artículo 37.- Toponimia.

Artículo 38.- Antroponimia.

Artículo 39.- Empleo público.

Artículo 40.- Servicios públicos y sociales.

Artículo 41.- Medios de comunicación.


Disposición Transitoria Primera.- Elección y renovación de los miembros del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón.

Disposición Transitoria Segunda.- Normalización lingüística.

Disposición Transitoria Tercera.- Gradualidad en la aplicación de la Ley.

Disposición Transitoria Cuarta.- Opción por modalidades o variantes locales.


Disposición Derogatoria Única.

Disposición Final Primera.- Habilitación al Gobierno de Aragón.
Disposición Final Segunda.- Entrada en vigor.

Anexo I. Lista de municipios que pueden ser declarados zonas de utilización predominante de su respectiva lengua o modalidad lingüística propia o zonas de utilización predominante del aragonés normalizado.

Anexo II. Lista de municipios que pueden ser declarados zonas de utilización predominante de su respectiva lengua o modalidad lingüística propia o zonas de utilización predominante del catalán normalizado.






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ANTEPROYECTO DE LEY DE LENGUAS DE ARAGÓN



PREÁMBULO




I.- Aragón es una Comunidad multilingüe en la que junto al castellano, lengua mayoritaria y oficial en todo su territorio, conviven otras lenguas en determinadas zonas, como son el aragonés y el catalán, con sus distintas modalidades y variantes.

Esta pluralidad lingüística constituye un rico patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, reflejo de una historia y cultura propias, patrimonio lingüístico que debe ser conocido y valorado por sus habitantes, así como protegido y fomentado por todos los poderes públicos aragoneses, mediante las medidas normativas y las acciones de gobierno más adecuadas.


II.- Las legislaciones española y aragonesa, tras la instauración del régimen democrático en nuestro país, no han sido ajenas a la realidad plurilingüe existente en España y también, a los efectos de esta Ley, en Aragón. En este sentido, el Tribunal Constitucional, en varias Sentencias, ha hecho referencia a "las líneas maestras del modelo lingüístico" diseñado por la Constitución Española de 1978.

Ya en el preámbulo, la Constitución de 1978 alude a la voluntad de la Nación española de "proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones."

En el Título Preliminar, dispone en el apartado primero del artículo 3 que "El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla". En el apartado segundo señala que "Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos". El apartado tercero de este artículo 3 CE establece que "La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección".

Finalmente, el artículo 148.1.17ª CE atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia en materia de fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Aragón, tras la reforma aprobada por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, establece en el artículo 7 que "Las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón gozarán de protección. Se garantizará su enseñanza y el derecho de los hablantes en la forma que establezca una ley de Cortes de Aragón para las zonas de utilización predominante de aquéllas".

También nuestro Estatuto de Autonomía, en el artículo 35.1.30ª, reconoce a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, con especial atención a las manifestaciones peculiares de Aragón y a sus modalidades lingüísticas, a su conservación y a la promoción de su estudio. Igualmente, debe destacarse que Aragón, desde el 1 de enero de 1999, ha asumido la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de conformidad con lo previsto en el artículo 36 del Estatuto de Autonomía.

En aplicación de lo dispuesto en la norma institucional básica de la Comunidad Autónoma, la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, afirma en el artículo 4 que "El aragonés y el catalán, lenguas minoritarias de Aragón, en cuyo ámbito están comprendidas las diversas modalidades lingüísticas, son una riqueza cultural propia y serán especialmente protegidas por la Administración".

Asimismo, la Disposición Final Segunda de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés se remite a una ley de lenguas de Aragón que habrá de proporcionar "el marco jurídico para regular la cooficialidad del aragonés y del catalán, lenguas minoritarias de Aragón, así como de los derechos de las respectivas comunidades lingüísticas, tanto en lo referente a la enseñanza de y en la lengua propia, como a la plena normalización del uso de estas dos lenguas en sus respectivos territorios".


III.- Las Cortes de Aragón, sensibles a la difícil situación que atraviesan dos de nuestras lenguas propias (aragonés y catalán), y sus diversas modalidades lingüísticas, aprobaron por unanimidad, en sesión plenaria celebrada el 20 de junio de 1996, la constitución de una Comisión Especial sobre la Política Lingüística en Aragón, con el objetivo de emitir un dictamen sobre el estado de la cuestión, que supusiera el punto de partida para la adopción de las medidas necesarias de normalización del uso (reconocimiento legal, cooficialidad, protección, promoción y enseñanza), en cada caso, de las lenguas minoritarias de Aragón.

El dictamen de la Comisión Especial de las Cortes sobre la Política Lingüística en Aragón fue aprobado por mayoría absoluta, sin ningún voto en contra, el día 7 de abril de 1997, siendo publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón núm. 105, de 21 de abril de 1997.

Las conclusiones de la Comisión Especial plantean, entre otras cuestiones, el reconocimiento legal del aragonés y del catalán como lenguas propias de Aragón; el respeto a las modalidades o variantes locales de ambas lenguas; su enseñanza; la reglamentación de la toponimia tradicional, con un plan de señalizaciones; el apoyo a publicaciones, manifestaciones y medios de comunicación en las lenguas minoritarias; y la creación de un órgano administrativo encargado de la normalización lingüística.


IV.- La presente Ley, partiendo del reconocimiento de la realidad plurilingüe de nuestra Comunidad Autónoma, quiere transformar en norma jurídica vinculante las conclusiones de la Comisión Especial de las Cortes sobre la Política Lingüística en Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de 1978 y en el Estatuto de Autonomía.

Así, el Capítulo I de la Ley proclama de cooficialidad del aragonés y del catalán en determinadas zonas del territorio de la Comunidad Autónoma, que aparecen especificadas en el Capítulo II y en anexos al texto legal, con una mención expresa a las modalidades o variantes lingüísticas locales.

El Capítulo III crea y regula el Consejo Superior de las Lenguas de Aragón, concebido como un órgano esencial en el delicado proceso de normalización lingüística que debe iniciarse con la aprobación de esta Ley. La composición de este Consejo Superior, que deberá estar integrado por expertos en esta materia, con una acreditada competencia científica, será una garantía de su objetividad, independencia y eficacia.

El Capítulo IV profundiza en la caracterización de las lenguas de Aragón como integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés, estableciendo distintas medidas de conservación, protección y promoción del Patrimonio Lingüístico Aragonés.

Tanto en este como en los Capítulos siguientes, en la búsqueda de patrones para la construcción del sistema legal, se ha encontrado un buen conjunto de elementos en la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, promovida por el Consejo de Europa, de fecha 5 de noviembre de 1992. Si bien el Estado español no ha ratificado aún dicho tratado internacional, la Carta Europea contiene técnicas variadas que, dentro de las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, ha parecido conveniente utilizar. No en vano, tales técnicas marcan la línea de progreso de todos los países europeos en materia de política lingüística.

La enseñanza de las lenguas propias, regulada en el Capítulo V de la Ley, está presidida por el principio de voluntariedad, si bien la Ley asegura la efectiva posibilidad del aprendizaje de las diversas lenguas y modalidades lingüísticas por los habitantes de las zonas de cooficialidad, mediante la garantía del establecimiento de las correspondientes enseñanzas lingüísticas en los distintos niveles del sistema educativo aragonés.

El Capítulo VI contiene varias normas relativas al uso normal y oficial de las lenguas propias de Aragón atendiendo a elementos variados, desde el procedimiento administrativo a los servicios públicos y sociales, pasando por la adecuada preparación lingüística de los empleados públicos. En este Capítulo se hace referencia también a las publicaciones oficiales, la toponimia y la antroponimia.

La Ley se completa con cuatro Disposiciones Transitorias, que establecen diversos plazos para la efectiva aplicación del contenido de la misma; una Disposición Derogatoria y dos Finales.

Coincidiendo en el 2001 con el Año Europeo de las Lenguas, esta Ley de Lenguas de Aragón constituye un variado conjunto de normas de protección y promoción de las lenguas propias de Aragón, que la Comunidad Autónoma quiere y puede establecer en uso de sus competencias constitucionales.







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CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES



Artículo 1.- Objeto.

1. La presente Ley tiene por objeto la protección del patrimonio lingüístico aragonés y la regulación del uso normal y oficial del aragonés y del catalán, lenguas minoritarias de Aragón, en los distintos ámbitos de la convivencia social, así como en la enseñanza.

2. Son objetivos esenciales de la misma:

a) Hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a conocer y usar las lenguas propias de Aragón.

b) Fomentar la recuperación y desarrollo de las lenguas propias de Aragón, impulsando las medidas precisas para ello.

c) Garantizar la enseñanza del aragonés y del catalán, con arreglo a los principios de voluntariedad, gradualidad y respeto.

d) Delimitar los municipios en que el aragonés y el catalán son lengua propia.

3. Las modalidades o variantes locales del aragonés y del catalán serán objeto de especial respeto y protección.



Artículo 2.- Lenguas oficiales.

1. El castellano es la lengua oficial en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. El aragonés y el catalán son lenguas oficiales en los respectivos territorios donde son predominantes, junto con el castellano.



Artículo 3.- Fomento del aragonés y del catalán.

1. Los poderes públicos aragoneses garantizarán el uso normal y oficial, la enseñanza y el conocimiento del aragonés y del catalán, especialmente en los respectivos territorios donde son predominantes.

2. Asimismo, adoptarán cuantas medidas sean precisas para impedir la discriminación de ciudadanos o actividades por el hecho de emplear cualesquiera de las lenguas oficiales.



Artículo 4.- Tutela por los Tribunales.

Los ciudadanos podrán dirigirse a los Jueces y Tribunales, de acuerdo con la legislación vigente, para ser amparados en el ejercicio de sus derechos lingüísticos reconocidos por esta Ley.








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CAPÍTULO II

ZONAS DE UTILIZACIÓN PREDOMINANTE DE LAS LENGUAS PROPIAS




Artículo 5.- Zonas de cooficialidad.

A los efectos de esta Ley, la Comunidad Autónoma de Aragón tiene:

a) Una zona de cooficialidad del aragonés, que incluye los municipios relacionados en el anexo I de la Ley.

b) Una zona de cooficialidad del catalán, que incluye los municipios relacionados en el anexo II de la Ley.

c) Una zona de oficialidad exclusiva del castellano, integrada por los restantes municipios.



Artículo 6.- Modalidades o variantes locales.

1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, los municipios relacionados en los anexos I y II de esta Ley podrán declarar su término municipal como zona de utilización predominante de la lengua o modalidad lingüística vernácula.

2. Corresponde a los Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, ejercer dicha opción, expresando igualmente la denominación de la modalidad lingüística vernácula.





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CAPÍTULO III

CONSEJO SUPERIOR DE LAS LENGUAS DE ARAGÓN



Sección 1ª. Disposiciones generales




Artículo 7.- Constitución.

Se constituye el Consejo Superior de las Lenguas de Aragón, como órgano colegiado adscrito al Departamento competente en materia de patrimonio cultural,que ejerce sus funciones con autonomía orgánica y funcional, con el fin de garantizar su objetividad e independencia.



Artículo 8.- Estatutos.

1. Los Estatutos detallarán la organización, competencias, procedimiento y funcionamiento del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón.

2. Corresponde al Consejo Superior la elaboración de los Estatutos y su aprobación al Gobierno de Aragón, que podrá introducir los cambios que estime pertinentes.



Sección 2ª. Miembros del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón



Artículo 9.- Composición.

El Consejo Superior de las Lenguas de Aragón estará formado por nueve miembros, que deberán ser expertos en las lenguas o modalidades lingüísticas propias de Aragón con una acreditada competencia científica o destacadas personalidades de las letras o de la enseñanza en materia lingüística o relevantes personalidades de la cultura aragonesa.



Artículo 10.- Nombramiento.

Los miembros del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón serán nombrados por el Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, previa elección por el Consejo Superior, en la forma dispuesta en sus Estatutos.



Artículo 11.- Incompatibilidades.

La condición de miembro del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón es incompatible con la de parlamentario, miembro del ejecutivo o alto cargo del Estado o de las Comunidades Autónomas, así como con la de concejal.



Artículo 12.- Cese.

Los miembros del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón son inamovibles y únicamente cesarán en su condición por defunción, renuncia expresa, inhabilitación declarada por resolución judicial firme, incompatibilidad o incapacidad manifiesta para el ejercicio del cargo apreciada por dos terceras partes del Consejo Superior.



Sección 3ª. Funciones


Artículo 13.- Normalización lingüística.

1. Corresponde al Consejo Superior de las Lenguas de Aragón determinar y elaborar, en su caso, las reglas de normalización definitiva del aragonés y del catalán de Aragón, así como de las modalidades lingüísticas vernáculas.

2. El Consejo Superior cuidará de mantener y desarrollar en aragonés y en catalán una adecuada terminología adminis-trativa, económica, comercial, social, tecnológica y jurídica.



Artículo 14.- Efectos de la normalización.

1. Cuando deban utilizar la lengua o modalidad lingüística propia de Aragón, de conformidad con lo establecido en esta Ley, los poderes públicos emplearán la respectiva versión normalizada, según corresponda en las distintas zonas declaradas conforme a lo regulado en el Capítulo II de la misma Ley.

2. No obstante lo anterior, los Ayuntamientos que hayan ejercitado la opción a que se refiere el artículo 6 de esta Ley, podrán utilizar la modalidad lingüística vernácula en el ámbito municipal, de conformidad con lo establecido en el Capítulo VI de la presente Ley.





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CAPÍTULO IV

PATRIMONIO LINGÜÍSTICO ARAGONÉS



Sección 1ª. Disposiciones comunes


Artículo 15.- Definición.

Forman parte del Patrimonio Lingüístico Aragonés todos los bienes materiales e inmateriales y las actividades y equipamiento relacionados con la historia y la cultura de las lenguas oficiales y de las modalidades lingüísticas propias en Aragón, que presenten interés lingüístico.



Artículo 16.- Alcance.

Se adoptarán medidas para garantizar la conservación de los bienes del Patrimonio Lingüístico Aragonés en cualesquiera de las lenguas y modalidades lingüísticas que lo integran y, especialmente, para promocionar las actividades y equipamientos culturales relacionados con el Patrimonio Lingüístico en las lenguas y modalidades lingüísticas propias.



Artículo 17.- Ámbito.

Los elementos integrantes del Patrimonio Lingüístico Aragonés pueden estar situados en las zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, en el resto del territorio de la Comunidad Autónoma e incluso, tratándose de bienes inmateriales y actividades, fuera de aquél.



Artículo 18.- Atribuciones.

Corresponde al Departamento competente en materia de patrimonio cultural garantizar la protección del Patrimonio Lingüístico Aragonés y coordinar las acciones de las corporaciones locales en esta materia.



Sección 2ª. Conservación




Artículo 19.- Bienes materiales.

Los documentos, impresos, publicaciones y demás bienes materiales integrantes del Patrimonio Lingüístico Aragonés serán protegidos de conformidad con lo establecido en las Leyes de Archivos, Bibliotecas y Museos de Aragón o, en su caso, por la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés.



Artículo 20.- Bienes inmateriales.

Los usos, costumbres, creaciones, comportamientos y demás bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Lingüístico Aragonés serán salvaguardados mediante la investigación, la documentación científica y la recogida exhaustiva de los mismos en soportes materiales que garanticen su transmisión a las generaciones futuras.



Sección 3ª. Promoción de las lenguas propias.


Artículo 21.- Zonas de cooficialidad.

En materia de actividades y equipamientos culturales, particularmente de bibliotecas, videotecas, centros culturales, museos, archivos, academias, teatros, cines, así como con respecto a las obras literarias y de producción cinematográfica, de expresión cultural popular, festivales e industria cultural, en especial mediante la utilización de las nuevas tecnologías, corresponde a las Administraciones públicas aragonesas, en las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias:

a. Fomentar la expresión y las iniciativas en las lenguas y modalidades lingüísticas propias y favorecer los diferentes medios de acceso a las obras producidas en estas lenguas.
b. Favorecer los diferentes medios de acceso en castellano a las obras producidas en las lenguas y modalidades lingüísticas propias y favorecer los diferentes medios de acceso a las obras producidas en estas lenguas.
c. Favorecer el acceso en las lenguas y modalidades lingüísticas propias a las obras producidas en otras lenguas, apoyando y desarrollando las actividades de traducción, doblaje, post-sincronización y subtitulado.
d. Procurar que las entidades encargadas de llevar a cabo o de fomentar actividades culturales incluyan en una medida apropiada el conocimiento y la práctica de las lenguas y modalidades lingüísticas propias y de sus respectivas culturas en las operaciones que lleven a cabo o a las que proporcionen ayuda.
e. Favorecer la disposición, por las entidades encargadas de llevar a cabo o de fomentar actividades culturales, de personal que domine las lenguas y modalidades lingüísticas propias, además del castellano.
f. Favorecer la participación directa, en lo relativo a los equipamientos y los programas de actividades culturales, de representantes de los hablantes de las lenguas y modalidades lingüísticas propias.
g. Fomentar la creación de entidades encargadas de recoger, recibir en depósito y exponer o publicar las obras producidas en las lenguas y modalidades lingüísticas propias.

Artículo 22.- Zonas de utilización no predominante.

En el resto del territorio de la Comunidad Autónoma, fuera de las zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, las Administraciones públicas aragonesas, si el número de interesados lo justifica, fomentarán actividades o equipamientos culturales apropiados, conforme a lo establecido en el artículo anterior.






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CAPÍTULO V

ENSEÑANZA DE LAS LENGUAS PROPIAS



Artículo 23.- Voluntariedad.

La recepción de las enseñanzas de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, o en estas mismas como vehículo para la enseñanza, es siempre voluntaria por parte de los interesados o de los respectivos padres o tutores durante su minoría de edad.



Artículo 24.- Inmersión.

En las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticaspropias, para los alumnos cuyos padres o tutores lo deseen, siempre que su número total se considere suficiente, se procurará que una parte sustancial de la educación preescolar y primaria se imparta en la lengua o modalidad lingüística propia que corresponda.



Artículo 25.- Enseñanza.

En las respectivas zonas de cooficialidad, se garantizará la enseñanza de la lengua o modalidad lingüística propias que corresponda, dentro del horario escolar, durante la educación preescolar, primaria, secundaria y formación profesional.



Artículo 26.- Educación Especial.

En los centros de educación especial para alumnos con deficiencias en el aprendizaje se procurará emplear como lengua instrumental aquella que, teniendo en cuenta las circunstancias familiares y sociales de cada alumno, mejor contribuya a su desarrollo.



Artículo 27.- Educación permanente de adultos.

En las respectivas zonas de cooficialidad, se garantizará la enseñanza de la lengua o modalidad lingüística propia que corresponda, y asimismo la impartición en la misma de una parte significativa de los cursos de educación permanente de adultos.



Artículo 28.- Disciplinas universitarias.

Se adoptarán las medidas necesarias para la incorporación efectiva de los estudios filológicos de las lenguas y modalidades lingüísticas propias como disciplinas universitarias.



Artículo 29.- Profesorado.

1. Se garantizará la adecuada formación y capacitación del profesorado necesario para la enseñanza de las lenguas y modalidades lingüísticas propias.

2. Para contribuir a la formación lingüística en las lenguas y modalidades lingüísticas propias del profesorado, elaborar proyectos y materiales educativos en las mismas y otras funciones pedagógicas en relación con ellas, el Gobierno de Aragón creará sendos órganos administrativos, con sede en las zonas de cooficialidad del aragonés y del catalán respectivamente.



Artículo 30.- Zonas de utilización no predominante.

Fuera de las zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, el Gobierno de Aragón podrá fomentar e incluso llevar a cabo la enseñanza del aragonés y del catalán normalizados, siempre que el número de los interesados lo justifique.








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CAPÍTULO VI

UTILIZACIÓN DE LAS LENGUAS PROPIAS



Artículo 31.- Procedimiento administrativo en las zonas de cooficialidad.

1. La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración de la Comunidad Autónoma y las entidades locales en las zonas de cooficialidad será tanto el castellano como las lenguas cooficiales normalizadas.

2. Los Ayuntamientos a que se refiere el artículo 6 de esta Ley podrán utilizar como lengua de los procedimientos tramitados en su ámbito municipal el castellano y la respectiva modalidad lingüística propia.

3. En aplicación de lo indicado en los apartados anteriores, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades locales con sede en zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, podrán utilizar tanto el castellano como la respectiva lengua o modalidad lingüística propia.

4. En el caso indicado en el párrafo precedente, el procedi-miento se tramitará en la lengua elegida por el interesado. Si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua, el procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por ellos mismos.

5. La Administración pública instructora deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deberán surtir efecto fuera de las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial el catalán, no será precisa la traducción de los redactados en esa misma lengua.



Artículo 32.- Procedimiento administrativo en las zonas de utilización no predominante.

Fuera de las zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, los interesados podrán dirigirse a la Administración de la Comunidad Autónoma en cualquiera de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, si bien el procedimiento administrativo que se siga se tramitará únicamente en castellano.



Artículo 33.- Publicaciones oficiales.

1. Las disposiciones, resoluciones y acuerdos de los órganos institucionales de la Comunidad Autónoma, así como las leyes de las Cortes de Aragón, podrán publicarse en las lenguas propias normalizadas, mediante edición separada del "Boletín Oficial de Aragón". El acuerdo de publicación será adoptado por el órgano o institución que autorice u ordene la publicación.

2. Las Cortes de Aragón y las Diputaciones Provinciales actuarán de igual manera con relación a sus respectivas publicaciones oficiales.



Artículo 34.- Las Cortes de Aragón.

1. Las Cortes de Aragón, representantes del pueblo aragonés y de su realidad plurilingüe, podrán usar las lenguas propias normalizadas de Aragón en su actuación interna y externa.

2. Los ciudadanos podrán dirigirse a las Cortes de Aragón en cualesquiera de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.



Artículo 35.- El Justicia de Aragón.

1. El Justicia de Aragón, en el ejercicio de sus competencias, velará por la protección de los derechos lingüísticos reconocidos en esta Ley y el cumplimiento de sus disposiciones por los poderes públicos.

2. El Justicia de Aragón podrá emitir escritos, informes y cualesquiera documentos en las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.

3. Los ciudadanos podrán dirigirse al Justicia de Aragón en cualesquiera de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.



Artículo 36.- Corporaciones Locales.

1. En las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, los debates de las corporaciones locales se podrán realizar en la lengua propia, sin perjuicio de la utilización también del castellano.

2. Las actas, acuerdos y otros documentos oficiales de las Corporaciones Locales incluidas en las respectivas zonas de cooficialidad podrán redactarse en castellano, en la lengua propia cooficial, o en ambas conjuntamente.

3. Los Ayuntamientos que hayan ejercitado la opción prevista en el artículo 6 de esta Ley, podrá redactar las actas, acuerdos y otros documentos oficiales de carácter municipal en castellano, en la respectiva modalidad lingüística propia, o en ambas conjuntamente.



Artículo 37.- Toponimia.

1. En las zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, la denominación oficial de los topónimos será bilingüe, en la respectiva lengua propia y en castellano.

2. Corresponde al Departamento competente en materia de patrimonio cultural, oido el Consejo Superior de las Lenguas de Aragón, determinar los topónimos de la Comunidad Autónoma, así como los nombres oficiales de los territorios, los núcleos de población y las vías interurbanas.

3. Corresponde a los Ayuntamientos fijar el nombre de las vías urbanas.



Artículo 38.- Antroponimia.

1. Se reconoce el derecho al uso de la forma normativamente correcta en aragonés y en catalán de los nombres y apellidos de los aragoneses.

2. Las personas interesadas pueden obtener la constancia de la forma normativamente correcta en aragonés y en catalán de sus nombres y apellidos en el Registro Civil, por simple manifestación a la persona encargada, con aportación de los documentos que acrediten su corrección lingüística.

3. Corresponde al Consejo Superior de las Lenguas de Aragón fijar la forma normativamente correcta de los nombres y apellidos en aragonés y en catalán, y al Departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de patrimonio cultural la expedición de los documentos acreditativos de la corrección lingüística.

Artículo 39.- Empleo público.

En relación con los funcionarios y demás empleados públicos de la Comunidad Autónoma y de las corporaciones locales, especialmente en las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias:

a. Se fomentará la enseñanza de tales lenguas propias.
b. Se valorará el conocimiento de las lenguas propias en las correspondientes convocatorias de acceso.
c. Se podrán señalar plazas para las que sea preceptivo el conocimiento de las lenguas propias.

Artículo 40.- Servicios públicos y sociales.

1. En los servicios públicos prestados directa o indirectamente en las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, la Administración titular del servicio garantizará el empleo de la correspondiente lengua propia en la prestación de dicho servicio, a elección del usuario.
2. En los servicios sociales de titularidad privada, como hospitales, hogares y residencias de la tercera edad, situados en las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, los poderes públicos fomentarán el empleo de la correspondiente lengua propia en la prestación del servicio, a elección del usuario.

Artículo 41.- Medios de comunicación.

En las respectivas zonas de cooficialidad de las lenguas y modalidades lingüísticaspropias, corresponde al Departamento competente en materia de patrimonio cultural adoptar las medidas adecuadas para fomentar la producción y programación de emisiones de radio y televisión y la publicación de artículos de prensa en la correspondiente lengua propia.

Disposición Transitoria Primera.- Elección y renovación de los miembros del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón.

1. Los nueve miembros iniciales del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón serán designados por un período de quince años, pudiendo ser reelegidos. Tres serán propuestos por las Cortes de Aragón, mediante mayoría de dos tercios; tres por el Departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de patrimonio cultural; y los otros tres por la Universidad de Zaragoza.
2. Cada cinco años a partir de la anterior designación, el Consejo Superior procederá a la renovación de un tercio de sus miembros, hasta que todos ellos lo sean por elección del propio Consejo Superior.
3. Las vacantes producidas en este período transitorio serán cubiertas por el Consejo Superior, conforme se produjeran, computándose en el tercio correspondiente a la siguiente renovación. Se determinarán por sorteo los miembros que hubieran de completar la parte que renovar.

Disposición Transitoria Segunda.- Normalización lingüística.

En el plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Consejo Superior de las Lenguas de Aragón determinará y elaborará, en su caso, las reglas de normalización del aragonés y del catalán, así como de las modalidades lingüísticas vernáculas.



Disposición Transitoria Tercera.- Gradualidad en la aplicación de la Ley.

1. El uso del aragonés y del catalán, así como de las modalidades lingüísticas vernáculas, por lo que respecta a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Administración Local, y entidades e instituciones dependientes de ellas, en los términos previstos en la presente Ley, deberá realizarse en el plazo máximo de tres años.

2. La enseñanza del aragonés y del catalán, así como de las modalidades lingüísticas vernáculas, en los términos previstos en la presente Ley, deberá estar implantada en el plazo máximo de tres años.



Disposición Transitoria Cuarta.- Opción por modalidades o variantes locales.

La declaración por los respectivos Ayuntamientos de su término municipal como zona de utilización predominante de la lengua o modalidad lingüística vernácula, prevista en el artículo 6 de la Ley, deberá realizarse en el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de la misma.



Disposición Derogatoria Única.

Queda expresamente derogada la disposición final segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.



Disposición Final Primera.- Habilitación al Gobierno de Aragón.

Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y la aplicación de la presente Ley.



Disposición Final Segunda.- Entrada en vigor.

Esta Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.





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Anexo I

Lista de municipios que pueden ser declarados zonas de utilización predominante de su respectiva lengua o modalidad lingüística propia o zonas de utilización predominante del aragonés normalizado.



Provincia de Huesca: Abiego, Abizanda, Adahuesca, Agüero, Aínsa-Sobrarbe, Aísa, Albero Alto, Albero Bajo, Alberuela de Tubo, Alcalá del Obispo, Alerre, Almudévar de Cinca, Almunia de San Juan, Alquézar, Angüés, Ansó, Antillón, Aragüés del Puerto, Argavieso, Arguis, Ayerbe, Azara, Azlor, Bailo, Banastás, Barbastro, Barbués, Barbuñales, Bárcabo, Benasque, Berbegal, Bierge, Biescas, Bisaurri, Biscarrués, Blecua-Torres, Boltaña, Borau, Broto, Caldearenas, Campo, Canal de Berdún, Canfranc, Capella, Casbas de Huesca, Castejón de Sos, Castejón del Puente, Castiello de Jaca, Castillazuelo, Colungo, Chía, Chimillas, Estada, Estadilla, Fago, Fanlo, Fiscal, Fonz, Foradada de Toscar, La Fueva, Gistaín, El Grado, Graus, Hoz de Jaca, Hoz y Costeán, Huerto, Huesca, Ibieca, Igriés, Ilche, Jaca, Jasa, La Sotonera, Labuerda, Laluenga, La Perdiguera, Lascellas-Ponzano, Laspuña, Loarre, Loporzano, Loscorrales, Lupiñén-Ortilla, Monflorite-Lascasas, Monzón, Naval, Novales, Nueno, Olvena, Palo, Panticosa, Peñas de Riglos, Peraltilla, Perarrúa, Pertusa, Piracés, Plan, Pozán de Vero, La Puebla de Castro, Puente la Reina, Puértolas, El Pueyo de Araguás, Quicena, Robres, Sabiñánigo, Sahún, Salas Altas, Salas Bajas, Salillas, Sallent de Gállego, San Juan de Plan, Sangarrén, Santa Cilia, Santa Cruz de la Serós, Santa Liestra, San Quílez, Santa María de Dulcis, Secastilla, Seira, Senés de Alcubierre, Sesa, Sesué, Siétamo, Tardienta, Tella-Sin, Tierz, Torla, Torralba de Aragón, Torres de Alcanadre, Torres de Barbués, Valle de Bardají, Valle de Hecho, Valle de Lierp, Vicién, Villanova, Villanúa, Yebra de Basa, y Yésero.



Provincia de Zaragoza: Ardisa, Bagüés, Biel-Fuencalderas, El Frago, Longás, Mianos, Murillo de Gállego, y Santa Eulalia de Gállego.



Anexo II

Lista de municipios que pueden ser declarados zonas de utilización predominante de su respectiva lengua o modalidad lingüística propia o zonas de utilización predominante del catalán normalizado.



Provincia de Huesca: Albelda, Alcampell, Altorricón, Arén, Azanuy-Alins, Baells, Baldellou, Benabarre, Bonansa, Camporrells, Castigaleu, Castillonroy, Estopián del Castillo, Fraga, Isábena, Lascuarre, Laspaúles, Monesma y Cajigar, Montanuy, Peralta de Calasanz, Puente de Montañana, San Esteban de Litera, Sopeira, Tamarite de Litera, Tolva, Torre la Ribera, Torrente de Cinca, Velilla de Cinca, Vencillón, Veracruz, Viacamp y Litera, y Zaidín.



Provincia de Teruel: Aguaviva de Bergantes, Arens de Lledó, Beceite, Belmonte de San José, Calaceite, La Cañada de Verich, Cerollera, La Codoñera, Cretas, Fórnoles, La Fresneda, Fuentespalda, La Ginebrosa, Lledó, Mazaleón, Monroyo, Peñarroya de Tastavins, La Portellada, Ráfales, Torres de Arcas, Torre del Compte, Torrevelilla, Valderrobres, Valdetormo, y Valjunquera.



Provincia de Zaragoza: Fabara, Fayón, Maella, Mequinenza, y Nonaspe.
Puntos:
21-04-09 18:27 #2118648 -> 2093943
Por:jaume zabala lopez

RE: Ley de Lenguas
Agradezco que "alguien" me avisara de la colocación en este foro de los acuerdos del gobierno de aragon en cuanto a la ley de lenguas, creo queda muy claro que lo que se habla en la "franja" es catalan tambien llamado Chapurriau, el hablar el idioma de otra comunidad no es menosprecio ni ser inferior a otros, sinó que se lo pregunten a los millones de americanos que hablan CASTELLANO, solo decir muy fuerte VISCA ARAGÓ, VISCA CATALUNYA, otro dia volveré con vosotros, soys magnificos.
Adeu
Puntos:
21-04-09 20:11 #2119352 -> 2118648
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
CON EL ESPAÑOL VOY POR TODO EL MUNDO
Puntos:
21-04-09 23:22 #2120618 -> 2119352
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas

Con el español no,con el inglés sí

Puntos:
27-04-09 12:09 #2150340 -> 2120618
Por:No Registrado
RE: Ley de Lenguas
Hola, solo hacer un pequeño inciso, ya no se trata de que si hablamos en catalán o xapurriao, ni si somos catalanes, vascos o aragonés, se trata que cada cual se siente y hable como quiera, y si la gente de Rafels se siente Aragonesa y ellos dicen que su lengua es el xapurriao, pues solo queda que respetarlos, como también pido que ellos respeten a todo el mundo, se puede vivir en paz y libertad respetando las maneras y costumbres de cada tierra, la base radica en el respeto mutuo y si así fuera, la convivencia seria mas fácil entre todos, los extremos nacionalistas no funcionan en ninguna parte, se puede ser nacionalista pero sin ser radical.
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